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Documento BOE-A-1986-916

Orden de 19 de diciembre de 1985 por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE-AEM-1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a ascensores electromecánicos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 1986, páginas 1976 a 2013 (38 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1986-916
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/12/19/(1)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

EL REAL DECRETO 2291/1985, DE 8 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION, ESTABLECE QUE SE APROBARAN POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA LAS CORRESPONDIENTES INSTRUCCIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS QUE DESARROLLEN SUS PREVISIONES NORMATIVAS.

EN CONSECUENCIA, SE HA ELABORADO LA INSTRUCCION TECNICA MIE-AEM-1 REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECANICOS.

A FIN DE FACILITAR AL MAXIMO LA ADAPTACION A ESA ITAPOR LOS FABRICANTES E INSTALADORES DE ASCENSORES, SE HA DADO UN PLAZO BASTANTE AMPLIO PARA SU PUESTA EN VIGOR, PERO PERMITIENDO SE PUEDA UTILIZAR DESDE SU PUBLICACION PARA AQUELLOS INDUSTRIALES QUE EN PLAZO REDUCIDO DE TIEMPO ESTEN EN CONDICIONES DE APLICAR LA MISMA.

LOS ELEMENTOS TIPO A UTILIZAR A PARTIR DE LA PUESTA EN VIGOR DE ESTA ITA HABRAN DE ESTAR HOMOLOGADOS DE ACUERDO CON LOS PRECEPTOS ESTABLECIDOS EN LA MISMA, LO CUAL EXIGE QUE AQUELLOS QUE HAYAN SIDO APROBADOS O REGISTRADOS CON ANTERIORIDAD SEAN PREVIAMENTE REVALIDADOS.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

PRIMERO. SE APRUEBA LA INSTRUCCION TECNICA COMPLEMENTARIA MIE-AEM-1 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECANICOS, QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE ORDEN.

SEGUNDO. LA PRESENTE ITC, ASI COMO EL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION EN AQUELLO QUE CONCIERNE A ASCENSORES ELECTROMECANICOS ENTRARA EN VIGOR A LOS TRES AÑOS DE LA FECHA DE PUBLICACION DE LA MISMA EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>, EXCEPTO EN LAS MATERIAS QUE SE INDICAN A CONTINUACION:

FABRICANTES, IMPORTADORES, INSTALADORES, CONSERVADORES Y PROPIETARIOS.

INSTALACION Y PUESTA EN SERVICIO.

REVISIONES DE CONSERVACION.

INSPECCIONES PERIODICAS.

PARA LAS CUALES LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR SERA DE UN AÑO, CONTADO A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

TERCERO. TODOS LOS ASCENSORES QUE SE INSTALEN A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ORDEN UTILIZARAN UNICAMENTE ELEMENTOS TIPIFICABLES HOMOLOGADOS DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA MISMA.

CUARTO. A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ITAQUEDA DEROGADO, EN LO QUE SE REFIERE EXCLUSIVAMENTE A LOS ASCENSORES ELECTROMECANICOS, LA ORDEN DE 30 DE JUNIO DE 1966 QUE APROBO EL REGLAMENTO DE APARATOS ELEVADORES Y LAS ORDENES POSTERIORES MODIFICATIVAS DE ALGUNOS DE SUS ARTICULOS.

NO OBSTANTE, LOS ASCENSORES CUYA INSTALACION SE HUBIERA EFECTUADO CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO DE 1966 DEBERAN CUMPLIR LAS EXIGENCIAS ESPECIFICADAS EN EL PUNTO PRIMERO DE LA ORDEN DE 31 DE MARZO DE 1981 POR LA QUE SE FIJAN LAS CONDICIONES TECNICAS MINIMAS EXIGIBLES A LOS ASCENSORES Y SE DAN NORMAS PARA EFECTUAR LAS REVISIONES GENERALES PERIODICAS DE LAS MISMAS.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA. DURANTE EL TIEMPO QUE TRANSCURRA DESDE LA PUBLICACION DE ESTA ITA HASTA SU ENTRADA EN VIGOR, LOS INDUSTRIALES AFECTADOS PODRAN APLICAR GRADUALMENTE LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS DERIVADOS DE LA SEGUNDA. SE CONCEDE UN PLAZO DE CINCO AÑOS A LAS EMPRESAS DE CONSERVACION DE ASCENSORES AUTORIZADAS POR PRIMERA VEZ ANTES DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 1973 QUE NO CUMPLAN LAS CONDICIONES EXIGIDAS EN ESTE ITAPARA ADECUARSE A LO ESTABLECIDO EN LA MISMA.

TERCERA. LAS PUERTAS DE PISO Y CABINA, ARRASTRADAS SIMULTANEAMENTE, QUE SE FABRIQUEN A PARTIR DE UN AÑO, CONTADO DESDE LA FECHA DE PUBLICACION DE ESTA ITAHABRAN DE CUMPLIR LOS DOS ULTIMOS PARRAFOS DEL PUNTO 7.7.3.2 <DESENCLAVAMIENTO DE SOCORRO> DE LA PRESENTE NORMATIVA.

CUARTA. LAS PUERTAS DE PISO A QUE SE REFIERE EL ANEXO F, CAPITULO 2:

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DEL COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES SERAN PARA LLAMAS, COMO MINIMO DURANTE TREINTA MINUTOS (PF-30), EN TANTO NO SEAN PUBLICADAS LAS CONDICIONES PARTICULARES SEGUN EL TIPO ESPECIFICO DE LOS EDIFICIOS.

DISPOSICION ADICIONAL

LAS INSPECCIONES PERIODICAS A REALIZAR EN LOS ASCENSORES ELECTROMECANICOS EXISTENTES ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ITASERAN EFECTUADAS DE ACUERDO CON LOS PLAZOS PREVISTOS EN LA MISMA (DISPOSICION E-D) Y DE ACUERDO CON LO QUE SE ESTABLECE EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA DE 31 DE MARZO DE 1981 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 94).

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 19 DE DICIEMBRE DE 1985.

MAJO CRUZATE ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE INNOVACION INDUSTRIAL Y TECNOLOGIA.

INSTRUCCION TECNICA COMPLEMENTARIA ITAMIE-AEM-1

NORMAS DE SEGURIDAD PARA LA CONSTRUCCION E INSTALACION

DE LOS ASCENSORES ELECTROMECANICOS

LAS PRESENTES NORMAS DE SEGURIDAD SE CORRESPONDEN CON LAS CONTENIDAS EN LA NORMA UNE 58-705-79 QUE, A SU VEZ, ESTA EN LINEA CON LA NORMA EUROPEA EN-81-1, PRIMERA EDICION OCTUBRE 1977, ADOTADA POR EL COMITE EUROPEO DE NORMALIZACION (CEN) EL 15 DE OCTUBRE DE 1977.

A LAS PRESCRIPCIONES TECNICAS DE ESTA ITASE HAN INCORPORADO LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE SON NECESARIAS PARA LOGRAR SU EFECTIVIDAD.

ESTAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS ESTAN SITUADAS EN LOS CAPITULOS A QUE CORRESPONDEN INDICE GENERAL 0. INTRODUCCION.

1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACION.

2. REFERENCIAS.

3. DEFINICIONES.

4. SIMBOLOS Y ABREVIATURAS.

5. HUECO.

6. CUARTOS DE MAQUINAS Y DE POLEAS.

7. PUERTAS DE ACCESO EN PISOS.

8. CABINA Y CONTRAPESO.

9. SUSPENSION, COMPENSACION, PARACAIDAS, LIMITADOR DE VELOCIDAD.

10. GUIAS, AMORTIGUADORES, DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN FINAL DE RECORRIDO.

11. HOLGURAS ENTRE CABINA Y PAREDES DE LOS ACCESOS A ELLA.

12. MAQUINAS.

13. INSTALACION Y APARATOS ELECTRICOS.

14. PROTECCION CONTRA DEFECTOS ELECTRICOS. MANIOBRAS. PRIORIDADES.

15. ROTULOS E INSTRUCCIONES DE MANIOBRA.

16. INSPECCIONES, PRUEBAS, REGISTRO, ENTRETENIMIENTO.

ANEXO A. CONDICIONES DE EMPLEO DE DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD.

ANEXO B. TRIANGULO DE DESENCLAVAMIENTO.

ANEXO C. EXPEDIENTE TECNICO.

ANEXO D. INSPECCIONES Y PRUEBAS ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO.

ANEXO E. INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS. INSPECCIONES Y PRUEBAS DESPUES DE UNA TRANSFORMACION IMPORTANTE O DESPUES DE UN ACCIDENTE.

ANEXO F. DIRECTRICES DE ENSAYO PARA LA APROBACION DE TIPOS.

F. 1 DIRECTRICES PARA LA APROBACION DE LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS DE PISO DEL ASCENSOR.

F. 2 DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DEL COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE LAS PUERTAS DE PISO DEL ASCENSOR.

F. 3 DIRECTRICES PARA LA APROBACION DE LOS PARACAIDAS.

F. 4 DIRECTRICES PARA LA APROBACION DE LOS LIMITADORES DE VELOCIDAD.

F. 5 DIRECTRICES PARA LA APROBACION DE AMORTIGUADORES CON ACUMULACION DE ENERGIA Y AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO Y DE LOS AMORTIGUADORES CON DISIPACION DE ENERGIA.

ASCENSORES ELECTRICOS . INTRODUCCION GENERAL EL OBJETO DE ESTA ITAES DEFINIR LAS REGLAS DE SEGURIDAD RELATIVAS A LOS ASCENSORES PARA PROTEGER A LAS PERSONAS Y LAS COSAS CONTRA LOS DIFERENTES RIESGOS DE ACCIDENTES QUE PUEDEN PRODUCIRSE COMO CONSECUENCIA DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS ASCENSORES.

0.1 ESTA ITAHA SIDO PREPARADA ADOPTANDO EL METODO SIGUIENTE:

0.1.1 SE HA REALIZADO UN ANALISIS DE LOS RIESGOS IMPUTABLES A LOS ELEMENTOS CUYO CONJUNTO CONSTITUYE UNA INSTALACION DE ASCENSOR.

EN CADA CASO SE HA ESTABLECIDO UNA REGLA A APLICAR COMO CONCLUSION.

0.1.2 ESTA ITC, RELATIVA EN ESPECIAL A LOS ASCENSORES, NO REPITE LAS REGLAS TECNICAS GENERALES APLICABLES A LA CONSTRUCCION ELECTRICA, MECANICA O DE LA EDIFICACION.

SE ACEPTA, POR TANTO, QUE TODOS LOS ELEMENTOS DEBERAN:

0.1.2.1 ESTAR CORRECTAMENTE CALCULADOS, BIEN FABRICADOS DESDE EL PUNTO DE VISTA MECANICO Y ELECTRICO, CON MATERIALES DE RESISTENCIA APROPIADAS Y LIBRES DE DEFECTOS.

0.1.2.2 SER MANTENIDOS EN BUEN ESTADO Y BUENA CONDICION DE FUNCIONAMIENTO.

SE VIGILARA EN PARTICULAR QUE LAS HOLGURAS INDICADAS NO SEAN EXCEDIDAS A PESAR DEL DESGASTE.

0.1.3 ESTA ITC, ESPECIAL PARA ASCENSORES, NO DA REGLAS RELATIVAS A LA PROTECCION CONTRA EL FUEGO DE LOS ELEMENTOS DEL EDIFICIO. SIN EMBARGO, COMO ESTAS REGLAS TIENEN UNA DIRECTA INFLUENCIA EN LA ELECCION DE LAS PUERTAS DE ACCESO AL ELEVADOR Y EN LA ESPECIFICACION Y DISEÑO DE LOS SISTEMAS DE CONTROL ELECTRICO, ES NECESARIO REFERIRSE A ELLAS.

0.1.3.1 LA ELECCION DE LAS PUERTAS DE ACCESO QUE DEPENDE DEL NECESARIO COMPORTAMIENTO EN CASO DE FUEGO, ES TRATADO EN EL APARTADO 7.2.2.

0.2 PARECE, SIN EMBARGO, NECESARIO FIJAR CIERTAS EXIGENCIAS DE BUENA CONSTRUCCION PORQUE SEA APROPIADO A LA FABRICACION DE ASCENSORES O PORQUE EN LA UTILIZACION DE LOS ASCENSORES ES NECESARIO SER MAS EXIGENTE QUE EN OTROS 0.3 EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, LA ITADETERMINA SOLO LAS EXIGENCIAS QUE LOS MATERIALES Y EQUIPO DEBEN SATISFACER CON VISTA A LA SEGUIRIDAD EN LOS ASCENSORES.

0.4 CUANDO PARA LA CLARIDAD DEL TEXTO SE HACE MENCION DE UNA REALIZACION, NO DEBE SER ESTA CONSIDERADA COMO LA UNICA POSIBLE, CUALQUIER OTRA SOLUCION QUE CONDUZCA AL MISMO RESULTADO, CON GARANTIAS DE FUNCIONAMIENTO Y SEGURIDAD AL MENOS EQUIVALENTE, PUEDE SER ADMITIDA.

0.5 SE HA HECHO EL ESTUDIO DE LOS DISTINTOS ACCIDENTES QUE PUEDEN PRODUCIRSE EN EL CAMPO DE LOS ASCENSORES EXAMINANDO:

0.5.1 LA NATURALEZA DE LOS ACCIDENTES POSIBLES: A) CIZALLAMIENTO.

B) APLASTAMIENTO.

C) CAIDA.

D) CHOQUE E) ATRAPAMIENTO.

F) FUEGO.

G) ELECTROCUCION.

H) DAÑOS EN EL MATRERIAL.

I) DEBIDO AL DESGASTE.

J) DEBIDO A CORROSION.

0.5.2 LAS PERSONAS A PROTEGER: A) LOS USUARIOS.

B) EL PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA.

C) LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN FUERA DEL HUECO, CUARTO DE MAQUINAS O DEL CUARTO DE POLEAS.

0.5.3 LAS COSAS A PROTEGER: A) LA CARGA DENTRO DE LA CABINA.

B) EL MATERIAL O COMPONENTES DEL ASCENSOR O MONTACARGAS.

C) EL EDIFICIO EN EL QUE EL ELEVADOR ESTA INSTALADO.

0.6 EN LA NORMA SE HA TENIDO EN CONSIDERACION:

0.6.1 QUE EXISTEN USUARIOS NO ADVERTIDOS QUE DEBEN SER PROTEGIDOS CONTRA SU NEGLIGENCIA E IMPRUDENCIA INCONSCIENTE.

0.6.2 QUE HAY, POR OTRA PARTE, OTRA CLASE DE USUARIOS PARA LOS QUE OTRAS REGLAS PUEDEN SER MENOS SEVERAS. ESTOS USUARIOS SON REFERIDOS EN EL TEXTO QUE SIGUE COMO <USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS>.

EN AUSENCIA DE OTRA DEFINICION SE ADMITE QUE LA UTILIZACION DE UN ASCENSOR SE RESERVA A LOS USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS SI LAS INSTRUCCIONES Q SE LES HAN DADO, RELATIVAS A SU UTILIZACION, HAN SURGIDO DE LA PERSONA RESPONSABLE DEL ASCENSOR Y UNA DE LAS DOS CONDICIONES SIGUIENTES SE CUMPLE:

A) EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR ES POSIBLE SOLO CUANDO UNA LLAVE, EN POSESION DE LOS USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS, ESTA INTRODUCIDA EN UNA CERRADURA SITUADA DENTRO O FUERA DE LA CABINA.

B) EL ASCENSOR SE ENCUENTRA EN LOCALES DE ACCESO PROHIBIDO AL PUBLICO QUE, CUANDO NO ESTAN CERRADOS CON LLAVE, SON VIGILADOS PERMANENTEMENTE POR UNO O VARIOS AGENTES DEL RESPONSABLE DEL ASCENSOR.

0.6.3 QUE EXISTEN MONTACARGAS EN QUE, POR DEFINICION, LA CABINA NO ES ACCESIBLE POR PERSONAS, POR LO QUE CIERTAS REGLAS PUEDEN SER MENOS SEVERAS E INCLUSO SUPRIMIDAS.

0.7 LA ITAHA SIDO ESTABLECIDA ADMITIENDO EN CIERTOS CASOS LA IMPRUDENCIA DE UN USUARIO, PERO ES NECESARIO LIMITARSE A LA JUSTA MEDIDA, POR LO QUE SE HA EXCLUIDO LA HIPOTESIS DE DOS IMPRUDENCIAS SIMULTANEAS O DE LA VIOLACION DE LAS PRESCRIPCIONES DE UTILIZACION.

0.8 ESTA ITATRATA EN SUS ANEXOS DE LA MANERA EN QUE DEBEN SER EFECTUADOS LOS ENSAYOS DE CIERTOS ELEMENTOS DEL ASCENSOR Y DEL ASCENSOR MISMO CUANDO ESTA INSTALADO SI ESTOS ENSAYOS SON EXIGIDOS 0.8.1 EN LO QUE SE REFIERE AL ASCENSOR MISMO, A CONTINUACION SE INDICAN LOS DOCUMENTOS QUE, COMO MAXIMO, SERAN REQUERIDOS:

0.8.1.1 EXPEDIENTE TECNICO A PRESENTAR QUE SE EXIGE PARA LA AUTORIZACION PREVIA A LA INSTALACION (ANEXO C).

0.8.1.2 INSPECCIONES Y PRUEBAS ANTES DE LA PUESTA EN MARCHA (ANEXO D).

0.8.1.3 INSPECCIONES Y ENSAYOS PERIODICOS CUYA FRECUENCIA ES FIJADA EN ESTA ITA(ANEXO E).

ESTOS ENSAYOS PUEDEN IGUALMENTE SER PEDIDOS DESPUES DE UN ACCIDENTE O SUSTITUCION DE ELEMENTOS IMPORTANTES.

8.2 LOS ENSAYOS DE TIPO DE CIERTOS ELEMENTOS DEL ASCENSOR PERMITEN LIMITAR Y SIMPLIFICAR LAS PRUEBAS, DESPUES DE SU INSTALACION, Y HACER POSIBLE LA FABRICACION RACIONAL EN SERIE DE ESTOS ELEMENTOS (ANEXO F).

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL CAPITULO 0 0-A) EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA DICTARA LAS DISPOSICIONES ACLARATORIAS QUE ESTIME OPORTUNAS EN RELACION CON LO DISPUESTO EN ESTA ITC.

1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACION

ESTA ITASE REFIERE A LOS APARATOS ELECTROMECANICOS NUEVOS, INSTALADOS PERMANENTEMENTE, QUE SIRVEN A NIVELES DE PARADA DEFINIDOS, PROVISTOS DE UNA CABINA PREPARADA PARA EL TRANSPORTE DE PERSONAS Y OBJETOS, SUSPENDIDA DE CABLES O CADENAS, QUE SE DESPLAZA AL MENOS PARCIALMENTE, A LO LARGO DE GUIAS VERTICALES O DEBILMENTE INCLINADAS RESPECTO A LA VERTICAL. (ESTA ITAPODRA SER TOMADA COMO BASE EN EL CASO DE APARATOS ELEVADORES EN LOS QUE LA INCLINACION DE LAS GUIAS SEA SUPERIOR A 15 SOBRE LA VERTICAL.) LA PRESENTE ITANO CONCIERNE A LOS APARATOS ELEVADORES CONOCIDOS POR <PATERNOSTER>, ELEVADORES DE PIÑON Y CREMALLERA, DE ACCIONAMIENTO POR TORNILLO, ASCENSORES DE MINAS, ELEVADORES DE USO EN ESCENARIOS DE TEATRO, APLICACIONES QUE INCLUYAN ENCAJE AUTOMATICO, MONTACARGAS DE CANGILONES Y ASCENSORES Y MONTAMATERIALES EN OBRAS DE INGENIERIA CIVIL O DE EDIFICACION, ELEVADORES INSTALADOS EN BARCOS, PLATAFORMAS FLOTANTES DE EXPLORACION O PERFORACION EN EL MAR O ELEVADORES PARA MONTAJE Y SERVICIO DE ENTRETENIMIENTO. SIN EMBARGO, ESTA ITAPUEDE SER EMPLEADA UTILMENTE COMO ESTA ITAPUEDE NO SER APLICADA EN LOS CASOS SIGUIENTES:

1A) ASCENSORES INSTALADOS EN UNA RESIDENCIA PRIVADA O COMO MEDIO DE ACCESO A UNA RESIDENCIA PRIVADA EN UN EDIFICIO, SI ESTE ASCENSOR ES INACCESIBLE A LOS OTROS OCUPANTES DEL INMUEBLE Y AL PUBLICO GENERAL Y SI EXISTEN NORMAS NACIONALES ESPECIFICAS RELATIVAS A ESTA CLASE DE ASCENSORES.

1B) ASCENSORES ESPECIALIZADOS PARA EL TRANSPORTE DE MINUSVALIDOS QUE:

SIRVAN SOLAMENTE DOS NIVELES DE PARADA.

TENGAN UN RECORRIDO NO SUPERIOR A 4 METROS.

SU VELOCIDAD NO REBASE 0,1 METROS SEGUNDO.

EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA NECESITA LA PRESION PERMANENTE SOBRE UN EL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PODRA DISPENSAR DE LA APLICACION DE LOS ARTICULOS CORRESPONDIENTES DE ESTA ITASI EL ESPACIO DISPONIBLE NO LO PERMITE EN LOS SIGUIENTES CASOS:

INSTALACION DEL ASCENSOR O MONTACARGAS EN EDIFICIOS EXISTENTES EN EL MOMENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ITC.

2B) TRANSFORMACIONES IMPORTANTES (ANEXO E) DEL ASCENSOR O MONTACARGAS INSTALADOS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ITC.

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL CAPITULO 1

LOS APARATOS ELEVADORES QUE SEAN USADOS PARA EL TRANSPORTE DE OBJETOS O MERCANCIAS DEBEN SER CONSIDERADOS COMO ASCENSORES SI LAS DIMENSIONES Y CONSTITUCION DE SUS CABINAS PERMITEN EL ACCESO DE PERSONAS (VEANSE LAS DEFINICIONES EN EL CAPITULO 3 DE ESTA ITC).

1-A) EXCEPCIONALMENTE PODRAN SER INSTALADOS, AUNQUE NO CUMPLAN TOTALMENTE LAS PRESCRIPCIONES DE ESTA ITC, LOS APARATOS ELEVADORES QUE SE INDICAN A CONTINUACION:

ASCENSORES ESPECIALES SITUADOS EN FACHADAS, EDIFICIOS ARTISTICOS Y EN OTROS LUGARES EXCEPCIONALES.

ASCENSORES INCLINADOS MAS DE 15 RESPECTO A LA VERTICAL.

1-B) EN ESTOS CASOS SERA NECESARIO QUE EL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SU CONFORMIDAD AL CORRESPONDIENTE PROYECTO, EL CUAL PODRA EXIGIR LA PRESENTACION DE UN DICTAMEN DE UNA ENTIDAD COLABORADORA, FACULTADA PARA LA APLICACION DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION, EN EL QUE SE HAGA CONSTAR:

A) LAS PRESCRIPCIONES DE ESTA ITAQUE NO SE CUMPLEN Y LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS DE SEGURIDAD ADOPTADAS.

B) QUE LA INSTALACION ESTA CORRECTAMENTE DISEÑADA PARA CUMPLIR LAS FUNCIONES PARA LAS QUE HA SIDO CONCEBIDO Y REUNE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD SUFICIENTE. 1-C) LOS ASCENSORES DESTINADOS A SER UTILIZADOS POR DISMINUIDOS FISICOS, CON EXCEPCION A LOS ASCENSORES A QUE HACE REFERENCIA EL INCISO 1B) ANTERIOR CUMPLIRAN CON LAS PRESCRIPCIONES DE ESTA ITAY ADEMAS SATISFARAN LAS SIGUIENTES CONDICIONES DE SEGURIDAD, SIN PERJUICIO DE OTRAS PRESCRIPCIONES QUE PUEDAN EXIGIR OTROS ORGANISMOS:

1. LAS PUERTAS DE CABINA DEBERAN ESTAR EQUIPADAS CON UN DISPOSITIVO FOTOELECTRICO O EQUIVALENTE QUE IMPIDA EL CIERRE AUTOMATICO DE LA MISMA MIENTRAS SU UMBRAL ESTE OCUPADO POR UNA PERSONA O SU SILLA DE RUEDAS.

2. EL PAVIMENTO DE LA CABINA SERA ANTIDESLIZANTE Y ESTARA FIJO AL SUELO DE LA MISMA.

3. EL DESNIVEL MAXINO ENTRE EL UMBRAL DE LA CABINA Y EL CORRESPONDIENTE A LA PUERTA DE ACCESO EN EL PISO SERA DE 20 MILIMETROS.

2. REFERENCIAS NORMAS ESPAÑOLAS UNE Y SUS EQUIVALENTES ISO, CEI Y CENELEA 3. DEFINICIONES.

LAS DEFINICIONES QUE SE DAN A CONTINUACION TIENEN POR FINALIDAD DAR LA SIGNIFICACION TECNICA PRECISA DE LOS TERMINOS UTILIZADOS EN LA PRESENTE ITC.

LOS TERMINOS HAN SIDO CLASIFICADOS POR ORDEN ALFABETICO PARA MAYOR COMODIDAD EN LA BUSQUEDA, MAS QUE DE ACUERDO CON EL TIPO DE EQUIPO AL CUAL ELLOS SE APLICAN. SE HA HECHO ASI PARA EVITAR REPETICIONES INUTILES:

AMORTIGUADOR

ORGANO DESTINADO A SERVIR DE TOPE DEFORMABLE DE FINAL DE RECORRIDO Y CONSTITUIDO POR UN SISTEMA DE FRENADO POR FLUIDO O MUELLE (U OTRO DISPOSITIVO EQUIVALENTE).

ASCENSOR

APARATO ELEVADOR INSTALADO PERMANENTEMENTE, QUE SIRVE NIVELES DEFINIDOS QUE UTILIZA UNA CABINA, EN LA QUE LAS DIMENSIONES Y CONSTITUCION PERMITEN EVIDENTEMENTE EL ACCESO DE PERSONAS, DESPLAZANDOSE AL MENOS PARCIALMENTE A LO LARGO DE GUIAS VERTICALES O CUYA INCLINACION SOBRE LA VERTICAL ES INFERIOR A ASCENSOR DE ADHERENCIA

ASCENSOR CUYA TRACCION SE LOGRA POR ADHERENCIA DE LOS CABLES SOBRE LAS GARGANTAS DE LA POLEA MOTRIZ DE LA MAQUINA.

ASCENSOR DE ARRASTRE

ASCENSOR CON SUSPENSION POR CADENA O POR CABLES CUYA TRACCION NO SE REALIZA POR ADHERENCIA.

AUTONIVELACION

OPERACION QUE PERMITE, DESPUES DE LA PARADA, EL REAJUSTE DE ENRASE DURANTE LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA MEDIANTE CORRECCIONES SUCESIVAS.

CABINA

ELEMENTO DEL ASCENSOR O DEL MONTACARGAS DESTINADO A RECIBIR LAS PERSONAS Y O LA CARGA A TRANSPORTAR.

CARGA DE ROTURA MINIMA DEL CABLE

EL PRODUCTO DEL CUADRADO DEL DIAMETRO NOMINAL DEL CABLE (EN MILIMETROS CUADRADOS) POR LA RESISTENCIA NOMINAL A LA TRACCION DE LOS HILOS (EN NEWTONS POR MILIMETROS CUADRADOS) POR UN COEFICIENTE CARACTERISTICO DEL TIPO CABLE (UNE 36-701-75).

LA CARGA DE ROTURA EFECTIVA OBTENIDA EN EL ENSAYO DE ROTURA DE UNA MUESTRA DE CABLE, SIGUIENDO UN METODO DEFINIDO, DEBE SER COMO MINIMO IGUAL A LA CARGA DE ROTURA MINIMA.

CARGA NOMINAL

CARGA PARA LA QUE HA SIDO CONSTRUIDO EL APARATO Y PARA LA CUAL EL SUMINISTRADOR GARANTIZA UN FUNCIONAMIENTO NORMAL.

