Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-6884

OTHMAN KTIRI GROUP, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD SEGREGADA)
OK PROPERTIES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 175, páginas 8083 a 8083 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6884

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades OTHMAN KTIRI GROUP, S.L. UNIPERSONAL (sociedad segregada), y OK PROPERTIES, S.L. UNIPERSONAL (sociedad beneficiaria), han adoptado por unanimidad en fecha 31 de agosto de 2.019, sendos acuerdos conforme al Proyecto Común de Segregación de rama de actividad, redactado por el administrador de ambas sociedades con fecha 6 de mayo de 2.019 en base a los balances de escisión de estas cerrados en fecha 31 de diciembre de 2.018, debidamente aprobados por unanimidad.

OTHMAN KTIRI GROUP, S.L.U., segrega una parte de su patrimonio, mediante la transmisión de la Rama de Actividad Inmobiliaria industrial en bloque a la sociedad beneficiaria OK PROPERTIES, S.L.U., adquiriendo por sucesión universal y subrogándose esta última en todos los derechos y obligaciones del negocio inmobiliario de la sociedad segregada, todo ello en los términos y condiciones que se recogen en los acuerdos de aprobación de la segregación de cada una de las sociedades intervinientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores, acreedores y obligacionistas de ambas sociedades, de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación, que se encuentran a disposición de estos en el domicilio social de las intervinientes.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la segregación en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de segregación en los términos del artículo 44 LME, y, por remisión, del 73 LME.

Palma de Mallorca, 10 de septiembre de 2019.- El Administrador único de ambas sociedades, Othman Ktiri.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid