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Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31/12/2021.
Entrada en vigor:
01/01/2022
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2021-21944
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/12/29/hfp1500/con

Índice: «Última actualización, publicada el 28/10/2024»

Téngase en cuenta que quedan sin efecto, desde el 18 de mayo de 2024, las delegaciones de competencias contenidas en esta Orden, en lo dispuesto respecto a los órganos del extinto Ministerio de Hacienda y Función Pública que pasan a integrarse en la estructura del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, según establece el apartado 42.2 de la Orden TDF/469/2024, de 9 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10005

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Fijación de límites y delegación de competencias

CAPÍTULO II. Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública

CAPÍTULO III. Aprobación de delegaciones de competencias de la persona titular de la Secretaría de Estado de Hacienda

CAPÍTULO IV. Aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos

CAPÍTULO V. Aprobación de la delegación de competencias por la persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública

CAPÍTULO VI. Aprobación de delegaciones de competencias por la persona titular de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública

CAPÍTULO VII. Ejercicio de la delegación y eficacia

[Firma]

ANEXO I. Delegación de competencias previstas en el número 19 del apartado séptimo

ANEXO II. Delegación de competencias previstas en el número 20 del apartado séptimo

ANEXO III. Delegación de competencias previstas en el número 21 del apartado séptimo


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