CUARTO DE MAQUINAS

LOCAL DONDE SE HALLAN LOS ELEMENTOS MOTRICES Y O SU APARELLAJE.

CUARTO DE POLEAS

LOCAL QUE NO CONTIENE ORGANO TRACTOR PERO SI POLEAS Y EVENTUALMENTE LIMITADOR DE VELOCIDAD Y APARATOS ELECTRICOS.

ESTRIBO

ESTRUCTURA METALICA QUE SOPORTA A LA CABINA O AL CONTRAPESO Y A LA QUE SE FIJAN LOS ELEMENTOS DE SUSPENSION. ESTA ESTRUCTURA PUEDE CONSTITUIR PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA CABINA.

PARTE DEL HUECO SITUADO POR DEBAJO DEL NIVEL DE PARADA MAS BAJO SERVIDO POR LA CABINA.

GUARDAPIES

TABLERO QUE CONTIENE UNA PARTE VERTICAL LISA, A PLOMO DEL BORDE DE LOS UMBRALES DE LAS PUERTAS DE PISO O DE LA CABINA Y DEBAJO DE ELLOS.

ELEMENTOS DESTINADOS A GUIAR LA CABINA O CONTRAPESO, SI EXISTE.

RECINTO POR EL CUAL SE DESPLAZA LA CABINA Y EL CONTRAPESO, SI EXISTE. ESTE ESPACIO QUEDA MATERIALMENTE DELIMITADO POR EL FONDO DEL FOSO, LAS PAREDES Y EL TECHO.

LIMITADOR DE VELOCIDAD

ORGANO QUE, POR ENCIMA DE UNA VELOCIDAD AJUSTADA PREVIAMENTE, ORDENA LA PARADA DE LA MAQUINA Y, SI ES NECESARIO, PROVOCA LA ACTUACION DEL PARACAIDAS.

MAQUINA CONJUNTO TRACTOR QUE PRODUCE EL MOVIMIENTO Y LA PARADA DEL ASCENSOR.

MONTACARGAS

APARATO ELEVADOR INSTALADO DE FORMA PERMANENTE QUE SIRVE A NIVELES DEFINIDOS.

CONSTA DE UNA CABINA INACCESIBLE A LAS PERSONAS, POR SUS DIMENSIONES Y SU CONSTITUCION, QUE SE DESPLAZA A LO LARGO DE LAS GUIAS VERTICALES O CON INCLINACION INFERIOR A 1. PARA CUMPLIR CON LA CONDICION DE INACCESIBILIDAD, LAS DIMENSIONES DE LA CABINA DEBEN SER:

SUPERFICIE, UN METRO CUADRADO COMO MAXIMO.

PROFUNDIDAD, UN METRO COMO MAXIMO.

ALTURA, 1,20 METROS COMO MAXIMO.

SIN EMBARGO, PUEDE ADMITIRSE UNA NA ALTURA DE MAS DE 1,20 METROS SI LA CABINA CONSTA DE VARIOS COMPARTIMENTOS FIJOS QUE CUMPLAN LAS CONDICIONES ANTERIORES.

MONTACARGAS DE ADHERENCIA

MONTACARGAS CUYOS CABLES SON ARRASTRADOS POR ADHERENCIA EN LAS GARGANTAS DE LA POLEA MOTRIZ DE LA MAQUINA.

MONTACARGAS DE ARRASTRE

MONTACARGAS CON SUSPENSION POR CADENAS O POR CABLES CUYA TRACCION NO SE REALIZA POR ADHERENCIA.

MONTACOCHES

ASCENSOR CUYA CABINA TIENE LAS DIMENSIONES ADECUADAS PARA EL TRANSPORTE DE VEHICULOS AUTOMOVILES DE TURISMO.

NIVELACION

OPERACION QUE PERMITE MEJORAR LA PRECISION DE PARADA DE LA CABINA A NIVEL DE LOS PISOS.

PARACAIDAS

DISPOSITIVO MECANICO QUE SE DESTINARA A PARAR E INMOVILIZAR LA CABINA O EL CONTRAPESO SOBRE SUS GUIAS EN CASO DE EXCESO DE VELOCIDAD EN EL DESCENSO O DE ROTURA DE LOS ORGANOS DE SUSPENSION.

PARACAIDAS DE ACCION INSTANTANEA

PARACAIDAS CUYA DETENCION SOBRE LAS GUIAS SE LOGRA POR BLOQUEO CASI INMEDIATO. PARACAIDAS DE ACCION INSTANTANEA Y EFECTO AMORTIGUADO

PARACAIDAS CUYA DETENCION SOBRE LAS GUIAS SE LOGRA POR BLOQUEO CASI INMEDIATO, PERO DE FORMA QUE LA REACCION SOBRE EL ORGANO SUSPENDIDO SEA LIMITADA POR LA INTERVENCION DE UN SISTEMA ELASTICO.

PARACAIDAS PROGRESIVO

PARACAIDAS CUYA DETENCION SOBRE LAS GUIAS SE EFECTUA POR FRENADO Y EN EL QUE SE TOMAN DISPOSICIONES PARA LIMITAR LA REACCION SOBRE EL ORGANO SUSPENDIDO A UN VALOR ADMISIBLE.

PASAJERO

PERSONA TRANSPORTADA POR UN ASCENSOR.

SUPERFICIE UTIL

ES LA SUPERFICIE DE LA CABINA QUE PUEDEN OCUPAR LOS PASAJEROS Y LA CARGA DURANTE EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR, MEDIDA A UN METROS POR ENCIMA DEL PAVIMENTO Y SIN TENER EN CUENTA LOS PASAMANOS, SI EXISTEN.

EN EL CASO DE UNA CABINA SIN PUERTA NO SE CONTARA EN EL CALCULO DE LA SUPERFICIE UTIL UNA BANDA DE 0,1 METROS DE ANCHO EN LA ZONA DE CADA PISADERA DE CABINA.

USUARIO

PERSONA QUE UTILIZA LOS SERVICIOS DEL ASCENSOR O MONTACARGAS.

USUARIO AUTORIZADO Y ADVERTIDO

PERSONA AUTORIZADA PARA UTILIZAR LOS SERVICIOS DE UN ASCENSOR DETERMINADO, QUE HA RECIBIDO LAS INSTRUCCIONES RELATIVAS A SU USO DE LA PERSONA RESPONSABLE DE LA INSTALACION.

VELOCIDAD NOMINAL

VELOCIDAD DE LA CABINA PARA LA QUE HA SIDO CONSTRUIDO EL APARATO Y PARA LA CUAL EL SUMINISTRADOR GARANTIZA SU FUNCIONAMIENTO NORMAL.

ZONA DE DESENCLAVAMIENTO

ESPACIO POR ENCIMA Y POR DEBAJO DEL NIVEL DE PARADA A QUE DEBE HALLARSE EL SUELO DE LA CABINA PARA PODER DESENCLAVAR LA PUERTA DE DICHO NIVEL.

4. SIMBOLOS Y ABREVIATURAS 4.1 UNIDADES:

LAS UNIDADES UTILIZADAS HAN SIDO ESCOGIDAS DEL SISTEMA INTERNACIONAL DE UNIDADES (SI).

4.2 SIMBOLOS.

5. HUECO

5.1 DISPOSICIONES GENERALES.

5.1.1 LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE CAPITULO SON APLICABLES A LOS HUECOS QUE CONTENGAN UNA O VARIAS CABINAS DE ASCENSOR.

5.1.2 EL CONTRAPESO DE UN ASCENSOR DEBE HALLARSE EN EL MISMO HUECO QUE LA CABINA.

5.2 CERRAMIENTO DEL HUECO.

5.2.1 TODO HUECO DEBE ESTAR CERRADO TOTALMENTE MEDIANTE PAREDES, PISO Y TECHO DE SUPERFICIE LLENA, DEFINIDAS EN 5.3.

SOLO SE AUTORIZAN LAS SIGUIENTES ABERTURAS:

A) HUECOS DE PUERTAS DE PISO (VER CAPITULO 7).

B) ABERTURAS DE LAS PUERTAS DE VISITA O DE SOCORRO DEL HUECO Y TRAMPILLAS DE VISITA.

C) ORIFICIOS DE EVACUACION DE GASES Y HUMO EN CASO DE INCENDIO.

D) ORIFICIOS DE VENTILACION (5.2.3).

E) ABERTURAS PERMANENTES ENTRE EL HUECO Y EL CUARTO DE MAQUINAS O DE POLEAS.

CASO PARTICULAR. CUANDO EL HUECO DEL ASCENSOR NO TIENE QUE PARTICIPAR EN LA PROTECCION DEL EDIFICIO CONTRA LA PROPAGACION DE INCENDIOS SE PUEDE ADMITIR:

A) LIMITAR LA ALTURA DE LAS PAREDES QUE NO CORRESPONDEN A LOS LADOS DE LOS ACCESOS A UNA ALTURA DE 2,5 METROS POR ENCIMA DE LOS LUGARES DONDE LAS PERSONAS PUEDEN LLEGAR NORMALMENTE.

B) UTILIZAR SOBRE LOS LADOS DE LOS ACCESOS PROTECCIONES CON REJILLAS DE MALLA O PERFORADAS POR ENCIMA DE 2,5 METROS DEL NIVEL DEL PISO DE LOS ACCESOS. (NO SE EXIGEN ESTAS PROTECCIONES SI LA PUERTA DE LA CABINA ESTA ENCLAVADA MECANICAMENTE 5.4.3.2.2).

LAS DIMENSIONES DE LAS MALLAS O PERFORACIONES DEBEN SER, COMO MAXIMO, DE 75 MILIMETROS, MEDIDOS HORIZONTAL Y VERTICALMENTE.

5.2.2 PUERTAS DE VISITA Y SOCORRO. TRAMPILLAS DE VISITA.

5.2.2.1 LAS PUERTAS DE VISITA, LAS DE SOCORRO Y LAS TRAMPILLAS DE VISITA DEL HUECO SOLO SON AUTORIZADAS SI LA SEGURIDAD DE LOS USUARIOS ASI LO REQUIEREN, O SI LAS NECESIDADES DE ENTRETENIMIENTO LO IMPONEN.

5.2.2.1.1 LAS PUERTAS DE VISITA TENDRAN UNA ALTURA MINIMA DE 1,40 METROS Y UN ANCHO MINIMO DE 0,60 METROS.

LAS PUERTAS DE SOCORRO TENDRAN UNA ALTURA MINIMA DE 1,80 METROS Y UN ANCHO MINIMO DE 0,35 METROS.

LAS TRAMPILLAS DE VISITA TENDRAN UNA ALTURA MINIMA DE 0,50 METROS Y UN ANCHO MINIMO DE 0,35 METROS.

5.2.2.1.2 CUANDO EXISTA UN TRAMO LARGO DE HUECO, SIN PUERTA DE PISO, SE DEBE PREVER UNA POSIBILIDAD DE EVACUACION DE LOS OCUPANTES DE LA CABINA, SITUADA A DISTANCIA NO SUPERIOR A 11 METROS.

ESTA PRESCRIPCION NO SE APLICARA EN EL CASO DE CABINAS ADYACENTES QUE PERMITAN LA EVACUACION, DE UNA U OTRA, A TRAVES DE UNA PUERTA DE SOCORRO QUE SATISFAGA LAS PRESCRIPCIONES DE 8.12.4.

5.2.2.2 LAS PUERTAS DE VISITA, DE SOCORRO Y LAS TRAMPILLAS DE VISITA NO DEBEN ABRIRSE HACIA EL INTERIOR DEL HUECO.

5.2.2.2.1 LAS PUERTAS Y TRAMPILLAS DEBEN ESTAR PROVISTAS DE UNA CERRADURA CON LLAVE QUE PERMITA EL CIERRE Y ENCLAVAMIENTO SIN LLAVE.

LAS PUERTAS DE VISITA Y SOCORRO DEBEN PODER SER ABIERTAS SIN LLAVE DESDE EL INTERIOR DEL HUECO, INCLUSO CUANDO ESTEN ENCLAVADAS.

5.2.2.2.2. EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR DEBE ESTAR AUTOMATICAMENTE SUBORDINADO A QUE SE MANTENGAN EN POSICION DE CIERRE ESTAS PUERTAS Y TRAMPILLAS. PARA ESTE EFECTO DEBEN UTILIZARSE DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DE CONFORMIDAD CON 14.1.2.

EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR, CON UN REGISTRO DE VISITA ABIERTO, PUEDE SER ADMITIDO DURANTE OPERACIONES DE CONTROL SI ESTE FUNCIONAMIENTO NECESITA LA ACCION PERMANENTE SOBRE UN DISPOSITIVO (ACCESIBLE SOLO CUANDO EL REGISTRO ESTA ABIERTO) QUE PERMITA PUENTEAR EL DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD QUE CONTROLA EL CIERRE DEL REGISTRO.

5.2.2.3 LAS PUERTAS DE VISITA, SOCORRO Y TRAMPILLAS DE REGISTRO DEBEN SER DE SUPERFICIE LLENA Y RESPONDER A LAS MISMAS CONDICIONES DE RESISTENCIA MECANICA QUE LAS PUERTAS DE PISO.

5.2.3 VENTILACION DEL HUECO.

EL HUECO DEBE ESTAR VENTILADO CONVENIENTEMENTE Y NO DEBE SER UTILIZADO PARA VENTILACION DE LOCALES AJENOS AL SERVICIO DE LOS ASCENSORES.

DEBEN PREVERSE ORIFICIOS DE VENTILACION, A SITUAR EN LA PARTE SUPERIOR DEL HUECO, DE UNA SUPERFICIE TOTAL MINIMA DEL 2,5 POR 100 DE LA SECCION TRANSVERSAL DEL HUECO. ESTA VENTILACION PODRA LOGRARSE A TRAVES DEL CUARTO DE MAQUINAS O POLEAS O DIRECTAMENTE AL EXTERIOR.

5.3 PAREDES, PISO Y TECHO DEL HUECO.

LA ESTRUCTURA DEL HUECO DEBE SOPORTAR, AL MENOS, LAS REACCIONES DEBIDAS A LA MAQUINARIA, A LAS GUIAS COMO CONSECUENCIA DE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS, O EN CASO DE DESCENTRADO DE LA CARGA EN LA CABINA, POR LA ACCION DE LOS AMORTIGUADORES EN CASO DE IMPACTO Y LAS ORIGINADAS POR LA ACTUACION DEL SISTEMA ANTIRREBOTE.

(VEANSE LAS NOTAS, AL FINAL DEL CAPITULO 5, PARA ESTIMAR LOS VALORES DE LOS ESFUERZOS AL ACTUAR EL PARACAIDAS O LOS AMORTIGUADORES.) LAS PAREDES, PISO Y TECHO DEL HUECO DEBEN:

A) ESTAR CONSTRUIDAS CON MATERIALES INCOMBUSTIBLES, DURADEROS Y QUE NO ORIGINEN POLVO.

B) TENER UNA RESISTENCIA MECANICA SUFICIENTE.

EN EL CASO DE UN ASCENSOR SIN PUERTA DE CABINA, DEBE CUMPLIRSE EL CRITERIO SIGUIENTE PARA LA PARED FRENTE A LA ENTRADA DE LA CABINA:

NO DEBE SUFRIR NINGUNA DEFORMACION ELASTICA SUPERIOR A 10 MILIMETROS DURANTE LA APLICACION DE UNA FUERZA DE 300 N, PERPENDICULAR A LA PARED, APLICADA EN CUALQUIER PUNTO DE SUS CARAS Y DISTRIBUIDA UNIFORMEMENTE SOBRE UNA SUPERFICIE REDONDA O CUADRADA DE 5 CENTIMETROS CUADRADOS.

5.4 EJECUCION DE LAS PAREDES DEL HUECO Y DE LAS PUERTAS DE ACCESO FRENTE A UNA ENTRADA DE CABINA.

5.4.1 LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES DEBEN SER APLICADAS EN TODA LA ALTURA DEL HUECO, SOBRE LAS PUERTAS DE PISO Y PAREDES O PARTES DE PARED SITUADAS FRENTE A UNA ENTRADA DE CABINA.

PARA LAS HOLGURAS ENTRE CABINA Y PARED DE LOS ACCESOS VER CAPITULO 11.

5.4.2 EL CONJUNTO FORMADO POR LAS PUERTAS DE PISO Y TODA LA PARED, O LA PARTE DE ELLA SITUADO EN FRENTE DE UNA ENTRADA DE CABINA, DEBE FORMAR UNA SUPERFICIE CONTINUA EN TODA LA ANCHURA DE LA ABERTURA DE CABINA (DEBEN TENERSE EN CUENTA LAS HOLGURAS DE FUNCIONAMIENTO).

5.4.3 PARA LOS ASCENSORES CON PUERTAS DE CABINA.

5.4.3.1 DEBAJO DE CADA UMBRAL DE PISO, EN UNA ALTURA AL MENOS IGUAL A LA MITAD DE LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO, AUMENTADA EN 50 MILIMETROS, LA PARED DEL HUECO DEBE CUMPLIR CON LAS CONDICIONES EXPRESADAS EN EL APARTADO 5.4.4, Y ADEMAS LA PARED DEL HUECO EN ESTA ZONA DEBE SER:

A) BIEN ENLAZADA CON EL DINTEL DE LA PUERTA SIGUIENTE.

B) BIEN PROLONGADA HACIA ABAJO, POR MEDIO DE UN CHAFLAN DURO Y LISO, CUYO ANGULO CON EL PLANO HORIZONTAL SEA SUPERIOR A 60, Y SI ES POSIBLE A

75, CHAFLAN QUE NO ES NECESARIO ENLAZAR A LA PARED DEL HUECO. SI EL ESPACIO ES DEMASIADO GRANDE PUEDE SER LIMITADO ESTE CHAFLAN, PERO SU PROYECCION SOBRE EL PLANO HORIZONTAL DEBE ALCANZAR AL MENOS 50 MILIMETROS.

5.4.3.2 EN LAS DEMAS ZONAS, LA DISTANCIA HORIZONTAL ENTRE LA PARED DEL HUECO Y UMBRAL O EMBOCADURA DE CABINA O PUERTA (O BORDE EXTREMO DE LAS PUERTAS CORREDERAS) NO DEBE SOBREPASAR 0,15 METROS. LA FINALIDAD DE ESTA PRESCRIPCION ES EVITAR: A) EL PELIGRO DE CAIDA AL HUECO.

B) QUE LA PERSONA PUEDA INTRODUCIRSE, EN CONDICIONES NORMALES DE FUNCIONAMIENTO, ENTRE LA PUERTA DE LA CABINA Y EL HUECO.

(CON ESTE ESPIRITU DEBE SER MEDIDA LA DISTANCIA DE 0,15 METROS PRINCIPALMENTE EN EL CASO DE PUERTAS TELESCOPICAS DE ACCIONAMIENTO SIMULTANEO.) 5.4.3.2.1 PUEDE ADMITIRSE UNA DISTANCIA HORIZONTAL DE 0,2 METROS.

A) A LO LARGO DE UNA DISTANCIA VERTICAL MAXIMA DE 0,50 METROS, O BIEN.

B) EN EL CASO DE ASCENSORES DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS, GENERALMENTE ACOMPAÑADAS POR PERSONAS, Y DE LOS MONTACOCHES EN LOS QUE LAS PUERTAS DE PISO DESLIZAN VERTICALMENTE.

5.4.3.2.2 LA CONDICION EXPRESADA EN EL APARTADO 5.4.3.2 PUEDE NO RESPETARSE SI LA CABINA ESTA PROVISTA DE UNA PUERTA CONDENADA MECANICAMENTE QUE NO PODRA SER ABIERTA MAS QUE EN LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO DE UNA PUERTA DE ACCESO.

EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR DEBE ESTAR AUTOMATICAMENTE SUBORDINADO AL ENCLAVAMIENTO DE LA PUERTA DE CABINA CORRESPONDIENTE Y USARA UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD CONFORME A 14.1.2. SERAN ACEPTADOS LOS CASOS PARTICULARES PREVISTOS EN 7.7.2.2.

5.4.4 PARA LOS ASCENSORES SIN PUERTA DE CABINA.

A) EL CONJUNTO SEÑALADO EN 5.4.2 DEBE FORMAR UNA SUPERFICIE VERTICAL CONTINUA COMPUESTA POR ELEMENTOS LISOS Y DUROS, TALES COMO PIEZAS METALICAS, REVESTIMIENTOS DUROS O MATERIALES EQUIVALENTES EN LO QUE SE REFIERE AL ROCE.

NO SE ADMITIRAN PAREDES ACABADAS EN ESCAYOLA, YESO O VIDRIO.

B) LOS SALIENTES, SI EXISTEN, DEBEN SER INFERIORES A 5 MILIMETROS. LOS SALIENTES DE MAS DE 2 MILIMETROS DEBEN IR PROVISTOS DE CHAFLANES A 75 COMO MINIMO RESPECTO DE LA HORIZONTAL.

C) CUANDO LAS PUERTAS DE ACCESO LLEVEN TIRADORES EMBUTIDOS, LA PROFUNDIDAD DE EMBUTICION POR EL LADO DEL HUECO DEL ASCENSOR NO DEBE SOBREPASAR 30 MILIMETROS, Y SU ANCHO NO DEBE SER MAYOR DE 40 MILIMETROS. LAS PAREDES DE SALIDA DE LA EMBUTICION, HACIA ARRIBA Y HACIA ABAJO, DEBEN FORMAR UN ANGULO DE 60 COMO MINIMO, Y A SER POSIBLE 75, RESPECTO DEL PLANO HORIZONTAL. LA DISPOSICION DE LOS TIRADORES O BARRAS DEBE LIMITAR LOS RIESGOS DE ENGANCHE Y NO PERMITIR QUE LOS DEDOS SEAN ATRAPADOS POR DETRAS, NI ACUÑADOS. 5.5 PROTECCION DE LOCALES SITUADOS BAJO LA TRAYECTORIA DE LA CABINA O DEL CONTRAPESO.

5.5.1 ES PREFERIBLE QUE LOS HUECOS NO ESTEN SITUADOS ENCIMA DE UN LUGAR ACCESIBLE A LAS PERSONAS.

5.5.2 CUANDO EXISTAN LOCALES ACCESIBLES QUE ESTEN SITUADOS DEBAJO DE LA TRAYECTORIA DE LA CABINA O DEL CONTRAPESO, EL FONDO DEL FOSO DEBE CALCULARSE PARA UNA CARGA MINIMA DE 5.000 N M A) DEBEN INSTALARSE DEBAJO DE LOS AMORTIGUADORES DE CONTRAPESO UNO O MAS PILARES QUE DESCIENDAN HASTA EL SUELO FIRME.

B) O BIEN EL CONTRAPESO DEBE IR PROVISTO DE UN PARACAIDAS.

5.6 HUECO CONTENIENDO CABINAS Y CONTRAPESOS PERTENECIENTES A VARIOS ASCENSORES O MONTACARGAS.

5.6.1 DEBE EXISTIR UNA SEPARACION EN LA PARTE INFERIOR DEL HUECO ENTRE LOS ORGANOS MOVILES (CABINAS O CONTRAPESOS) PERTENECIENTES A ASCENSORES O MONTACARGAS DIFERENTES.

ESTA SEPARACION DEBE ENTENDERSE, COMO MINIMO, DESDE EL EXTREMO INFERIOR DE LAS TRAYECTORIAS DE LOS ORGANOS MOVILES HASTA UNA ALTURA DE 2,5 METROS ENCIMA DEL FONDO DEL FOSO.

5.6.2 ADEMAS, SI LA DISTANCIA HORIZONTAL ENTRE EL BORDE DEL TECHO DE LA CABINA DE UN ASCENSOR Y UN ORGANO MOVIL (CABINA O CONTRAPESO) PERTENECIENTE A UN ASCENSOR DIFERENTE ES INFERIOR A CERO METROS LA SEPARACION PREVISTA EN 5.6.1 DEBE SER PROLONGADA EN TODA LA ALTURA DEL HUECO Y EN LA ANCHURA UTIL NECESARIA.

ANCHURA DEBE SER, COMO MINIMO, LA DEL ORGANO MOVIL, O PARTE DEL ORGANO MOVIL, DEL CUAL HAY QUE PROTEGERSE, AUMENTADA EN 0,1 METROS POR CADA LADO.

5.7 RECORRIDOS LIBRES DE SEGURIDAD ARRIBA Y EN FOSO.

5.7.1 RECORRIDOS LIBRES DE SEGURIDAD ARRIBA PARA ASCENSORES DE ADHERENCIA.

(VEASE NOTA 3 AL FINAL DEL CAPITULO 5).

5.7.1.1 CUANDO EL CONTRAPESO DESCANSA EN SUS AMORTIGUADORES, TOTALMENTE COMPRIMIDOS, DEBEN CUMPLIRSE DE FORMA SIMULTANEA LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

A) EL RECORRIDO GUIADO DE LA CABINA, AUN POSIBLE EN SENTIDO ASCENDENTE, DEBE SER IGUAL, COMO MINIMO, A 0,1 METROS MAS 0,035 V, EXPRESANDO EL RECORRIDO EN METROS Y V (VELOCIDAD NOMINAL) EN METROS SEGUNDO ( 0,035 V REPRESENTA LA MITAD DE LA DISTANCIA DE PARADA POR GRAVEDAD AL 115 (1,15 V) 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL 1 2 B) LA DISTANCIA LIBRE ENCIMA DEL TECHO DE LA CABINA DEBE SER, COMO MINIMO, IGUAL A 1 METRO MAS 0,035 V C) LA DISTANCIA LIBRE ENTRE LAS PARTES MAS BAJAS DEL TECHO DEL H 1) LOS ORGANOS DE MAYOR ALTURA MONTADOS EN DICHO TECHO DE CABINA DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 0,3 METROS MAS 0,035 V, A EXCEPCION DE LOS CASOS PREVISTOS EN 2).

2) LA PARTE MAS ALTA DE LAS DESLIZADORAS, RUEDAS DE GUIA, AMARRES DE LOS CABLES, O LOS ORGANOS DE LAS PUERTAS DE CABINA QUE DESLIZAN VERTICALMENTE, DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A CERO METROS MAS 0,035 V 5.7.1.2 CUANDO LA CABINA SE ENCUENTRA SOBRE SUS AMORTIGUADORES, TOTALMENTE COMPRIMIDOS, EL RECORRIDO GUIADO DEL CONTRAPESO, AUN POSIBLE EN SENTIDO ASCENDENTE, DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 0,1 METROS MAS 0,035 V, EXPRESANDO DICHO RECORRIDO EN METROS Y V (VELOCIDAD NOMINAL) EN METRO SEGUNDO.

5.7.1.3 CUANDO SE CONTROLA LA DECELERACION DEL ASCENSOR, COMO SE INDICA EN EL APARTADO 12.8, EL VALOR DE 0,035 V, INDICADO EN 5.7.1.1 Y 5.7.1.2, PARA EL CALCULO DEL RECORRIDO LIBRE DE SEGURIDAD, PUEDE SER REDUCIDO.

A) A LA MITAD PARA LOS ASCENSORES CUYA VELOCIDAD NOMINAL ES 4 METROS SEGUNDO. B) A UN TERCIO PARA LOS ASCENSORES CUYA VELOCIDAD NOMINAL ES 4 METROS SEGUNDO.

EN ESTOS CASOS LA CARRERA DE ESTOS AMORTIGUADORES NO SERA INFERIOR A 0,25 METROS.

5.7.1.4 EN EL CASO DE ASCENSORES QUE ESTAN PROVISTOS DE CABLES DE COMPENSACION, CUYA POLEA TENSORA ESTA PROVISTA DE UN DISPOSITIVO ANTIRREBOTE (DISPOSITIVO DE FRENADO O DE BLOQUEO EN CASO DE SUBIDA BRUSCA) EL VALOR DE 0,035 V ANTERIOR PUEDE SER SUSTITUIDO POR UN VALOR LIGADO A LA CARRERA POSIBLE DE ESTA POLEA (DEPENDIENDO DEL NUMERO DE TRAMOS DE CABLE QUE LA SUSPENDAN), AUMENTANDO EN 1/500 DEL RECORRIDO DE LA CABINA, CON UN MINIMO DE 0,2 METROS, PARA TENER EN CUENTA LA ELASTICIDAD DE LOS CABLES.

