De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se regulan, entre otros, la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Universal de Arradal del Pinar, S.L. ("Sociedad Absorbente") y la socia única de DPA Actuaciones Industriales, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") han aprobado por unanimidad, en fecha 31 de octubre de 2024, la fusión impropia por absorción de la sociedad DPA Actuaciones Industriales, S.L.U. por parte de su socia única Arradal del Pinar, S.L. (la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida conjuntamente, las "Sociedades Participantes"). La fusión se llevará a cabo mediante la absorción de DPA Actuaciones Industriales, S.L.U. por parte de su socia única, Arradal del Pinar, S.L., con extinción, vía disolución sin liquidación, de la primera, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la última, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Todo ello se realiza de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito el día 27 de junio de 2024 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.
La fusión acordada se acoge al régimen especial simplificado previsto en los artículos 9 y 53.1 del RDL 5/2023, toda vez que: (i) la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida; y (ii) el acuerdo de fusión ha sido adoptado en junta general universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de la Sociedad Absorbente y por decisión de la socia única de la Sociedad Absorbida. Ello no obstante, se señala que el Proyecto y los demás documentos e información que resulta legalmente preceptiva, se han puesto a disposición de los socios, los acreedores y de los trabajadores para su examen en el domicilio social, o se les entregará o enviará gratuitamente a su solicitud.
De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y a los trabajadores de las Sociedades Participantes de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Participantes de ejercitar las acciones previstas en el artículo 13 del RDL 5/2023.
En La Selva del Camp (Tarragona), 31 de octubre de 2024.- Don Pascual Pardo Andújar, Don Juan Carlos Pardo Benito y Don Francisco José Pardo Benito, en su condición de Presidente, Secretario y Vicepresidente del Consejo de Administración de Arradal del Pinar, S.L. (Sociedad Absorbente), respectivamente, Don Pascual Pardo Andújar, en su condición de persona física designada para el ejercicio del cargo de Administrador único que Arradal del Pinar, S.L. ostenta en DPA Actuaciones Industriales, S.L.U. (Sociedad Absorbida).
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