Orden de 13 de junio de 1983, sobre determinación del porcentaje del activo que las Sociedades de Inversión Mobiliaria pueden mantener circunstancial o transitoriamente en efectivo por plazo no superior a un año.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1983, páginas 18491 a 18491 (1 pág.)