Ilmos. Sres.: Al objeto de conseguir una mayor eficacia en el ejercicio de las funciones de perfeccionamiento del Profesorado, incluidas dentro de los Planes nacionales previstos por Orden ministerial de 28 de febrero de 1975, por el Instituto Nacional de Ciencias de la Educación, se está procediendo, en colaboración con los Organos directivos competentes del Departamento, a la elaboración del nuevo Plan Nacional, que deberá abarcar, tanto una reestructuración de las materias que tradicionalmente se venían impartiendo, como nuevos sectores de inexcusable atención.
Por otra parte, las actividades de perfeccionamiento del año 1978, necesitan ser reguladas, sin perjuicio del Plan resultante de los estudios y asesoramientos anteriormente señalados. Conviene pues, que en tanto no es elaborado de modo definitivo el Plan nacional que deberá regir en sustitución del vigente para 1977, se proceda a la prórroga del mismo, de modo que las actividades de perfeccionamiento no se vean afectadas en su normal y regular ejecución.
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto prorrogar, hasta tanto se apruebe el Plan Nacional de Perfeccionamiento del Profesorado para 1978, las actividades de perfeccionamiento y los módulos económicos establecidos en la Orden ministerial de 21 de enero de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de marzo).
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a W. II. muchos años.
Madrid, 8 de mayo de 1978.
CAVERO LATAILLADE
Ilmos. Sres. Director general de Enseñanza General Básica, Director general de Enseñanzas Medias, Director general de Universidades y Director del Instituto Nacional de Ciencias de la Educación.
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