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Documento BORME-C-2024-605

INVERSIONES INMOBILIARIAS DEL SUR DAYAVE CONSULTING, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 39, páginas 730 a 730 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2024-605

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("Ley de Sociedades de Capital"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la sociedad INVERSIONES INMOBILIARIAS DEL SUR DAYAVE CONSULTING, S.L. (la "Sociedad"), en su reunión celebrada el pasado día 20 de diciembre de 2023, ha acordado aumentar el capital social de la Sociedad en cuarenta y cinco mil euros (45.000.-€), mediante la creación de 45.000 nuevas participaciones sociales, numeradas de la 3.001 a la 45.000, ambas inclusive.

Las nuevas participaciones sociales serán creadas mediante un aumento de capital social en la cantidad de cuarenta y cinco mil euros (45.000.-€), mediante la creación de cuarenta y cinco mil euros (45.000) nuevas participaciones sociales de un euro (1€) de valor nominal cada una, iguales a las ya existentes, y numeradas correlativamente del 3.001 a la 45.000, ambos inclusive, todas ellas con los mismos derechos y obligaciones que las actualmente existentes, por su valor nominal de UN EURO (1€).

Como consecuencia de dicho aumento, y una vez asumido éste en su totalidad, el capital social de la Sociedad quedará fijado en cuarenta y ocho mil euros (48.000.-€).

El importe de las participaciones que se asuman será íntegramente satisfecho y desembolsado mediante aportaciones dinerarias, a través de transferencias bancarias a la cuenta bancaria de la que la Sociedad es titular.

Los socios de la Sociedad podrán ejercitar su derecho de asunción preferente en el plazo de treinta (30) días desde la fecha de publicación del presente anuncio y, en consecuencia, asumir, las participaciones sociales que se correspondan con sus respectivos porcentajes en el capital social de la Sociedad, desembolsando, cada uno de ellos, las cantidades concretas de que se traten.

Transcurrido el mes, y en caso de que alguno de los socios decida ejercer su derecho de adquisición preferente, las participaciones no asumidas por el resto de socios serán ofrecidas por el administrador único a los socios que sí hayan ejercido su derecho de asunción preferente para que éstos las adquieran y desembolsen en un plazo de diez (10) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Madrid, 18 de febrero de 2024.- D. David Maya Rodríguez representante persona física de Maya Consulting Inmobiliario, S.L., Administrador único de Inversiones Inmobiliarias del Sur Dayave Consulting, S.L.

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