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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 4/2013, de 30 de mayo, de transporte público de personas en vehículos de turismo de Galicia.

Publicado en:
«DOG» núm. 113, de 14/06/2013, «BOE» núm. 163, de 09/07/2013.
Entrada en vigor:
14/07/2013
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-2013-7477
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ga/l/2013/05/30/4/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 30/05/2013
  • Fecha de publicación: 09/07/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/2013
  • Publicada en el DOG núm. 113, de 14 de junio de 2013.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • los arts. 1, 2.d), 46, 47.c), 48.1, 52, 53.1, 56.3 y 64, por Ley 10/2023, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-2777).
    • el art. 33.4, por Ley 7/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-6382).
    • los arts. 47, 53, 61, 62, la disposición transitoria 11.2 y SE SUPRIME el art. 55, por Ley 4/2021, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2021-4633).
    • los arts. 3, 20.4, 25.2 y 3, 33, 40, 51 y 61 y SE AÑADE la disposición transitoria 13, por Ley 7/2019, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-1849).
    • los arts. 53.2, 61.j) y SE AÑADE la disposición transitoria 12, por Ley 9/2017, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1753).
    • los arts. 15 a 17, 40.4, la disposición transitoria 5 y SE AÑADEN las disposiciones adicional 5 y transitoria 11, por Ley 13/2015, de 24 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-2017).

Referencias anteriores

  • DEROGA el título 2 de la Ley 6/1996, de 9 de julio (Ref. BOE-A-1996-19261).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-1983-23788).
    • art. 13.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril (Ref. BOE-A-1981-9564).

Materias

  • Autotaxis
  • Capacitación profesional
  • Conductores de vehículos de motor
  • Consumidores y usuarios
  • Galicia
  • Licencias
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Procedimiento sancionador
  • Registros administrativos
  • Transporte de viajeros
  • Vehículos de motor

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