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De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, "RD 5/2023"), se hace público que el 20 de noviembre de 2024 el socio único de SINGULAR PEOPLE EUROPE, S.L.U. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de NAVANDU TECHNOLOGIES, S.L.U. (Sociedad Absorbida), ambas sociedades íntegramente participadas por el mismo socio único (SINGULAR PEOPLE, S.A.), en los términos previstos en el proyecto común de fusión suscrito el 25 de junio de 2024, quedando la Sociedad Absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, y transmitiendo en bloque su patrimonio, por sucesión universal, a la Sociedad Absorbente.
La fusión se realiza conforme al artículo 53 del RD 5/ 2023, por remisión del artículo 56, al tratarse de una fusión por absorción en la que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único. En consecuencia, no resulta necesario el informe de expertos sobre el Proyecto Común de Fusión; el informe del órgano de administración destinado a socios, ni la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado la operación de fusión mediante decisión del socio único de la Sociedad Absorbente, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RD 5/2023, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del RD 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como los derechos reconocidos a los acreedores de ambas sociedades en el artículo 13 del RD 5/2023.
Madrid, 21 de noviembre de 2024.- Administrador Único de Singular People Europe, S.L.U., D. José Luis Vallejo Pizarro, Administrador Único de Navandu Technologies, S.L.U., D. Ignacio García Hernández.
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