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Documento BORME-C-2017-8203

CASAQUEMADA FOTOVOLTAICA, S.L EN LIQUIDACIÓN
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 1, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 2, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 3, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 4, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 5, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 6, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 7, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 8, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 9, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 10, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 11, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 12, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 13, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 14, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 15, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 16, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 17, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 18, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
CAPTASOL FOTOVOLTAICA 19, S.L.
(EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 9496 a 9497 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8203

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha 30 de septiembre de 2.017, en Junta General Extraordinaria de Casaquemada Fotovoltaica, S.L., en liquidación, se acordó la fusión de esta como Sociedad Absorbente con las Sociedades Absorbidas, de forma que estas últimas quedan absorbidas por la Sociedad Absorbente, ocasionando la extinción de las Sociedades Absorbidas con transmisión en bloque de todos sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, la cual adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión a oponerse a la misma en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Sevilla, 5 de octubre de 2017.- Ricardo Abaurre Llorente, Liquidador de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas.

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