Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2019-6659

COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETRÓLEOS, S.A.U. (CEPSA)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CEPSA EP, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 7836 a 7836 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6659

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 31 de julio de 2019, el Accionista único de Compañía Española de Petróleos, S.A.U. (CEPSA) (Sociedad Absorbente), y CEPSA EP, S.A.U. (Sociedad Absorbida), adoptó la decisión de aprobar la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada CEPSA EP, S.A.U., sociedad absorbida, por parte de Compañía Española de Petróleos, S.A.U. (CEPSA), como sociedad absorbente, de conformidad con el Proyecto común de fusión formulado con fecha 25 de junio de 2019, que se encuentra publicado en la página web corporativa de la sociedad absorbente (www.cepsa.com) y depositado en el Registro Mercantil de Madrid. De conformidad con el Proyecto común de fusión, se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2018.

En virtud de la fusión así aprobada, Compañía Española de Petróleos, S.A.U. (CEPSA), adquirirá, en bloque y por vía de sucesión universal, el patrimonio social íntegro, con todos los derechos y obligaciones en él incluidos, de CEPSA EP, S.A.U., que de este modo quedará disuelta, sin necesidad de previa liquidación. Al ser la Sociedad Absorbida, íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, resulta de aplicación el régimen establecido en el artículo 49.1 de la LME.

Se deja expresa constancia, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos aprobados y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 31 de julio de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de Compañía Española de Petróleos, S.A.U. (CEPSA), Ignacio Pinilla Rodríguez.- El Administrador solidario de CEPSA EP, S.A.U., Luis Travesedo Loring.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril