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Con arreglo a lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, que transpone la Directiva de la Unión Europea en materia de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (el "Real Decreto"), se hace público que el 14 de marzo de 2024, el socio único de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria, en ejercicio de las atribuciones de la junta general de socios, aprobó la escisión parcial de la Sociedad Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria de conformidad con los términos del proyecto común de escisión parcial suscrito por todos los miembros del órgano de administración de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria el 1 de febrero de 2024.
Asiste a los trabajadores de la Sociedad Escindida y a los acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria (de haberlos) el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como a ejercitar los derechos reconocidos en el Real Decreto.
Madrid, 14 de marzo de 2024.- Don Joao Manuel De Oliveira Pinto Hebil, Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria, Don Pierre Yves Stéphane Romain Malgogne, Administrador Solidario de la Sociedad Escindida.
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