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Documento BORME-C-2024-6073

M47 LABS & INTERNATIONAL FIDUCIA, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

M47 AI SOFTWARE, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 7493 a 7493 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6073

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que, en fecha 12 de noviembre de 2024, el socio único de M47 Labs & International Fiducia, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y la junta general de socios de M47 AI Software, S.L. (la "Sociedad Absorbida", conjuntamente con la Sociedad Absorbente, las "Sociedades a Fusionar") han decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión formulado por el respectivo órgano de administración de las Sociedades a Fusionar en fecha 11 de junio de 2024 (el "Proyecto de Fusión") (la "Fusión").

La Fusión implica la transmisión en bloque, a título universal, del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, produciéndose la extinción, vía disolución sin liquidación de ésta.

A los efectos de lo establecido en los artículos 10 y 13 RDL 5/2023, se hace constar el derecho que asiste al socio único y a la junta general de socios, según corresponda, y a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de las decisiones o acuerdos de Fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Barcelona, 12 de noviembre de 2024.- D. Enric Plana Culubret, como representante legal de M47 Tech Cluster, S.L.U., en su condición de administradora única de la Sociedad Absorbente y en su condición de administrador solidario de la Sociedad Absorbida junto con D. David Sánchez Gómez, debidamente facultados al efecto.

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