Advertidos errores en el texto de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 170, de 17 de julio de 1975, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 15421, primera columna, artículo 2.°, apartado A, número 2. a), donde dice: «que los centros de trabajo de una misma localidad...», debe decir: «que los centros de trabajo dedicados a la venta en una misma localidad...»
En la página 15426, primera columna, artículo 63, número 1, donde dice: «... entre las veintidós horas de la tarde y las siete horas de la mañana», debe decir: «... entre las veintidós horas de la tarde y las siete horas de la mañana, exceptuándose el personal contratado para trabajar durante dicho período nocturno.»
En la página 15429, segunda columna, apartado D) Almacén. b) Ayudante, donde dice: «Es el empleado mayor de veintidós años...», debe decir: «Es el empleado menor de veintidós años...».
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