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Documento BORME-C-2024-6341

MASA CAPITAL, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

MASA RENTAL, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 7810 a 7810 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6341

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio (en adelante, "RD 5/2023"), se hace público que el 21 de noviembre de 2024, la junta general de socios de Masa Capital, S.L. (la "Sociedad Escindida") aprobó por unanimidad la operación de escisión parcial consistente en el traspaso en bloque por sucesión universal a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación Masa Rental, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), que se constituirá en el marco de la escisión parcial, y estará participada por los mismos socios que la Sociedad Escindida y en la misma proporción, de la rama de actividad que constituye una unidad económica independiente formada por los activos, pasivos y relaciones jurídicas, y que consiste en la explotación directa e indirecta, mediante arrendamiento o cualquier otra fórmula de cesión de la propiedad, de toda clase de fincas rústicas o urbanas, ya sea en su totalidad o por partes, y, en general, la realización de operaciones inmobiliarias en todas sus vertientes y extensión.

Se hace constar que, conforme al artículo 9 del RD 5/2023, no se ha llevado anuncio, publicación o depósito previo alguno de los documentos exigidos por la Ley (salvo el informe de administradores dirigido a trabajadores, que ha sido puesto a disposición de estos a los efectos legales oportunos), dado que los acuerdos de escisión parcial han sido adoptados por la junta general de socios de la Sociedad Escindida, que es el órgano que únicamente puede ejercer el derecho de voto en dicha sociedad de acuerdo con la ley y los estatutos.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 del RD 5/2023, igualmente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Se hace constar asimismo el derecho de protección que asiste a los acreedores de cada una de la Sociedad Escindida que lo podrán ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión, en los términos previstos en los artículos 13 y 14 del RD 5/2023.

Madrid a, 21 de noviembre de 2024.- Administrador único de la sociedad Masa Capital, S.L, D. Justo Antonio Quesada Mendiola.

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