La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es un organismo público, adscrito al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, dispone de patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión y funcional dentro de los límites establecidos por la Ley de Agencias Estatales y por su propio Estatuto
La Agencia desarrolla su actividad en torno a tres objetivos estratégicos:
Son funciones de la Agencia:
La aparición de la imprenta y su posterior uso generalizado posibilitó el auge de la información y el desarrollo cultural.
Frente a los manuscritos, perecederos y manipulables, la imprenta permitía la fijación de los textos y su producción seriada, circunstancias sustanciales para la difusión de la información.
En el último tercio del siglo XVII se produjo un gran aumento de la literatura periodística, y, en concreto, el nacimiento de numerosos Boletines o Gacetas en la mayor parte de Europa; estas publicaciones nacieron de manos de la iniciativa privada y con un contenido estrictamente informativo.
En nuestro país este fenómeno se concretó en 1661 con la creación de la Gazeta, primer periódico de información general. En 1697 apareció bajo el título de Gaceta de Madrid. Durante el reinado de Carlos III, en 1762, la Corona asume el privilegio de imprimir la Gazeta. La publicación pasa a convertirse en un medio de información oficial que refleja los criterios y decisiones del Gobierno. En 1787 se crea la Imprenta Real.
Durante el período 1808-1814 se publican varias Gacetas en diversas localidades.
Posteriormente, en 1836, se establece que los Decretos, órdenes e Instrucciones que dicte el Gobierno se considerarán obligatorios desde el momento en que sean publicados en la Gazeta. De este modo pasó a convertirse en un órgano de expresión legislativa y reglamentaria, característica que conservará hasta la actualidad.
La estructura de la Gazeta se establece en 1886 con la finalidad de publicar sólo documentos de interés general (Leyes, Decretos, Sentencias de Tribunales, contratos de la Administración Pública, anuncios oficiales...). Asimismo se regula el orden de preferencia en la publicación de las disposiciones atendiendo a criterios de urgencia y de prioridad de la inserción de documentos: Leyes, Reales Decretos, Reales órdenes, etc. Por último se dispone que, dentro de cada sección, el orden de inserción debe ser el de antigüedad de los Ministerios, siempre tras la Presidencia del Consejo de Ministros. Esta estructura se perfila por una Real Orden de 6 de junio de 1909 .
El Gobierno de Burgos durante la Guerra Civil utilizó la denominación Boletín Oficial del Estado para distinguirse de la Gaceta de la República. La denominación Boletín Oficial del Estado se mantuvo desde octubre de 1936 hasta 1961. Desde esta fecha hasta 1986 pasó a denominarse Boletín Oficial del Estado - Gaceta de Madrid y a partir de 1986 volvió a denominarse Boletín Oficial del Estado.
Posteriores normas de 1948, 1957, 1960 y 1986 han ido conformando el funcionamiento del Boletín Oficial del Estado.
El Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y aprueba su estatuto, y el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de Ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado" regula su edición electrónica.
En la sede de Manoteras se encuentran la Imprenta Nacional y la mayoría de los servicios de gestión de la Agencia:
Horario:
En la sede de Trafalgar se encuentran la Librería:
Lunes a viernes: de 9:00 a 20:00 horas.
La Librería del BOE cuenta con la Tienda del BOE en Internet en la que se pueden hacer pedidos todos los días del año, durante las 24 horas.
Este servicio facilita cualquier información general relacionada con la Agencia y los servicios que presta.
De acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, la Agencia hace públicos los siguientes documentos:
Mediante Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes (BOE n° 81 de 2 de abril de 2024) ha sido aprobada la Carta de Servicios de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado 2024-2027.
La Carta de servicios es el documento a través del cual la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado informa a la ciudadanía de los servicios que tiene encomendados, de los derechos que les asisten y donde manifiesta públicamente los compromisos de calidad que asume en su prestación.
La finalidad de las cartas es desarrollar el principio de servicio efectivo a los ciudadanos que debe orientar la actuación de las Administraciones Públicas, enunciado en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado es el Organismo al que corresponde desarrollar la política pública sobre publicidad normativa del Estado. Son sus objetivos cumplir, en la forma legalmente prevista, el servicio público de publicidad de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y llevar a cabo la máxima difusión de la legislación, ofreciendo servicios singularizados, accesibles, gratuitos y de calidad que atiendan las necesidades específicas de información jurídica de los ciudadanos, profesionales, empresas y demás clientes.
Tiene implantado un Sistema de Gestión de Calidad, conforme a la norma UNE-EN-ISO 9001:2015, cuyo alcance se extiende a los productos/servicios de:
Con el fin de mantener este Sistema de Gestión de Calidad (SGC), la Dirección del Organismo se compromete, dentro del alcance de la certificación a:
Para alcanzar estos compromisos la Dirección de la AEBOE establecerá y documentará anualmente unos objetivos alcanzables y cuantificables. La Política de Calidad será revisada anualmente en el Comité de Calidad para asegurar que su contenido está plenamente vigente, es acorde con los valores de la organización y coherente con la estrategia funcional de la AEBOE y con las expectativas depositadas por nuestros ciudadanos.
La práctica "Códigos electrónicos COVID-19" ha recibido el Premio Ciudadanía, XV edición, convocado en el año 2022. Este premio se destina a reconocer la calidad e impacto en la ciudadanía de iniciativas singulares de mejora en los sistemas de relación con los ciudadanos o que reviertan en una mayor transparencia, participación, rendición de cuentas o integridad en la provisión de los servicios públicos. (Orden HFP/779/2022, de 28 de julio).
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ha sido galardonada con el Premios "TIC Administración General del Estado 2015" otorgado por la Fundación SOCINFO. El premio distingue el papel de la Agencia en su apuesta por la Sociedad de la Información.
La práctica "Sistema Integrado de Difusión Legislativa" recibió un accésit del Premio Ciudadanía 2014. Este premio reconoce las prácticas innovadoras en la provisión de productos o servicios, así como en los sistemas de relación con los ciudadanos o usuarios de los servicios públicos. (Orden HAP/1258/2015, de 18 de junio)
La Asociación Profesional de Cuerpos Superiores de Sistemas y Tecnologías de la Información de las Administraciones Públicas concede el Premio ASTIC 2013 a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por su apuesta estratégica por las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Los Premios TAW a la accesibilidad web son una iniciativa de la Fundación CTIC (Centro Tecnológico de la Información y la Comunicación), con el fin de evitar las barreras en el acceso a la información a través de Internet y los medios electrónicos. TAW es el acrónimo del Test de Accesibilidad Web, herramienta desarrollada por la Fundación CTIC para el análisis de las páginas en Internet.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid