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Documento BOE-A-2024-4480

Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Helena solar 16, de 26,97 MWp/22,80 MWn, y su infraestructura de evacuación, compuesta por unas líneas de evacuación a 30 KV hasta la SET La Cañada 220/30 KV, en Maqueda (Toledo)".

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 7 de marzo de 2024, páginas 27376 a 27383 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-4480

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 5 de agosto de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica Helena Solar 16 de 26,97 MWP/22,80 MWN, y su infraestructura de evacuación, compuesta por unas líneas de evacuación a 30 kV hasta la SET La Cañada 220/30 kV, ubicadas en el TM de Maqueda, provincia de Toledo», promovido por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras la subsanación de la documentación por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en la implantación de una Planta Solar Fotovoltaica («PSFV») constituido por 2 islas de generación (islas 4 y 5), con una superficie total ocupada de 83,6 ha y una longitud de vallado que se asocia a esta planta de 7.923 m. La instalación llevará emparejada la construcción de 3 centros de transformación de 0,60/30 kV localizados dentro del perímetro vallado y que se conectan entre sí a través de una línea de evacuación a 30 kV con 4.526,52 metros de longitud de zanja, hasta la subestación eléctrica transformadora (SET) «La Cañada» 220/30 kV. No son objeto del presente proyecto la subestación «La Cañada» 220/30 kV, ni el resto de infraestructuras de evacuación hasta el punto de vertido en la subestación Villaviciosa 400 kV propiedad de Red Eléctrica España que cuentan con declaración de impacto ambiental favorable.

Según la cartografía obrante en el expediente, unas 6 ha de superficie dentro del perímetro del vallado proyectado estarán destinadas a la implantación de parte de los módulos fotovoltaicos de la PSFV Helena Solar 17, proyecto en tramitación.

La duración de las obras se estima en 12 meses y la vida útil del módulo de generación fotovoltaica se estima en 25 años.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. Los espacios Red Natura 2000 más cercanos son la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES4250014 «Sotos del Río Alberche» y la ZEC ES4250001 «Sierra de San Vicente y valles del Tiétar y Alberche» que se localizan a 13,6 km y 11,6 km, respectivamente, en dirección norte a la zona de actuación.

Los potenciales impactos vendrían derivados por el posible uso de la zona de implantación del proyecto como área de campeo y caza de individuos de la población propia de los espacios de la Red Natura 2000 analizados entre los que se destacan el águila imperial ibérica (Aquila adalberti) y el buitre negro (Aegypius monachus). En este aspecto, el proyecto es coincidente, en su totalidad, con zonas de importancia de las mencionadas especies aprobadas por Decreto 275/2003, de 9 de septiembre, dentro del ámbito de aplicación de su correspondiente plan de recuperación y conservación y se declaran zonas sensibles las áreas críticas para la supervivencia de estas especies en Castilla-La Mancha.

La afección principal a las citadas especies, catalogadas en el Catalogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha (CREA) como «En Peligro de Extinción» y «Vulnerable», respectivamente, viene dada por la pérdida de su hábitat de alimentación, reproducción y cría, siendo un riesgo notable de abandono de nidos por molestias.

En cuanto a los hábitats de interés comunitario (HIC), según la cartografía del Atlas de Hábitats Españoles del MITECO, no parecen localizarse hábitats prioritarios. Los HIC (no prioritarios) más cercanos son el HIC 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion y el HIC 91B0 Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia, localizados a 1.200 m al noroeste y 500 m al sur-sureste, respectivamente, de la zona de implantación del proyecto.

El monte de utilidad pública más cercano se encuentra a 18 km al noroeste del ámbito del proyecto, es el MUP-45 y se denomina «Cerro Cebollar».

El Lugar de Interés Geológico (LIG) más cercano, se encuentra a unos 8 km al sureste de la zona de implantación del proyecto.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

La mayor parte del área de estudio se encuentra ocupada por cultivos de secano, donde tan solo surge vegetación espontánea en los lindes y bordes de estos, siendo en todos los casos de tipo ruderal. La principal vegetación arbóreo-arbustiva se desarrolla acantonada en los bosques isla, formados por masas casi monoespecíficas de encinas (Quercus ilex sp. rotundifolia) en el entorno de las actuaciones. También aparecen pinares aislados de pino carrasco (Pinus halepensis) y rodales de eucalipto (Eucaliptus sp.). Tras la consulta al Inventario Español de Especies Terrestres (IEET) y a los distintos catálogos y normativas que establecen las categorías de protección de especies amenazadas, se determina que no hay presencia de flora amenazada en las cuadrículas UTM 10 x 10 km donde se enmarca el proyecto.

