Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 4/2008, de 24 de abril, del Libro Tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

Publicado en:
«DOGC» núm. 5123, de 02/05/2008, «BOE» núm. 131, de 30/05/2008.
Entrada en vigor:
02/08/2008
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2008-9293
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/l/2008/04/24/4/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/04/2008
  • Fecha de publicación: 30/05/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 02/08/2008
  • Publicada en el DOGC núm. 5123, de 2 de mayo de 2008.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 333-9.1, por Ley 3/2017, de 15 de febrero (Ref. BOE-A-2017-2466).
  • SE DEROGA:
    • la disposición transitoria 4 y SE MODIFICA los arts. 315-2 y 8, 331-6, 332-13, 333-2 y 11 y 335-1, por Ley 21/2014, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-472).
    • los arts. 314-5.3, 331-6.6, las disposiciones adicionales 2, 3 y SE MODIFICAN los arts. 312, 315, 331 a 334 y la disposición transitoria 4, por Ley 7/2012, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2012-9059).
  • SE MODIFICA:
    • la disposición transitoria 1.1, por Ley 5/2011, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2011-13622).
    • el art. 331, la disposición transitoria 3 y SE AÑADE la disposición adicional 3, por Ley 16/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-1257).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • arts. 1 a 50, 53, las disposiciones adicionales, las disposiciones transitorias y la disposición final 1 de la Ley 5/2001, de 2 de mayo (Ref. BOE-A-2001-10571).
    • arts. 1 a 29, 33 a 35, 38.d), disposición adicional y disposiciones finales y MODIFICA la disposición transitoria 1 de la Ley 7/1997, de 18 de junio (Ref. BOE-A-1997-16590).
  • DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).
  • EN RELACIÓN con la Ley 29/2002, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-2410).

Materias

  • Asociaciones
  • Cataluña
  • Código Civil
  • Colegios Profesionales
  • Derecho Foral
  • Fundaciones
  • Personas jurídicas

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid