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Documento BOE-A-2024-368

Resolución de 16 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Calparsoro.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 6 de enero de 2024, páginas 1953 a 1954 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2024-368

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Calparsoro.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Gabriel Calparsoro López, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de San Sebastián, José Carlos Arnedo Ruiz el 9 de junio de 2023 con el número 1.159 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Nicasio Gallego, n.º 20, 2.º A, distrito postal 28010 del municipio de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a las Comunidades Autónomas de Madrid y el País Vasco

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomentar, impulsar y promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones, a través de la divulgación de los artistas y obras que componen la colección de arte que alberga la Fundación.

Quinto. Patronos.

Don Gabriel Calparsoro López, doña Telma López Calparsoro y don José Carlos Gorricho Herrero.

Cargos:

Presidente: Don Gabriel Calparsoro López.

Vicepresidente: Doña Telma López Calparsoro.

Secretaria no patrona: Doña Elena Reta Hernández.

Vocal: Don José Carlos Gorricho Herrero.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. 

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 4 de octubre de 2023.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Calparsoro patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 16 de octubre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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