Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-7116

BESTVALUE, FI
(FONDO ABSORBENTE)
LIRATRES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 8274 a 8274 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7116

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 10 de julio de 2017, las entidades Gestora y Depositaria de Bestvalue, FI, Bestinver Gestión, S.A., SGIIC y Santander Securities Services, S.A., respectivamente, acordaron la fusión por absorción de Bestvalue, FI como Fondo absorbente y Liratres, SICAV, S.A. como sociedad absorbida. Asimismo, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad anteriormente señalada, reunida en Madrid el 10 de julio de 2017, acordó la citada fusión, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión publicado en la página web corporativa de la Sociedad Gestora, Bestinver Gestión, S.A., SGIIC (www.bestinver.es) desde el día 22 de mayo de 2017.

La fusión se autorizó por la Comisión Nacional del Mercado de Valores con fecha 12 de mayo de 2017 y supondrá la absorción por Bestvalue, FI, de la sociedad Liratres, SICAV, S.A., adquiriendo el referido Fondo, mediante la atribución de participaciones de este a los accionistas de la sociedad absorbida, en bloque y a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que se disolverá sin liquidación.

La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los partícipes, accionistas y acreedores de cualquiera de las instituciones de inversión colectiva intervinientes en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados por la misma y de los respectivos balances de fusión. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, en el plazo de un mes a contar desde la última publicación del presente anuncio.

Como consecuencia de lo anterior y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente, se publica la operación de fusión aprobada con carácter previo a su ejecución.

Madrid, 24 de julio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de Bestinver Gestión, S.A., SGIIC, don Manuel Martínez Jerez. Los apoderados de Santander Securities Services, S.A., don Antonio de la Cruz Gil y don César Salvatierra Rojas. El Vicesecretario del Consejo de Administración de Liratres, SICAV, S.A., don Javier Fernández de la Rocha.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid