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Caso Junta Rectora de Ertzainen Nazional Elkartasuna (ER.N.E.) v. España.
Organismo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Sentencia: 45829/09 [CE:ECHR:2015:0421JUD004589209]
Fecha: 21/04/2015
Ver original (Referencia 45829/09)
El TEDH recuerda que el art. 11.2 no excluye a ninguna categoría profesional, si bien cita expresamente a las Fuerzas Armadas y a la Policía entre a las que los Estados pueden imponer, a lo sumo, "restricciones legítimas", mas sin que con ello se cuestione el derecho a la libertad sindical de sus miembros. 30. El TEDH subraya que las restricciones que se pueden imponer a dichos grupos apelan a una estricta interpretación y deben por ello limitarse al "ejercicio" de los derechos en cuestión, y sin quebrantar la naturaleza misma del derecho a organizarse.
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