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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de fecha 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en fecha 1 de octubre de 2017, se adoptó formalmente la decisión por parte del socio único, la entidad "PROVIVE, S.L.", de fusión por absorción de la entidad "GRANECAN, S.L.U." como sociedad absorbida y, la entidad "SANTIAGO SUR, S.L.U.", como sociedad absorbente, y ello con disolución sin liquidación de las sociedad absorbida y con transmisión universal de todos sus bienes, derechos y obligaciones a favor de la sociedad absorbente, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
Las entidades intervinientes están participadas de forma idéntica por el mismo socio único por lo que se trata de una fusión entre sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión expresa del art. 52.1 de la LME, tiene el carácter de especial de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada contemplado en el art. 49 de la LME.
Habiéndose adoptado el acuerdo de fusión por absorción de forma unánime - por decisión del socio único-, se hace constar que los acuerdos de fusión por absorción se han adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la LME, que regula la fusión por acuerdo unánime de los socios.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Arona, Santa Cruz de Tenerife, 1 de octubre de 2017.- D. Emilio Damián Penas Gerpe, Administrador Solidario de las entidades intervinientes Santiago Sur, S.L.U., y Granecan, S.L.U.
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