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Documento BOE-A-1980-702

Orden de 26 de diciembre de 1979 por la que se modifica el anexo II de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Bacaladeros de 8 de abril de 1976.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1980, páginas 794 a 795 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1980-702
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/12/26/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: El párrafo segundo del artículo 91 de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Bacaladeros de 8 de abril de 1976, establece que «periódicamente podrá procederse a la revisión de los salarios base de la presente Ordenanza, siempre que el crecimiento del índice del costo de la vida en el conjunto nacional, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, sea igual o superior al 5 por 100; revisión que se efectuará por los trámites de la Ley de 18 de octubre de 1942».

Solicitada al amparo de dicho precepto la revisión de los salarios base, la Dirección General de Trabajo, previos los asesoramiento reglamentarios, propone una nueva tabla de salarios consistente en incrementar la vigente establecida en el anexo II de la Ordenanza, en el porcentaje autorizado por el Real Decreto 1955/1979, de 3 de agosto, sobre revisión del criterio salarial de referencia establecido en el artículo primero del Real Decreto-ley 49/1978, de 26 de diciembre, sobre política de rentas y empleo, en el cuarto año de vigencia de la Ordenanza.

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas, y previo dictamen de la Comisión Delegada de Gobierno para Asuntos Económicos, ha tenido a bien disponer:

1.º Aprobar la modificación elaborada por la Dirección General de Trabajo, de los salarios base del anexo II de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Bacaladeros de 8 de abril de 1976.

2.º Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» esta Orden y anexo de la misma, que entrará en vigor con efectos de 1 de mayo de 1979.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 26 de diciembre de 1979.

CALVO ORTEGA

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Trabajo.

ANEXO II
Modificación del anexo número II. Salario base de la Ordenanza de Trabajo para la Pesca Marítima en Buques Bacaladeros
  Pesetas mensuales
1. TITULADOS
1.1. Oficiales
1.1.1. Puente y cubierta:  
Capitán. 34.101
Piloto con mando. 30.697
Primer Oficial. 28.988
Segundo Oficial. 27.286
1.1.2. Máquinas:
Maquinista naval Jefe. 33.257
Oficial de máquinas de primera clase con mando. 29.362
Oficial de máquinas de primera clase sin mando. 28.988
Oficial de máquinas de segunda clase con mando. 28.137
Oficial de máquinas de segunda clase sin mando. 27.286
1.1.3. Radiotelegrafía:
Radiotelegrafista de primera. 27.286
Radiotelegrafista de segunda. 25.584
1.1.4. Fonda:
Sobrecargo. 28.988
Auxiliar de Sobrecargo. 22.173
1.1.5. Servicios especiales:
Médico. 30.697
Científico con título facultativo superior. 28.988
Ayudante Técnico Sanitario. 22.173
1.2. Formación Profesional Náutico-Pesquera
1.2.1. Puente y cubierta:
Capitán de pesca. 30.697
Patrón de pesca de altura con mando. 23.082
Patrón de pesca de altura oficial. 22.173
1.2.2. Máquinas:
Mecánico naval Mayor con mando. 23.283
Mecánico naval Mayor sin mando. 22.173
Mecánico noval de primera con mando. 21.322
Mecánico naval de primera sin mando. 20.464
Mecánico naval de segunda. 18.756
1.2.3. Radiotelefonía:
Radiotelefonista naval. 18.750
Radiotelegrafista naval restringido. 17.054
2. MAESTRANZA
2.1. Puente y cubierta
Contramaestre de pesca. 23.868
Contramaestre de primera. 18.756
Contramaestre de segunda. 17.054
Jefe redero. 17.054
Jefe salador. 17.054
Cocinero. 14.494
2.2. Máquinas
Calderetero. 17.054
3. SUBALTERNOS
3.1. Especialistas
Marinero pescador (Pescamar). 14.494
Electricista. 14.494
Engrasador. 14.494
Redero. 14.494
Tronchador. 14.494
Salador. 14.494
Maquinillero. 14.494
3.2. Simples subalternos
Marinero. 13.643
Ayudante redero. 14.494
Aprovechante. 13.643
Camarero. 13.643
Marmitón. 13.643

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/12/1979
  • Fecha de publicación: 11/01/1980
  • Entrada en vigor: con efectos de 1 de mayo de 1979.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo II de la Ordenanza de 8 de abril de 1976 (Ref. BOE-A-1976-8445).
  • CITA:
Materias
  • Buques
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo

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