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Documento BORME-C-2019-6863

MECÁNICAS TERUEL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MECATUR RUBIELOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 174, páginas 8060 a 8060 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6863

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace público que el socio único de las sociedades MECÁNICAS TERUEL, S.L.U., y MECATUR RUBIELOS, S.L.U., ha acordado en fecha 30 de junio de 2019, aprobar la fusión entre ambas sociedades siendo la primera la sociedad absorbente y la segunda la sociedad absorbida.

De este modo, la sociedad absorbente adquirirá, a título de sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida con disolución sin liquidación de esta última en los términos del proyecto de fusión.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por absorción en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios de las sociedades participantes, y por tratarse de una fusión simplificada en aplicación del artículo 49 de la referida Ley, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de fusión ni es necesario el informe de los Administradores ni de expertos independientes sobre el mismo, todo ello de conformidad con lo previsto en la citada Ley.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión de ambas sociedades. Por ello, queda a disposición de los acreedores estos documentos en el domicilio social de ambas sociedades participantes. Igualmente, se hace constar el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Del mismo modo, se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión y, en particular, sobre su impacto en el empleo, que consiste en que la Sociedad Absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones laborales y de seguridad social de la Sociedad Absorbida.

Teruel, 30 de agosto de 2019.- El Administrado único, Miguel Tomás Martín.

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