5.7.2 RECORRIDOS LIBRES DE SEGURIDAD PARA ASCENSORES DE ARRASTRE.

5.7.2.1 CUANDO LA CABINA SE ENCUENTRA EN SU PARADA SUPERIOR, EL RECORRIDO GUIADO DE LA CABINA, AUN POSIBLE EN SENTIDO ASCENDENTE, ANTES DE QUE LOS AMORTIGUADORES ENTREN EN ACCION, DEBE SER, AL MENOS, IGUAL A 0,5 METROS.

5.7.2.2 CUANDO LOS AMORTIGUADORES SUPERIORES ESTAN TOTALMENTE COMPRIMIDOS POR LA CABINA DEBEN CUMPLIRSE LAS CONDICIONES SIGUIENTES SIMULTANEAMENTE:

A) LA DISTANCIA LIBRE POR ENCIMA DEL TECHO DE LA CABINA DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 1 METRO.

B) LA DISTANCIA LIBRE ENTRE LA PARTE MAS BAJA DEL TECHO DEL HUECO Y 1) LOS ORGANOS MAS ALTOS FIJADOS EN EL TECHO DE LA CABINA, A EXCEPCION DE LOS MENCIONADOS EN 2), DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 0,3 METROS.

2) LA PARTE MAS ALTA DE LAS GUIADERAS O ROLDANAS DE GUIA, EL FRONTIS O LOS ORGANOS DE LAS PUERTAS DESLIZANTES VERTICALES DEBE SER, AL MENOS, IGUAL A 0,1 METROS.

5.7.2.3 CUANDO LA CABINA SE APOYA SOBRE SUS AMORTIGUADORES TOTALMENTE COMPRIMIDOS, EL RECORRIDO GUIADO AUN POSIBLE DEL CONTRAPESO, SI ESTE EXISTE, EN SENTIDO ASCENDENTE, DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 0,3 METROS.

5.7.3 FOSO.

5.7.3.1 LA PARTE INFERIOR DEL HUECO DEBE ESTAR CONSTITUIDA POR UN FOSO CUYO FONDO SEA LISO Y SENSIBLEMENTE A NIVEL, NO CONSIDERANDO LOS POSIBLES ZOCALOS DE LOS AMORTIGUADORES, DE LAS GUIAS O DISPOSITIVOS DE EVACUACION DE AGUA.

DESPUES DE LA INSTALACION DE LOS DIFERENTES ANCLAJES DE GUIAS, AMORTIGUADORES, ETC., ESTE FOSO DEBE QUEDAR PROTEGIDO DE INFILTRACIONES DE 5.7.3.2 SI EXISTE UNA PUERTA DE ACCESO A DICHO FOSO, QUE NO SEA LA PUERTA DE PISO, DEBE CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES DE LOS APARTADOS 5.2.2.

TAL PUERTA DEBE EXISTIR SI LA PROFUNDIDAD DEL FOSO ES SUPERIOR A 2,5 METROS Y SI EL PROYECTO DEL EDIFICIO LO PERMITE.

A FALTA DE OTRO ACCESO, DEBE PREVERSE UN DISPOSITIVO PERMANENTE EN EL HUECO, FACILMENTE ACCESIBLE DESDE LA PUERTA DE ACCESO PARA PERMITIR AL PERSONAL COMPETENTE UN DESCENSO SIN RIESGO AL FONDO DEL FOSO. ESTE DISPOSITIVO NO DEBE INTERFERIR EL GALIBO DE LOS ELEMENTOS MOVILES DEL ASCENSOR.

5.7.3.3 CUANDO LA CABINA SE APOYA SOBRE SUS AMORTIGUADORES, TOTALMENTE COMPRIMIDOS, DEBEN CUMPLIRSE SIMULTANEAMENTE LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

A) DEBE QUEDAR UN ESPACIO LIBRE EN EL FOSO QUE PERMITA ALOJAR, COMO MINIMO, UN PARALELEPIPEDO RECTO RECTANGULAR DE 0,5 0,6 0,8 METROS QUE SE APOYE SOBRE UNA DE SUS CARAS.

B) LA DISTANCIA LIBRE ENTRE EL FONDO DEL FOSO Y 1) LAS PARTES MAS BAJAS DE LA CABINA, CON EXCEPCION DE LAS PREVISTAS EN 2), DEBE SER IGUAL O SUPERIOR A 0,5 METROS.

2) LA PARTE INFERIOR DE LAS DESLIZADORAS O RODADERAS, CAJAS DE PARACAIDAS, DEL GUARDAPIES O DE LOS ORGANOS DE PUERTA CORREDERA VERTICAL, DEBE SER, AL MENOS, IGUAL A 0,1 METROS.

5.7.3.4 EL PERSONAL DE ENTRETENIMIENTO QUE TIENE QUE TRABAJAR EN EL FOSO DEBE DISPONER EN EL MISMO:

A) DE UN INTERRUPTOR ACCESIBLE, DESDE QUE EL PERSONAL HA ABIERTO LA PUERTA QUE LE DA ACCESO AL FOSO, QUE LE PERMITA PARAR Y MANTENER PARADO EL ASCENSOR Y QUE NO TENGA RIESGO DE ERROR SOBRE LA POSICION CORRESPONDIENTE A LA PARADA (VEASE 15.7). ESTE INTERRUPTOR DEBE RESPONDER A LAS PRESCRIPCIONES 14.2.2.3.

B) Y DE UNA TOMA DE CORRIENTE ELECTRICA DE ACUERDO CON 13.6.

5.8 PROHIBICION DE INSTALAR EN EL HUECO MATERIAL EXTRAÑO AL SERVICIO DEL ASCENSOR.

EL HUECO DEBE SER DESTINADO EXCLUSIVAMENTE AL SERVICIO DEL ASCENSOR. NO DEBE CONTENER NI CANALIZACIONES NI ORGANOS, CUALESQUIERA QUE SEAN, EXTRAÑOS AL SERVICIO DEL ASCENSOR (SE PUEDE ADMITIR QUE EL HUECO CONTENGA MATERIAL QUE SIRVA PARA SU CALEFACCION, EXCEPTO RADIADORES DE AGUA CALIENTE O VAPOR; SUS ORGANOS DE MANDO Y DE REGLAJE DEBEN ENCONTRARSE EN EL EXTERIOR DEL HUECO).

5.9 ILUMINACION DEL HUECO.

EL HUECO DEBE ESTAR PROVISTO DE UNA ILUMINACION ELECTRICA DE INSTALACION FIJA QUE PERMITA ASEGURAR SU ALUMBRADO DURANTE LAS OPERACIONES DE REPARACION O DE CONSERVACION, INCLUSO CUANDO TODAS LAS PUERTAS ESTAN CERRADAS.

ESTE ALUMBRADO DEBE LOGRARSE CON LAMPARAS SITUADAS A 0,5 METROS, COMO MAXIMO, DE LOS PUNTOS MAS ALTOS Y MAS BAJOS DEL HUECO Y LA DISTANCIA ENTRE ELLAS NO SERA MAYOR DE 7 METROS. ESTE ALUMBRADO NO SERA EXIGIDO SI LA ILUMINACION ARTIFICIAL PROCEDENTE DE LAS INMEDIACIONES DEL HUECO (EXCEPCION PREVISTA EN 5.2.1, CASO PARTICULAR) ES SUFICIENTE.

CAPITULO 5: NOTAS

NOTA 1: EVALUACION DE LOS ESFUERZOS VERTICALES AL ACTUAR EL PARACAIDAS LA FUERZA (EN NEWTONS) SOBRE CADA GUIA, COMO CONSECUENCIA DE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS, PUEDE SER VALORADA APROXIMADAMENTE APLICANDO LAS FORMULAS SIGUIENTES: A) PARACAIDAS DE ACCION INSTANTANEA:

1) DISTINTOS DE LOS PARACAIDAS CON RODILLOS: 25 (P+Q).

2) DE RODILLOS: 15 (P+Q).

B) PARACAIDAS DE ACCION PROGRESIVA: 10 (P+Q).

EN LAS QUE:

P SUMA DE LA MASA DE LA CABINA VACIA Y LAS MASAS DE LOS CABLES DE MANIOBRA Y DE LOS ELEMENTOS DE COMPENSACION, SI EXISTEN, SUSPENDIDOS DE LA CABINA (I).

Q CARGA NORMAL (I).

NOTA 2: REACCIONES EN EL FONDO DEL FOSO DEBIDAS A LA ACTUACION DEL PARACAIDAS O ACCION DE LOS AMORTIGUADORES LAS REACCIONES (EN NEWTONS) PUEDEN VALORARSE ASI:

BAJO CADA GUIA

DIEZ VECES LA MASA DE LA GUIA (I), AUMENTADA EN LA REACCION (N) DEBIDA A LA ACTUACION DEL PARACAIDAS SOBRE ESA GUIA (SI LAS GUIAS ESTAN SUSPENDIDAS SE APLICAN ESTOS VALORES AL PUNTO DE ANCLAJE DE LA GUIA A LA ESTRUCTURA).

BAJO LOS APOYOS DE LOS AMORTIGUADORES DE CABINA: 40 (P Q) ( BAJO LOS APOYOS DE LOS AMORTIGUADORES DE CONTRAPESO:

40 VECES LA MASA DEL CONTRAPESO (I).

( EL VALOR DE P ES DIFERENTE EN LAS NOTAS 1 Y 2, DEBIDO AL HECHO DE QUE LA MASA DE LOS CABLES DE MANIOBRA Y LOS ELEMENTOS DE COMPENSACION, SUSPENDIDOS DE LA CABINA, VARIAN SEGUN LA POSICION DE ESTA.

6. CUARTOS DE MAQUINAS Y DE POLEAS

6.1 DISPOSICIONES GENERALES.

6.1.1 LAS MAQUINAS, SU EQUIPO ASOCIADO Y LAS POLEAS NO DEBEN SER ACCESIBLES MAS QUE A LAS PERSONAS AUTORIZADAS (ENTRETENIMIENTO, VERIFICACION, RESCATE DE PASAJEROS, INSPECCION, ETC.).

6.1.2 LAS MAQUINAS, OTROS DISPOSITIVOS DEL ASCENSOR Y LAS POLEAS (EXCEPTO LAS DE COMPENSACION, DE CABINA Y CONTRAPESO Y TENSORA DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD) DEBERAN ENCONTRARSE DENTRO DE SUS RECINTOS PROPIOS Y TENER UNA PUERTA, PAREDES, PISO Y TECHO.

6.1.2.1 SON EXCEPCIONES A LOS REQUERIMIENTOS ANTERIORES:

6.1.2.1.1 LAS POLEAS DEFLECTORAS, O DE REENVIO, PUEDEN SER INSTALADAS EN EL HUECO SI ELLAS NO ESTAN EN LA PROYECCION DEL TECHO DE LA CABINA Y SU INSPECCION Y PRUEBAS, ASI COMO LAS OPERACIONES DE ENTRETENIMIENTO, PUEDEN HACERSE CON TODA SEGURIDAD DESDE EL TECHO DE LA CABINA O DESDE EL EXTERIOR DEL HUECO.

SIN EMBARGO, PUEDE SER INSTALADA UNA POLEA DE DESVIO, DE SIMPLE O DE DOBLE ARROLLAMIENTO, POR ENCIMA DEL TECHO DE LA CABINA, PARA DESVIO DE CABLES HACIA EL CONTRAPESO, SIEMPRE QUE SU EJE PUEDA SER ALCANZADO DESDE EL TECHO DE LA CABINA CON SEGURIDAD COMPLETA.

6.1.2.1.2 LA POLEA DE TRACCION PUEDE SER INSTALADA EN EL HUECO SI SE CUMPLEN ESTAS CONDICIONES:

A) LAS INSPECCIONES, ENSAYOS Y OPERACIONES DE ENTRETENIMIENTO PUEDEN HACERSE DESDE EL CUARTO DE MAQUINAS.

B) LAS ABERTURAS ENTRE EL CUARTO DE MAQUINAS Y EL HUECO SON TAN PEQUEÑAS COMO ES POSIBLE.

6.1.2.1.3 EL LIMITADOR DE VELOCIDAD PUEDE INSTALARSE EN EL HUECO SI LAS INSPECCIONES, ENSAYOS Y OPERACIONES DE ENTRETENIMIENTO PUEDEN HACERSE DESDE EL EXTERIOR DEL HUECO.

6.1.2.1.4 LAS POLEAS DE DESVIO, REENVIO Y LAS POLEAS DE TRACCION COLOCADAS EN EL HUECO DEBEN ESTAR PROVISTAS DE DISPOSITIVOS EFICACES PARA EVITAR:

A) ACCIDENTES CORPORALES.

B) SALIDA DE LOS CABLES O CADENAS DE SUSPENSION DE SUS RANURAS, O PIÑONES, SI SE AFLOJA LA SUSPENSION.

C) INTRODUCCION DE CUERPOS EXTRAÑOS ENTRE LOS CABLES Y SUS RANURAS.

6.1.2.1.5 LOS DISPOSITIVOS UTILIZADOS DEBEN SER REALIZADOS DE FORMA QUE NO IMPIDAN LA INSPECCION, ENSAYOS Y OPERACIONES DE ENTRETENIMIENTO. NO SERA NECESARIO EL DESMONTAJE MAS QUE EN LOS CASOS SIGUIENTES:

A) CAMBIO DE LOS CABLES.

B) CAMBIO DE LA POLEA.

C) RETORNEADO DE LAS RANURAS.

6.1.2.2 LAS MAQUINAS, SU EQUIPO Y LAS POLEAS PUEDEN SITUARSE EN LOCALES DESTINADOS A OTRO USO (ACCESO EXCEPCIONAL A TECHOS O TERRAZAS, POR EJEMPLO), SI AQUELLOS ELEMENTOS ESTAN SEPARADOS DEL RESTO DEL LOCAL POR UN CIERRE DE 1,8 METROS DE ALTURA, PROVISTO DE UNA PUERTA DE ACCESO CON CERRADURA DE 6.1.2.3 LOS CUARTOS DE MAQUINAS O POLEAS, ASI COMO LOS LOCALES REFERIDOS EN 6.1.2.2 NO DEBEN SER AFECTADOS POR USO DISTINTO A LOS ASCENSORES EN NINGUN CASO. NO DEBEN ENCERRAR CANALIZACIONES NI ORGANOS AJENOS AL SERVICIO DE LOS ASCENSORES.

PUEDE ADMITIRSE QUE ESTOS LOCALES CONTENGAN: A) MAQUINAS DE MONTACARGAS O ESCALERAS MECANICAS.

B) ELEMENTOS PARA CALDEAR O CLIMATIZAR ESTOS LOCALES, EXCEPTO RADIADORES DE AGUA CALIENTE O DE VAPOR.

C) DETECTORES O INSTALACIONES FIJAS DE EXTINCION DE INCENDIOS, APROPIADAS AL MATERIAL ELECTRICO, AJUSTADAS A TEMPERATURA ELEVADA, ESTABLES EN EL TIEMPO Y CONVENIENTEMENTE PROTEGIDAS CONTRA CHOQUES ACCIDENTALES.

6.1.2.4 LOS CUARTOS DE MAQUINAS SE DEBEN SITUAR, PREFERENTEMENTE, ENCIMA DEL 6.2 ACCESOS.

6.2.1 EL ACCESO, DESDE LA VIA PUBLICA HASTA EL INTERIOR DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS Y POLEAS, DEBEN:

A) PODER SER ILUMINADOS APROPIADAMENTE POR UNO O VARIOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS INSTALADOS PERMANENTEMENTE.

B) SER FACILMENTE UTILIZABLES CON SEGURIDAD EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA Y SIN NECESITAR EL PASO A UN LOCAL PRIVADO.

LOS CAMINOS DE ACCESO A LOS CUARTOS DE MAQUINAS Y LOS PUNTOS DE ACCESO DEBEN TENER UNA ALTURA MINIMA DE 1,8 METROS (LOS UMBRALES Y REBORDES DE LAS PUERTAS CON ALTURA NO MAYOR DE 0,4 METROS NO SE TOMAN EN CONSIDERACION).

.2 EL ACCESO DEL PERSONAL AL CUARTO DE MAQUINAS Y POLEAS DEBE EFECTUARSE, CON PREFERENCIA, POR MEDIO DE ESCALERAS.

SI LA INSTALACION DE ESCALERAS ES DIFICIL, PUEDEN UTILIZARSE ESCALERAS CUMPLIENDO LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) NO DEBE SER POSIBLE QUE RESBALEN O VUELQUEN.

B) EN POSICION DE EMPLEO DEBEN FORMAR UN ANGULO COMPRENDIDO ENTRE 70 Y 76 CON LA HORIZONTAL, SALVO QUE ESTEN FIJAS Y SU ALTURA SEA INFERIOR A 1,5 METROS.

C) ESTAS ESCALAS DEBEN SER RESERVADAS PARA ESTE USO Y ENCONTRARSE SIEMPRE PROXIMAS AL NIVEL DE ACCESO. DEBEN TOMARSE LAS DISPOSICIONES NECESARIAS A ESE EFECTO.

D) EL PERSONAL DEBERA DISPONER, A LA LLEGADA A LA PARTE SUPERIOR DE LA ESCALA, DE UNA O VARIAS ASIDERAS AL ALCANCE DE LA MANO.

E) SI LAS ESCALAS NO ESTAN FIJAS, SE DEBEN DISPONER PUNTOS FIJOS PARA SU ENCAJE.

6.2.3 DEBEN SER PREVISTOS MEDIOS DE ACCESO DEL MATERIAL PARA EVITAR MANIOBRAS FORZADAS, CUANDO SE MANEJAN MATERIALES PESADOS DURANTE EL MONTAJE O SU POSTERIOR REEMPLAZO. ESTAS OPERACIONES DEBEN EFECTUARSE EN LAS MEJORES CONDICIONES DE SEGURIDAD, EVITANDO TAREAS DE MANUTENCION DESDE ESCALAS ESPECIALMENTE.

6.3 CONSTRUCCION Y EQUIPO DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS.

6.3.1 RESISTENCIA MECANICA, NATURALEZA DEL SUELO, AISLAMIENTO ACUSTICO.

6.3.1.1 ESTOS LOCALES DEBEN CONSTRUIRSE DE MANERA QUE RESISTAN LAS CARGAS Y ESFUERZOS A LOS QUE ESTAN NORMALMENTE SOMETIDOS.

DEBEN ESTAR CONSTITUIDOS POR MATERIALES DURADEROS QUE NO FAVOREZCAN LA CREACION DE POLVO.

6.3.1.2 EL SUELO DE ESTOS CUARTOS NO DEBE SER DESLIZANTE.

6.3.1.3 LAS PAREDES, FORJADOS DE PISO Y TECHO DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS DEBEN ABSORBER LOS RUIDOS INHERENTES AL FUNCIONAMIENTO DE LOS ASCENSORES, SI EL DESTINO DEL EDIFICIO LO EXIGE (VIVIENDAS, HOTELES, HOSPITALES, ESCUELAS, BIBLIOTECAS, ETC.).

6.3.2 DIMENSIONES.

6.3.2.1 LAS DIMENSIONES DEL LOCAL DEBEN SER SUFICIENTES PARA PERMITIR AL PERSONAL DE ENTRETENIMIENTO LLEGAR Y ALCANZAR CON FACILIDAD Y SEGURIDAD TODOS LOS ORGANOS, ESPECIALMENTE AL EQUIPO ELECTRICO.

EN PARTICULAR SE DEBE DISPONER DE:

A) SUPERFICIE LIBRE HORIZONTAL, DELANTE Y EN TODA LA ANCHURA DE LOS CUADROS O ARMARIOS, CUANDO LA TENSION DE SERVICIO NO ES MAYOR DE 500 B) UNA SUPERFICIE LIBRE HORIZONTAL MINIMA DE 0,5 METROS POR 0,6 METROS PARA EL ENTRETENIMIENTO, LA VERIFICACION DE LAS PIEZAS EN MOVIMIENTO Y EN PUNTOS DONDE SEA NECESARIO Y EVENTUALMENTE, PARA LA MANIOBRA MANUAL DE RESCATE DE PASAJEROS (12.5.1).

EL ACCESO A ESTOS ESPACIOS LIBRES DEBE TENER UN ANCHO MINIMO DE 0,5 METROS.

ESTE VALOR PUEDE REDUCIRSE A 0,4 METROS SI NO EXISTE NINGUN ORGANO MOVIL EN ESA 6.3.2.2 EN NINGUN CASO DEBE SER LA ALTURA LIBRE DE CIRCULACION INFERIOR A 1,8 METROS.

POR ALTURA LIBRE DE CIRCULACION DEBE ENTENDERSE LA ALTURA MEDIDA BAJO LOS NERVIOS DE VIGA: A) HASTA EL NIVEL DE CIRCULACION.

B) HASTA EL NIVEL DONDE SEA NECESARIO ESTAR PARA TRABAJAR.

6.3.2.3 POR ENCIMA DE LAS PIEZAS GIRATORIAS DE LA MAQUINA DEBE EXISTIR UN ESPACIO LIBRE CON UNA ALTURA MINIMA DE 0,3 METROS.

6.3.2.4 CUANDO EL CUARTO DE MAQUINAS TENGA VARIOS NIVELES DE PISO, CUYA ALTURA DIFIERA EN MAS DE 0,5 METROS DEBEN SER PREVISTOS PELDAÑOS O ESCALONES Y GUARDA-CUERPOS.

6.3.2.5 CUANDO EL SUELO DEL LOCAL TIENE ESPACIOS HENDIDOS, CUYA PROFUNDIDAD SEA SUPERIOR A 0,5 METROS Y CON ANCHO INFERIOR A 0,5 METROS, O CANALES, ESTOS DEBERAN ESTAR CUBIERTOS.

6.3.3 PUERTAS Y TRAMPILLAS.

6.3.3.1 LAS PUERTAS DE ACCESO DEBEN TENER UN ANCHO MINIMO DE 0,6 METROS Y UNA ALTURA DE 1,8 METROS. LAS PUERTAS NO DEBEN ABRIR HACIA EL INTERIOR DEL CUARTO.

6.3.3.2 EL PASO LIBRE DE LAS TRAMPILLAS DE ACCESO DEBE SER DE 0,8 0,8 METROS COMO MINIMO.

LAS TRAMPILLAS DEBEN ESTAR BALANCEADAS Y NO ABRIRSE HACIA ABAJO, EXCEPTO SI ESTAN ASOCIADAS A ESCALAS ESCAMOTEABLES. LAS BISAGRAS NO SERAN DEL TIPO DESENGANCHABLE.

CUANDO UNA TRAMPILLA ESTA EN POSICION ABIERTA, DEBEN TOMARSE PRECAUCIONES PARA EVITAR LA CAIDA DE PERSONAS (GUARDA-CUERPOS, POR EJEMPLO) Y DE OBJETOS.

6.3.3.3 LAS PUERTAS O TRAMPILLAS DEBEN ESTAR PROVISTAS DE CERRADURAS DE LLAVE QUE PERMITAN LA APERTURA, SIN ELLA, DESDE EL INTERIOR DEL LOCAL.

LAS TRAMPILLAS USADAS SOLO PARA ACCESO DEL MATERIAL PUEDEN SER CONDENADAS SOLAMENTE DESDE EL INTERIOR DEL CUARTO.

6.3.4 OTRAS ABERTURAS.

LAS DIMENSIONES DE LAS ABERTURAS EN LAS LOSAS DE HORMIGON Y EL SUELO DE CUARTO DE MAQUINAS DEBEN SER REDUCIDAS AL MINIMO.

PARA EVITAR EL RIESGO DE CAIDA DE OBJETOS DEBEN UTILIZARSE FORROS QUE REBASEN EL NIVEL DEL PISO EN 50 MILIMETROS COMO MINIMO, EN LAS ABERTURAS SITUADAS ENCIMA DEL HUECO Y EN LAS DE PASO DE CABLES ELECTRICOS.

6.3.5 VENTILACION Y TEMPERATURA.

6.3.5.1 LOS CUARTOS DE MAQUINAS DEBEN ESTAR VENTILADOS. ESTOS LOCALES DEBEN PROTEGER DE POLVO, SUCIEDAD, VAPORES NOCIVOS Y HUMEDAD LOS MOTORES, EQUIPOS DEL ASCENSOR Y CONDUCTORES ELECTRICOS.

EL AIRE VICIADO, QUE PROCEDA DE LOCALES AJENOS A LOS ASCENSORES, NO DEBE SER EVACUADO A LOS CUARTOS DE MAQUINAS.

6.3.5.2 LA TEMPERATURA AMBIENTE EN EL CUARTO DE MAQUINAS DEBE SER MANTENIDA ENTRE + 5 C. Y + 40 C.

6.3.6 ALUMBRADO Y TOMAS DE CORRIENTE.

EL ALUMBRADO ELECTRICO DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS DEBE ASEGURAR 200 LUX. A NIVEL DEL SUELO. ESTE ALUMBRADO DEBE SER INDEPENDIENTE DE LA ALIMENTACION DE LA MAQUINA, BIEN QUE PROVENGA DE OTRA LINEA ELECTRICA O QUE SEA TOMADA SOBRE LA QUE ALIMENTA LA MAQUINA ANTES DEL INTERRUPTOR PRINCIPAL DEL ASCENSOR.

UN INTERRUPTOR, SITUADO EN EL INTERIOR DEL LOCAL, PROXIMO AL O LOS ACCESOS Y A UNA ALTURA APROPIADA, DEBE PERMITIR LA ILUMINACION DEL LOCAL DESDE QUE SE ENTRA A EL. DEBEN SER PREVISTAS UNA O VARIAS TOMAS DE CORRIENTE (13.6.2).

6.3.7 MANUTENCION DEL MATERIAL.

DEBEN ESTAR PREVISTOS EN EL TECHO O VIGAS DEL LOCAL, SEGUN LOS CASOS, UNO O VARIOS SOPORTES O GANCHOS METALICOS, DISPUESTOS PARA FACILITAR LAS MANIOBRAS CON MATERIAL PESADO DURANTE SU MONTAJE O REPOSICION: DEBE INDICARSE LA CARGA MAXIMA ADMISIBLE SOBRE ESTOS SOPORTES O GANCHOS.

6.4 CONSTRUCCION Y EQUIPO DE LOS CUARTOS DE POLEAS.

6.4.1 RESISTENCIA MECANICA, NATURALEZA DEL SUELO.

6.4.1.1 LOS LOCALES DEBEN ESTAR CONSTRUIDOS DE MANERA QUE SOPORTEN LAS CARGAS Y ESFUERZOS A LOS QUE PUEDEN ESTAR NORMALMENTE SOMETIDOS. ELLOS DEBEN SER DE MATERIALES DURADEROS Y QUE NO FAVOREZCAN LA CREACION DE POLVO.

6.4.1.2. EL SUELO DE LOS CUARTOS DE POLEAS NO DEBE SER DESLIZANTE.

6.4.2 DIMENSIONES.

6.4.2.1 LAS DIMENSIONES DEL LOCAL DEBEN SER SUFICIENTES PARA PERMITIR AL PERSONAL DE ENTRETENIMIENTO LLEGAR A TODOS LOS ORGANOS CON FACILIDAD Y SEGURIDAD.

SON APLICABLES LAS PRESCRIPCIONES DEL 6.3.2.1.

6.4.2.2 LA ALTURA BAJO EL TECHO NO SERA INFERIOR A 1,5 METROS.

6.4.2.2.1 DEBE EXISTIR UN ESPACIO LIBRE MINIMO DE 0,3 METROS POR ENCIMA DE LAS POLEAS; SE EXCEPTUAN LAS POLEAS DE DOBLE ARROLLAMIENTO Y DE DESVIO.

6.4.2.2.2 SI EXISTEN CUADROS DE MANIOBRA EN LOS CUARTOS DE POLEAS, SON APLICABLES LAS PRESCRIPCIONES 6.3.2.2 A ESTE LOCAL.

