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Documento BORME-C-2024-871

MONENTE, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONENTE SERRA 1993 S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 55, páginas 1101 a 1101 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-871

TEXTO

De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, con fecha 5 de marzo de 2024, la Junta General extraordinaria y universal de socios de la mercantil " MONENTE SERRA 1993, S.L." y el socio único de la mercantil "MONENTE, S.L.UNIPERSONAL", acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad "MONENTE SERRA 1993, S.L.", por la mercantil "MONENTE,S.L.UNIPERSONAL", con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, la totalidad del patrimonio a la sociedad absorbente, de acuerdo, con el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión de fecha 5 de marzo de 2024, y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la sociedad absorbente está íntegramente participada por la sociedad absorbida y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, no procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente.

Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión inversa por absorción.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2023, y las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2024.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas.

Así mismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar los derechos de protección que les concede el Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio que regula las modificaciones estructurales especialmente lo previsto en los artículos 12 y 13.

Sant Cebria de Vallalta, 13 de marzo de 2024.- El Administrador único de la mercantil Monente S.L. Unipersonal y el Administrador único de la mercantil Monente Serra 1993, S.L, Francisco Monente Plosser.

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