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Documento BOE-A-1976-1064

Decreto 3609/1975, de 19 de diciembre, por el que se prorroga por tres meses la suspensión de aplicación de derechos arancelarios a la importación de cacao en grano crudo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 1976, páginas 1102 a 1102 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-1064

TEXTO ORIGINAL

El Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco, de diecisiete de julio, dispuso la suspensión total de aplicación de derechos arancelarios a la importación de cacao en grano crudo, que fue prorrogada hasta el día veinte de diciembre por Decreto dos mil doscientos cincuenta y tres/mil novecientos setenta y cinco.

Por subsistir las razones y circunstancias que determinaron dicha suspensión es aconsejable prorrogarla, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo único.

En el período trimestral comprendido entre los días veintiuno de diciembre del presente año y veinte de marzo próximo, ambos inclusive, seguirá vigente la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios establecidos a la importación de cacao en grano crudo, clasificado en la partida dieciocho punto cero uno-A del Arancel de Aduanas, suspensión que fue dispuesta por Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 19/12/1975
  • Fecha de publicación: 19/01/1976
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión establecida por Decreto 1765/1975, de 17 de julio (Ref. BOE-A-1975-15826).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 2253/1975, de 12 de septiembre (Ref. BOE-A-1975-20329).
Materias
  • Cacao
  • Importaciones

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