El estudio anual de fauna, conjunto para el resto de la evacuación del Nudo de Villaviciosa, constata la presencia de tres parejas de águila imperial ibérica y un nido en el entorno cercano de los 1.500 a 2.500 m de distancia a la planta proyectada. La presencia del buitre negro, localizada en las proximidades del arroyo Aljama a unos 2 km al noroeste de la zona de implantación, es relativamente homogénea a lo largo del ámbito de estudio, estando condicionada por la presencia momentánea de alimento. Otro factor relevante es la elevada presencia de especies presa que permiten la permanencia de las distintas especies de rapaces, como el conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) o la perdiz roja (Alectoris rufa); en cuanto al censo de éstas, en el inventario se obtuvo una densidad mayor a 1 conejo/ha que corresponde a una clase de abundancia alta. Estos resultados indican una abundancia de presas en el área de estudio para mamíferos carnívoros y aves rapaces de la zona.

Además, según el trabajo de campo y los datos aportados en la tramitación de la evaluación ambiental ordinaria de otros expedientes de plantas fotovoltaicas de la zona, han sido localizadas en el entorno de 5 km varias zonas relevantes para la avifauna a partir de la presencia, abundancia, densidad o nidificación de las especies de interés. En este aspecto, aproximadamente la mitad de la superficie de ocupación proyectada se superpone con el corredor ecológico de la Mancha, primario de aves esteparias. Se ocupan áreas consideradas como altamente sensibles para las aves esteparias del CREA con presencia de un grupo de avutarda común (Otis tarda), catalogada como «Vulnerable», a 400 m al oeste del área de implantación, Kernel de 95 % y a 5 km al oeste se constata la localización de un lek (zonas de apareamiento). Se detectan concentraciones de sisón común (Tetrax tetrax) con presencia reproductora a unos 2,6 km al sur y dentro del municipio de Maqueda, a 4 km al norte de la planta y aguilucho cenizo (Circus pygargus), «En Peligro de Extinción» y «Vulnerable» respectivamente. En el caso del aguilucho cenizo, se han observado avistamientos a aproximadamente 4 km al oeste y 6 km al este de la zona de implantación. Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus) avistada a 1 km de la zona de implantación y elanio azul (Elanus caeruleus) con avistamientos de ambas especies a unos 5 km al norte de la planta, ambas catalogadas como «Vulnerables». Si bien no ha podido confirmarse la presencia de aguilucho lagunero y elanio azul como reproductoras en la zona de estudio, la reducción de área de cultivo puede afectar al asentamiento de parejas reproductoras.

Además, pueden producirse efectos negativos sobre el área de campeo del cernícalo primilla (Falco naumanni), se ha observado el uso de las parcelas situadas al oeste, fuera de la zona de implantación, como territorio de caza de esta especie, y la carraca (Coracias garrulus) catalogadas como «Vulnerables» según el CREA. Se ha localizado una colonia de avión zapador (Riparia riparia), a unos 570 m al este de la planta, catalogado como «Vulnerable» a nivel autonómico, de más de 100 nidos y abejaruco común (Merops apiaster) catalogado de «Interés Especial», adyacente al trazado de la línea de evacuación de media tensión entre las plantas Helena Solar 15 (en tramitación) y la planta objeto del presente documento. El análisis kernel de localización de las especies destacables presentado por el promotor también muestra localizaciones de milano real (Milvus milvus) catalogada como «Vulnerable» a nivel autonómico y «En Peligro de Extinción» según el CEEA, a unos 3 km al oeste de la planta.

No se detectan importantes comunidades de quirópteros, probablemente, por la escasez de refugios adecuados para estas especies en la zona, no obstante, el promotor indica que completará el estudio con un inventario y seguimiento de las especies que puedan estar presentes en la zona de muestreo.

Ninguno de los elementos del proyecto se encuentra ubicado sobre IBAs (áreas de importancia para las aves). Las más próximas son las denominadas «199.–Torrijos» a aproximadamente 7 km al sureste de la planta y la «70.-El Escorial-San Martín de Valdeiglesias» a aproximadamente 8 km al norte.

