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Documento BORME-C-2017-7114

AUREN HOLDING SP, S.L.P.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SEGREGADA)
AUREN AUDITORES CYL, S.L.
AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES CYL, S.L.
SOCIEDADES ABSORBIDAS
AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES SP, S.L.P.
AUREN AUDITORES SP, S.L.P.
SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA SEGREGACIÓN

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 8269 a 8270 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7114

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 28 de julio de 2017, las Juntas generales extraordinarias de socios de AUREN AUDITORES CYL, S.L. y AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES CYL, S.L., (absorbidas) y AUREN HOLDING SP, S.L.P., (absorbente), han acordado aprobar la fusión de las Sociedades absorbidas mediante extinción y disolución sin liquidación de las mismas, y transmisión en bloque, y a título universal de sus patrimonios a la sociedad absorbente.

Asimismo, con carácter sucesivo y simultáneo a la fusión, se hace público que con la misma fecha de 28 de julio de 2017, y condicionada a la previa inscripción de la fusión, la Junta General de la entidad AUREN HOLDING SP, S.L.P. ha aprobado la segregación de la citada Sociedad mediante el traspaso por sucesión universal, y en dos bloques, de ramas de actividad en las áreas de "Auditoría", y "Abogados y Asesores Fiscales", que constituyen unidades económicas autónomas e independientes, a favor de dos sociedades beneficiarias preexistentes denominadas: "AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES SP, S.L.P." y "AUREN AUDITORES SP, S.L.P.", que, a su vez, y con la misma fecha, han adoptado los correspondientes acuerdos de ampliación de capital a fin de incorporar, cada una de ellas, las ramas de actividad objeto de segregación, y sin que tal operación de segregación implique la disolución de la Sociedad segregada.

Y todo ello conforme a los términos y condiciones de los proyectos de fusión y segregación suscritos por los órganos de administración de las Sociedades intervinientes, con fecha 24 de febrero de 2017, habiendo quedado ambos debidamente depositados en el Registro Mercantil. Al ser todas las sociedades participantes de la Fusión y Segregación Sociedades de Responsabilidad Limitada no ha sido necesario la intervención de expertos independientes, de conformidad con el artículo 34 de la citada Ley 3/2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores de las Sociedades intervinientes en la operación de fusión y segregación simultánea y sucesiva, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y segregación, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades intervinientes en la operación de fusión y segregación simultánea a oponerse a la fusión o a la segregación, en los términos y plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Se hace constar el derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes de la Fusión y de la Segregación a examinar en el domicilio social copia de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009, referidos a la Segregación, así como de obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismos.

Madrid, 28 de julio de 2017.- D. Mario L. Alonso Ayala y Antonio Gómez Valverde en calidad de Consejeros Delegados Mancomunados de la entidad Auren Holding SP, S.L.P.; D. Mario Alonso Ayala en calidad de Administrador Solidario de Auren Auditores SP, S.L.P., D. Julio Picazo González en calidad de Administrador Solidario de Auren Abogados y Asesores Fiscales SP, S.L.P. y D. Fernando González Villalonga, en calidad de Administrador Único de Auren Auditores CYL, S.L. y Auren Abogados y Asesores Fiscales CYL, S.L.

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