6.4.3 PUERTAS Y TRAMPILLAS.

6.4.3.1 LAS PUERTAS DE ACCESO DEBEN TENER UNA ALTURA MINIMA DE 1,4 METROS Y UN ANCHO MINIMO DE 0,6 METROS. NO DEBEN ABRIR HACIA EL INTERIOR DEL LOCAL.

6.4.3.2 EL PASO LIBRE DE LAS TRAMPILLAS DEBE SER DE 0,8 0,8 COMO MINIMO.

LAS TRAMPILLAS DEBEN RESISTIR, CUANDO ESTAN CERRADAS, DOS PERSONAS O 2.000 N EN CUALQUIER LUGAR.

LAS TRAMPILLAS DEBEN ESTAR BALANCEADAS Y NO ABRIRSE HACIA ABAJO SALVO QUE ESTEN ASOCIADAS A ESCALAS ESCAMOTEABLES. SI TIENEN BISAGRAS, ESTAS NO SERAN DEL TIPO DESENGANCHABLE.

CUANDO UNA TRAMPILLA ESTA EN POSICION ABIERTA, DEBEN TOMARSE PRECAUCIONES PARA EVITAR LA CAIDA DE PERSONAS (GUARDA-CUERPOS, POR EJEMPLO) Y DE OBJETOS.

6.4.3.3 LAS PUERTAS O TRAMPILLAS DEBEN ESTAR PROVISTAS DE CERRADURAS DE LLAVE QUE PERMITA LA APERTURA, SIN ELLA, DESDE EL INTERIOR DEL LOCAL.

6.4.4 OTRAS ABERTURAS.

LAS DIMENSIONES DE LAS ABERTURAS EN LAS LOSAS DE HORMIGON Y EN EL SUELO DE LOS CUARTOS DE POLEAS DEBEN SER REDUCIDAS AL MINIMO.

PARA EVITAR LA CAIDA DE OBJETOS DEBEN UTILIZARSE FORROS QUE REBASEN EL NIVEL DE PISO EN 50 MILIMETROS, COMO MINIMO, EN LAS ABERTURAS SITUADAS ENCIMA DEL HUECO Y EN LAS DE PASO DE CABLES ELECTRICOS.

6.4.5 INTERRUPTOR DE PARADA.

DEBE INSTALARSE UN INTERRUPTOR DE PARADA EN EL CUARTO DE POLEAS, JUNTO AL ACCESO, QUE PERMITA PARAR Y MANTENER PARADO EL ASCENSOR, QUE NO OFREZCA DUDA EN CUANTO A LA POSICION DE LA PARADA (VEASE 15.4.4). ESTE INTERRUPTOR DEBE CUMPLIR CON LAS PRESCRIPCIONES 14.2.2.3.

6.4.6 TEMPERATURA.

SI HAY RIESGO DE HELADA O CONDENSACION EN LOS CUARTOS DE POLEAS DEBEN TOMARSE PRECAUCIONES PARA PROTEGER EL MATERIAL (POR EJEMPLO: CALENTAR EL ACEITE DE LOS COJINETES).

SI LOS CUARTOS DE POLEAS ENCIERRAN EQUIPO ELECTRICO, LA TEMPERATURA AMBIENTE DEBE MANTENERSE ENTRE 5AY 40C.

6.4.7 ALUMBRADO.

DEBE ASEGURARSE ALUMBRADO ELECTRICO SUFICIENTE EN LOS CUARTOS DE POLEAS: UN INTERRUPTOR, COLOCADO EN EL INTERIOR DEL LOCAL, EN LA PROXIMIDAD DEL ACCESO AL MISMO, DEBE PERMITIR DESDE LA ENTRADA LA ILUMINACION DEL LOCAL. DEBEN ESTAR PREVISTAS UNA O VARIAS TOMAS DE CORRIENTE (13.6.2).

7. PUERTAS DE ACCESO EN PISOS 7.1 DISPOSICIONES GENERALES.

7.1.1 LAS ABERTURAS EN EL HUECO, QUE SIRVEN DE ACCESO A LA CABINA, DEBEN ESTAR PROVISTAS DE PUERTAS DE ACCESO DE SUPERFICIE LLENA.

EN LA POSICION DE CIERRE, LAS HOLGURAS ENTRE LAS HOJAS Y ENTRE LAS HOJAS DE PUERTA Y EL MARCO, SUS LARGUEROS VERTICALES, DINTEL Y UMBRAL DE ESTAS PUERTAS DEBEN SER LO MAS REDUCIDO POSIBLE.

ESTA CONDICION SE CONSIDERA CUMPLIDA CUANDO ESTAS HOLGURAS NO SUPERAN 10 MILIMETROS (VEASE INTRODUCCION GENERAL 0.1.2.2).

ESTAS HOLGURAS SE MIDEN EN EL FONDO DE LAS HENDIDURAS, SI ESTAS EXISTEN.

PARA EVITAR EL RIESGO DE CIZALLAMIENTO DURANTE EL FUNCIONAMIENTO, LA CARA EXTERIOR DE LAS PUERTAS AUTOMATICAS DESLIZANTES NO TENDRA HENDIDURAS O SALIENTES DE MAS DE 3 MILIMETROS. LAS ARISTAS DE ESTAS DEBEN ESTAR ACHAFLANADAS EN EL SENTIDO DE MOVIMIENTO.

7.1.2 PARA LA EJECUCION DE LA CARA LADO AL HUECO DE LAS PUERTAS DE ACCESO EN PISO, VEASE 5.4.

7.2 RESISTENCIA DE LAS PUERTAS Y SUS BASTIDORES.

7.2.1 LAS PUERTAS Y SUS BASTIDORES DEBEN SER CONSTRUIDAS DE MANERA QUE SU INDEFORMABILIDAD SEA GARANTIZADA A LO LARGO DEL TIEMPO. A ESTE EFECTO, SE ACONSEJA EMPLEAR PUERTAS METALICAS.

EL USO DE LUNAS, VIDRIO INCLUSO ARMADO O DE MATERIAL PLASTICO, COMO PANEL O ELEMENTO DE PANEL, NO DEBE SER AUTORIZADO MAS QUE PARA LAS MIRILLAS REFERIDAS EN 7.6.2.2.

7.2.2 COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO (VEASE F.2.1. DISPOSICIONES AL CAPITULO 2 DEL ANEXO F).

LAS PUERTAS DE ACCESO EN PISO DEBEN SER DE UN MODELO QUE HAYA RESISTIDO EL ENSAYO AL FUEGO, SEGUN EL PROCESO DESCRITO EN EL CAPITULO 2 DEL ANEXO F Y SATISFECHO LOS CRITERIOS QUE ALLI SON FIJADOS.

7.2.3 RESISTENCIA MECANICA.

LAS PUERTAS, CON SUS CERRADURAS, DEBEN TENER UNA RESISTENCIA MECANICA TAL QUE, EN POSICION DE CONDENA Y COMO CONSECUENCIA DE LA APLICACION DE UNA FUERZA DE 300 N, PERPENDICULAR AL PANEL, APLICADA EN CUALQUIER LUGAR DE UNA U OTRA CARA, SIENDO ESTA FUERZA REPARTIDA UNIFORMEMENTE SOBRE UNA SUPERFICIE DE 5 CM, DE FORMA REDONDA O CUADRADA, LAS CITADAS PUERTAS DEBERAN:

A) RESISTIR SIN DEFORMACION PERMANENTE.

B) ASISTIR SIN DEFORMACION ELASTICA SUPERIOR A 15 MILIMETROS.

C) FUNCIONAR SATISFACTORIAMENTE DESPUES DE LA PRUEBA.

7.2.3.1 EN EL CASO DE ASCENSORES QUE NO TENGAN PUERTA EN CABINA, LA DEFORMACION ELASTICA DE LAS PUERTAS DE PISO HACIA EL INTERIOR DEL HUECO NO DEBE REBASAR 5 MILIMETROS BAJO LA APLICACION DE LA FUERZA DEFINIDA ANTES.

7.2.3.2 BAJO LA APLICACION DE UNA FUERZA MANUAL DE 150 N (SIN UTIL), EN EL LUGAR MAS DESFAVORABLE, EN EL SENTIDO DE ABRIR PUERTAS DE DESLIZAMIENTO HORIZONTAL, LAS HOLGURAS DEFINIDAS EN 7.1.1 PUEDEN SER SUPERIORES A 10 MIL IMETROS, PERO NO DEBEN REBASAR 30 MILIMETROS.

7.3 ALTURA Y ANCHO DE LAS PUERTAS.

7.3.1 ALTURA.

LAS PUERTAS DE ACCESO EN PISOS DEBEN TENER UNA ALTURA LIBRE DE 2 METROS, COMO MINIMO.

7.3.2 ANCHO.

EL PASO LIBRE DE LAS PUERTAS DE ACCESO EN PISOS NO DEBE SUPERAR EN MAS DE 0,05 METROS A CADA LADO EL ANCHO DE LA EMBOCADURA DE CABINA, SALVO QUE SE HAYAN TOMADO PRECAUCIONES APROPIADAS.

7.4 UMBRALES, GUIAS, SUSPENSION DE PUERTAS.

7.4.1 UMBRALES.

CADA ABERTURA DE PISO DEBE TENER UN UMBRAL CAPAZ DE RESISTIR EL PASO DE LAS CARGAS QUE PUEDAN INTRUDICIRSE EN LA CABINA.

SE RECOMIENDA PREPARAR UNA LIGERA PENDIENTE DELANTE DE CADA UMBRAL DE PISO, A FIN DE EVITAR LA CAIDA DE AGUA DE LAVADO, ROCIADO, ETC., EN EL HUECO.

7.4.2 GUIAS.

7.4.2.1 LAS PUERTAS DE ACCESO EN PISOS DEBEN SER CONCEBIDAS PARA EVITAR ACUÑAMIENTO, DESCARRILAMIENTO O REBASAMIENTO DE LOS EXTREMOS DE RECORRIDO DURANTE SU FUNCIONAMIENTO NORMAL.

7.4.2.2 LAS PUERTAS DE PISO DE DESLIZAMIENTO HORIZONTAL DEBEN ESTAR GUIADAS EN SUS PARTES SUPERIOR E INFERIOR.

7.4.2.3 LAS PUERTAS DE PISO DE DESLIZAMIENTO VERTICAL DEBEN ESTAR GUIADAS EN LOS DOS LADOS.

7.4.3 SUSPENSION DE LAS PUERTAS DE DESLIZAMIENTO VERTICAL.

7.4.3.1 LOS PANELES DE PUERTAS DE PISO DE DESLIZAMIENTO VERTICAL DEBEN ESTAR FIJADOS A DOS ORGANOS DE SUSPENSION INDEPENDIENTE.

7.4.3.2 LOS ORGANOS DE SUSPENSION DEBEN SER CALCULADOS CON UN COEFICIENTE MINIMO DE SEGURIDAD DE 8.

7.4.3.3 EL DIAMETRO DE LAS POLEAS PARA CABLES DE SUSPENSION DEBE SER, AL MENOS, IGUAL A 25 VECES EL DIAMETRO DE LOS CABLES.

7.4.3.4 LOS CABLES Y CADENAS DE SUSPENSION DEBEN ESTAR PROTEGIDOS, PARA EVITAR LA SALIDA DE SUS RANURAS O DE SUS PIÑONES.

7.5 PROTECCION CUANDO FUNCIONAN LAS PUERTAS.

7.5.1 LAS PUERTAS Y SU ENTORNO DEBEN ESTAR CONCEBIDAS DE MANERA QUE SEAN REDUCIDAS AL MINIMO LA CONSECUENCIA DE LOS DAÑOS POR EL ATRAPADO DE UNA PARTE DEL CUERPO, DEL VESTIDO O DE UN OBJETO.

7.5.2 LAS PUERTAS DE CIERRE MECANICO DEBEN ESTAR CONCEBIDAS PARA REDUCIR AL MINIMO LA CONSECUENCIA DE LOS DAÑOS DE GOLPES DE UNA HOJA CONTRA LAS PERSONAS.

A ESTE EFECTO, DEBEN SER RESPETADAS LAS SIGUIENTES PRESCRIPCIONES:

7.5.2.1 PUERTAS CON DESLIZAMIENTO HORIZONTAL.

7.5.2.1.1 PUERTAS CON MANIOBRA AUTOMATICA.

7.5.2.1.1.1 EL ESFUERZO NECESARIO PARA IMPEDIR EL CIERRE DE LA PUERTA NO DEBE SUPERAR 150 N. ESTA MEDIDA NO SERA HECHA EN EL PRIMER TERCIO DEL RECORRIDO DE LA PUERTA.

7.5.2.1.1.2 LA ENERGIA CINETICA DE LA PUERTA DE PISO Y DE SUS ELEMENTOS RIGIDAMENTE CONECTADOS, CALCULADA O MEDIA (), A LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE (), NO DEBE REBASAR 10 J.

() MEDIDA, POR EJEMPLO, CON LA AYUDA DE UN DISPOSITIVO COMPUESTO POR UN PISTON GRADUADO QUE ACTUA SOBRE UN RESORTE QUE TIENE UNA CARACTERISTICA DE 25N MM, PROVISTO DE UN ANILLO , CON DESLIZAMIENTO SUAVE, QUE

PERMITE SEÑALAR EL PUNTO EXTREMO DEL DESPLAZAMIENTO AL MOMENTO DEL CHOQUE. UN CALCULO FACIL PERMITE DETERMINAR LA GRADUACION CORRESPONDIENTE A LOS LIMITES FIJADOS.

() LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE DE UNA PUERTA CORREDERA SE CALCULA SOBRE SU CARRERA TOTAL REDUCIDA EN:

25 MILIMETROS A CADA EXTREMO DEL RECORRIDO, EN CASO DE PUERTAS DE CIERRE CENTRAL.

50 MILIMETROS A CADA EXTREMO DEL RECORRIDO, EN CASO DE PUERTAS DE CIERRE LATERAL.

7.5.2.1.1.3 UN DISPOSITIVO SENSIBLE DE PROTECCION DEBE MANDAR AUTOMATICAMENTE LA REAPERTURA DE LA PUERTA, CUANDO UN PASAJERO SEA GOLPEADO (O ESTE A PUNTO DE SERLO) POR LA PUERTA, SI FRANQUEA LA ENTRADA DURANTE EL MOVIMIENTO DE CIERRE.

A) ESTE DISPOSITIVO PUEDE SER EL DE LA PUERTA DE CABINA (VEASE 8.7.2.1.1.3).

B) EL EFECTO DEL DISPOSITIVO PUEDE SER NEUTRALIZADO DURANTE LOS 50 ULTIMOS MILIMETROS DEL RECORRIDO DE CADA HOJA DE LA PUERTA.

C) EN EL CASO DE UN SISTEMA QUE DEJE INOPERANTE EL SISTEMA SENSIBLE DE PROTECCION, DESPUES DE UNA TEMPORIZACION FIJADA, PARA EVITAR LAS OBSTRUCCIONES PROLONGADAS DEL CIERRE DE LA PUERTA, LA ENERGIA CINETICA DEFINIDA ANTES NO DEBE SUPERAR 4 J, CUANDO SE MUEVE LA PUERTA CON EL DISPOSITIVO DE PROTECCION INOPERANTE.

7.5.2.1.2 PUERTAS EN LAS QUE EL CIERRE SE EFECTUA BAJO EL CONTROL PERMANENTE DE LOS USUARIOS (POR EJEMPLO, MEDIANTE UNA PRESION CONTINUA SOBRE UN BOTON).

CUANDO LA ENERGIA CINETICA, MEDIDA O CALCULADA SEGUN SE EXPRESA EN 7.5.2.1.1.2, SUPERA 10 J, LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE DE CADA PANEL DEBE LIMITARSE A 0,3 M S.

7.5.2.2 PUERTAS DE DESLIZAMIENTO VERTICAL.

TIPO DE PUERTAS NO SE ADMITE MAS QUE PARA ASCENSORES DESTINADOS PRIMORDIALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS, QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADAS POR PERSONAS Y PARA MONTACOCHES.

SE ADMITE EL CIERRE AUTOMATICO DE ESTE TIPO DE PUERTAS SI CUMPLEN TODAS LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) EL CIERRE SE EFECTUA BAJO EL CONTROL PERMANENTE DE LOS USUARIOS.

B) LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE DE LOS PANELES ESTA LIMITADA A 0,3 M S.

C) LA PUERTA DE CABINA TIENE REJILLA, COMO ESTA PREVISTO EN 8.6.1.

D) LA PUERTA DE CABINA ESTA CERRADA, AL MENOS, EN 2 3, ANTES DE QUE LA PUERTA DE PISO COMIENZA A CERRAR.

7.5.2.3 OTROS TIPOS DE PUERTAS.

CUANDO SE UTILIZAN OTROS TIPOS DE PUERTAS DE MANIOBRA (POR EJEMPLO, PIVOTANTES), QUE TIENE EL RIESGO DE GOLPEAR A LOS USUARIOS, CUANDO ABREN O CIERRAN, DEBEN SER TOMADAS PRECAUCIONES ANALOGAS A LAS PRESCRITAS PARA OTRAS PUERTAS AUTOMATICAS.

7.6 ALUMBRADO DE LAS INMEDIACIONES Y SEÑALIZACION DE ESTACIONAMIENTO.

7.6.1 LA ILUMINACION NATURAL O ARTIFICIAL A NIVEL DEL PISO, EN LA MANERA QUE EL USUARIO PUEDA VER LO QUE TIENE DELANTE DE EL CUANDO ABRE LA PUERTA DE PISO PARA ENTRAR EN LA CABINA, INCLUSO EN CASO DE FALLO DEL ALUMBRADO DE LA MISMA.

7.6.2 CONTROL DE PRESENCIA DE LA CABINA.

7.6.2.1 EN EL CASO DE PUERTAS DE PISO DE APERTURA MANUAL, EL USUARIO DEBE PODER SABER, ANTES DE ABRIR LA PUERTA, SI LA CABINA SE ENCUENTRA O NO DETRAS.

7.6.2.2 A ESTE EFECTO, DEBE INSTALARSE:

A) PREFERENTEMENTE, UNA O VARIAS MIRILLAS TRANSPARENTES QUE SATISFAGAN LAS CONDICIONES SIGUIENTES: 1) RESISTENCIA MECANICA COMO SE PRESCRIBE EN 7.2.3.

2) ESPESOR MINIMO DE 6 MILIMETROS.

3) SUPERFICIE MINIMA DE VIDRIO, POR PUERTA DE PISO, DE 0,015 M, CON UN MINIMO DE 0,01 M POR MIRILLA.

4) ANCHO DE LAS MIRILLAS DE, AL MENOS, 60 MILIMETROS Y, COMO MAXIMO, 150 MILIMETROS. EL BORDE BAJO DE LAS MIRILLAS, CUYO ANCHO SEA SUPERIOR A 80 MILIMETROS, DEBE ESTAR, AL MENOS, A 1 METRO DEL SUELO.

B) O BIEN, UNA SEÑAL LUMINOSA DE ESTACIONAMIENTO QUE NO PUEDA ENCENDERSE MAS QUE SI LA CABINA ESTA A PUNTO DE DETENERSE O DETENIDA EN EL PISO CONSIDERADO.

ESTA SEÑAL DEBE QUEDAR ENCENDIDA DURANTE TODA LA DURACION DEL ESTACIONAMIENTO.

7.7 ENCLAVAMIENTO Y CONTROL DE CIERRE DE PUERTAS DE ACCESO.

7.7.1 PROTECCION CONTRA LOS RIESGOS DE CAIDA.

NO DEBER SER POSIBLE, EN FUNCIONAMIENTO NORMAL, ABRIR UNA PUERTA DE ACCESO EN PISO (O CUALQUIERA DE SUS HOJAS, SI TIENE VARIAS), A MENOS QUE LA CABINA ESTE PARADA O A PUNTO DE DETENERSE EN LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO DE ESTA PUERTA.

LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO DEBE SER, COMO MAXIMO, DE 0,2 METROS, ARRIBA O ABAJO, DEL NIVEL DEL PISO.

SIN EMBARGO, EN EL CASO DE PUERTAS DE PISO Y CABINA AUTOMATICAS, DE ACCIONAMIENTO SIMULTANEO, LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO PUEDE SER, COMO MAXIMO, DE 0,35 METROS, ARRIBA Y ABAJO, DEL NIVEL DE PISO SERVIDO.

7.7.2 PROTECCION CONTRA EL CIZALLAMIENTO.

7.7.2.1 NO DEBE SER POSIBLE HACER FUNCIONAR EL ASCENSOR O MANTENERLO EN FUNCIONAMIENTO SI UNA PUERTA DE PISO (O UNA CUALQUIERA DE SUS HOJAS, SI TIENE VARIAS) ESTA ABIERTA.

7.7.2.2 CASOS PARTICULARES.

SE ADMITE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA CON LAS PUERTAS DE PISO ABIERTAS EN LAS ZONAS SIGUIENTES:

A) EN LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO PARA PERMITIR LA NIVELACION O LA AUTOELEVACION AL NIVEL DE PISO CORRESPONDIENTE, A CONDICION DE RESPETAR LAS PRESCRIPCIONES DEL ARTICULO 14.2.1.2.

B) EN UNA ZONA MAXIMA DE 1,65 METROS POR ENCIMA DEL NIVEL DE PISO DE SERVICIO, PARA PERMITIR LA CARGA O DESCARGA POR USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS (INTRODUCCION GENERAL 0.6.2), A CONDICION DE CUMPLIR CON LAS PRESCRIPCIONES DE LOS ARTICULOS 8.4.3.8.14, 14.2.1.5 , Y ADEMAS:

1) LA ALTURA DE PASO LIBRE ENTRE EL DINTEL DE LA PUERTA DE PISO Y EL PISO DE LA CABINA NO DEBE SER INFERIOR A 2 METROS.

2) CUALQUIERA QUE SEA LA POSICION DE LA CABINA, EN EL INTERIOR DE LA ZONA CONSIDERADA, DEBE SER POSIBLE ASEGURAR EL CIERRE COMPLETO DE LA PUERTA DE PISO SIN MANIOBRA ESPECIAL.

7.7.3 ENCLAVAMIENTO Y DESENCLAVAMIENTO DE SOCORRO.

TODA PUERTA DE PISO DEBE ESTAR PROVISTA DE UN DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO QUE PERMITA SATISFACER LAS CONDICIONES IMPUESTAS POR EL ARTICULO 7.7.1. ESTE DISPOSITIVO DEBE ESTAR PROTEGIDO CONTRA MANIPULACION ABUSIVA.

7.7.3.1 EL ENCLAVAMIENTO EFECTIVO DE LA PUERTA DE PISO, EN SU POSICION DE CIERRE, DEBE PRECEDER AL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA. SIN EMBARGO, PUEDEN EFECTUARSE OPERACIONES PRELIMINARES QUE PREPAREN EL DESPLAZAMIENTO DE LA MISMA. ESTE ENCLAVAMIENTO DEBE ESTAR CONTROLADO POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD QUE CUMPLA CON 14.1.2.

7.7.3.1.1 LA PARTIDA DE LA CABINA NO SERA POSIBLE MAS QUE CUANDO LOS ELEMENTOS DE ENCLAVAMIENTO ESTEN ENCAJADOS, AL MENOS, 7 MILIMETROS (VEASE CAPITULO 1 DEL ANEXO F).

7.7.3.1.2 LA UNION ENTRE LOS ELEMENTOS DEL CONTACTO, QUE ASEGURAN LA RUPTURA DEL CIRCUITO, Y EL ORGANO QUE GARANTIZA EL ENCLAVAMIENTO, DEBE SER DIRECTA E INDESREGLABLE, PERO PUEDE SER AJUSTABLE.

7.7.3.1.3 EL ENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS BATIENTES DEBE HACERSE LO MAS CERCA POSIBLE DE SUS BORDES DE CIERRE Y SER MANTENIDO DE UNA MANERA SEGURA, INCLUSO EN EL CASO DE DESPLOMADO DE LA HOJA.

7.7.3.1.4 LOS ELEMENTOS DE ENCLAVAMIENTO Y SU FIJACION DEBEN SER RESISTENTES A LOS CHOQUES Y SER METALICOS O REFORZADOS CON METAL.

7.7.3.1.5 EL ENGANCHE DE LOS ORGANOS DE ENCLAVAMIENTO DEBE SER REALIZADO DE MANERA QUE UN ESFUERZO, EN EL SENTIDO DE APERTURA DE LA PUERTA, NO DISMINUYA LA EFICACIA DEL ENCLAVAMIENTO.

7.7.3.1.6 EL ENCLAVAMIENTO DEBE RESISTIR, SIN DEFORMACION PERMANENTE, DURANTE EL ENSAYO PREVISTO EN EL CAPITULO 1 DEL ANEXO F, A UNA FUERZA MINIMA, APLICADA A NIVEL DEL ENCLAVAMIENTO Y EN EL SENTIDO DE APERTURA DE LA PUERTA, A) 1.000 N, EN EL CASO DE PUERTAS DESLIZANTES.

B) 3.000 N, SOBRE EL CERROJO, EN EL CASO DE PUERTAS BATIENTES.

7.7.3.1.7 EL ENCLAVAMIENTO DEBE SER ENCAJADO Y MANTENIDO POR ACCION DE LA GRAVEDAD, IMANES PERMANENTES O MUELLES QUE DEBEN ACTUAR A COMPRESION, ESTAR GUIADOS Y DE DIMENSIONES TALES QUE, EN EL MOMENTO DE DESENCLAVAR, NO TENGAN LAS ESPIRAS JUNTAS.

EN LOS CASOS DONDE EL IMAN PERMANENTE (O EL MUELLE) NO PUEDAN CUMPLIR SU FUNCION, NO DEBE HABER DESENCLAVAMIENTO POR ACCION DE LA GRAVEDAD.

SI EL ELEMENTO DE ENCLAVAMIENTO SE MANTIENE EN POSICION POR LA ACCION DE UN IMAN PERMANENTE, NO DEBE SER POSIBLE REDUCIR SU EFICACIA POR MEDIOS SIMPLES 7.7.3.1.8 EL ENCLAVAMIENTO DEBE ESTAR PROTEGIDO DE LA SUCIEDAD O POLVO QUE PUEDA PERJUDICAR SU BUEN FUNCIONAMIENTO.

7.7.3.1.9 LA INSPECCION DE LAS PIEZAS ACTIVAS DEBE SER FACIL, POR EJEMPLO POR MEDIO DE UNA MIRILLA TRANSPARENTE.

7.7.3.1.10 EN CASO DE QUE LOS CONTACTOS DE ENCLAVAMIENTO SE ENCUENTREN DENTRO DE CAJAS, LOS TORNILLOS DE LAS TAPAS DEBEN SER DEL TIPO IMPERDIBLE DE MANERA QUE QUEDE EN LOS AGUJEROS DE LA CAJA O DE LA TAPA CUANDO ESTA SE 7.7.3.2 DESENCLAVAMIENTO DE SOCORRO.CADA PUERTA DE PISO DEBE PODER SER DESENCLAVADA DESDE EL EXTERIOR POR MEDIO DE UNA LLAVE QUE SE ADAPTE AL TRIANGULO DEFINIDO EN EL ANEXO B.

UN EJEMPLAR DE ESTA LLAVE DEBE SER ENTREGADO AL RESPONSABLE, ACOMPAÑADO SIEMPRE DE INSTRUCCIONES ESCRITAS PRECISANDO LAS INDISPENSABLES PRECAUCIONES A TOMAR PARA EVITAR LOS ACCIDENTES DERIVADOS DE UN DESENCLAVAMIENTO QUE NO SEA SEGUIDO DE UN ENCLAVAMIENTO EFECTIVO.

EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO NO DEBE QUEDAR EN LA POSICION DE DESENCLAVADO CUANDO LA PUERTA SEA CERRADA DESPUES DE UN DESENCLAVAMIENTO DE SOCORRO, SALVO QUE SE ESTE ACTUANDO PARA CONSEGUIRLO.

EN EL CASO DE PUERTAS DE PISO Y CABINA ARRASTRADAS SIMULTANEAMENTE, UN DISPOSITIVO (MUELLE O PESO) DEBE ASEGURAR EL CIERRE AUTOMATICO DE LA PUERTA DEL PISO SI ESTA PUERTA ESTA ABIERTA Y LA CABINA NO SE ENCUENTRA EN LA ZONA DE ENCLAVAMIENTO.

