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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC") se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de CLUB DEPORTIVO CASTELLÓN, S.A.D. (la "Sociedad") celebrada el 12 de febrero de 2024 en primera convocatoria acordó ampliar el capital social fijado en 5.225.802,92.- €, hasta la cifra máxima de 5.344.052,74.-€, es decir, aumentarlo en la cuantía de 118.249,82.-€, mediante la emisión de 909.614 acciones ordinarias, nominativas, de 0,13.-€ de valor nominal cada una de ellas, y con una prima de emisión total de 140.413,27.-€, es decir, una prima de emisión de 140.413,27/909.614 euros por acción, a suscribir y desembolsar totalmente con cargo a aportaciones dinerarias.
Estas acciones otorgarán los mismos derechos y obligaciones que las hasta ahora existentes. Cada una de las nuevas acciones comenzará a gozar de los derechos a ella inherentes a partir de su suscripción y desembolso
Las acciones emitidas en virtud del aumento de capital se ofrecen a todos los accionistas de la Sociedad, salvo a los que realizan su aportación por compensación de créditos conforme al punto tercero del orden del día de la referida Junta General Extraordinaria, para que, en caso de desearlo, puedan ejercitar el derecho de suscripción preferente que les reconoce el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, estableciéndose el plazo de un mes para dicho ejercicio desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil ("BORME"). Transcurrido el referido plazo de un mes, el órgano de administración dará por cerrado el aumento de capital, aunque no se haya cubierto la total cifra de aumento propuesta.
El desembolso de las acciones suscritas, esto es su valor nominal junto con la totalidad de la prima de emisión correspondiente, deberá efectuarse en efectivo metálico mediante ingreso en la corriente abierta a nombre de la Sociedad número ES7701821900330201730759, de la entidad bancaria Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. ("BBVA"), bajo el concepto "Aportación de capital". Dicho desembolso deberá efectuarse con fecha límite el día de la finalización del plazo de un mes establecido para el ejercicio del derecho de suscripción preferente referido anteriormente. Los accionistas que deseen acudir a la ampliación de capital podrán obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, la información relativa a las acciones a las que tienen derecho a suscribir y la cantidad total a desembolsar, incluyendo el valor nominal y la correspondiente prima.
En todo caso, el capital se ampliará en la cuantía desembolsada, puesto que se prevé expresamente la posibilidad de ampliación de capital incompleta de conformidad con el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.
Castellón de la Plana, 26 de febrero de 2024.- Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, Don Haralabos Voulgaris.
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