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Documento BOE-A-2024-338

Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la quinta Adenda al Convenio con el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para la creación del Consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc.

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 2024, páginas 1837 a 1840 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-338

TEXTO ORIGINAL

Habiendo sido suscrita el 26 de diciembre de 2023, la «Quinta Adenda al convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc» y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123.2.c de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 27 de diciembre de 2023.–La Secretaria General de Investigación, Raquel Yotti Álvarez.

ANEXO
Quinta Adenda al convenio entre el Ministerio de Educación y Ciencia, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza para la creación del consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc

En Madrid y Zaragoza, 26 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Administración General del Estado y en su representación doña Diana Morant Ripoll, Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE núm. 278, de 21 de noviembre), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.2.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra, el Gobierno de Aragón y en su representación doña Claudia Pérez Forniés, Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud del Decreto del Presidente del Gobierno de Aragón de 11 de agosto de 2023 (BOA núm. 155, del 12 de agosto), por el que se dispone su nombramiento, y actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 20 de diciembre de 2023.

De otra parte, la Universidad de Zaragoza y en su representación don José Antonio Mayoral Murillo, Rector de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en uso de las facultades que le confiere el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los artículos 61 y 66 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y nombrado para dicho cargo por Decreto 1/2021, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón (BOA núm. 10, de 18 de enero).

Las partes se reconocen la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente Adenda y, al efecto,

EXPONEN

I. Que el Ministerio de Educación y Ciencia, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza firmaron el 5 de julio de 2006 un Convenio para la creación del Consorcio para el equipamiento y explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc (en adelante, el Convenio).

II. Que con fecha 28 de diciembre de 2012, el entonces Ministerio de Economía y Competitividad, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza suscribieron una primera Adenda, que modificaba la cláusula quinta y el anexo II del Convenio.

III. Que con fecha 18 de diciembre de 2015, el entonces Ministerio de Economía y Competitividad, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza suscribieron la segunda Adenda al Convenio, que ampliaba el plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021 y adaptaba los Estatutos del Consorcio a la normativa vigente.

Con la firma de esta Adenda el Consorcio queda adscrito a la Administración General del Estado (en adelante AGE), pasando a estar sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y control de la AGE, sin perjuicio de su sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, según se establece en el Punto 1 del artículo 122 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estableciendo el punto 3 de ese mismo artículo que la responsabilidad de la auditoría de las cuentas anuales del Consorcio es la Intervención General de la Administración del Estado.

IV. Que con fecha 27 de diciembre de 2019, el entonces Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza suscribieron la tercera Adenda al Convenio, que actualizaba el régimen normativo del Consorcio y revisaba las aportaciones en especie de la Universidad de Zaragoza.

V. Que habiéndose constituido el Consorcio con carácter indefinido y fijado la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2021, con fecha 20 de diciembre de ese año, el entonces Ministerio de Ciencia e Innovación, el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza suscribieron la cuarta Adenda, con el fin de recoger la financiación del Consorcio en el período 2022-2031, establecer la vigencia indefinida del Convenio y modificar los Estatutos del Consorcio.

VI. Que la disposición final 23.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, modifica el punto 3 del artículo 122 de la Ley 40/2015, de tal forma que la auditoria del Consorcio por el órgano de control interno de la Administración de Adscripción está condicionada a que concurra, a la fecha de cierre del ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias siguientes:

– Que el total de las partidas del activo supere 2.400.000 euros.

– Que el importe total de sus ingresos por gestión ordinaria en el caso de los consorcios del sector público administrativo, o la suma del importe de la cifra de negocios más otros ingresos de gestión, en el caso de los pertenecientes al sector público empresarial, sea superior a 2.400.000 euros.

– Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.

VII. Que, la Comisión de Seguimiento del Convenio en su reunión del día 20 de julio de 2023, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula octava del Convenio, ha acordado proponer a las partes una modificación del Convenio para adaptarlo a este cambio normativo.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

Esta Adenda tiene por objeto la adaptación del Convenio del Consorcio al Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial, establecido en el artículo 122 de la Ley 40/2015.

Segunda. Modificación de la cláusula quinta del Convenio.

1. Se modifica la redacción del apartado cinco. b) de la cláusula quinta «Costes y financiación» que queda como sigue:

«b) Asignación, siempre que la normativa vigente lo permita, de recursos procedentes de fondos europeos programados para cada una de las Administraciones, en particular con cargo a los Programas Operativos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) y FSE (Fondo Social Europeo) para Investigación, Desarrollo e Innovación. Esta asignación no podrá superar el porcentaje de la aportación de cada Administración consorciada, salvo autorización expresa de la otra. De obtenerse dichos recursos, su importe minorará en igual cuantía el importe de las aportaciones de la Administración correspondiente, para lo cual se suscribirá una Adenda al presente Convenio, que seguirá la tramitación legalmente establecida.

Los libramientos de la AGE-MCIU se realizarán trimestralmente a lo largo del ejercicio correspondiente. Los libramientos correspondientes al primer trimestre se producirán previa certificación por la comisión de seguimiento del Convenio de la presentación al MCIU de las cuentas anuales del ejercicio anterior formuladas por la Dirección del Consorcio. Los libramientos correspondientes al segundo, tercer y cuarto trimestre, quedarán supeditados a los siguientes requisitos: 1.º) a la certificación por la comisión de seguimiento del Convenio de la presentación de una memoria técnica referida a las actividades desarrolladas en el año anterior y la certificación por dicha comisión de la presentación a MCIU de las cuentas anuales del ejercicio anterior debidamente auditadas, en su caso, por el órgano competente de la Intervención General de la Administración del Estado o por una persona auditora de cuentas o sociedad de auditoría de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, según proceda, y 2.º) a la presentación ante MCIU de un informe de progreso correspondiente al periodo que se certifica que incluirá información sobre las actividades desarrolladas y previstas hasta el fin del mismo. El informe de progreso requerirá la conformidad de la Dirección General del MCIU competente en materia de planificación de la investigación. Los libramientos podrán suspenderse en caso de deficiencias que lleven a la comisión de seguimiento del Convenio o al MCIU, según proceda, a no emitir, respectivamente, la certificación o la conformidad a los informes de progreso.

La aportación del GA se realizará anualmente a lo largo del ejercicio correspondiente, una vez justificado el gasto. La justificación anual se realizará mediante la presentación de una memoria técnica detallada y de las cuentas anuales debidamente auditadas, en su caso, por el órgano competente de la Intervención General de la Administración del Estado o por una persona auditora de cuentas o sociedad de auditoría de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, según proceda, en la que se refleje la procedencia de la financiación otorgada por el Gobierno de Aragón, dentro de los ocho meses siguientes a la finalización del ejercicio correspondiente.»

2. Se elimina el apartado siete de la cláusula quinta «Costes y financiación».

Tercera. Publicación y eficacia.

Esta Adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Aragón», y resultará eficaz tras su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad, las partes formalizan la presente Adenda en la fecha indicada en la última firma.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant Ripoll.–La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, Claudia Pérez Forniés.–El Rector de la Universidad de Zaragoza, José Antonio Mayoral Murillo.

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