7.7.4 DISPOSITIVO ELECTRICO DE CONTROL DE CIERRE EN PUERTAS DE PISO.

TODA PUERTA DE PISO DEBE ESTAR PROVISTA DE UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE CONTROL DE CIERRE, DE ACUERDO CON 14.1.2, QUE PERMITA SATISFACER LOS REQUERIMIENTOS IMPUESTOS EN EL APARTADO 7.7.2.

7.7.4.1 EN EL CASO DE PUERTAS DE PISO DE ARRASTRE SIMULTANEO CON LA PUERTA DE CABINA, ESTE DISPOSITIVO PUEDE SER COMUN CON EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE ENCLAVAMIENTO BAJO LA CONDICION DE QUE ESTE GARANTICE EL CIERRE EFECTIVO DE LA HOJA.

7.7.4.2 EN EL CASO DE PUERTAS BATIENTES, ESTE DISPOSITIVO DEBE ESTAR SITUADO AL LADO DE CIERRE O EN EL DISPOSITIVO MECANICO QUE CONTROLA EL CIERRE DE LA PUERTA.

7.7.5 REQUERIMIENTOS COMUNES A LOS DISPOSITIVOS DE CONTROL DE ENCLAVAMIENTO Y DE CIERRE DE LA PUERTA.

7.7.5.1 NO DEBE SER POSIBLE HACER FUNCIONAR EL ASCENSOR CON LA PUERTA ABIERTA O NO ENCLAVADA, DESDE LOS LUGARES NORMALMENTE ACCESIBLES A LOS USUARIOS, A CONTINUACION DE UNA SOLA MANIOBRA QUE NO FORME PARTE DEL FUNCIONAMIENTO NORMAL.

7.7.5.2 LOS MEDIOS USADOS PARA VERIFICAR LA POSICION DEL ELEMENTO DE ENCLAVAMIENTO DEBEN TENER UN FUNCIONAMIENTO POSITIVO.

7.7.6 PUERTAS CORREDERAS, DE DESLIZAMIENTO HORIZONTAL O VERTICAL, DE VARIAS HOJAS UNIDAS MECANICAMENTE ENTRE ELLAS.

7.7.6.1 CUANDO UNA PUERTA CORREDERA, DE DESLIZAMIENTO HORIZONTAL O VERTICAL, TENGA VARIAS HOJAS LIGADAS ENTRE ELLAS POR UNA UNION MECANICA DIRECTA, SE ADMITE:

A) NO ENCLAVAR MAS QUE UNA SOLA HOJA, SIEMPRE QUE ESTE ENCLAVAMIENTO UNICO IMPIDA LA APERTURA DE LAS OTRAS HOJAS.

B) COLOCAR EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE CIERRE, PRESCRITO EN 7.7.4 O EN 7.7.4.1, SOBRE UNA SOLA HOJA 7.7.6.2 CUANDO LAS HOJAS ESTAN UNIDAS ENTRE ELLAS POR UNA LIGAZON MECANICA INDIRECTA (POR EJEMPLO, CABLE, CORREA O CADENA) DEBE ESTA ESTAR CONCEBIDA PARA RESISTIR LOS ESFUERZOS NORMALMENTE PREVISIBLES, REALIZADA CON ESPECIAL CUIDADO Y SER VERIFICADA PERIODICAMENTE.

SE ADMITE NO ENCLAVAR MAS QUE UNA SOLA HOJA SIEMPRE QUE ESTE ENCLAVAMIENTO UNICO IMPIDA LA APERTURA DE LAS OTRAS HOJAS Y QUE ESTAS NO ESTEN PROVISTAS DE TIRADORES. EL CIERRE DE LA O DE LAS HOJAS NO ENCLAVADAS DEBE SER CONTROLADO POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

7.8 CIERRE DE LAS PUERTAS CON MANIOBRA AUTOMATICA.

LAS PUERTAS DE PISO CON MANIOBRA AUTOMATICA DEBEN, EN SERVICIO NORMAL, ESTAR CERRADAS EN CASO DE AUSENCIA DE ORDEN DE VIAJE DE LA CABINA, DESPUES TEMPORIZACION NECESARIA DEFINIDA EN FUNCION DEL TRAFICO DEL ASCENSOR.

8. CABINA Y CONTRAPESO 8.1 ALTURA INTERIOR DE LA CABINA.

8.1.1 LA ALTURA LIBRE INTERIOR DE LA CABINA DEBEN SER 2 METROS COMO MINIMO.

8.1.2 LA ALTURA DE LA ENTRADA (O ENTRADAS) DE CABINA, QUE PERMITEN EL ACESO NORMAL DE LOS USUARIOS, DEBE SER 2 METROS COMO MINIMO.

8.2 SUPERFICIE DE LA CABINA.

8.2.1 CASO GENERAL.

PARA EVITAR QUE EL NUMERO DE PASAJEROS SEA SUPERIOR AL CORRESPONDIENTE A LA CARGA NOMINAL, DEBE ESTAR LIMITADA LA SUPERFICIE UTIL DE LA CABINA. A ESTE EFECTO, LA CORRESPONDENCIA ENTRE LA CARGA NOMINAL Y LA SUPERFICIE UTIL MAXIMA ESTA DETERMINADA POR LA TABLA 1.

POR ENCIMA DE 2.500 KILOGRAMOS AÑADIR 0,16 METROS CUADRADOS POR CADA 100 KILOGRAMOS MAS.

PARA CARGAS INTERMEDIAS SE DETERMINA LA SUPERFICIE POR INTERPOLACION LINEAL. EL NUMERO MAXIMO DE PERSONAS SE OBTIENE POR LA FORMULA CARGA NOMINAL 75 Y EL RESULTADO SE REDONDEA AL NUMERO ENTERO INFERIOR.

CUANDO LA CARGA NOMINAL EXCEDA EL 15 POR 100 DE LA INDICADA EN LA TABLA PARA LA SUPERFICIE UTIL MAXIMA DE LA CABINA, EL NUMERO MAXIMO DE PASAJEROS ADMISIBLE DEBE CORRESPONDER A ESTA SUPERFICIE DE CABINA.

NOTA: LOS NICHOS O EXTENSIONES DE LA CABINA, INCLUSO DE ALTURA INFERIOR A 1 METRO, ESTEN AISLADOS O NO POR PUERTAS DE SEPARACION, NO SON AUTORIZADOS MAS QUE CUANDO SU SUPERFICIE HA SIDO TOMADA EN CUENTA EN EL CALCULO DE LA SUPERFICIE UTIL MAXIMA.

8.2.2 ASCENSORES DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADAS DE PERSONAS (COMPRENDIDOS LOS MONTACOCHES DISTINTOS DE LOS TRATADOS EN 8.2.3).

LAS DISPOSICIONES DEL ARTICULO 8.2.1 DEBERAN SER RESPETADAS Y SE DEBERA, ADEMAS, TOMAR EN CONSIDERACION PARA EL CALCULO DE LOS ELEMENTOS AFECTADOS, NO SOLO LA CARGA TRANSPORTADA, SINO TAMBIEN EL PESO DE LOS MEDIOS DE MANUTENCION QUE PUEDAN EVENTUALMENTE PENETRAR EN LA CABINA.

8.2.3 MONTACOCHES CUYA UTILIZACION ESTE RESERVADA A USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS. INSTRUCCION GENERAL (0.6.2).

LA CARGA NOMINAL DEBE SER CALCULADA A RAZON DE 200 KILOGRAMOS POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE UTIL DE CABINA COMO MINIMO.

8.3 PAREDES, PISO Y TECHO DE LA CABINA.

.1 LA CABINA DEBE ESTAR COMPLETAMENTE CERRADA POR PAREDES, PISO Y TECHO DE SUPERFICIE LLENA, LAS UNICAS ABERTURAS AUTORIZADAS SON LAS SIGUIENTES:

A) ENTRADAS PARA EL ACCESO NORMAL DE LOS USUARIOS.

B) TRAMPILLAS Y PUERTAS DE SOCORRO.

C) ORIFICIOS DE VENTILACION.

8.3.2 LAS PAREDES, EL PISO Y EL TECHO DEBEN TENER RESISTENCIA MECANICA SUFICIENTE. EL CONJUNTO CONSTITUIDO POR EL ESTRIBO, GUIADERAS, PAREDES, TECHO Y PISO DE LA CABINA, DEBEN SER SUFICIENTEMENTE FUERTES PARA RESISTIR LOS ESFUERZOS QUE LE SON APLICADOS DURANTE EL FUNCIONAMIENTO NORMAL DEL ASCENSOR, DEL ACCIONAMIENTO DEL PARACAIDAS O EL IMPACTO DE LA CABINA CONTRA SUS AMORTIGUADORES.

8.3.2.1 CADA PARED DE LA CABINA DEBE TENER UNA RESISTENCIA MECANICA TAL QUE, BAJO LA APLICACION DE UNA FUERZA DE 300 N PERPENDICULAR A LA PARED, APLICADA HACIA EL , EN CUA LQUIER LUGAR DEL INTERIOR DE LA CABINA, SIENDO ESTA FUERZA REPARTIDA SOBRE UNA SUPERFICIE DE 5 CENTIMETROS CUADRADOS, DE FORMA REDONDA O CUADRADA, LA PARED RESISTA SINDEFORMACION ELASTICA SUPERIOR A 15 MILIMETROS.

8.3.2.2 EL TECHO DE LA CABINA DEBE SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DE 8.13.

8.3.3 LAS PAREDES, EL PISO Y EL TECHO NO DEBEN ESTAR CONSTITUIDOS POR MATERIALES QUE PUEDAN RESULTAR PELIGROSOS POR SU GRAN INFLAMABILIDAD O PO LA NATURALEZA Y LA IMPORTANCIA DE LOS GASES Y HUMOS QUE ELLOS PUEDAN DESPRENDER.

8.4 GUARDAPIES.

8.4.1 TODO UMBRAL DE CABINA DEBE ESTAR PROVISTO DE UN GUARDAPIES CUYA PARTE VERTICAL DEBE PROTEGER TODO EL ANCHO DE LAS PUERTAS DE EMBARQUE CON LAS QUE SE ENFRENTE. LA PARTE VERTICAL DEL GUARDAPIES DEBE ESTAR PROLONGADA HACIA ABAJO POR MEDIO DE UN CHAFLAN CUYO ANGULO CON EL PLANO HORIZONTAL DEBE SER SUPERIOR A 60 Y ALCANZAR SI ES POSIBLE A 75. LA PROYECCION DE ESTE CHAFLAN, SOBRE EL PLANO HORIZONTAL, NO DEBE SER INFERIOR A 50 MILIMETROS.

8.4.2 LA ALTURA DE LA PARTE VERTICAL DEBE SER DE 0,75 METROS COMO MINIMO.

8.4.3 EN EL CASO DE ASCENSOR CON MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA (14.2.1.5) LA ALTURA DE LA PARTE VERTICAL DEL GUARDAPIES DEBE SER TAL QUE, DESDE LA POSICION MAS ALTA DE CARGA O DESCARGA, EL PLANO VERTICAL DESCIENDA 0,10 METROS AL MENOS, BAJO EL UMBRAL DEL PISO DE EMBARQUE.

8.5 CIERRE DE LAS EMBOCADURAS DE CABINA.

8.5.1 LAS EMBOCADURAS DE CABINA DEBEN ESTAR PROVISTAS DE PUERTAS.

8.5.2 AUNQUE LA EXISTENCIA DE PUERTAS SEA PREFERIBLE EN TODOS LOS CASOS, PUEDE ADMITIRSE SIN EMBARGO QUE UNA ENTRADA A LA CABINA, O DOS ENTRADAS OPUESTAS, NO ESTEN PROVISTAS DE PUERTAS, EN EL CASO DE ASCENSORES DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS, QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADAS POR PERSONAS, SIEMPRE QUE, ADEMAS DE LAS PRESCRIPCIONES 8.2.1, SEAN CUMPLIDAS SIMULTANEAMENTE LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) EL ASCENSOR ESTA ERSERVADO A USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS (INTRODUCCION GENERAL 0.6.2).

B) LA VELOCIDAD NOMINAL NO SUPERE 0,63 METROS SEGUNDO.

C) LA PROFUNDIDAD DE LA CABINA, MEDIDA PERPENDICULARMENTE AL UMBRAL SIN PUERTA, ES SUPERIOR A 1,5 METROS.

D) EL NUMERO DE PASAJEROS ADMISIBLE EN LA CABINA ESTA CALCULADO COMO SE ESA EN 8.2.1, NO CONSIDERANDO UNA ZONA DE 0,1 METROS DE PROFUNDIDAD A LO LARGO DEL O DE LOS UMBRALES DE CABINA SIN PUERTA.

E) EL BORDE DE LA CAJA DE PULSADORES DE LA CABINA ESTA SITUADO A 0,4 METROS DE LA EMBOCADURA DE CABINA, COMO MINIMO.

8.6 PUERTAS DE CABINA.

8.6.1 LAS PUERTAS DE CABINA DEBEN SER DE SUPERFICIE LLENA.

CASO PARTICULAR.

PARA ASCENSORES DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS, QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADOS POR PERSONAS, PUEDEN EMPLEARSE PUERTAS DE CABINA DE DESLIZAMIENTO VERTICAL, PROVISTAS DE MALLA METALICA CUYAS DIMENSIONES SERAN COMO MAXIMO DE 10 MILIMETROS HORIZONTALMENTE POR 60 MILIMETROS VERTICALMENTE.

8.6.2 CUANDO LAS PUERTAS DE CABINA ESTAN CERRADAS DEBEN OBTURAR COMPLETAMENTE LAS EMBOCADURAS DE CABINA, SALVO LAS NECESARIAS HOLGURAS DE FUNCIONAMIENTO.

CASO PARTICULAR:

EN ASCENSORES CUYA UTILIZACION ESTA RESERVADA A USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS (0.6.2), EN LOS QUE LA ALTURA DE LA EMBOCADURA DE CABINA ES SUPERIOR A 2,5 METROS, LA ALTURA DE LA PUERTA DECABINA PUEDE ESTAR LIMITADA A 2 METROS SI SE CUMPLEN SIMULTANEAMENTE LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) LAS PUERTAS DESLIZAN VERTICALMENTE.

B) LA VELOCIDAD NOMINAL DEL ASCENSOR NO SUPERA 0,63 METROSSEGUNDO.

8.6.3 EN LA POSICION DE CIERRE DE LAS PUERTAS, LAS HOLGURAS ENTRE LOS PANELES Y MONTANTES VERTICALES, DINTEL O UMBRAL DE ESTAS PUERTAS DEBEN SER TAN PEQUEÑAS COMO SEA POSIBLE PARA QUE NO HAYA RIESGO DE CIZALLAMIENTO. ESTA CONDICION SE CONSIDERA CUMPLIDA SI ESTAS HOLGURAS NO REBASAN 10 MILIMETROS.

8.6.4 EN EL CASO DE PUERTAS BATIENTES DEBERAN ESTAS LLEGAR A TOPES QUE EVITEN QUE ABRAN HACIA FUERA DE LA CABINA.

8.6.5 TODA MIRILLA CON VIDRIO, EXISTENTE EN UNA PUERTA DE CABINA, DEBE SATISFACER A LAS PRESCRIPCIONES DEL APARTADO 7.6.2.2, A). ESTA MIRILLA ES OBLIGATORIA SI EXISTE OTRA, SOBRE LAS PUERTAS DEL PISO, PARA COMPROBAR LA PRESENCIA DE LA CABINA. SUS POSICIONES DEBEN COINCIDIR CUANDO LA CABINA SE ENCUENTRA A NIVEL DEL PISO. SIN EMBARGO, NO ES NECESARIA ESTA MIRILLA SOBRE LA PUERTA DE CABINA CUANDO LA PUERTA ES AUTOMATICA Y QUEDA EN POSICION DE ABIERTA CUANDO LA CABINA ESTA DETENIDA A NIVEL DE PISO.

8.6.6 PISADERAS, GUIAS, SUSPENSION DE PUERTAS.

DEBEN SER CUMPLIDAS LAS PRESCRIPCIONES DE 7.4 APLICABLES A LAS PUERTAS DE CABINA.

8.6.7 RESISTENCIA MECANICA.

LAS PUERTAS DE CABINA, EN POSICION DE CIERRE, DEBEN TENER UNA RESISTENCIA MECANICA TAL QUE, BAJO LA APLICACION DE UNA FUERZA DE 300 N PERPENDICULAR A LA PUERTA, APLICADA EN CUALQUIER LUGAR DESDE EL INTERIOR DE LA CABINA HACIA EL EXTERIOR, ESTANDO ESTA FUERZA REPARTIDA UNIFORMEMENTE SOBRE UNA SUPERFICIE DE 5 CENTIMETROS CUADRADOS, DE FORMA REDONDA O CUADRADA, PUEDAN LAS PUERTAS:

A) RESISTIR SIN DEFORMACION PERMANENTE.

B) RESISTIR SIN DEFORMACION ELASTICA SUPERIOR A 15 MILIMETROS.

C) CUMPLIR SU FUNCION DESPUES DE LA PRUEBA.

8.7 PROTECCION DURANTE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS PUERTAS.

8.7.1 LAS PUERTAS Y SUS INDICACIONES DEBEN ESTAR CONCEBIDAS DE MANERA QUE SEAN REDUCIDAS AL MINIMO LAS CONSECUENCIAS LAMENTABLES DEL ATRAPAMIENTO DE UNA PARTE DEL CUERPO, DE UN VESTIDO O DE UN OBJETO. PARA EVITAR EL RIESGO DE CIZALLAMIENTO DURANTE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS PUERTAS DESLIZANTES AUTOMATICAS, LA CARA DE LAS PUERTAS DE LADO CABINA NO DEBEN TENER ENTRANTES NI SALIENTES SUPERIORES A 3 MILIMETROS. LAS ARISTAS DEBEN ESTAR ACHAFLANADAS.

8.7.2 LAS PUERTAS DE CIERRE AUTOMATICO DEBEN ESTAR CONCEBIDAS PARA REDUCIR AL MINIMO LOS DAÑOS QUE PUEDA SUFRIR UNA PERSONA AL SER GOLPEADA POR UNA A ESTE FIN, DEBERAN CUMPLIRSE LAS SIGUIENTES PRESCRIPCIONES:

8.7.2.1 PUERTAS DESLIZANTES HORIZONTALES.

8.7.2.1.1 PUERTAS CON MANIOBRA AUTOMATICA.

8.7.2.1.1.1 EL ESFUERZO NECESARIO PARA IMPEDIR EL CIERRE DE LA PUERTA NO DEBE SER SUPERIOR A 150 N. ESTA MEDIDA DEBE HACERSE EN EL PRIMER TERCIO DEL RECORRIDO DE LA PUERTA.

8.7.2.1.1.2 LA ENERGIA CINETICA DE LA PUERTA, Y DE LOS ELEMENTOS MECANICOS QUE ESTAN RIGIDAMENTE CONECTADOS A ELLA, CALCULADA O MEDIDA LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE, COMO SE EXPRESA EN 7.5.2.1.1.2, NO DEBE SER SUPERIOR A 10 J.

8.7.2.1.1.3 UN DISPOSITIVO SENSIBLE DE PROTECCION DEBE MANDAR LA REAPERTURA DE LA PUERTA EN EL CASO DE QUE UN PASAJERO SEA GOLPEADO POR LA PUERTA (O ESTE A PUNTO DE SERLO), CUANDO FRANQUEA EL UMBRAL, DURANTE EL MOVIMIENTO DE CIERRE.

A) LA ACCION DEL DISPOSITIVO PUEDE SER NEUTRALIZADA DURANTE LOS ULTIMOS 50 MILIMETROS DEL RECORRIDO DE CADA HOJA DE LA PUERTA.

B) LA ENERGIA CINETICA, DEFINIDA ANTERIORMENTE, NO DEBE SER SUPERIOR A 4 J, DURANTE EL MOVIMIENTO DE CIERRE, SI SE UTILIZA UN SISTEMA QUE HACE INOPERANTE LA PROTECCION SENSIBLE DE LA PUERTA, DESPUES DE UNA TEMPORIZACION FIJADA, PARA EVITAR LAS OBSTRUCCIONES PROLONGADAS DURANTE EL MOVIMIENTO DE CIERRE.

8.7.2.1.2 PUERTAS CUYO CIERRE SE EFECTUA BAJO CONTROL PERMANENTE DE LOS USUARIOS (POR EJEMPLO, PRESION CONTINUA SOBRE UN BOTON):

LA VELOCIDAD MEDIA DE CIERRE DE LOS PANELES DEBE ESTAR LIMITADA A 0,3 METROS POR SEGUNDO SI LA ENERGIA CINETICA CALCULADA O MEDIDA, COMO SE EXPRESA EN 7.5.2.1.1.2, ES SUPERIOR A 10 J.

8.7.2.2 PUERTAS DESLIZANTES VERTICALES.

SE PERMITE EL CIERRE MECANICO DE ESTE TIPO DE PUERTAS SI SE CUMPLEN SIMULTANEAMENTE LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) EL ASCENSOR ESTA PRINCIPALMENTE DESTINADO AL TRANSPORTE DE CARGAS QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADAS POR PERSONAS.

B) EL CIERRE SE EFECTUA BAJO CONTROL PERMANENTE DE LOS USUARIOS.

C) LA VELOCIDAD MEDIA DEL CIERRE DE LOS PANELES ESTA LIMITADA A 0,3 METROS POR SEGUNDO.

8.8 DISPOSICIONES CONCERNIENTES A LAS ENTRADAS DE CABINA SIN PUERTAS.

CUANDO UNA ENTRADA A LA CABINA NO TIENE PUERTA DEBE UTILIZARSE UN DISPOSITIVO FOTOELECTRICO, O SIMILAR, ENTRE EL UMBRAL DE LA CABINA Y LA PARED DEL HUECO, PARA REDUCIR AL MINIMO EL RIESGO DE ATRAPAMIENTO O APLASTAMIENTO ENTRE AMBOS.

8.9 DISPOSITIVO ELECTRICO DE CONTROL DE CIERRE DE CABINA.

8.9.1 NO DEBE SER POSIBLE HACER FUNCIONAR EL ASCENSOR O MANTENERLO EN FUNCIONAMIENTO SI UNA PUERTA DE CABINA (O UNA HOJA, SI LA PUERTA TIENE VARIAS) ESTA ABIERTA. SIN EMBARGO, PUEDEN EFECTUARSE MANIOBRAS PREPARATORIAS PARA EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA.

SE ADMITE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA EN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN 7.7.2.2.

8.9.2 EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE CIERRE DE LAS PUERTAS DE CABINA DEBE CUMPLIR LAS PRESCRIPCIONES DEL ARTICULO 14.1.2.

8.10 CASO DE PUERTAS DESLIZANTES, HORIZONTALES O VERTICALES, CON VARIAS HOJAS CONECTADAS ENTRE ELLAS MECANICAMENTE.

8.10.1 CUANDO UNA PUERTA DESLIZANTE, HORIZONTAL O VERTICALMENTE, TIENE VARIAS HOJAS LIGADAS ENTRE ELLAS POR ENLACE MECANICO DIRECTO, SE ADMITE:A) COLOCAR EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE CIERRE (8.9) SOBRE UNA SOLA HOJA (LA HOJA RAPIDA EN EL CASO DE PUERTAS TELESCOPICAS).

B) SITUAR EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE CIERRE (8.9) SOBRE UN ORGANO DE ACCIONAMIENTO DE PUERTAS, SI EL ENLACE MECANICO ENTRE ESTE ORGANO Y LAS HOJAS ES DIRECTO.

C) NO ENCLAVAR MAS QUE UNA SOLA HOJA, PARA ASEGURAR EL ENCLAVAMIENTO EN EL CASO Y CONDICIONES DEFINIDAS EN 5.4.3.2.2, A CONDICION DE QUE ESTE ENCLAVAMIENTO UNICO IMPIDA LA APERTURA DE LAS OTRAS HOJAS (POR ENGANCHE DE LAS HOJAS EN LA POSICION DE CIERRE EN EL CASO DE PUERTAS TELESCOPICAS).

8.10.2 CUANDO LAS HOJAS ESTAN LIGADAS ENTRE ELLAS POR UN ENLACE MECANICO INDIRECTO (POR EJEMPLO: POR CABLE, CORREA O CADENA), ESTE ENLACE DEBE ESTAR CONCEBIDO PARA RESISTIR LOS ESFUERZOS, NORMALMENTE PREVISIBLES, REALIZADO CON UN CUIDADO ESPECIAL Y VERIFICADO PERIODICAMENTE. SE ADMITE SITUAR EL DISPOSITIVO DE CONTROL DE CIERRE (8.9), SOBRE UNA SOLA HOJA, A CONDICION DE A) SEA SOBRE UNA HOJA ARRASTRADA, Y B) QUE LA HOJA MANDADA LO SEA POR UN ENLACE MECANICO DIRECTO.

8.11 APERTURA DE LA PUERTA DE CABINA.

8.11.1 PARA PERMITIR LA SALIDA DE LOS PASAJEROS, EN EL CASO DE PARADA IMPREVISTA CERCA DEL NIVEL DE UN PISO, ESTANDO LA CABINA DETENIDA Y DESCONECTADA LA ALIMENTACION DEL OPERADOR DE PUERTA (SI EXISTE), DEBE SER POSIBLE:

A) ABRIR O ENTREABRIR MANUALMENTE LA PUERTA DE CABINA DESDE EL ACCESO EN EL B) ABRIR O ENTREABRIR MANUALMENTE, DESDE EL INTERIOR DE LA CABINA, LA PUERTA DE CABINA Y LA DEL PISO QUE ESTA ACOPLADA, EN EL CASO DE PUERTAS DE ACCIONAMIENTO SIMULTANEO.

8.11.2 LA APERTURA DE LA PUERTA DE CABINA, PREVISTA EN 8.11.1, DEBE PODERSE HACER AL MENOS EN LA ZONA DE ENCLAVAMIENTO.

EL ESFUERZO NECESARIO PARA ESTA APERTURA NO DEBE SER SUPERIOR A 300 N.

8.11.3 EL ESFUERZO NECESARIO PARA ABRIR, DURANTE LA MARCHA, LA PUERTA DE CABINA DE UN ASCENSOR CUYA VELOCIDAD NOMINAL REBASE 1 METRO POR SEGUNDO, DEBE SER SUPERIOR A 50 N. ESTA PRESCRIPCION NO ES OBLIGATORIA EN LA ZONA DE NIVELACION.

8.12 TRAMPILLAS Y PUERTAS DE SOCORRO.

8.12.1 LA AYUDA A APORTAR A LOS PASAJEROS QUE SE ENCUENTREN EN LA CABINA DEBE SIEMPRE VENIR DESDE EL EXTERIOR. ESTE RESULTADO PUEDE, PRINCIPALMENTE, SER OBTENIDO COMO CONSECUENCIA DE LA MANIOBRA DE SOCORRO MENCIONADA EN 12.5.

8.12.2 SI EXISTE UNA TRAMPILLA DE SOCORRO EN EL TECHO DE LA CABINA, PARA PERMITIR AYUDA Y LA EVACUACION DE LOS PASAJEROS, ESTA DEBE MEDIR COMO MINIMO 0,35 POR 0,50 METROS.

8.12.3 ES OBLIGATORIA UNA TRAMPILLA DE SOCORRO, PARA PERMITIR LA AYUDA Y EVACUACION DE LOS PASAJEROS, EN EL CASO DE ASCENSORES EN LOS QUE UNA O DOS ENTRADAS DE LA CABINA NO TENGAN PUERTA.

8.12.4 LAS PUERTAS DE SOCORRO PUEDEN SER UTILIZADAS, EN EL CASO DE CABINAS ADYACENTES, A CONDICION DE QUE LA DISTANCIA HORIZONTAL ENTRE CABINAS NO EXCEDA NUNCA DE 0,75 METROS (VER ESPECIALMENTE 5.2.2.1.2).

