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Documento BORME-C-2018-6120

LABORAL RISK SERVICIO DE PREVENCIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CATALANA DE PREVENCIÓ I SALUT, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 7174 a 7174 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6120

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en los sucesivo "LME") se hace público que los socios de las sociedades "Laboral Risk Servicio de Prevención, S.L." (sociedad absorbente), y "Catalana de Prevenció i Salut, S.L.U." (sociedad absorbida), ejerciendo las competencias de la Junta General, han adoptado ambas sociedades con fecha 16 de febrero de 2018, la decisión de aprobar la fusión por absorción de "Catalana de Prevenció i Salut, S.L.U.", por parte de "Laboral Risk Servicio de Prevención, S.L.", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas compañías, cerrados a 15 de febrero de 2018.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 15 de febrero de 2018, habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión, con votación separada de los acuerdos de conformidad con el artículo 197 bis de la Ley de Sociedades de Capital, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la LME.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo en el artículo 44 LME.

Lleida, 9 de julio de 2018.- Gerardo Fernández Castro en calidad de Administrador único de las mercantiles "Laboral Risk Servicio de Prevención, S.L." y "Catalana de Prevenció i Salut, S.L.U.".

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