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Documento BORME-C-2017-3779

EXPRESSATE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
IMASD GENERATION, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 4448 a 4448 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-3779

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta General de Socios de EXPRESSATE, S.L. ("Sociedad absorbente"), celebrada con fecha 5 de mayo de 2017, y la Junta General de Socios de IMASD GENERATION, S.L. ("Sociedad absorbida"), celebrada con fecha 5 de mayo de 2017, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida, respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 28 de abril de 2017, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2016.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por acuerdo de sus socios en Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios en cada una de las sociedades participantes en la fusión, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Barcelona, 11 de mayo de 2017.- El Administrador Solidario de Expressate, S.L., e Imasd Generation, S.L., Segundo Patiño Patiño.

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