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Documento BORME-C-2017-4063

EXPLOTACIONES TURÍSTICAS DE CANDANCHÚ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 4779 a 4779 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-4063

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los Arts. 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital se hace constar que en la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad EXPLOTACIONES TURÍSTICAS DE CANDANCHÚ S.A., cuya convocatoria fue publicada por sendos anuncios en el BORME y el Diario Alto Aragón de fecha 30 de Marzo de 2017, celebrada en primera convocatoria el día 4 mayo de 2017, con asistencia del 74,074% del capital de la sociedad se adoptaron, por unanimidad, entre otros los acuerdos siguientes:

- Reducción del capital social a cero para restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuido como consecuencia de pérdidas acumuladas por resultados negativos de ejercicios anteriores conforme al balance a 30 de noviembre de 2016 formulado por el Consejo de Administración, auditado por el auditor de la sociedad, y aprobado por la Junta de Accionistas. Así el capital social actualmente fijado en la cifra de 3.155.968,63 Euros se reduce en dicho importe para compensar pérdidas hasta dejarlo en la cifra de cero euros, (Euros 0), mediante la amortización de la totalidad de las 525.109 acciones nominativas en que se divide el capital de la sociedad, de 6,010121 Euros, números 1 a 525.109 ambas inclusive. En virtud de lo dispuesto en el artículo 344 de la Ley de Sociedades de Capital la eficacia del acuerdo de reducción de capital a cero quedó condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital simultáneo adoptado. Y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 335 a) de la ley de Sociedades de Capital dada la finalidad de la reducción de capital social los acreedores no podrán oponerse a la misma.

- Aumento de capital simultáneo en la cantidad de 105.021,00 Euros mediante la emisión y puesta en circulación de 105.021 acciones ordinarias de 1 Euro de valor nominal cada una, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones que podrá ser suscrita por los accionistas titulares de las acciones actuales a amortizar en proporción a la participación que ostentaban antes de la reducción, mediante aportaciones dinerarias, por un canje de una acción nueva por cada cinco anteriores, y para suscribir en el plazo de un mes a contar desde la correspondiente publicación del anuncio en el BORME. Los derechos de ampliación correspondientes a las acciones propias de la sociedad que no pueden acudir por disposición legal a la ampliación se prorratearán entre los accionistas que acudan en proporción al porcentaje que ostentan en el capital social. Caso de que el socio no acuda al aumento de capital perderá la condición de socio. Caso de que el aumento de capital no se suscriba íntegramente dentro del plazo indicado, el Consejo de Administración, en virtud de la delegación de facultades otorgada por la Junta podrá declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas. El Consejo de Administración queda autorizado para ejecutar la ampliación de capital y para dar, asimismo, nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales de la sociedad.

En caso de ejercicio del derecho de suscripción preferente mediante la aportación dineraria el ejercicio de dicho derecho deberá acreditarse ante la propia sociedad remitiendo a ésta en su domicilio social justificante con el correspondiente certificado del ingreso total nominal de las acciones a suscribir en la cuenta bancaria de la sociedad nº ES85 2085 2358 9203 3045 1374 indicando como concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital".

Zaragoza, 16 de mayo de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración.

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