Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en fecha 1 de marzo de 2024, la junta general extraordinaria de la sociedad AGUAS DE BORINES, S.A. acordó aumentar el capital social por un importe de cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta euros (432.480 €), emitiendo ochocientas sesenta y cuatro mil novecientas sesenta (864.960) acciones de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) de valor nominal cada una, con una prima de emisión total de cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta euros (432.480 €), a razón de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) cada una. Los señores accionistas podrán ejercitar el derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean. A tales efectos, cada acción existente antes de la ampliación de capital incorpora un derecho de suscripción preferente, correspondiendo a los accionistas de la sociedad cinco (5) acciones nuevas por cada un (1) derecho de suscripción preferente de los que sean titulares, es decir, tienen derecho a suscribir cinco (5) acciones nuevas por cada una (1) acción antigua.
Existiendo en la compañía créditos con algunos socios, totalmente líquidos y exigibles, y contando con los preceptivos informe y certificado del órgano de administración y del auditor, respectivamente, conforme a lo exigido en el artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital, dichos créditos serán compensados, total o parcialmente, mediante la suscripción de acciones, en las cuantías que les correspondan.
El desembolso de dicha ampliación, nominal más prima de emisión, se realizará de forma inmediata, en las cuantías que, en su caso, excedan los créditos a compensar a favor del socio suscriptor.
Los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente deberán, en el plazo de un (1) mes, a contar desde la publicación del presente anuncio, comunicárselo al órgano de administración de la sociedad, indicando las acciones que pretenden suscribir y procediendo de forma inmediata al desembolso de las mismas. De igual forma los accionistas podrán manifestar su interés por la suscripción de las acciones que, una vez transcurrido este plazo, no hubieran sido suscritas.
Transcurrido el plazo de suscripción preferente, se abrirá un período de adjudicación adicional en el que los accionistas que hayan ejercido su derecho de suscripción preferente podrán suscribir y desembolsar, en el mismo modo que en el primer período de suscripción preferente, las acciones que hubieran quedado sin suscribir.
Si fueran varios los accionistas interesados en suscribir las acciones ofrecidas, las acciones no suscritas se adjudicarán entre ellos en proporción al número de acciones que, sobre el total de acciones suscritas durante el período de ejercicio del derecho de suscripción preferente, representan las acciones que cada uno de ellos hubiera suscrito. El período de adjudicación adicional tendrá una duración de 15 días, comenzando el mismo día en que finaliza el período de suscripción preferente.
La junta general ha autorizado la asunción incompleta de la ampliación de capital, es decir, que el capital de la sociedad quedará efectivamente aumentado en la parte que resulte suscrito y desembolsado una vez transcurrido el plazo de suscripción.
Piloña, 4 de marzo de 2024.- El Presidente del Consejo de Administración, Pedro A. Cepeda Fernández.
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