LAS PUERTAS DE SOCORRO, SI EXISTEN, DEBEN MEDIR COMO MINIMO 1,80 DE ALTO POR 0,35 METROS DE ANCHO.

8.12.5 CUANDO HAY INSTALADAS TRAMPILLAS O PUERTAS DE SOCORRO ESTAS DEBEN CUMPLIR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD SIGUIENTES:

8.12.5.1 LAS TRAMPILLAS Y PUERTAS DE SOCORRO DEBEN TENER UN DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO QUE REQUIERA ACCION VOLUNTARIA PARA QUEDAR ENCLAVADO.

8.12.5.1.1 LAS TRAMPILLAS DE SOCORRO DEBEN ABRIRSE SIN LLAVE DESDE EL EXTERIOR DE LA CABINA Y DESDE EL INTERIOR DE LA CABINA CON LA AYUDA DE UNA LLAVE QUE SE ADAPTE AL TRIANGULO DEFINIDO EN EL ANEXO B.

LAS TRAMPILLAS DE SOCORRO NO DEBEN ABRIRSE HACIA EL INTERIOR DE LA CABINA.

LAS TRAMPILLAS DE SOCORRO NO DEBEN, EN POSICION ABIERTA, DESBORDAR EL GALIBO DE LA CABINA.

8.12.5.1.2 LAS PUERTAS DE SOCORRO DEBEN ABRIRSE SIN LLAVE DESDE EL EXTERIOR DE LA CABINA Y DESDE EL INTERIOR DE LA CABINA CON LA AYUDA DE UNA LLAVE QUE SE ADAPTE AL TRIANGULO DEFINIDO EN EL ANEXO B.

LAS PUERTAS DE SOCORRO NO DEBEN ABRIRSE HACIA EL EXTERIOR DE LA CABINA.

LAS PUERTAS DE SOCORRO NO DEBEN ENCONTRARSE FRENTE AL PASO DE UN CONTRAPESO O DELANTE DE UN OBSTACULO FIJO (SE EXCEPTUAN LAS VIGAS DE SEPARACION ENTRE CABINA) QUE IMPIDA EL PASO DE UNA CABINA A OTRA.

8.12.5.2 EL ENCLAVAMIENTO REQUERIDO EN 8.12.5.1 DEBE SER CONTROLADO POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD QUE CUMPLA CON 14.1.2.

ESTE DISPOSITIVO DEBE MANDAR LA PARADA DEL ASCENSOR DESDE QUE EL ENCLAVAMIENTO HAYA CESADO DE SER EFECTIVO.

DEBE SER POSIBLE LA PUESTA EN MARCHA DEL ASCENSOR DESPUES DE UN REENCLAVAMIENTO VOLUNTARIO REALIZADO POR UNA PERSONA COMPETENTE.

8.13 TECHO DE CABINA.

8.13.1 ADEMAS DE LAS CONDICIONES MENCIONADAS EN8.3 SE DEBEN CUMPLIR LAS SIGUIENTES:

A) EL TECHO DE CABINA DEBE SER CAPAZ DE SOPORTAR EN CUALQUIER PUNTO DOS HOMBRES, ES DECIR, RESISTIR 2.000 N, SIN DEFORMACION PERMANENTE.

B) EL TECHO DE CABINA DEBE TENER UN ESPACIO LIBRE SOBRE EL QUE SE PUEDA ESTAR, CON UNA SUPERFICIE MINIMA DE 0,12 METROS CUADRADOS, EN LA QUE LA DIMENSION MAS PEQUEÑA SEA 0,25 METROS, AL MENOS.

8.13.2 SI EXISTEN POLEAS FIJADAS AL BASTIDOR DE LA CABINA, ESTAS DEBEN TENER DISPOSITIVOS EFICACES PARA EVITAR:A) ACCIDENTES CORPORALES.

B) SALIDA DE LOS CABLES DE LAS GARGANTAS DE LA POLEA, EN CASO DE AFLOJAMIENTO DE LOS CABLES.

C) INTRODUCCION DE CUERPOS EXTRAÑOS ENTRE LOS CABLES Y SUS RANURAS. ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN ESTAR REALIZADOS DE FORMA QUE NO IMPIDAN LA INSPECCION NI EL MANTENIMIENTO DE LAS POLEAS.

DEBEN TOMARSE DISPOSICIONES SEMEJANTES EN EL CASO DE USAR CADENAS DE SUSPENSION.

8.14 FRENTE DE LA CABINA.

CUANDO PUEDA EXISTIR UN ESPACIO VACIO, ENTRE EL TECHO DE LA CABINA Y EL DINTEL DE LA PUERTA DE UN PISO CUANDO SE ABRE ESTA PUERTA, DEBE PROLONGARSE HACIA ARRIBA LA PARTE SUPERIOR DE LA ENTRADA DE CABINA, SOBRE TODO EL ANCHO DE LA PUERTA DE PISO, POR UNA PARED VERTICAL RIGIDA QUE OBSTRUYA EL ESPACIO VACIO CONSIDERADO. ESTA HIPOTESIS SERA ESTUDIADA ESPECIALMENTE EN EL CASO DE ASCENSORES CON MANIOBRA PARA PUESTA A NIVEL DE CARGA (14.2.1.5).

8.15 EQUIPO SOBRE EL TECHO DE LA CABINA.

A) UN DISPOSITIVO DE MANDO, DE ACUERDO CON 14.2.1.3 (MANIOBRA DE INSPECCION).

B) UN DISPOSITIVO DE PARADA, DE ACUERDO CON 14.2.2.3 Y 15.3.

C) UNA BASE DE TOMA DE CORRIENTE, DE ACUERDO CON 13.6.2.

8.16 VENTILACION.

8.16.1 LAS CABINAS PROVISTAS DE PUERTAS CON SUPERFICIE LLENA DEBEN ESTAR ADECUADAMENTE VENTILADAS PARA TENER EN CUENTA EL TIEMPO NECESARIO PARA EVACUAR LOS PASAJEROS.

8.16.2 LA SUPERFICIE EFECTIVA DE LOS ORIFICIOS DE VENTILACION, SITUADOS EN LA PARTE ALTA, DEBE SER, AL MENOS, IGUAL AL 1 POR 100 DE LA SUPERFICIE UTIL DE LA CABINA. ESTO MISMO SE APLICA PARA LOS ORIFICIOS SITUADOS EN LA PARTE LOS INTERSTICIOS ALREDEDOR DE LAS PUERTAS DE CABINA PUEDEN SER TOMADOS EN CUENTA, EN EL CALCULO DE LA SUPERFICIE DE LOS ORIFICIOS DE VENTILACION, HASTA UN 50 POR 100 DE LA SUPERFICIE EFECTIVA EXIGIDA.

8.16.3 LOS ORIFICIOS DE VENTILACION DEBEN ESTAR CONCEBIDOS O DISPUESTOS DE TAL FORMA QUE NO SEA POSIBLE ATRAVESAR LAS PAREDES DE LA CABINA, DESDE EL INTERIOR, CON UNA VARILLA RIGIDA RECTA DE 10 MILIMETROS DE DIAMETRO.

8.17 ALUMBRADO.

8.17.1 LA CABINA DEBE ESTAR PROVISTA DE UN ALUMBRADO ELECTRICO PERMANENTE QUE ASEGURE, EN EL SUELO Y EN LA PROXIMIDAD DE LOS ORGANOS DE MANDO, UNA ILUMINACION DE 50 LUX COMO MINIMO.

8.17.2 SI EL ALUMBRADO ES DEL TIPO INCANDESCENTE, DEBE LOGRARSE AL MENOS CON DOS LAMPARAS CONECTADAS EN PARALELO.

8.17.3 DEBE EXISTIR UNA FUENTE DE SOCORRO, DE RECARGA AUTOMATICA, QUE SEA CAPAZ DE ALIMENTAR AL MENOS UNA LAMPARA DE UN VATIO DURANTE UNA HORA, EN EL CASO DE INTERRUPCION DEL ALUMBRADO NORMAL. EL ALUMBRADO DE EMERGENCIA DEBE CONECTARSE AUTOMATICAMENTE DESDE QUE FALLE EL SUMINISTRO DEL ALUMBRADO NORMAL.

8.17.4 SI LA FUENTE DE SOCORRO PREVISTA ANTERIORMENTE SE UTILIZA TAMBIEN PARA ALIMENTAR EL DISPOSITIVO DE ALARMA DE EMERGENCIA, PREVISTO EN 14.2.3, DEBE PREVERSE LA FUENTE CON CAPACIDAD SUFICIENTE.

8.18 CONTRAPESO.

8.18.1 SI EL CONTRAPESO TIENE PESAS, DEBEN TOMARSE LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA EVITAR SU DESPLAZAMIENTO. A ESTE FIN DEBE UTILIZARSE:

A) UN BASTIDOR EN EL CUAL SEAN MANTENIDAS LAS PESAS.

B) O BIEN, SI LAS PESAS SON METALICAS Y SI LA VELOCIDAD NOMINAL DEL ASCENSOR NO SUPERA 1 METRO SEGUNDO, DOS VARILLAS, COMO MINIMO, SOBRE LAS CUALES SEAN MANTENIDAS LAS PESAS.

8.18.2 SI EXISTEN POLEAS SOBRE EL CONTRAPESO, DEBEN ELLAS TENER LOS DISPOSITIVOS PARA EVITAR:

A) LA SALIDA DE LOS CABLES DE SUS GARGANTAS, EN CASO DE AFLOJAMIENTO DE LOS CABLES.

B) LA INTRODUCCION DE CUERPOS EXTRAÑOS ENTRE LOS CABLES Y SUS GARGANTAS.

ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN ESTAR REALIZADOS DE FORMA QUE NO IMPIDAN LA INSPECCION NI EL MANTENIMIENTO DE LAS POLEAS.

DEBEN TOMARSE DISPOSICIONES SEMEJANTES EN EL CASO DE USAR CADENAS DE SUSPENSION.

8.18.3 EN EL CASO DE MAQUINAS DE TAMBOR DE ARROLLAMIENTO NO DEBE EXISTIR CONTRAPESO.

9. SUSPENSION, COMPENSACION, PARACAIDAS, LIMITADOR DE VELOCIDAD 9.1 TIPOS DE SUSPENSION, NUMERO DE CABLES Y DE CADENAS.

9.1.1 LAS CABINAS Y CONTRAPESOS DEBEN ESTAR SUSPENDIDOS POR CABLES DE ACERO O CADENAS DE ACERO DE MALLAS PARALELAS, TIPO GALLE O DE RODILLOS.

9.1.2 LOS CABLES DEBEN SATISFACER LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) EL DIAMETRO NOMINAL DE LOS CABLES DEBE SER DE 8 MILIMETROS COMO MINIMO.

B) LA RESISTENCIA DE SUS ALAMBRES DEBE SER:

1) 1.570 N MILIMETROS CUADRADOS O 1.770 N MILIMETROS CUADRADOS PARA CABLES DE UNA SOLA RESISTENCIA.

2) 1.370 N MILIMETROS CUADRADOS PARA LOS ALAMBRES EXTERIORES Y 1.770 N MILIMETROS CUADRADOS PARA LOS ALAMBRES INTERIORES, EN LOS CABLES DE DOS RESISTENCIAS.

C) LAS OTRAS CARACTERISTICAS DEBEN SER AL MENOS LAS DEFINIDAS EN LA NORMA UNE 36-715.

9.1.3 EL NUMERO MINIMO DE CABLES (O CADENAS) DEBE SER DOS.

LOS CABLES (O CADENAS) DEBEN SER INDEPENDIENTES.

9.1.4 EN EL CASO DE SUSPENSION EN DIFERENCIAL, EL NUMERO A TOMAR EN CONSIDERACION ES EL DE CABLES O CADENAS Y NO EL DE SUS RAMALES O TRAMOS.

9.2 RELACION ENTRE EL DIAMETRO DE POLEAS (O TAMBORES) Y EL DIAMETRO DE LOS CABLES. COEFICIENTE DE SEGURIDAD DE LOS CABLES Y CADENAS.

9.2.1 LA RELACION ENTRE EL DIAMETRO PRIMITIVO DE LAS POLEAS (O TAMBORES) Y EL DIAMETRO NOMINAL DE LOS CABLES DE SUSPENSION DEBE SER AL MENOS DE 40, CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE CORDONES.

9.2.2 EL COEFICIENTE DE SEGURIDAD DE LOS CABLES DE SUSPENSION DEBE SER AL A) 12 EN EL CASO DE TRACCION POR ADHERENCIA CON TRES CABLES O MAS.

B) 16 EN EL CASO DE TRACCION POR ADHERENCIA CON DOS CABLES.

C) 12 EN EL CASO DE TRACCION POR TAMBOR DE ARROLLAMIENTO.

EL COEFICIENTE DE SEGURIDAD ES LA RELACION ENTRE LA CARGA DE ROTURA MINIMA (N) DE UN CABLE (O DE UNA CADENA) Y LA FUERZA MAS GRANDE (N) EN ESTE CABLE (O CADENA) CUANDO LA CABINA CARGADA CON SU CARGA NOMINAL SE ENCUENTRA EN E NIVEL DE PARADA MAS BAJO. PARA EL CALCULO DE ESTA FUERZA MAXIMA, SE TOMARA EN CONSIDERACION EL NUMERO DE CABLES (CADENAS), EL COEFICIENTE DE SUSPENSION DIFERENCIAL (SI EXISTE), LA CARGA NOMINAL, LA MASA DE LA CABINA, LA MASA DE LOS CABLES (O CADENAS) Y LA MASA DE LAS RAMAS DE LOS CABLES DE MANIOBRA Y DE LOS ORGANOS DE COMPENSACION SUSPENDIDOS DE LA CABINA.

9.2.3 LA RESISTENCIA DE LOS AMARRES DE CABLES DEBE SER AL MENOS EL 80 POR 100 DE LA RESISTENCIA DE LOS CABLES.

9.2.3.1 LOS EXTREMOS DE LOS CABLES DEBEN SER FIJADOS A LA CABINA, AL CONTRAPESO Y A LOS PUNTOS DE SUSPENSION POR MATERIAL FUNDIDO, AMARRES DE CUÑA DE APRETADO AUTOMATICO, AL MENOS TRES ABRAZADERAS O GRAPAS APROPIADAS PARA CABLES, MANGUITOS FUERTEMENTE PRENSADOS O CUALQUIER OTRO SISTEMA QUE OFREZCA SEGURIDAD EQUIVALENTE.

9.2.3.2 LA FIJACION DE LOS CABLES SOBRE LOS TAMBORES DEBE SER HECHA POR MEDIO DE UN SISTEMA DE BLOQUEO POR CUÑAS, O BIEN POR DOS BRIDAS DE CABLE AL MENOS, O POR CUALQUIER OTRO SISTEMA QUE OFREZCA SEGURIDAD EQUIVAL 9.2.4 EL COEFICIENTE DE SEGURIDAD DE LAS CADENAS DE SUSPENSION DEBE SER COMO MINIMO 10.

EL COEFICIENTE DE SEGURIDAD SE DEFINE DE MANERA ANALOGA A COMO SE INDICA EN 9.2.2 PARA LOS CABLES.

9.2.5 LOS EXTREMOS DE CADA CADENA DEBEN ESTAR FIJADOS A LA CABINA, AL CONTRAPESO O A LOS PUNTOS DE SUSPENSION PARA AMARRE. LA RESISTENCIA DE CADA UNO DE LOS AMARRES DEBE SER AL MENOS EL 80 POR 100 DE LA RESISTENCIA DE CADA UNA DE LAS CADENAS.

9.3 TRACCION POR ADHERENCIA DE LOS CABLES. PRESION ESPECIFICA.

9.3.1 LA ADHERENCIA DE LOS CABLES DEBE SER TAL QUE SE CUMPLAN LAS DOS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) LA CABINA NO DEBE PODER DESPLAZARSE HACIA ARRIBA CUANDO EL CONTRAPESO ESTA APOYADO EN SUS TOPES Y SE IMPONE UN MOVIMIENTO DE ROTACION, EN EL SENTIDO <SUBIDA>, SOBRE EL MECANISMO TRACTOR.

B) SE CUMPLEN LAS CONDICIONES DE LA FORMULA DE LA NOTA 1, SITUADA AL FINAL DEL CAPITULO 9.

9.3.2 LA PRESION ESPECIFICA DE LOS CABLES DE SUSPENSION, EN LAS GARGANTAS DE LA POLEA DE TRACCION, DEBE SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DE LA NOTA 2, AL FINAL DEL CAPITULO 9.

9.4 ARROLLAMIENTO DE LOS CABLES (PARA ASCENSORES CON TAMBOR).

9.4.1 EL TAMBOR, QUE PUEDE SER USADO EN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN 12.2.1 B), DEBE SER TORNEADO EN HELICE Y SUS GARGANTAS DEBEN SER APROPIADAS A LOS CABLES UTILIZADOS.

9.4.2 CUANDO LA CABINA REPOSA SOBRE SUS AMORTIGUADORES TOTALMENTE COMPRIMIDOS, DEBE QUEDAR AL MENOS UNA VUELTA Y MEDIA DE CABLE EN LAS GARGANTAS DEL TAMBOR.

9.4.3 NO DEBE EXISTIR MAS QUE UNA SOLA CAPA DE CABLES ARROLLADOS SOBRE EL TAMBOR.

9.4.4 LA INCLINACION DE LOS CABLES CON RELACION A SUS GARGANTAS NO DEBE REBASAR 4 9.5 REPARTO DE LA CARGA ENTRE LOS CABLES O LAS CADENAS.

9.5.1 DEBE SER PREVISTO UN DISPOSITIVO AUTOMATICO DE IGUALACION DE LA TENSION DE LOS CABLES O CADENAS DE SUSPENSION, AL MENOS EN UNO DE SUS EXTREMOS. 9.5.1.1 EN EL CASO DE CADENAS ARRASTRADAS POR PIÑONES, LOS EXTREMOS FIJADOS A LA CABINA Y LOS FIJADOS AL CONTRAPESO DEBEN ESTAR PROVISTOS DE DISPOSITIVOS DE IGUALACION AUTOMATICA.

9.5.1.2 EN EL CASO DE VARIOS PIÑONES DE REENVIO DE CADENAS SOBRE UN MISMO EJE, DEBERAN ESTOS PODER GIRAR DE MANERA INDEPENDIENTE.

9.5.2 SI SE UTILIZAN RESORTES PARA IGUALAR LA TENSION, DEBERAN ELLOS TRABAJAR A COMPRESION.

9.5.3 DE ACUERDO CON 14.1.2, EN EL CASO DE SUSPENSION DE LA CABINA POR DOS CABLES O CADENAS, UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DEBE PROVOCAR LA PARADA DEL ASCENSOR EN CASO DE ALARGAMIENTO ANORMAL RELATIVO DE UNO DE LOS CABLES O CADENAS.

9.5.4 LOS DISPOSITIVOS DE REGLAJE DE LA LONGITUD DE LOS CABLES O CADENAS DEBEN SER REALIZADOS DE TAL MANERA QUE ELLOS NO PUEDAN AFLOJARSE SOLOS DESPUES DE AJUSTADOS.

9.6 CABLES DE COMPENSACION.

9.6.1 EN ASCENSORES CUYA VELOCIDAD NOMINAL SUPERE 2,5 METROS SEGUNDO, DEBEN SER UTILIZADOS CABLES DE COMPENSACION CON UNA POLEA TENSORA Y DEBEN SER RESPETADAS LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

A) LA TENSION DEBE SER OBTENIDA POR LA ACCION DE LA GRAVEDAD.

B) LA TENSION DEBE SER CONTROLADA POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

C) LA RELACION ENTRE EL DIAMETRO PRIMITIVO DE LAS POLEAS Y EL DIAMETRO NOMINAL DE LOS CABLES DE COMPENSACION, DEBE SER AL MENOS DE 30.

9.6.2 CUANDO LA VELOCIDAD NOMINAL SUPERA 3,5 METROS SEGUNDO, DEBE SER UTILIZADO ADEMAS UN DISPOSITIVO ANTI-REBOTE.

EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO ANTI-REBOTE DEBE ORDENAR LA DETENCION DE LA MAQUINA CON UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

9.7 PROTECCION DE LOS PIÑONES Y POLEAS DE REENVIO, DE SUSPENSION, DE DESVIO Y DE COMPENSACION.

DEBEN SER TOMADAS DISPOSICIONES EFICACES PARA EVITAR:

A) LOS ACCIDENTES CORPORALES.

B) LA SALIDA DE LOS CABLES DE SUS RANURAS, O CADENAS DE SUS PIÑONES, EN EL CASO DE AFLOJAMIENTO DE LA SUSPENSION.

C) LA ENTRADA DE CUERPOS EXTRAÑOS ENTRE LOS CABLES Y SUS GARGANTAS Y ENTRE LAS CADENAS Y SUS PIÑONES.

LOS DISPOSITIVOS UTILIZADOS DEBEN REALIZARSE DE TAL FORMA QUE NO IMPIDAN EL CONTROL NI EL ENTRETENIMIENTO DE LAS POLEAS O PIÑONES.

9.8 PARACAIDAS.

9.8.1 DISPOSICIONES GENERALES.

9.8.1.1 LA CABINA DEBE ESTAR PROVISTA DE UN PARACAIDAS QUE NO PUEDA ACTUAR MAS QUE EN EL SENTIDO DE DESCENSO, CAPAZ DE DETENERLA CON PLENA CARGA A LA VELOCIDAD DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD, INCLUSO EN EL CASO DE ROTURA DE LOS ORGANOS DE SUSPENSION, APOYANDOSE SOBRE SUS GUIAS Y DE MATENERLA DETENIDA EN ELLAS.

9.8.1.2 EN EL CASO PREVISTO EN 5.5.2 B) DEBE EL CONTRAPESO ESTAR PROVISTO DE UN PARACAIDAS QUE NO PUEDA ACTUAR MAS QUE EN EL SENTIDO DE DESCENSO DEL CONTRAPESO, CAPAZ DE DETENERLO A LA VELOCIDAD DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD (O EN EL CASO DE ROTURA DE LOS ORGANOS DE SUSPENSION EN EL CASO PARTICULAR DE 9.8.3.1), APOYANDOSE SOBRE SUS GUIAS Y DE MANTENERLO DETENIDO EN ELLAS.

9.8.1.3 SE PROHIBE QUE UN PARACAIDAS ACTUE EN EL SENTIDO DE SUBIDA.

9.8.2 CONDICIONES DE EMPLEO DE LOS DIFERENTES TIPOS DE PARACAIDAS.

9.8.2.1 LOS PARACAIDAS DE CABINA DEBEN DE SER DE TIPO PROGRESIVO SI LA VELOCIDAD NOMINAL ES SUPERIOR A 1 METRO SEGUNDO. PUEDEN SER DE:

A) TIPO INSTANTANEO CON EFECTO AMORTIGUADO SI LA VELOCIDAD NOMINAL NO SUPERA 1 METRO SEGUNDO.

B) TIPO INSTANTANEO SI LA VELOCIDAD NOMINAL NO REBASA 0,63 METROS SEGUNDO.

9.8.2.2 SI LA CABINA LLEVA VARIOS PARACAIDAS, TODOS ELLOS DEBEN SER DE TIPO PROGRESIVO.

9.8.2.3 LOS PARACAIDAS DE CONTRAPESO DEBEN SER DE TIPO PROGRESIVO SI LA VELOCIDAD NOMINAL SUPERA 1 METRO SEGUNDO. EN CASO CONTRARIO PUEDEN SER DE TIPO INSTANTANEO.

9.8.3 PROCEDIMIENTOS DE MANDO.

9.8.3.1 LOS PARACAIDAS DE CABINA Y CONTRAPESO DEBEN SER ACCIONADOS POR UN LIMITADOR DE VELOCIDAD.

CASO PARTICULAR: LOS PARACAIDAS DE CONTRAPESO PUEDEN ACTUAR POR ROTURA DE LOS ORGANOS DE SUSPENSION O POR UN CABLE DE SEGURIDAD, SI LA VELOCIDAD NOMINAL NO SUPERA 1 METRO SEGUNDO.

9.8.3.2 SE PROHIBE EL DISPARO DE LOS PARACAIDAS POR DISPOSITIVOS ELECTRICOS, HIDRAULICOS O NEUMATICOS.

DECELERACION.

PARA LOS PARACAIDAS PROGRESIVOS, LA DECELERACION MEDIA DEBE ESTAR COMPRENDIDA ENTRE 0,2 G, EN CASO DE CAIDA LIBRE CON LA CARGA NOMINAL EN LA CABINA.

9.8.5 DESBLOQUEO.

9.8.5.1 EL DESBLOQUEO DEL PARACAIDAS DE CABINA (O DEL CONTRAPESO) NO DEBE PRODUCIRSE MAS QUE DESPLAZANDO LA CABINA (O EL CONTRAPESO) HACIA ARRIBA.

9.8.5.2 DESPUES DEL DESBLOQUEO DEL PARACAIDAS, LA PUESTA EN MARCHA DEL ASCENSOR DEBE REQUERIR LA INTERVENCION DE UNA PERSONA CUALIFICADA.

9.8.5.3 DESPUES DE SU DESBLOQUEO, DEBE EL PARACAIDAS QUEDAR EN CONDICIONES DE FUNCIONAR NORMALMENTE.

9.8.6 CONDICIONES DE REALIZACION.

9.8.6.1 SE PROHIBE UTILIZAR LAA TENAZAS O BLOQUES DE PARACAIDAS COMO ROZADERAS DE GUIADO.

9.8.6.2 EL SISTEMA ELASTICO UTILIZADO PARA LOS PARACAIDAS INSTANTANEOS CON EFECTO AMORTIGUADO, DEBE SER DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO O A DISIPACION DE ENERGIA, Y SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DE LOS ARTICULOS 10.4.2 Y 10.4.3.

9.8.6.3 LOS ORGANOS DE FRENADO DEL PARACAIDAS DEBEN, PREFERENTEMENTE, ESTAR SITUADOS EN LA PARTE BAJA DE LA CABINA.

9.8.7 INCLINACION DEL PISO EN CASO DE ACTUACION DEL PARACAIDAS.

EN CASO DE ACTUACION DEL PARACAIDAS, LA INCLINACION DEL PISO DE LA A NO DEBE SER MAYOR DEL 5 POR 100 DE SU POSICION NORMAL, ADMITIENDO QUE LA CARGA (SI EXISTE) ESTE UNIFORMEMENTE REPARTIDA.

9.8.8 CONTROL ELECTRICO.

EN CASO DE ACTUACION DEL PARACAIDAS DE LA CABINA, UN DISPOSITIVO MONTADO SOBRE ELLA DEBE MANDAR LA PARADA DE LA MAQUINA EN EL MOMENTO DE FRENADO DEL PARACAIDAS CUANDO MAS TARDE. ESTE DISPOSITIVO DEBE SER UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

9.9 LIMITADOR DE VELOCIDAD.

9.9.1 EL DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD NO DEBE TENER EFECTO ANTES DE QUE LA VELOCIDAD DE LA CABINA ALCANCE EL 115 POR 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL Y SI ANTES DE QUE LLEGUE A:

A) 0,80 METROS SEGUNDO EN PARACAIDAS INSTANTANEOS NO EQUIPADOS CON RODILLOS.

B) 1 METRO SEGUNDO EN PARACAIDAS INSTANTANEOS CON RODILLOS.

C) 1,5 METROS SEGUNDO EN PARACAIDAS INSTANTANEOS CON EFECTO AMORTIGUADO (O PARACAIDAS PROGRESIVOS USADOS CON VELOCIDAD NOMINAL IGUAL O INFERIOR A 1 METRO SEGUNDO).

D) 1,25 V METROS SEGUNDO PARA OTROS PARACAIDAS EN LOS QUE V ES LA VELOCIDAD NOMINAL (METROS SEGUNDO).

9.9.2 ELECCION DE LA VELOCIDAD DE DISPARO.

9.9.2.1 PARA LOS ASCENSORES CUYA VELOCIDAD NOMINAL SUPERE 1 METRO SEGUNDO SE RECOMIENDA ELEGIR LA VELOCIDAD NOMINAL MAS PROXIMA AL LIMITE SUPERIOR INDICADO EN 9.9.1.

