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Documento BORME-C-2024-6296

TELECOMUNICACIONES PÚBLICAS ANDALUZAS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), INICIA TELECOM EUROPA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) Y WIFI OPERADOR LOS PEDROCHES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 7746 a 7747 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6296

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDLME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de TELECOMUNICACIONES PÚBLICAS ANDALUZAS, S.L. (Sociedad Absorbente) e INICIA TELECOM EUROPA, S.L. (Sociedad Absorbida), celebradas ambas con el carácter de juntas universales el 14 de noviembre de 2024, han aprobado por unanimidad, la primera en calidad de sociedad absorbente y la segunda en calidad sociedad absorbida titular del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente, la fusión por absorción de las sociedades INICIA TELECOM EUROPA, S.L. (Sociedad Absorbida) y WIFI OPERADOR LOS PEDROCHES, S.L. (Sociedad Absorbida) por TELECOMUNICACIONES PÚBLICAS ANDALUZAS, S.L. (Sociedad Absorbente).

Esta fusión se lleva a cabo conforme al régimen de los artículos 53 y 56.1 del RDLME, ya que la Sociedad Absorbente (i) está íntegramente participada por INICIA TELECOM EUROPA, S.L. (Sociedad Absorbida) y (ii) es la titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de WIFI OPERADOR LOS PEDROCHES, S.L. (Sociedad Absorbida). En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión: (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del artículo 40 del RDLME; (ii) el informe de expertos sobre el Proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida, a excepción de INICIA TELECOM EUROPA, S.L., por cuanto es titular del 100% de las participaciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente.

La fusión se realiza conforme al procedimiento unánime regulado en el artículo 9 RDLME, y ha sido acordada conforme al Proyecto Común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión con fecha 13 de octubre de 2024. Conforme a lo dispuesto en el en el artículo 9 RDLME, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDLME ni tampoco es necesario informe de los administradores sobre el Proyecto de fusión, salvo por lo referido al informe destinado a los trabajadores.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho de los acreedores a ejercitar las acciones previstas en el artículo 13.1, apartados 1º, 2º y 3º del RDLME, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Asimismo, se pone en conocimiento de los trabajadores y sus representantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 RDLME, para el ejercicio de los derechos que legalmente les corresponden.

Sevilla, 19 de noviembre de 2024.- Presidente del Consejo de Administración de Telecomunicaciones Públicas Andaluzas, S.L., Inicia Telecom Europa, S.L. y Wifi Operador los Pedroches, S.L, Alberto-Juan Bertomeu Curto.

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