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Documento BORME-C-2024-624

MAESCYNON, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), CORTIJO MANGAS, S.A. Y MANGAS CAMPO GIBRALTAR, S.A. (SOCIEDADES ABSORBIDAS).

Publicado en:
«BORME» núm. 40, páginas 758 a 758 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-624

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 5/2023, de 28 de junio ("RDL 5/2023"), se hace pública la aprobación en fecha 19 de febrero de 2024 por el socio único de la "Maescynon, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), con domicilio en Avenida Retamar nº69, Centro de Negocios Altos del Higuerón, oficina 16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga al Tomo 6454, Folio 199, Hoja MA-179451, con NIF número B56727761, de la fusión por absorción por la Sociedad Absorbente de "Cortijo Mangas, S.A.", con domicilio social en Avenida Retamar nº69, Centro de Negocios Altos del Higuerón, oficina 16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga al tomo 978, folio 173, hoja número MA-12616 y con NIF número A29365640; y "Mangas Campo Gibraltar, S.A.", con domicilio en Avenida Retamar nº69, Centro de Negocios Altos del Higuerón, oficina 16, 29639 Benalmádena (Málaga), inscrita en el Registro Mercantil de Málaga al tomo 1480, folio 43, hoja MA-3670 y con NIF número A29412459 (las "Sociedades Absorbidas" y, junto a la Sociedad Absorbente, las "Sociedades").

Así, la Sociedad Absorbente absorberá a las Sociedades Absorbidas, que se extinguirán, traspasando en bloque su patrimonio – esto es, la totalidad de los elementos que integran su activo y su pasivo – a la Sociedad Absorbente que, como sucesora universal, se subrogará en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas. Se hace constar que, al estar las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas de modo directo e indirecto por la Sociedad Absorbente, la fusión se acoge al procedimiento especial regulado en el artículo 53 RDL 5/2023.

En atención al artículo 10 RLD 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión de las Sociedades.

Madrid, 19 de febrero de 2024.- Administrador Único común de las sociedades, Ivor Edward Jones.

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