9.9.2.2 PARA LOS ASCENSORES CON GRAN CARGA Y VELOCIDAD BAJA DEBEN CONCEBIRSE ESPECIALMENTE LOS LIMITADORES DE VELOCIDAD PARA ESTE FIN. SE RECOMIENDA ELEGIR LA VELOCIDAD DE DISPARO LO MAS PROXIMO POSIBLE AL LIMITE INFERIOR INDICADO EN 9.9.1.

9.9.3 LA VELOCIDAD DE DISPARO DE UN LIMITADOR DE VELOCIDAD, QUE ACTUE UN PARACAIDAS DE CONTRAPESO, DEBE SER SUPERIOR A LA DEL LIMITADOR QUE ACCIONA EL PARACAIDAS DE LA CABINA, SIN REBASAR ESTA VELOCIDAD DE DISPARO EN MAS DE UN 10 POR 100.

9.9.4 EL ESFUERZO PROVOCADO POR EL LIMITADOR DE VELOCIDAD, COMO CONSECUENCIA DE SU DISPARO, DEBE SER COMO MINIMO EL MAYOR DE LOS VALORES SIGUIENTES:

A) 300 N.

B) O EL DOBLE DEL ESFUERZO NECESARIO PARA ACTUAR EL PARACAIDAS.

9.9.5 DEBE ESTAR MARCADO EL SENTIDO DE GIRO CORRESPONDIENTE A LA ACTUACION DEL PARACAIDAS SOBRE EL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

9.9.6 CABLES DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

9.9.6.1 EL LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBE SER ACCIONADO POR UN CABLE METALICO MUY FLEXIBLE.

9.9.6.2 LA CARGA DE ROTURA DE ESTE CABLE DEBE ESTAR EN FUNCION DEL ESFUERZO A TRANSMITIR PARA ACTUAR EL PARACAIDAS Y TENER UN COEFICIENTE DE SEGURIDAD MINIMO DE 8.

9.9.6.3 EL DIAMETRO NOMINAL DEL CABLE DEBE SER 6 MILIMETROS, COMO MINIMO.

9.9.6.4 LA RELACION ENTRE EL DIAMETRO PRIMITIVO DE LA POLEA DEL LIMITADOR Y EL DIAMETRO NOMINAL DEL CABLE DEBE SER 30, COMO MINIMO.

9.9.6.5 EL CABLE DEBE SER TENSADO POR MEDIO DE UNA POLEA TENSORA. ESTA POLEA (O SU PESA DE TENSION) DEBE ESTAR GUIADA.

9.9.6.6 DURANTE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS, NO DEBE SER POSIBLE QUE EL CABLE DEL LIMITADOR Y LA ZONA DONDE ES FRENADO SUFRAN DAÑOS, INCLUSO EN EL CASO DE UNA DISTANCIA DE FRENADO SOBRE LAS GUIAS SUPERIOR A LA NORMAL.

9.9.6.7 EL CABLE DEBE SER FACILMENTE DESCONECTADO DEL PARACAIDAS.

9.9.7 TIEMPO DE RESPUESTA.

EL TIEMPO DE RESPUESTA DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBE SER SUFICIENTEMENTE CORTO PARA EVITAR QUE UNA VELOCIDAD PELIGROSA PUEDA SER ALCANZADA EN EL MOMENTO DE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS.

9.9.8 ACCESIBILIDAD.

EL LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBE SER FACILMENTE ACCESIBLE EN CUALQUIER CIRCUNSTANCIA. SI ESTA SITUADO EN EL HUECO DEBE SER ACCESIBLE DESDE EL EXTERIOR DEL MISMO.

9.9.9 POSIBILIDAD DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

PARA CONTROL O PRUEBAS DEBE SER POSIBLE PROVOCAR LA ACTUACION DEL PARACAIDAS A UNA VELOCIDAD INFERIOR A LA INDICADA EN EL APARTADO 9.9.1, PROVOCANDO EL DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD DE ALGUN MODO.

9.9.10 EL LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBE SER PRECINTADO DESPUES DE SU AJUSTE A LA VELOCIDAD DE DISPARO.

9.9.11 CONTROL ELECTRICO.

9.9.11.1 EL LIMITADOR DE VELOCIDAD, U OTRO DISPOSITIVO, DEBE MANDAR LA PARADA DE LA MAQUINA, POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD (14.1.2), ANTES DE QUE LA VELOCIDAD DE LA CABINA ALCANCE, EN SUBIDA O BAJADA, LA VELOCIDAD DE DISPARO DEL LIMITADOR.

SIN EMBARGO, PARA VELOCIDADES QUE NO SUPEREN 1 METRO SEGUNDO ESTE DISPOSITIVO, A) PUEDE INTERVENIR SOLAMENTE EN EL MOMENTO DEL DISPARO DEL LIMITADOR, SI LA VELOCIDAD DE LA CABINA ESTA LIGADA A LA FRECUENCIA DE LA RED DE SUMINISTRO HASTA LA APLICACION DEL FRENO MECANICO.

B) DEBE INTERVENIR ANTES DE QUE LA VELOCIDAD DE LA CABINA ALCANCE EL 115 POR 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL, SI SE TRATA DE UN ASCENSOR DE TENSION VARIABLE O A VARIACION CONTINUA DE VELOCIDAD.

9.9.11.2 SI, DESPUES DEL DESBLOQUEO DEL PARACAIDAS, NO QUEDA EL LIMITADOR DE VELOCIDAD EN POSICION DE FUNCIONAMIENTO, UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD (14.1.2) DEBE IMPEDIR LA PUESTA EN MARCHA DEL ASCENSOR CUANDO EL LIMITADOR DE VELOCIDAD ES DISPARADO. ESTE DISPOSITIVO PUEDE QUEDAR INOPERANTE EN EL CASO PREVISTO EN 14.2.1.4.3.

LA PUESTA EN MARCHA DEL ASCENSOR DEBE NECESITAR LA INTERVENCION DE UNA PERSONA COMPETENTE.

9.9.11.3 LA ROTURA O AFLOJAMIENTO DEL CABLE LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBE MANDAR LA PARADA DE LA MAQUINA POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD (14.1.2).

GUIAS, AMORTIGUADORES, DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN FINAL DE RECORRIDO

10.1 DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LAS GUIAS.

10.1.1 LA RESISTENCIA DE LAS GUIAS (VEANSE NOTAS AL FINAL DEL CAPITULO), DE SUS FIJACIONES Y DE LOS MEDIOS QUE UNEN SUS ELEMENTOS DEBEN SER SUFICIENTE PARA PERMITIRLES SOPORTAR LOS ESFUERZOS RESULTANTES DE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS Y LA FLEXION DEBIDA A UN DESCENTRADO DE LA CARGA. LA FLECHA QUE SE PRODUZCA EN ESTE ULTIMO CASO DEBE ESTAR LIMITADA A UN VALOR QUE NO PUEDA DIFICULTAR EL FUNCIONAMIENTO NORMAL DEL ASCENSOR.

10.1.2 LA FIJACION DE LAS GUIAS A SUS SOPORTES Y AL EDIFICIO DEBE PERMITIR COMPENSAR AUTOMATICAMENTE O POR SIMPLE AJUSTE LOS EFECTOS DEBIDOS AL ASENTAMIENTO NORMAL DEL EDIFICIO Y A LA CONTRACCION DEL HORMIGON.

EL DISEÑO DE LAS FIJACIONES DEBE SER TAL QUE SU POSIBLE ROTACION NO SUELTE LA GUIA.

10.2 GUIADO DE LA CABINA Y DEL CONTRAPESO.

10.2.1 LA CABINA Y EL CONTRAPESO DEBEN SER GUIADOS, CADA UNO, POR AL MENOS DOS GUIAS DE ACERO.

10.2.2 SI LA VELOCIDAD NOMINAL SUPERA 0,4 METROS SEGUNDO LAS GUIAS DEBEN SER DE ACERO ESTIRADO O LAS SUPERFICIES DE DESLIZAMIENTO DEBEN ESTAR MECANIZADAS.

10.2.3 LA PRESCRIPCION 10.2.2 DEBE SER CUMPLIDA, CUALQUIERA QUE SEA LA VELOCIDAD, SI SE UTILIZA PARACAIDAS PROGRESIVO.

10.3 AMORTIGUADORES DE CABINA Y DE CONTRAPESO.

10.3.1 DEBEN SER COLOCADOS AMORTIGUADORES EN EL EXTREMO INFERIOR DEL RECORRIDO DE LA CABINA Y DEL CONTRAPESO.

SI LOS AMORTIGUADORES SE DESPLAZAN CON LA CABINA O CON EL CONTRAPESO, DEBEN GOLPEAR CONTRA UN PEDESTAL DE 0,5 METROS DE ALTURA, AL MENOS, EN EL EXTREMO DEL RECORRIDO.

CASO PARTICULAR: NO SE IMPONE ESTE PEDESTAL PARA LOS AMORTIGUADORES DE CONTRAPESO, EN EL FOSO, SI EL ACCESO INVOLUNTARIO BAJO EL CONTRAPESO ES IMPOSIBLE (POR EJEMPLO, DISPONIENDO PANELES ENREJILLADOS CUYA MALLA CUMPLE CON EL ARTICULO 5.2.1, CASO PARTICULAR B).

10.3.2 LOS ASCENSORES DE TRACCION POR ARRASTRE, DEBEN ADEMAS ESTAR PROVISTOS DE AMORTIGUADORES COLOCADOS SOBRE LA CABINA, CAPACES DE ENTRAR EN ACCION EN LA PARTE SUPERIOR DEL RECORRIDO.

SI LOS ASCENSORES ESTAN PROVISTOS DE CONTRAPESO, LOS AMORTIGUADORES COLOCADOS ENCIMA DE LA CABINA NO DEBEN ENTRAR EN ACCION MAS QUE CUANDO LOS AMORTIGUADORES DE CONTRAPESO ESTEN TOTALMENTE COMPRIMIDOS.

10.3.3 LOS AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA NO PUEDEN SER EMPLEADOS SI LA VELOCIDAD NOMINAL DEL ASCENSOR SUPERA 1 METRO SEGUNDO.

10.3.4 LOS AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA, CON ACUMULACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO, NO PUEDEN SER EMPLEADOS SI LA VELOCIDAD NOMINAL DEL ASCENSOR SUPERA 1,6 METROS SEGUNDO.

10.3.5 LOS AMORTIGUADORES A DISIPACION DE ENERGIA PUEDEN SER EMPLEADOS PARA 10.4 CARRERA DE LOS AMORTIGUADORES DE CABINA Y DE CONTRAPESO.

10.4.1 AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA.

10.4.1.1 LA CARRERA TOTAL POSIBLE DE LOS AMORTIGUADORES DEBE SER AL MENOS IGUAL A DOS VECES LA DISTANCIA DE PARADA POR GRAVEDAD CORRESPONDIENTE AL 115 POR 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL (O SEA, 2 0,0674.V 0,135 V. SE EXPRESA LA CARRERA EN METROS Y LA VELOCIDAD NOMINAL V EN METROS POR SEGUNDO.

SIN EMBARGO, ESTA CARRERA TOTAL NO SERA INFERIOR A 65 MILIMETROS.

10.4.1.2 LOS AMORTIGUADORES DEBEN SER CALCULADOS DE MANERA QUE RECORRAN LA CARRERA ANTES DEFINIDA BAJO UNA CARGA ESTATICA COMPRENDIDA ENTRE 2,5 Y 4 VECES LA MASA DE LA CABINA CON SU CARGA NOMINAL (O LA MASA DEL CONTRAPESO).

10.4.2 AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUAMIENTO DEL MOVIMIENTO DE RETORNO.

10.4.2.1 LA CARRERA POSIBLE DE LOS AMORTIGUADORES DEBE SER AL MENOS IGUAL A DOS VECES LA DISTANCIA DE PARADA POR GRAVEDAD CORRESPONDIENTE AL 115 POR 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL (O SEA, 2 0,0674.V 0,135 V): SE EXPRESA LA CARRERA EN METROS Y LA VELOCIDAD NOMINAL V EN METROS POR SEGUNDO.

SIN EMBARGO, ESTA CARRERA NO SERA INFERIOR A 65 MILIMETROS.

10.4.2.2 LOS AMORTIGUADORES DEBEN SERCALCULADOS DE MANERA QUE RECORRAN LA CARRERA DEFINIDA ANTERIORMENTE BAJO UNA CARGA ESTATICA COMPRENDIDA ENTRE 2,5 Y 4 VECES LA MASA DE LA CABINA CON SU CARGA NOMINAL (O LA MASA DEL CONTRAPESO). 10.4.3 AMORTIGUADORES A DISIPACION DE ENERGIA.

10.4.3.1 LA CARRERA TOTAL POSIBLE DE LOS AMORTIGUADORES DEBE SER AL MENOS IGUAL A LA DISTANCIA DE PARADA POR GRAVEDAD CORRESPONDIENTE AL 115 POR 100 DE LA VELOCIDAD NOMINAL (0,067 V, SIENDO EXPRESADA LA CARRERA EN METROS Y V (VELOCIDADA NOMINAL) EN METROS POR SEGUNDO.

10.4.3.2 CUANDO LA REDUCCION DE VELOCIDAD DEL ASCENSOR, EN LOS EXTREMOS DEL RECORRIDO, SE VERIFICA POR UN DISPOSITIVO QUE RESPONDA A LAS PRESCRIPCIONES DEL APARTADO 12.8, LA VELOCIDAD A LA CUAL LA CABINA (O EL CONTRAPESO) TOMARA CONTACTO CON LOS AMORTIGUADORES PUEDE SER UTILIZADA, EN LUGAR DE LA VELOCIDAD NOMINAL, PARA CALCULAR LA CARRERA DEL AMORTIGUADOR, SEGUN 10.4.3.1. EN CUALQUIER CASO, LA CARRERA NO PODRA SER INFERIOR A:

A) 50 POR 100 DE LA CARRERA CALCULADA SEGUN 10.4.3.1 SI LA VELOCIDAD NOMINAL NO EXCEDE DE 4 METROS SEGUNDO.

B) 33 1 3 POR 100 DE LA CARRERA CALCULADA SEGUN 10.4.3.1 SI LA VELOCIDAD NOMINAL ES SUPERIOR A 4 METROS SEGUNDO.

EN NINGUN CASO ESTA CARRERA PODRA SER INFERIOR A 0,42 METROS.

10.4.3.3 CON LA CARGA NOMINAL EN CABINA, Y EN CAIDA LIBRE, LA DECELERACION MEDIA, POR LA ACCION DE LOS AMORTIGUADORES, NO DEBE REBASAR . NO DEBEN PRODUCIRSE DECELERACIONES SUPERIORES A 2,5 G DURANTE MAS DE 1 25 DE SEGUNDO.

LA VELOCIDAD AL IMPACTO SOBRE LOS AMORTIGUADORES, A TOMAR EN CONSIDERACION, SERA IGUAL A AQUELLA PARA LA CUAL HA SIDO CALCULADA LA CARRERA DE LOS AMORTIGUADORES (VEASE 10.4.3.1 Y 10.4.3.2).

10.4.3.4 EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR DEBE ESTAR SUBORDINADO AL RETORNO DE LOS AMORTIGUADORES A SU POSICION NORMAL. EL DISPOSITIVO USADO PARA ESTE PROPOSITO DEBE SER UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2. 10.4.3.5 CUANDO LOS AMORTIGUADORES SON HIDRAULICOS, DEBEN SER CONSTRUIDOS DE FORMA QUE SEA FACIL COMPROBAR EL NIVEL DE LIQUIDO.

10.5 DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO.

10.5.1 DEBEN SER INSTALDOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO.

LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO DEBEN ACTUAR TAN CERCA COMO SEA POSIBLE DE LOS NIVELES DE PARADAS EXTREMAS SIN QUE POR ELLO EXISTA EL RIESGO DE PROVOCAR CORTES DE SERVICIO INTEMPESTIVOS.

ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN ACTUAR ANTES DE QUE LA CABINA (O EL CONTRAPESO, SI EXISTE) TOMEN CONTACTO CON LOS AMORTIGUADORES. LA ACCION DE LOS DISPOSITIVOS DE FINAL DE RECORRIDO DEBE PERSISTIR MIENTRAS QUE LOS AMORTIGUADORES ESTEN COMPRIMIDOS.

10.5.2 MANDO DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO.

10.5.2.1 SE PROHIBE UTILIZAR ORGANOS DE MANDO COMUNES PARA LA PARADA NORMAL EN LOS NIVELES EXTREMOS Y PARA LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO.

10.5.2.2 EN EL CASO DE ASCENSOR CON TRACCION POR ARRASTRE, EL MANDO DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO DEBE ESTAR ASEGURADO A) UN ORGANO LIGADO AL MOVIMIENTO DE LA MAQUINA.

B) O POR LA CABINA Y EL CONTRAPESO, SI EXISTE ESTE, EN LA PARTE SUPERIOR DEL C) O POR LA CABINA, EN LA PARTE ALTA Y EN LA PARTE BAJA DEL HUECO, SI NO EXISTE CONTRAPESO.

10.5.2.3 EN EL CASO DE ASCENSOR DE TRACCION POR ADHERENCIA, EL MANDO DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO DEBE ESTAR ASEGURADO.

A) DIRECTAMENTE POR LA CABINA EN LA PARTE ALTA Y EN LA PARTE BAJA DEL HUECO.

B) O POR UN ORGANO LIGADO DIRECTAMENTE A LA CABINA. EN ESTE CASO, LA ROTURA O AFLOJAMIENTO DE ESTA LIGAZON DEBE MANDAR LA PARADA DE LA MAQUINA POR LA ACCION DE UN DISPOSITIVO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

10.5.3 MODO DE ACCION DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO.

10.5.3.1 LOS DISPOSITIVOS DE FINAL DE RECORRIDO DEBEN:

A) EN EL CASO DE ASCENSORES CON TRACCION POR ARRASTRE, CORTAR DIRECTAMENTE LOS CIRCUITOS QUE ALIMENTAN EL MOTOR Y EL FRENO POR MEDIO DE CONTACTOS CON SEPARACION MECANICA.

DEBEN TOMARSE DISPOSICIONES PARA QUE EL MOTOR NO PUEDA ALIMENTARSE A TRAVES DE LAS BOBINAS DEL FRENO.

B) EN EL CASO DE ASCENSOR CON TRACCION POR ADHERENCIA, DE UNA O DOS VELOCIDADES:

1) CORTAR LOS CIRCUITOS EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE EN A), MENCIONADAS ANTES, O BIEN 2) ABRIR POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD (14.1.2) LOS CIRCUITOS QUE ALIMENTAN LAS BOBINAS DE DOS CONTACTORES CUYOS CONTACTOS ESTAN EN SERIE CON LOS CIRCUITOS QUE ALIMENTAN EL MOTOR Y EL FRENO.

CADA UNO DE ESTOS CONTACTORES DEBE SER CAPAZ DE CORTAR EN CARGA LOS CIRCUITOS DE ALIMENTACION.

C) EN EL CASO DE ASCENSORES DE TENSION VARIABLE O A VARIACION CONTINUA DE VELOCIDAD DEBEN ASEGURAR RAPIDAMENTE LA PARADA DE LA MAQUINA.

10.5.3.2 DESPUES DEL FUNCIONAMIENTO DE UN DISPOSITIVO DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO NO DEBE PODER SER PUESTO EN MARCHA EL ASCENSOR MAS QUE POR LA INTERVENCION DE UNA PERSONA COMPETENTE.

SI EXISTEN VARIOS DISPOSITIVOS DE FINAL DE RECORRIDO EN CADA EXTREMO DEL RECORRIDO, EL FUNCIONAMIENTO DE UNO DE ELLOS DEBE IMPEDIR EL DESPLAZAMIENTO EN AMBOS SENTIDOS DE MARCHA Y NECESITAR LA INTERVENCION DE UNA PERSONA COMPETENTE.

10.6 DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN CASO DE QUE LA CABINA O EL CONTRAPESO ENCUENTREN UN OBSTACULO DURANTE EL DESCENSO.

10.6.1 ASCENSORES CON TRACCION POR ARRASTRE.

LOS ASCENSORES CON TRACCION POR ARRASTRE DEBEN DISPONER DE UN DISPOSITIVO DE AFLOJAMIENTO DE CABLE O DE CADENA QUE CORTE LA CORRIENTE DE MANIOBRA Y MANDE LA PARADA DE LA MAQUINA SI LA CABINA (O EL CONTRAPESO) ENCUENTRAN UN OBSTACULO DURANTE SU MOVIMIENTO DE DESCENSO.

EL DISPOSITIVO USADO DEBE CUMPLIR CON 14.1.2.

10.6.2 ASCENSORES CON TRACCION POR ADHERENCIA.

10.6.2.1 LOS ASCENSORES CON TRACCION POR ADHERENCIA DEBEN DISPONER DE UN DISPOSITIVO QUE MANDE Y MANTENGA LA PARADA DE LA MAQUINA:

A) CUANDO AL ESTABLECERSE UN MANDATO LA MAQUINA NO ARRANCA, O B) LA CABINA (O EL CONTRAPESO) ES DETENIDA EN SU DESCENSO POR UN OBSTACULO QUE PROVOCA EL DESLIZAMIENTO DE LOS CABLES SOBRE LA POLEA MOTRIZ.

10.6.2.2 ESTE DISPOSITIVO DEBE INTERVENIR EN UN TIEMPO QUE NO PUEDE EXCEDER DEL MAS BAJO DE LOS DOS VALORES SIGUIENTES: A) CUARENTA Y CINCO SEGUND B) DURACION DEL VIAJE EN EL RECORRIDO TOTAL AUMENTADO EN DIEZ SEGUNDOS, CON UN MINIMO DE VEINTE SEGUNDOS SI LA DURACION DEL VIAJE ES INFERIOR A DIEZ SEGUNDOS.

10.6.2.3 ESTE DISPOSITIVO NO DEBE AFECTAR NI A LA MANIOBRA DE INSPECCION NI A LA MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO DESDE EL CUARTO DE MAQUINAS.

11. HOLGURAS ENTRE CABINA Y PAREDES DE LOS ACCESOS A ELLA

11.1 DISPOSICION GENERAL.

LAS HOLGURAS EXIGIDAS EN LA ITADEBEN SER RESPETADAS NO SOLO DEBEN SER TOMADAS PRECAUCIONES EFICACES PARA EVITAR LA ROTACION DEL MOTOR EN EL CASO DE QUE EXISTA UN CAMPO REMANENTE DEL GENERADOR (POR EJEMPLO: CIRCUITO SUICIDA).

12.7.3 MOTOR DE CORRIENTE ALTERNA O CONTINUA, ALIMENTADOS Y CONTROLADOS POR ELEMENTOS ESTATICOS.

DEBE SER EMPLEADO UNO DE LOS DOS PROCEDIMIENTOS SIGUIENTES:

A) DOS CONTACTORES INDEPENDIENTES QUE CORTEN LA LLEGADA DE ENERGIA AL MOTOR.

SI, DURANTE LA PARADA DEL ASCENSOR, UNO DE LOS DOS CONTACTORES NO HA ABIERTO LOS CONTACTOS PRINCIPALES, DEBE SER IMPEDIDO UN NUEVO ARRANQUE, LO MAS TARDE EN EL PROXIMO CAMBIO DE SENTIDO DE VIAJE.

B) UN SISTEMA QUE COMPRENDA:

1) UN CONTACTOR QUE CORTE LA LLEGADA DE ENERGIA A TODOS LOS POLOS. LA BOBINA DEL CONTACTOR DEBE SER DESCONECTADA AL MENOS ANTES DE CADA CAMBIO DE SENTIDO DE VIAJE. SI EL CONTACTOR NO CAE, DEBE SER IMPEDIDO UN NUEVO ARRANQUE DEL ASCENSOR.

2) UN DISPOSITIVO DE CONTROL QUE BLOQUEE EL FLUJO DE ENERGIA EN LOS ELEMENTOS ESTATICOS.

3) UN DISPOSITIVO DE VIGILANCIA PARA LA COMPROBACION DEL BLOQUEO DE FLUJO DE ENERGIA DURANTE CADA PARADA DEL ASCENSOR.

SI, DURANTE UNA PARADA NORMAL, EL BLOQUEO POR LOS ELEMENTOS ESTATICOS NO ES EFECTIVO, EL DISPOSITIVO DE VIGILANCIA DEBE HACER CAER EL CONTACTOR Y DEBE SER IMPEDIDO UN NUEVO ARRANQUE DEL ASCENSOR.

12.8 CONTROL DE REDUCCION DE VELOCIDAD DE LA MAQUINA CUANDO SE USA CARRERA REDUCIDA DE LOS AMORTIGUADORES SEGUN 10.4.3.2.

12.8.1 DEBEN EXISTIR DISPOSITIVOS QUE COMPRUEBEN QUE LA REDUCCION DE VELOCIDAD ES EFECTIVA ANTES DE LLEGAR AL NIVEL DE LAS PARADAS EXTREMAS.

12.8.2 SI LA REDUCCION DE VELOCIDAD NO ES EFECTIVA, ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN PROVOCAR LA REDUCCION DE LA VELOCIDAD DE LA CABINA DE MANERA QUE, SI ELLA ENTRA EN CONTACTO CON LOS AMORTIGUADORES, SEA COMO MAXIMO A LA VELOCIDAD PARA LA CUAL ELLOS HAN SIDO CALCULADOS.

12.8.3 SI EL CONTROL DE REDUCCION DE VELOCIDAD NO ES INDEPENDIENTE DEL SENTIDO DE VIAJE, UN DISPOSITIVO DEBE CONTROLAR QUE EL MOVIMIENTO DE LA CABINA CORRESPONDE CON EL SENTIDO DE VIAJE MANDADO.

12.8.4 SI ESTOS DISPOSITIVOS, O UNA PARTE DE ELLOS, ESTAN COLOCADOS EN EL CUARTO DE MAQUINAS:

A) DEBEN ELLOS SER ACCIONADOS POR UN DISPOSITIVO CONECTADO MECANICAMENTE A LA CABINA.

B) EL CONOCIMIENTO DE LA POSICION DE LA CABINA NO DEBE DEPENDER DE DISPOSITIVOS ACCIONADOS POR ADHERENCIAS, FRICCION O SINCROMECANISMOS.

C) SI SE UTILIZA UN ENLACE POR CINTA, CADENA O CABLE, PARA LA TRANSMISION DE LA POSICION DE LA CABINA AL CUARTO DE MAQUINAS, LA ROTURA O AFLOJAMIENTO DEL ORGANO DE ENLACE DEBE MANDAR LA PARADA DE LA MAQUINA POR LA ACCION DE UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

12.8.5 EL MANDO Y FUNCIONAMIENTO DE ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN ESTAR CONCEBIDOS DE TAL MANERA QUE, DEL CONJUNTO QUE ELLOS CONSTITUYEN CON LOS ELEMENTOS DE FUNCIONAMIENTO NORMAL DEL ASCENSOR, RESULTE UN SISTEMA DE CONTROL DE REDUCCION DE VELOCIDAD QUE RESPONDA A LAS PRESCRIPCIONES FORMULADAS EN 14.1.2.

12.9 PROTECCION DE LAS MAQUINAS.

DEBEN PREVERSE PROTECCIONES EFICACES PARA LAS PIEZAS GIRATORIAS ACCESIBLES QUE PUEDAN SER PELIGROSAS, EN PARTICULAR: A) CHAVETAS Y TORNILLOS EN LOS EJES.

B) CINTAS, CADENAS, CORREAS.

C) ENGRANAJES, PIÑONES.

D) EJES DE MOTOR SALIENTES.

E) LIMITADORES DE VELOCIDAD DE BOLAS (TIPO WATT).

SE EXCEPTUAN LAS POLEAS DE TRACCION, VOLANTES DE MANIOBRA, POLEAS DE FRENO Y PIEZAS ANALOGAS REDONDAS Y LISAS. ESTAS PIEZAS DEBEN SER PINTADAS EN AMARILLO AL MENOS PARCIALMENTE.

