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Documento BORME-C-2018-3274

SANTANDER SEGUROS Y REASEGUROS
COMPAÑÍA ASEGURADORA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PASTOR VIDA, S.A.U. DE SEGUROS Y REASEGUROS
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 3884 a 3884 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-3274

TEXTO

Anuncio de fusión

Se hace público que, con fecha 8 de mayo de 2018, la junta general de accionistas de Santander Seguros y Reaseguros Compañía Aseguradora, S.A. (en adelante, "Santander Seguros") y el accionista único de Pastor Vida, S.A.U. de Seguros y Reaseguros (en adelante, "Pastor Vida") han aprobado la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de Pastor Vida por Santander Seguros, lo que dará lugar, una vez concluido el proceso de fusión, a la extinción de la sociedad absorbida y a la trasmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio social en favor de la sociedad absorbente, quien adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen el patrimonio de aquella. La junta general de accionistas de Santander Seguros y el accionista único de Pastor Vida han aprobado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2017, debidamente verificados por los respectivos auditores de cuentas.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener, en el domicilio social, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.

La fusión aprobada queda condicionada, con carácter suspensivo, a la obtención de la preceptiva autorización del Ministro de Economía, Industria y Competitividad de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, en el artículo 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, y demás legislación concordante.

Madrid, 9 de mayo de 2018.- D. César Sánchez Gómez y D. Roberto Muñoz Villegas, apoderados de Santander Seguros y Reaseguros Compañía Aseguradora, S.A.-D. José Luis Sartorius Alvargonzález, apoderado de Pastor Vida, S.A.U. de Seguros y Reaseguros.

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