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Documento BORME-C-2018-6121

MACOSUR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SISTEMAS REPOGRÁFICOS Y DE COMUNICACIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 7175 a 7175 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6121

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 30 de abril de 2018, los socios de MACOSUR, S.L., (Sociedad Absorbente), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, reunida en el domicilio social, ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad SISTEMAS REPROGRÁFICOS Y DE COMUNICACIONES, S.L. (en adelante SIREPRO) (Sociedad Absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 16 de abril de 2018. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, transmitiendo a título de sucesión universal la totalidad del patrimonio a la absorbente que se subroga en todos los derechos y obligaciones de aquella. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2017.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art.49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el art. 52 de la misma ley.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Sevilla, 10 de mayo de 2018.- Don Valentín Ares Frade, Administrador solidario de MACOSUR, S.L y de SIREPRO, S.L.

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