POR ORDEN DE ESTE MINISTERIO DE 16 DE ENERO DE 1985 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL 21) SE HA PROCEDIDO A UNA NUEVA REGULACION DE LAS PRUEBAS DE APTITUD PARA ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA ALUMNOS EXTRANJEROS Y ESPAÑOLES CON ESTUDIOS EXTRANJEROS CONVALIDABLES.
AUN SIENDO EVIDENTES LOS PROGRESOS DE LA NORMATIVA QUE SE REFLEJA EN DICHA ORDEN EN RELACION CON LA ANTERIOR A LA QUE HA VENIDO A SUSTITUIR, PODRIA SUCEDER QUE, EN CASOS PARTICULARES, LA APLICACION ESTRICTA DE LA MISMA, EN FUNCION DE LAS FECHAS EN QUE HA SIDO PUBLICADA, RESULTARA LESIVA PARA QUIENES ESTUVIERAN REALIZANDO LOS ESTUDIOS CORRESPONDIENTES A TALES PRUEBAS, DE CONFORMIDAD CON LA REGULACION CONTENIDA EN LAS NORMAS DEROGADAS.
PARA EVITAR QUE TAL SITUACION SE PRODUZCA, SE DEBEN RESPETAR LAS EXPECTATIVAS DE QUIENES ESTUVIESEN PREPARANDO DICHAS PRUEBAS CONFORME A LA LEGISLACION ANTERIOR, OFRECIENDOLES LA POSIBILIDAD DE OPTAR POR REALIZAR LOS CORRESPONDIENTES EJERCICIOS SOBRE MATERIAS ACTUALMENTE SUPRIMIDAS EN LOS MISMOS, A CUYO FIN SE HACE PRECISO REGULAR EL TRANSITO DEL ANTERIOR SISTEMA DE PRUEBAS AL ESTABLECIDO POR LA ORDEN ANTES CITADA.
POR ELLO, PREVIO INFORME DE LA JUNTA NACIONAL DE UNIVERSIDADES, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
PRIMERO.-SE ADICIONA A LA ORDEN DE 16 DE ENERO DE 1985 POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA ALUMNOS EXTRANJEROS Y ESPAÑOLES CON ESTUDIOS EXTRANJEROS CONVALIDABLES, LA SIGUIENTE DISPOSICION TRANSITORIA:
"EN LAS PRUEBAS QUE SE REALICEN DURANTE EL AÑO 1985 CONFORME AL SISTEMA ESTABLECIDO EN EL APARTADO 2 DEL ARTICULO 3., LOS INTERESADOS PODRAN EJERCER LA SIGUIENTE OPCION A LO PREVISTO EN EL MISMO:
- EN LA PRIMERA PARTE DEL SEGUNDO EJERCICIO PODRAN DESARROLLAR UNA CUESTION DE LENGUAJE MATEMATICO DE ENTRE LAS DOS QUE SE LES PROPONGAN EN LUGAR DE LA CORRESPONDIENTE A FILOSOFIA.
- EN EL TERCER EJERCICIO ADEMAS DE LAS MATERIAS FIGURADAS EN EL BLOQUE B), TAMBIEN PODRAN OPTAR POR LA DE GEOGRAFIA ECONOMICA.
EN TODO CASO LA FACULTAD DE OPCION PREVISTA EN ESTA DISPOSICION DEBERA EJERCERSE EN LA SOLICITUD DE INSCRIPCION PARA LA PRACTICA DE LAS PRUEBAS."
SEGUNDO.-LA PRESENTE ORDEN MINISTERIAL ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 13 DE FEBRERO DE 1985.-MARAVALL HERRERO.
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