Acuerdo de 29 de mayo de 2006, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales de Cataluña a los que se refiere el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, en relación con el referéndum de modificación del Estatuto de Autonomía de Cataluña a celebrar el 18 de junio de 2006.
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