La planta fotovoltaica y las líneas de evacuación soterradas de media tensión, afectarán esencialmente a terrenos con cultivos herbáceos en secano que conforman un hábitat estepario de alta calidad, apto para la reproducción/alimentación de este tipo de avifauna (avutarda común, sisón, aguiluchos cenizo y pálido, cernícalo primilla,...) y como área de nidificación y/o campeo de otras aves de mediano a gran tamaño, especialmente rapaces (buitre negro, milano real, águila perdicera, etc), por lo que la construcción de la planta conlleva una pérdida directa de hábitat por la ocupación de suelo por los paneles, y una alteración de las zonas próximas a áreas reproductivas por molestias o efecto rechazo.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

El ámbito de estudio se localiza en la Cuenca hidrográfica del Tajo. La zona de ubicación de la planta incluye tres arroyos innominados afluentes del Arroyo del Molinillo (no afectado directamente por el proyecto) considerados como Dominio Público Hidráulico, éste último se encuentra entre los 200-500 m de la zona de actuación, al sur. Aunque el promotor no adjunta un estudio hidrológico específico para la zona de implantación de la planta en la ortofoto los arroyos innominados de corto recorrido con tramos prácticamente desdibujados sobre el terreno, previsiblemente por la ocupación del propio cultivo preexistente. En este aspecto, el promotor proyecta la construcción de drenajes y control de erosión, como cunetas y tubos de hormigón perimetral que evitan acumulaciones de agua permitiendo la evacuación de aguas de escorrentía. La planta se construirá respetando las distancias de la zona de servidumbre de 5 metros, además de la zona de policía de 100 metros de ancho a cada lado en la que el uso del suelo y las actividades están condicionadas.

En cuanto al riesgo y peligrosidad de inundación fluvial, según la cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, elaborada por el Ministerio y las Comunidades Autónomas, la planta proyectada no se sitúa sobre zonas de flujo preferente o Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI) en ninguno de los escenarios de estudio.

El módulo de generación fotovoltaica Helena Solar 16 y sus infraestructuras de evacuación, se encuentran sobre la Masa de Agua Subterránea (MAS) 030.015, denominada «Talavera».

Los principales impactos se asocian a la fase de operación, por la alteración física de la red hidrológica y la red de drenajes por los movimientos de tierra, apertura de zanjas y construcción de viales y acceso, así como la alteración de la calidad de agua superficial por arrastre de sedimentos y potencial riesgo de vertido de aceites o combustibles, si bien el punto más conflictivo podrían ser los centros de transformación proyectados, aunque cuentan con el correspondiente foso de retención y medidas preventivas de aviso.

4. Afección por generación de residuos

Los residuos generados por este tipo de proyectos son principalmente de naturaleza no peligrosa, procedentes fundamentalmente de los trabajos de obra civil, como excedentes de tierras de excavaciones y zanjas, limpieza de cubetas de hormigón, restos de ferralla, etc.

Durante la ejecución de la obra, el promotor considera una superficie permanente ocupada de 84 ha y se estima una generación de 962,42 t de residuos no peligrosos, con 41,48 t de tierras limpias y materiales pétreos, 401,28 t de residuos de silvicultura, 9,83 t de hormigón, 5,5 t que corresponden a madera, 0,02 t de tubos de PVC, 0,15 t de módulos fotovoltaicos, 0,11 t de papel y cartón, 1,11 t de plásticos y envases no contaminados, 0,18 t de Residuos Sólidos Urbanos, 0,72 t de lodos de fosas sépticas, 0,08 t de residuos de aluminio, 1,03 t de metales mezclados (cerámicos), 0,86 t de restos de papel y cartón valorizables y 0,07 t de hierro y acero. Por otro lado, se estima una generación de 2,09 t de residuos peligrosos, de los cuales 0,20 t corresponden a restos de paneles solares valorizables, 0,18 t a aceite de los transformadores, 0,78 t a envases contaminados valorizables y 0,93 t a baterías de Ni-Cd.

Durante la fase de construcción, es probable que se generen pequeñas cantidades de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) por avería, rotura o defecto de fabricado, unas 0,01 t. Por este motivo, se proyecta habilitar un área de almacenamiento de placas solares rotas o defectuosas las cuales serán retiradas y transportadas por gestor autorizado.

