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Documento BORME-C-2024-804

EMPTY CAPITAL Y PARTICIPACIONES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EMPTY VENTURES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 52, páginas 1005 a 1005 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-804

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre materia de modificaciones estructurales de sociedades (en adelante, "Nueva LME"), se hace público que, en fecha 1 de marzo de 2024, la junta general extraordinaria y universal de socios de EMPTY CAPITAL Y PARTICIPACIONES, S.L. decidió aprobar la escisión parcial sin extinción de la sociedad mercantil EMPTY CAPITAL Y PARTICIPACIONES, S.L. (en adelante, "Sociedad Escindida"), mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio social a una entidad de nueva creación que se denominará EMPTY VENTURES, S.L. (en adelante, "Sociedad Beneficiaria"), la cual adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio (la "Escisión").

Todo ello, de conformidad con el proyecto común de escisión parcial aprobado en fecha 29 de enero de 2024 (en adelante, el "Proyecto de Escisión") por los dos administradores solidarios de la Sociedad Escindida. Se manifiesta que la Escisión se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Nueva LME, no resultando necesaria la redacción del informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión. Adicionalmente, de conformidad con el artículo 9 de la Nueva LME, no resulta necesaria la publicación o depósito previo del proyecto de escisión ni de los documentos exigidos por la Nueva LME.

Asimismo la junta general de socios acordó aprobar, como consecuencia de la Escisión (i) la amortización de la totalidad de su prima de emisión por un importe de 768.132,16 euros, (ii) la reducción de sus reservas voluntarias en la cantidad de 4.422.836,72 euros y (iii) la reducción del capital social de la Sociedad Escindida en 182.586,60 euros, mediante la amortización de 6.066 participaciones sociales, respetando la proporción en el capital social de los socios, modificándose el artículo 5 de los Estatutos sociales. La reducción de capital se ejecutará simultáneamente con la Escisión.

De conformidad con el artículo 10 de la Nueva LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la Escisión, de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y demás información exigida por la Nueva LME.

Asimismo, se hace constar que los acreedores cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la publicación del anuncio del acuerdo de escisión y no hubieran vencido en el momento de la publicación, podrán ejercitar los derechos de protección y adecuación de garantías previstos en los artículos 13 y 14 de la Nueva LME, sin que ello implique la paralización de la Escisión, ni impida su inscripción en el Registro Mercantil.

En Madrid, 7 de marzo de 2024.- Los administradores solidarios de Empty Capital y Participaciones, S.L., D. Nicolas Victor Mínguez Pardo y D. Francisco Mínguez Coll.

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