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Documento BORME-C-2017-7282

LEVANTINA DE RECURSOS MINEROS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CANTERA AXCOTO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 8459 a 8459 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7282

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único de Levantina de Recursos Mineros, S.A.U. (Sociedad Absorbente), ejercitando las competencias de la Junta General, el día 30 de junio de 2017 ha acordado aprobar la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada Cantera Axcoto, S.L.U. ( Sociedad Absorbida).

Dicha fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades absorbente y absorbida el 30 de marzo de 2017. Así mismo se aprobó el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2016.

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 49 de la Ley 3/2009, que regula la absorción de sociedad íntegramente participada, dado que, la entidad absorbente es titular directa de todas las participaciones en la que se divide el capital social de la entidad absorbida. Esta fusión se realiza mediante la intergración de ambos patrimonios e implicará la extinción de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la primera. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación de capital social ni relación de canje, ni en consecuencia, intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes del órgano de administración ni de expertos sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar a los efectos de los establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Se informa igualmente a los señores acreedores de su derecho de oposición, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Pinoso, 10 de julio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración de Levantina de Recursos Mineros, S.A.U., Pablo José Sánchez Blanco.

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