El punto limpio, el parque de maquinaria y las oficinas de obra se ubicarán en el campamento de obra cuya localización y características no han sido definidas en el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) ni el Resumen Ejecutivo. Los residuos generados durante la obra se entregarán a gestor autorizado incluidas las aguas sanitarias que se generen en los baños. Los baños de las casetas serán de tipo químico, sin consumo de agua.

Durante la fase de funcionamiento, los residuos peligrosos (aceites minerales, trapos impregnados, etc.) se almacenarán, según el promotor, en un punto limpio ubicado en el edificio de la SET La Cañada 220/30 kV (pendiente de ejecución). El promotor no realiza una estimación de los residuos generados en esta fase ni en la fase de desmantelamiento de la instalación.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los recursos naturales principales que se prevé utilizar son el suelo, por la ocupación de terreno de las instalaciones proyectadas, y el agua.

La superficie total dentro del vallado perimetral de la planta fotovoltaica se estima en 96,68 ha, necesario para la implantación de las instalaciones en detrimento del uso y aprovechamiento actual del mismo. Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, o bien por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales.

Según las estimaciones, la línea de evacuación de media tensión afectará a un total de 2.015 m2 de vegetación de forma permanente (de las zanjas), y a unos 4.024,91 m2, de forma temporal. La tierra vegetal retirada se acopiará en cordones no superiores a 2,5 m de altura y posteriormente se utilizará en la restauración y recuperación de suelos.

Se ha realizado una estimación del consumo de agua por los siguientes conceptos: desbroce y el control de polvo, se estiman 20.000 litros/ha, por lo que será necesario el suministro de 1.672 m3 de agua; para las duchas se considera un consumo diario de unos 200 litros/día de obra y para los baños de las casetas serán de tipo químico, sin consumo de agua.

6. Afección al patrimonio cultural

Entre las posibles afecciones, se detalla una al norte de la zona de implantación de la planta donde se localiza el yacimiento de La Piedra (07450910069Y), su perímetro se localiza a unos 15 metros del vallado, así como cuatro mojones pertenecientes al conjunto de mojones parcelarios La Yeguada (07450910079E), localizados a más de 80 metros del vallado. Todos estos mojones se localizan en los límites externos de los perímetros de las plantas proyectadas. Al sur de la planta se localiza el yacimiento de San Silvestre V (07450910059Y), a más de 25 metros del vallado, el yacimiento es atravesado por su parte central por la línea de media tensión de interconexión de las plantas fotovoltaicas en tramitación Helena Solar 15, Helena Solar 16 y Helena Solar 17.

La prospección arqueológica de cobertura total condiciona la instalación de la planta y la línea, al cumplimiento de una serie de medidas de protección, correctoras y seguimiento.

Se observa que la línea de evacuación de media tensión cruzaría la Colada de Novés a Quismondo, coincidente en este tramo con el Bien de Interés Cultural «Camino de Santiago del Sureste (Alicante a Astorga)».

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

La totalidad de la superficie para la instalación del módulo de generación fotovoltaica Helena Solar 16, se encuentra ocupada por tierras de labor en secano. Al norte de la parcela de ocupación se localizan cultivos de olivar y frutales en secano, unas 12 ha.

Respecto a la distancia a núcleos de población y fuentes sonoras, según el MTN25 del IGN, no se han localizado urbanizaciones a menos de 200 m de la planta o viviendas aisladas a menos de 100 m. Los núcleos urbanos más próximos al proyecto son: Maqueda, situado a algo más de 2,5 km, al oeste de la planta; Novés, al sur y Quismondo al norte, ambos a más de 3 km de distancia de la planta.

Durante la ejecución de las obras, considerando el Nivel Equivalente Continuo de sonido (Leq) esperable en la zona de obras de 70 dB(A) a 10 m de distancia y la atenuación sonora por distancia, no se espera superar los 55 dB(A) a una distancia de 32 m de las obras. Considerando el Nivel Máximo (LMAX) esperable en la zona de obras de 105 dB(A) a 1 m de las zonas de ejecución de hincas y la atenuación sonora por distancia para una fuente puntual, se concluye que no se superarán los 85 dB(A) a una distancia de 10 m de las obras. Durante la fase de explotación, los módulos de generación fotovoltaicos no son generadoras de ruido. El funcionamiento y mantenimiento de la planta incluye como única fuente sonora los transformadores incluidos en los centros de transformación. El nivel de emisión acústica de los centros de transformación del módulo de generación fotovoltaico seria de entorno a los 80dB(A) máximo, medida a 1 m de distancia del edificio del centro de transformación. Así pues, y relacionado con las infraestructuras del proyecto de la planta fotovoltaica y la línea de media tensión de 30 kV, teniendo en cuenta el soterramiento de la línea y la no presencia de núcleos de población ni de viviendas aisladas a distancias inferiores a las distancias mencionadas bajo el presente epígrafe, las afecciones relacionadas con la generación de campos eléctricos y magnéticos podrían considerarse, para estas infraestructuras, no significativas.

Respecto a los servicios afectados, según el promotor, dos líneas de alta tensión pasan a unos 70 m de la planta. La planta limita al norte con el camino de Maqueda, al sur con el camino de Maqueda a Novés y el Camino de Extremadura. El camino de «poco abrigo» representa la línea divisoria de la isla 4 y 5 de la planta. El ámbito de emplazamiento de la planta solar fotovoltaica se encuentra a una distancia menor a 4 km de las autovías A-5 y A-40 y a 400 m de una planta de gestión de residuos (Renovés).

El promotor no incorpora un análisis de aprovechamiento cinegético de la zona, si bien tomando como referencia la información de la web: Terrenos cinegéticos en Castilla-La Mancha | Datos Abiertos CLM (castillalamancha.es), el proyecto podría afectar a los cotos de caza matriculados como TO-10318 denominado «San Silvestre» y TO-10528 denominado «Poco Abrigo», que cuentan con una superficie de 750 ha y 370 ha, respectivamente, por lo que la construcción de la planta en conjunción con los efectos sinérgicos o acumulativos de otras plantas pendientes de ejecución, podrían dejar al coto con una superficie inferior a la mínima establecida según lo determinado en la Ley 3/2015 de caza de Castilla-La Mancha.

En relación al paisaje, el entorno en el que se proyecta la planta fotovoltaica forma parte de la unidad paisajística de cultivos con una fragilidad alta y una calidad baja, según indica el promotor. Sobre una superficie prospectada de 12.788 ha (95 % del área total analizada), afirma que la cuenca visual generada sobre la planta Helena Solar 16 da como resultado valores dominantes de visibilidad nulos o bajos debido a la ondulación del terreno. Desde la finca de San Silvestre (en la cercanía al arroyo del Molinillo), desde el municipio de Novés, castillo de Maqueda y tramos de la A-5, A-40, N-403 Y TO- 1332, la visibilidad es menor al 25 % según el EsIA por lo que el promotor considera la afección baja o nula y compatible desde el punto de vista de afección paisajística. No obstante, como dato discordante y tomando como referencia la información cartográfica contenida en el estudio de paisaje, se desprende que más de la mitad de la superficie ocupada por los módulos fotovoltaicos proyectados dentro del perímetro de vallado de la planta Helena Solar 16, se encontraría en el rango del 51-75 % de visibilidad alta.

Las obras proyectadas (planta y línea de evacuación de media tensión) se encuentran fuera de Zonas de Alto Riesgo (ZAR) de incendio designadas por la Comunidad Autónoma según el Plan Especial de Emergencias por incendios forestales (INFOCAM) aprobado por Orden 187/2017 de 20 de octubre de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

La construcción de la planta puede contribuir al desarrollo económico de la zona mediante la contratación de personal residente. En fase de funcionamiento, se producirán efectos positivos sobre el desarrollo económico por el empleo creado para las tareas de mantenimiento de la instalación, que a su vez conducirá a un incremento en la demanda de los servicios de la zona. A ello hay que sumar el beneficio económico durante el periodo de vida útil de la planta solar para los propietarios de los terrenos y para el ayuntamiento afectado, en forma de tasas, que implican una mejora en los servicios de la población.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

Entre los principales impactos acumulativos y sinérgicos derivados de la construcción, destaca el efecto barrera, la fragmentación del territorio, la pérdida de hábitat para las especies allí presentes (fundamentalmente de ambientes esteparios), afección a los corredores ecológicos entre los distintos hábitats protegidos, pérdida de biodiversidad de especies, el impacto paisajístico al modificar notablemente el medio perceptual del entorno rural o las potenciales alteraciones en el ciclo del agua a escala local, todo ello como consecuencia de la instalación de las nuevas infraestructuras y la proliferación de líneas aéreo-soterradas de alta y media tensión para evacuar la energía eléctrica generada.

