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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público, que los socios de "Enjuto Rojo, S.L." (sociedad absorbente) y "Cruz de Bravo, S.L." (sociedad absorbida), en sus respectivas Juntas Extraordinarias y Universales que tuvieron lugar el 11 de noviembre de 2024, aprobaron por unanimidad el acuerdo de fusión de las mismas que se operará mediante la absorción de "Cruz de Bravo, S.L." (Entidad absorbida, que se extinguirá por motivo de la fusión), por parte de "Enjuto Rojo, S.L.".
Se hace constar, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Así mismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 44 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de dichas sociedades a oponerse durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo.
Olombrada (Segovia), 11 de noviembre de 2024.- El Administrador único, Luis Enjuto Rojo.
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