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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 33, 34, 39 y concordantes del vigente Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la "Ley"), se hace público que, el día 1 de marzo de 2024, el socio único de las mercantiles "Basapikua 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal" y de "Tximista 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal" aprobó la fusión por absorción de "Tximista 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal" por "Basapikua 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal", con la consiguiente disolución sin liquidación de aquélla, traspasando en bloque su patrimonio a la Sociedad Absorbente, quedando esta última subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos.
La operación de reestructuración descrita se realiza de conformidad con el Proyecto Único de Fusión por Absorción de fecha 31 de enero de 2024, suscrito por todos y cada uno de los Administradores de las sociedades participantes en la referida operación de fusión por absorción de conformidad al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9º de la Ley, sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil en el que están inscritas las sociedades participantes conforme establece el artículo 47 de la Ley.
Se hace constar expresamente que no existen en la Sociedad Absorbente participaciones sociales con derechos especiales, ni titulares de derechos especiales distintos de los socios, ni obligacionistas.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste al socio único y a los acreedores de las sociedades participantes en la operación de reestructuración empresarial, de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión de conformidad con el artículo 10 de la Ley, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en el artículo 52 de la Ley.
Bilbao, 7 de marzo de 2024.- Administrador Único de "Basapikua 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Tximista 2006 ESFV, Sociedad Limitada Unipersonal", Don Gonzalo Múgica Ariño.
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