Gran parte de la superficie ocupada por la planta proyectada Helena Solar 16, se localiza sobre un corredor ecológico primario de esteparias según la cartografía facilitada por la administración competente.

Entre las superficies de ocupación de otros proyectos en tramitación que podrían originar efectos sinérgicos o acumulativos sobre la población de águila imperial en el área de influencia de 1.500 a 2.500 m, se encuentran los siguientes: Helena Solar 15 (74,6 ha, en tramitación de procedimiento de afección ambiental), Helena Solar 9 (82,6 ha) y Helena Solar 12 (87 ha).

A 5 km de la planta proyectada, se localizan las plantas Helena Solar 13 y Helena Solar 14, al oeste, con superficies viables pendientes de ejecución de 114,18 ha y 38,12 ha, respectivamente. Además, se está tramitando paralelamente a la planta proyectada, la planta Helena Solar 17 de 35,76 ha de superficie vallada, aunque parte de la superficie de ocupación de las placas fotovoltaicas, estarían proyectadas dentro del perímetro de la planta Helena Solar 16, objeto de esta evaluación (unas 6,3 ha).

A nivel autonómico, en el entorno de 5 a 10 km de las actuaciones proyectadas, se localizan otros proyectos ya evaluados, como las plantas Maqueda, Castor-Huecas y Barcience Torrijos-Novés, Torrijos, Torrijos-Novés II y Escalona.

Respecto a otras líneas eléctricas, a menos de 2 km se localiza la línea Helena Solar 9 a la Subestación «La Cañada», línea de evacuación aérea de 30 kV y 50 Hz y 1,9 km de longitud; transcurre por el término municipal de Maqueda. La línea desde la Subestación La Almenara a la Subestación La Cañada, línea aérea de 220 kV y 50 Hz, de 5,7 km de longitud, transcurre por los términos municipales de Maqueda y Quismondo (Toledo). La línea desde la Subestación «La Cañada» a la Subestación «La Mesilla», línea aérea de 220 kV y 50 Hz y de 10,7 km de longitud, transcurre por los términos municipales de Maqueda, Sta. Cruz del Retamar y La Torre de Esteban Hambrán (Toledo).

La instalación de las plantas fotovoltaicas conllevaría un incremento del paisaje alterado, que se vería transformado y fragmentado, así como una modificación de las visuales en los puntos más sensibles. La presencia de otras plantas fotovoltaicas en la zona hace que ya exista un impacto visual previo.

Dada el área ocupada por el resto de las instalaciones en trámite y pendientes de ejecución del área de estudio, la instalación Helena Solar 16 significará un efecto acumulativo sobre los hábitats y las zonas de importancia de algunas especies a las que se ha hecho referencia en el apartado 1 y 2 del presente documento, ya que se trata de una nueva infraestructura en el territorio.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, a la Dirección General de Calidad Ambiental y a la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el 5 de febrero de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 26 de febrero de 2024 y 14 de febrero de 2024, tienen entrada los informes de la Dirección General de Calidad Ambiental y de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, respectivamente, que manifiestan conformidad con la propuesta de informe de determinación de afección ambiental remitido y con el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental al amparo de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en aras de poder determinar adecuadamente si las afecciones podrían suponer efectos significativos sobre el medio ambiente.

Debido a los impactos negativos previsibles sobre los recursos naturales protegidos (especialmente fauna), la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha informa que, existe una elevada ocupación del suelo del presente proyecto y de otros ya aprobados en las inmediaciones, así como las sinergias negativas derivadas de los mismos y de otras actividades (cultivos leñosos, nuevas infraestructuras, etc.) considerando que en la zona de Maqueda-Torrijos ya se ha superado la capacidad de acogida para nuevos proyectos de plantas fotovoltaicas. En virtud de ello, la citada Dirección General concluye que con el actual planteamiento, el proyecto no es compatible con la conservación de los valores ambientales y recursos naturales de la zona donde pretende ubicarse.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta solar fotovoltaica Helena Solar 16 de 26,97 MWP/22,80 MWN, y su infraestructura de evacuación, compuesta por unas líneas de evacuación a 30 kV hasta la SET «La Cañada 220/30 kV», ubicadas en el término municipal de Maqueda, provincia de Toledo», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 28 de febrero de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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