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Documento BORME-C-2022-7719

COSTA CANARIA DE VENEGUERA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 9206 a 9206 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-7719

TEXTO

Según los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de la entidad COSTA CANARIA DE VENEGUERA, S.A. celebrada en el domicilio social el día 7 de noviembre de 2022, con asistencia del 99,70% del capital social desembolsado con derecho a voto acordó, una vez aprobado por unanimidad el balance cerrado a 30 de junio de 2022 que fue formulado por los administradores y que ha sido debidamente auditado, reducir el capital por un importe total de 13.542.911,44 euros hasta la cifra de cero euros con la finalidad de sanear el patrimonio social debilitado por las pérdidas, mediante la amortización de la totalidad de las acciones, y el simultáneo aumento de capital social por importe de 1.777.989,88 €, mediante la emisión de 123.226 nuevas acciones nominativas de 14,38 € de valor nominal cada una de ellas, sin prima de emisión y con los mismos derechos y obligaciones que las amortizadas.

Según el artículo 343.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica a los accionistas que podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones, en número proporcional a las que poseen, durante el plazo de un mes desde la fecha de este anuncio.

El aumento podrá suscribirse mediante aportaciones dinerarias y/o compensación de créditos de los accionistas frente a la Sociedad, según el Informe del Órgano de Administración y el acuerdo de aumento de capital que se encuentra a disposición de los accionistas en el domicilio social, contemplándose la posibilidad de suscripción incompleta. El aumento deberá desembolsarse en su totalidad en la fecha de suscripción del aumento.

El ejercicio de dicho derecho deberá notificarse en el domicilio social de forma presencial, asumiendo en documento escrito las acciones, o por correo certificado con acuse de recibo o burofax con acuse de recibo, previa acreditación de la condición de accionista.

En el supuesto de que el aumento no se suscriba y desembolse íntegramente en el plazo y forma previstos, el capital quedará aumentado en la cuantía efectivamente suscrita y desembolsada.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2022.- La Secretaria no-consejera del Consejo de Administración, Dña. Laura Fermoso Tango.

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