13. INSTALACION Y APARATOS ELECTRICOS 13.1 DISPOSICIONES GENERALES.

13.1.1 LIMITES DE APLICACION.

13.1.1.1 LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE ITC, RELATIVAS A LA INSTALACION Y A LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LOS APARATOS ELECTRICOS SE APLICAN:

A) AL INTERRUPTOR PRINCIPAL DEL CIRCUITO DE POTENCIA Y A LOS CIRCUITOS DERIVADOS DE EL.

B) AL INTERRUPTOR DEL ALUMBRADO DE LA CABINA Y A LOS CIRCUITOS DE ESTE ALUMBRADO.

EL ASCENSOR ES CONSIDERADO COMO UN CONJUNTO, DE LA MISMA FORMA QUE UNA MAQUINA Y LOS APARATOS INCORPORADOS A ELLA.

13.1.1.2 OTRAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS RELATIVAS A LOS CIRCUITOS ELECTRICOS DE DISTRIBUCION CESAN, POR TANTO, DE SER APLICADOS DESDE LAS BORNAS DE ENTRADA DE LOS INTERRUPTORES CITADOS DE 13.1.1.1. POR EL CONTRARIO, ELLAS SE APLICAN A LA TOTALIDAD DEL CIRCUITO DE ALUMBRADO DEL CUARTO DE MAQUINAS, DEL HUECO Y DEL FOSO.

13.1.1.3 LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE ITC, PARA LO QUE ESTA SITUADO DESPUES DE LOS INTERRUPTORES CITADOS EN 13.1.1.1 ESTAN BASADAS, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, TENIENDO EN CUENTA IMPERATIVOS PROPIOS DE LOS ASCENSORES, EN LAS NORMAS EXISTENTES:

DE NIVEL INTERNACIONAL: CEI.

DE NIVEL EUROPEO: CENELEC.

EN ESTA ITASE HACE REFERENCIA A LAS NORMAS UNE CORRESPONDIENTES.

CADA VEZ QUE SE HAGA REFERENCIA A UNA DE ESTAS NORMAS SE DAN REFERENCIAS PRECISAS DE LOS LIMITES DE SU APLICACION.

LOS MATERIALES O EQUIPO ELECTRICO EMPLEADO DEBEN ESTAR DE ACUERDO CON LAS REGLAS DEL OFICIO EN MATERIA DE SEGURIDAD SI NO SE HAN PRECISADO SUS ESPECIFICACIONES.

13.1.2 EN LOS CUARTOS DE MAQUINAS Y DE POLEAS ES NECESARIA UNA PROTECCION PARCIAL CONTRA LOS CONTACTOS DIRECTOS, POR MEDIO DE OBSTACULOS: VEASE PARRAFO 412.3 DE LA NORMA UNE 20-460 PAR 4-41.

13.1.3 LA RESISTENCIA DE AISLAMIENTO ENTRE CONDUCTORES, Y ENTRE CONDUCTORES Y TIERRA, DEBE SER SUPERIOR A 1.000 V CON UN MINIMO DE:

A) 500.000 PARA LOS CIRCUITOS DE POTENCIA Y LOS CIRCUITOS DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD ().

B) 250.000 PARA LOS DEMAS CIRCUITOS (MANIOBRA, ALUMBRADO, SEÑALIZACION, ETC.) ().

13.1.4 EL VALOR MEDIO EN CORRIENTE CONTINUA Y EL VALOR EFICAZ DE LA TENSION EN CORRIENTE ALTERNA, ENTRE CONDUCTORES O ENTRE CONDUCTOR Y TIERRA, NO DEBE SER SUPERIOR A 250 V PARA CIRCUITOS DE MANIOBRA Y SEGURIDAD.

13.1.5 EL CONDUCTOR DE NEUTRO Y EL DE SEGURIDAD DE TIERRA DEBEN SER SIEMPRE DISTINTOS.

13.2 CONTACTORES, CONTACTORES AUXILIARES, COMPONENTES DE LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD.

13.2.1 CONTACTORES Y CONTACTORES AUXILIARES.

13.2.1.1 LOS CONTACTORES PRINCIPALES (ES DECIR LOS NECESARIOS PARA LA PARADA DE LA MAQUINA SEGUN 12.7), DEBEN SER DE LAS CATEGORIAS SIGUIENTES, TAL COMO SON DEFINIDOS POR LA NORMA UNE 20-109-81:

A) AC-3 SI SE TRATA DE CONTACTORES PARA MOTORES ALIMENTADOS POR CORRIENTE ALTERNA.

B) DC-2 SI SE TRATA DE CONTACTORES DE POTENCIA PARA CORRIENTE CONTINUA.

ESTOS CONTACTORES DEBEN, POR OTRA PARTE, PERMITIR UN 10 POR 100 DE ARRANQUES POR IMPULSOS.

13.2.1.2 SI, POR NECESIDAD DE LA POTENCIA A TRANSMITIR, SE DEBEN USAR CONTACTORES AUXILIARES PARA EL MANDO DE LOS CONTACTORES PRINCIPALES, AQUELLOS CONTACTORES AUXILIARES DEBEN SER DE LAS CATEGORIAS SIGUIENTES, SEGUN SE DEFINE POR LA NORMA UNE 20-119-74 (1):

A) AC-11 SI SE TRATA DE MANDAR ELECTROIMANES DE CORRIENTE ALTERNA.

B) DC-11 SI SE TRATA DE MANDAR ELECTROIMANES DE CORRIENTE CONTINUA.

13.2.1.3 TANTO EN LOS CONTACTORES PRINCIPALES VISTOS EN 13.2.1.1 COMO EN LOS CONTACTORES AUXILIARES REFERIDOS EN 13.2.1.2 SE ADMITE QUE:

() ESTOS VALORES SON PROVISIONALES, Y SERAN ALINEADOS POSTERIORMENTE CON LOS QUE SEAN ADOPTADOS POR EL COMITE DE ESTUDIOS 64 DE CENELEC.

A) SI UNO DE LOS CONTACTOS DE APERTURA (NORMALMENTE CERRADO) ESTA CERRADO, TODOS LOS CONTACTOS DE CIERRE ESTARAN ABIERTOS.

B) SI UNO DE LOS CONTACTOS DE CIERRE (NORMALMENTE ABIERTO) ESTA CERRADO, TODOS LOS CONTACTOS DE APERTURA ESTARAN ABIERTOS.

13.2.2 COMPONENTES DE LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD:

13.2.2.1 CUANDO SE UTILIZAN APARATOS DE ACUERDO CON 13.2.1.2 COMO RELES EN UN CIRCUITO DE SEGURIDAD, SON DE APLICACION LAS HIPOTESIS DE 13.2.1.3.

13.2.2.2 SI LOS RELES UTILIZADOS SON TALES QUE LOS CONTACTOS DE APERTURA Y DE CIERRE NO ESTAN CERRADOS SIMULTANEAMENTE PARA NINGUNA POSICION DE LA ARMADURA, SE PERMITE NO CONSIDERAR LA POSIBILIDAD DE ATRACCION INCOMPLETA DE LA ARMADURA MOVIL

13.2.2.3 SI EXISTEN APARATOS CONECTADOS DESPUES DE CIRCUITOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD, DEBERAN ELLOS RESPONDER A LAS PRESCRIPCIONES DE 14.1.2.2.2 EN LO QUE CONCIERNE A LAS LINEAS Y DISTANCIAS EN EL AIRE (PERO NO A LAS DISTANCIAS DE CORTE).

ESTA IMPOSICION NO SE APLICA A LOS APARATOS MENCIONADOS EN 13.2.1.1-13.2.1.2 Y 13.2.2.1 QUE RESPONDEN A LAS PRESCRIPCIONES DE LAS NORMAS UNE 20-109-81 Y 20-119-74 (1).

13.3 PROTECCION DE LOS MOTORES.

13.3.1 LOS MOTORES CONECTADOS DIRECTAMENTE A LA RED DEBEN ESTAR PROTEGIDOS CONTRA CORRIENTES EXCESIVAS, SOBRECARGAS O CORTOCIRCUITOS, MEDIANTE DISPOSITIVOS APROPIADOS.

13.3.2 CUANDO LOS MOTORES DE TRACCION SON ALIMENTADOS POR GENERADORES DE CORRIENTE CONTINUA ACCIONADOS POR MOTORES, LOS MOTORES DE TRACCION ESTAR PROTEGIDOS CONTRA SOBRECARGAS.

13.3.3 LA PROTECCION DE LOS MOTORES ALIMENTADOS DIRECTAMENTE POR LA RED, DEBE ESTAR ASEGURADA POR DISPOSITIVOS DE CORTE AUTOMATICO QUE DEBEN CORTAR TODOS LOS CONDUCTORES ACTIVOS DE ALIMENTACION AL MOTOR, EN LAS CONDICIONES INDICADAS EN LA NORMA UNE 20-460-PARTE 4-41.

DESPUES DE LA INTERVENCION DE UN DISPOSITIVO DE PROTECCION, SU PUESTA EN SERVICIO NO DEBE PODER SER EFECTUADA MAS QUE POR UNA PERSONA COMPETENTE.

13.3.4 CUANDO LA DETECCION DE UNA SOBREINTENSIDAD SE EFECTUA EN FUNCION DEL AUMENTO DE TEMPERATURA DE LOS ARROLLAMIENTOS DEL MOTOR, EL DISPOSITIVO DE CORTE PODRA SER CERRADO AUTOMATICAMENTE DESPUES DE UN ENFRIAMIENTO SUFICIENTE.

13.3.5 LAS PRESCRIPCIONES DE 13.3.3 Y 13.3.4 SE APLICAN A CADA ARROLLAMIENTO SI EL MOTOR TIENE VARIOS ARROLLAMIENTOS ALIMENTADOS POR CIRCUITOS DIFERENTES.

13.4 INTERRUPTORES PRINCIPALES.

13.4.1 LOS CUARTOS DE MAQUINAS DEBEN TENER, PARA CADA ASCENSOR, UN INTERRUPTOR CAPAZ DE CORTAR LA ALIMENTACION DEL ASCENSOR EN TODOS LOS CONDUCTORES ACTIVOS. ESTE INTERRUPTOR DEBE ESTAR PREVISTO PARA LA INTENSIDAD MAS ELEVADA ADMISIBLE EN LAS CONDICIONES DE EMPLEO NORMAL DEL ASCENSOR.

ESTE INTERRUPTOR NO DEBE CORTAR LOS CIRCUITOS QUE ALIMENTAN:

A) EL ALUMBRADO DE LA CABINA Y SU VENTILACION, SI EXISTE.

B) LA TOMA DE CORRIENTE SOBRE EL TECHO DE LA CABINA.

C) EL ALUMBRADO DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS Y DE POLEAS.

D) LA TOMA DE CORRIENTE EN EL CUARTO DE MAQUINAS.

E) EL ALUMBRADO DEL INTERIOR DEL HUECO.

F) EL DISPOSITIVO DE PETICION DE SOCORRO.

13.4.2 LOS INTERRUPTORES PRINCIPALES DEFINIDOS EN 13.4.1 DEBEN TENER POSICIONES ESTABLES DE CONECTADO Y DESCONECTADO.

EL ORGANO DE MANDO DEL INTERRUPTOR PRINCIPAL DEBE SER RAPIDA Y FACILMENTE ACCESIBLE DESDE EL ACCESO O DE LOS ACCESOS AL CUARTO DE MAQUINAS. DEBE PERMITIRSE LA FACIL IDENTIFICACION DEL ASCENSOR QUE LE CORRESPONDE SI EL CUARTO DE MAQUINAS ES COMUN A VARIOS ASCENSORES.

NOTA: SI EL CUARTO DE MAQUINAS TIENE VARIOS ACCESOS O SI EXISTE PARA UN ASCENSOR VARIOS CUARTOS DE MAQUINAS, CADA UNO CON SU ACCESO, PUEDE SER UTILIZADO UN CONTACTOR-DISYUNTOR CUYA DESCONEXION DEBE SER MANDADA POR UN DISPOSITIVO DE SEGURIDAD, DE ACUERDO CON 14.1.2, PUESTO EN SERIE CON EL CIRCUITO DE ALIMENTACION DE LA BOBINA DEL CONTACTOR-DISYUNTOR. LA RECONEXION DEL CONTACTOR-DISYUNTOR NO PODRA SER EFECTUADA MAS QUE POR UNA MEDIACION DEL DISPOSITIVO QUE HA PROVOCADO SU DESCONEXION. ADEMAS DE ESTE CONTACTOR-DISYUNTOR DEBE EXISTIR EN SERIE UN INTERRUPTOR MANUAL.

13.4.3 EN EL CASO DE UNA BATERIA DE ASCENSORES, CUANDO, DESPUES DEL CORTE DEL INTERRUPTOR PRINCIPAL, UNA PARTE DE LOS CIRCUITOS DE MANIOBRA QUEDA BAJO TENSION, ESTOS CIRCUITOS DEBEN PODER SER AISLADOS SEPARADAMENTE, DESDE EL CUARTO DE MAQUINAS, SI ES NECESARIO CORTANDO LA ALIMENTACION DE TODOS LOS ASCENSORES DE LA BATERIA.

13.4.4 LOS CONDENSADORES PARA CORREGIR EL FACTOR DE POTENCIA, SI EXISTEN, DEBEN ESTAR CONECTADOS ANTES DEL INTERRUPTOR PRINCIPAL EN EL CIRCUITO DE POTENCIA.

NOTA: SI SON DE TEMER SOBRETENSIONES, POR EJEMPLO, CUANDO LOS MOTORES SON ALIMENTADOS POR CABLES DE GRAN LONGITUD, EL INTERRUPTOR DEL CIRCUITO DE POTENCIA DEBE CORTAR TAMBIEN LA CONEXION DE LOS CONDENSADORES.

13.5 CONDUCTORES ELECTRICOS.

13.5.1 EN LOS CUARTOS DE MAQUINAS, DE POLEAS Y EN LOS HUECOS DE LOS ASCENSORES, LOS CONDUCTORES Y CABLES (EXCEPTUANDO LOS CABLES DE MANIOBRA) DEBEN SER ESCOGIDOS ENTRE LOS NORMALIZADOS POR LAS NORMAS UNE 21-027 Y 21-031, TENIENDO EN CUENTA LAS INDICACIONES DE 13.1.1.3.

13.5.1.1 LOS CONDUCTORES QUE CUMPLEN CON 2.5 Y 2.6 DE LA UNE 21-031 PUEDEN SER UTILIZADOS EN TODOS LOS CIRCUITOS, EXCEPTO LOS CIRCUITOS DE POTENCIA DE LAS MAQUINAS, A CONDICION DE SER INSTALADOS EN CONDUCTOS METALICOS O PLASTICOS O DE SER PROTEGIDOS DE MANERA EQUIVALENTE.

13.5.1.2 LOS CABLES RIGIDOS, DE ACUERDO CON 2.5 Y 2.6 DE LA NORMA UNE 21-031, NO PUEDEN SER UTILIZADOS MAS QUE EN MONTAJE FIJO VISIBLE, FIJADOS A LAS PAREDES DEL HUECO (O DEL CUARTO DE MAQUINAS) O INSTALADOS DENTRO DE CONDUCTOS O DISPOSITIVOS ANALOGOS.

13.5.1.3 LOS CABLES FLEXIBLES ORDINARIOS, DE ACUERDO CON 2.3 DE LA UNE 21-027 Y 2.4 DE LA UNE 21-031, NO PUEDEN SER UTILIZADOS MAS QUE DENTRO DE CONDUCTOS O DISPOSITIVOS QUE ASEGUREN UNA PROTECCION EQUIVALENTE.

LOS CABLES FLEXIBLES QUE TENGAN UNA CAMISA GRUESA, COMO LOS QUE CUMPLEN CON 2.4 DE LA NORMA UNE 21-027, PUEDEN SER UTILIZADOS COMO CABLES RIGIDOS EN LAS CONDICIONES DEFINIDAS EN 13.5.1.2, Y PARA LA UNION A UN APARATO MOVIL (A EXCEPCION DE LA CABINA), O SI LOS CABLES ESTAN SOMETIDOS A VIBRACIONES.

LOS CABLES FLEXIBLES, DE ACUERDO CON LAS NORMAS UNE 21-031 Y 21-027, SON ACEPTADOS COMO CABLES DE UNION A LA CABINA, DENTRO DE LOS LIMITES FIJADOS EN ESTOS DOCUMENTOS. EN TODOS LOS CASOS, LOS CABLES FLEXIBLES ESCOGIDOS DEBEN TENER UNA CALIDAD AL MENOS EQUIVALENTE.

13.5.1.4 LAS DISPOSICIONES DE LOS ARTICULOS 13.5.1.1, 13.5.1.2 Y 13.5.1.3 PUEDEN NO SER APLICADAS.

A) A LOS CONDUCTORES Y CABLES NO CONECTADOS A LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD DE LAS PUERTAS DE PISO, CON LA CONDICION DE QUE, 1) NO SEA DESARROLLADA UNA POTENCIA NOMINAL SUPERIOR A 100 VA.

2) LA TENSION ENTRE POLOS (O FASES) O ENTRE UN POLO (O FASE) Y TIERRA, A LA QUE ELLOS ESTAN NORMALMENTE SOMETIDOS, SEA INFERIOR O IGUAL A 50 V.

B) AL CABLEADO DE LOS DISPOSITIVOS DE MANIOBRA O DE DISTRIBUCION DENTRO DE LOS ARMARIOS O SOBRE LOS CUADROS, 1) ENTRE LOS DISTINTOS APARATOS ELECTRICOS O 2) ENTRE LOS APARATOS Y LAS BORNAS DE CONEXION.

13.5.2 SECCION DE CONDUCTORES.LA SECCION DE LOS CONDUCTORES DE LOS CIRCUITOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DE LAS PUERTAS NO DEBE SER INFERIOR A 0,75 MILIMETROS CUADRADOS. MODO DE INSTALACION.

13.5.3.1 LA INSTALACION ELECTRICA DEBE ESTAR PROVISTA DE LAS INDICACIONES NECESARIAS PARA FACILITAR SU COMPRENSION.

13.5.3.2 LAS CONEXIONES, BORNAS PARA LAS MISMAS, CONECTORES, EXCEPTUANDO LAS PIEZAS CONSIDERADAS EN 13.1.2, DEBE ENCONTRARSE EN ARMARIOS, CAJAS O BASTIDORES PREVISTOS A ESTE EFECTO.

13.5.3.3 CUANDO, DESPUES DEL CORTE O DE LOS INTERRUPTORES PRINCIPALES DEL ASCENSOR, QUEDAN BORNAS DE CONEXION BAJO TENSION DEBEN ESTAS ESTAR CLARAMENTE SEPARADAS DE LAS QUE NO ESTAN BAJO TENSION, Y SI ESTA TENSION ES SUPERIOR A 50 V, DEBERA ESTO ESTAR CONVENIENTEMENTE SEÑALADO.

13.5.3.4 LAS BORNAS DE CONEXION, CUYA INTERCONEXION FORTUITA PUEDA SER CAUSA DE UN FUNCIONAMIENTO PELIGROSO DEL ASCENSOR, DEBEN ESTAR CLARAMENTE SEPARADAS, A MENOS QUE SU CONSTITUCION NO PERMITA ESTE RIESGO.

13.5.3.5 PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE LA PROTECCION MECANICA, LOS REVESTIMIENTOS PROTECTORES DE LOS CONDUCTORES Y CABLES DEBEN PENETRAR EN LAS CAJAS DE LOS INTERRUPTORES Y APARATOS.

NOTA: LOS BASTIDORES CERRADOS DE LAS PUERTAS DE PISO Y DE LAS CABINAS SON CONSIDERADOS COMO CAJAS DE APARATOS. SIN EMBARGO, SI EXISTE RIESGO DE DETERIORO MECANICO, OCASIONADO POR LOS ELEMENTOS EN MOVIMIENTO O POR LA ASPEREZA DEL BASTIDOR MISMO, LOS CONDUCTORES CONECTADOS A LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DEBEN ESTAR PROTEGIDOS MECANICAMENTE.

13.5.3.6 SI UN MISMO CONDUCTO O CABLE CONDUCTORES CUYOS CIRCUITOS ESTAN BAJO TENSIONES DIFERENTES, TODOS LOS CONDUCTORES O HILOS DEL CABLE DEBEN TENER PREVISTO EL AISLAMIENTO PARA LA TENSION MAS ELEVADA.

13.5.4 CONECTORES.

LOS APARATOS ENCHUFABLES Y LOS CONECTORES COLOCADOS EN CIRCUITOS DE SEGURIDAD DEBEN ESTAR CONCEBIDOS Y REALIZADOS DE MANERA QUE, SI PARA UN MONTAJE Y DESMONTAJE NO ES NECESARIO UN UTIL, SEA IMPOSIBLE INVERTIR SUS CONEXIONES.

13.6 ALUMBRADO Y TOMAS DE CORRIENTE.

13.6.1 LA ALIMENTACION DEL ALUMBRADO ELECTRICO DE LA CABINA, DEL HUECO Y DE LOS CUARTOS DE MAQUINAS DEBE SER INDEPENDIENTE DE LA ALIMENTACION DE LA MAQUINA, BIEN PROVENGA DE OTRA LINEA O SEA TOMADA DE LA QUE ALIMENTA LA MAQUINA ANTES DEL INTERRUPTOR GENERAL O DE LOS INTERRUPTORES PRINCIPALES PREVISTOS EN 13.4.

13.6.2 LA ALIMENTACION DE LAS TOMAS DE CORRIENTE PREVISTAS SOBRE EL TECHO DE LA CABINA, EN LOS CUARTOS DE MAQUINAS Y DE POLEAS Y EN EL FOSO, DEBE TOMARSE DE LOS CIRCUITOS PREVISTOS EN 13.6.1.

ESTOS ENCHUFES DE TOMA DE CORRIENTE SON:

ENCHUFES DE TIPO DOS POLOS MAS TIERRA, 250 V, ALIMENTADOS DIRECTAMENTE, O ENCHUFES ALIMENTADOS A MUY BAJA TENSION DE SEGURIDAD, DE ACUERDO CON 411.1.3.5 DE LA NORMA UNE 20-460, PARTE 4-41.

NOTA: LA UTILIZACION DE LOS ENCHUFES DE TOMA DE CORRIENTE ANTERIORES NO IMPLICA QUE EL CABLE DE ALIMENTACION TENGA UNA SECCION CORRESPONDIENTE A CORRIENTE NOMINAL DEL ENCHUFE DE TOMA DE CORRIENTE; LA SECCION DE LOS CONDUCTORES PUEDE SER NETAMENTE INFERIOR SI ESTA PREVISTA LA CORRECTA PROTECCION DE LOS CONDUCTORES CONTRA SOBREINTENSIDADES.

13.6.3 CORTE DE LOS CIRCUITOS DE ALUMBRADO Y TOMAS DE CORRIENTE.

13.6.3.1 UN INTERRUPTOR DEBE PERMITIR CORTAR LA ALIMENTACION DEL CIRCUITO DE LA CABINA (SI EL CUARTO TIENE VARIAS MAQUINAS HACE FALTA UN INTERRUPTOR PARA CADA CABINA). ESTE INTERRUPTOR DEBE ESTAR COLOCADO EN LA PROXIMIDAD DEL INTERRUPTOR PRINCIPAL DE POTENCIA CORRESPONDIENTE.

13.6.3.2 UN INTERRUPTOR DEBE PERMITIR CORTAR LA ALIMENTACION DEL CIRCUITO DEL CUARTO DE MAQUINAS, DEL HUECO Y DEL FOSO. ESTE INTERRUPTOR DEBE ESTAR SITUADO EN EL CUARTO DE MAQUINAS Y PROXIMO A SU ACCESO.

13.6.3.3 CADA CIRCUITO CORTADO POR LOS INTERRUPTORES PREVISTOS EN 13.6.3.1 Y 13.6.3.2 DEBE TENER SU PROTECCION PARTICULAR.

14. PROTECCION CONTRA DEFECTOS ELECTRICOS, MANIOBRAS, PRIORIDADES 14.1 PROTECCION CONTRA LOS DEFECTOS ELECTRICOS.

14.1.1 DISPOSICIONES GENERALES.

UNO DE LOS DEFECTOS QUE SE SEÑALAN EN 14.1.1.1, EN EL EQUIPO ELECTRICO DE UN ASCENSOR, NO DEBE POR SI SOLO SER LA CAUSA DE UN FUNCIONAMIENTO PELIGROSO DEL ASCENSOR.

14.1.1.1 DEFECTOS CONSIDERADOS.

A) AUSENCIA DE TENSION.

B) CAIDA DE TENSION.

C) PERDIDA DE CONTINUIDAD DE UN CONDUCTOR.

D) DEFECTOS DE AISLAMIENTO CON RELACION A MASA O TIERRA.

E) CORTOCIRCUITO O INTERRUPCION EN UN COMPONENTE ELECTRICO COMO RESISTENCIA, CONDENSADOR, TRANSISTOR O LAMPARA.

F) NO ATRACCION INCOMPLETA DE LA ARMADURA MOVIL DE UN CONTACTOR O DE UN RELE.

G) NO CAIDA DE LA ARMADURA DE UN CONTACTOR O DE UN RELE.

H) NO APERTURA DE UN CONTACTO.

I) NO CIERRE DE UN CONTACTO.

14.1.1.2 LA HIPOTESIS DE LA NO APERTURA DE UN CONTACTO PUEDE NO SER CONSIDERADO SI SE TRATA DE CONTACTOS DE SEGURIDAD QUE CUMPLEN LAS PRESCRIPCIONES DE 14.1.2.2.

14.1.1.3 LA APARICION DE UNA DERIVACION A MASA, O A TIERRA, EN UN CIRCUITO QUE CONTIENE UN DISPOSITIVO DE SEGURIDAD ELECTRICO DEBE:

A) CAUSAR LA PARADA INMEDIATA DE LA MAQUINA.

B) IMPEDIR UN ARRANQUE DE LA MAQUINA DESPUES DE LA PRIMERA PARADA NORMAL.

LA NUEVA PUESTA EN SERVICIO NO DEBE SER POSIBLE MAS QUE POR UNA PERSONA COMPETENTE.

14.1.2 DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD.

14.1.2.1 DISPOSICIONES GENERALES.

14.1.2.1.1 CUANDO EL FUNCIONAMIENTO DE UNO DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD, CUYA LISTA FIGURA EN EL ANEXO A, DEBE IMPEDIR EL ARRANQUE DE LA MAQUINA, O MANDAR SU PARADA INMEDIATA COMO SE DICE EN 14.1.2.4, LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DEBEN ESTAR CONSTITUIDOS POR:

A) UNO O VARIOS CONTACTOS DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.2 QUE CORTEN DIRECTAMENTE LA ALIMENTACION DE LOS CONTACTORES PREVISTOS EN 12.7 O DE SUS CONTACTORES AUXILIARES.

B) O BIEN POR MEDIO DE CIRCUITOS DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.3, QUE COMPRENDEN:

1) UNO O VARIOS CONTACTOS DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2 QUE NO CORTEN DIRECTAMENTE LA ALIMENTACION DE LOS CONTACTORES PREVISTOS EN 12.7 O SUS CONTACTORES AUXILIARES.

2) CONTACTOS QUE NO CUMPLAN CON LAS PRESCRIPCIONES DE 14.1.2.2.

14.1.2.1.2 UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD NO DEBE SER INSERTADO NI EN UN CONDUCTOR ACTIVO PUESTO A TIERRA NI EN UN CONDUCTOR DE PROTECCION.

14.1.2.1.3 NINGUN APARATO ELECTRICO DEBE SER CONECTADO EN PARALELO SOBRE UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD, SALVO EXCEPCION PREVISTA EN LA PRESENTE 14.1.2.1.4 LAS PERTURBACIONES POR INDUCCION O CAPACIDAD, PROPIAS O EXTERIORES, NO DEBEN CAUSAR FALLOS DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD. 14.1.2.1.5 UNA SEÑAL DE SALIDA PROCEDENTE DE UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD NO DEBE SER MODIFICADA POR UNA SEÑAL PARASITA PROCEDENTE DE OTRO DISPOSITIVO ELECTRICO CONECTADO EN EL CIRCUITO, HASTA EL PUNTO QUE PUEDA RESULTAR UNA SITUACION PELIGROSA.

14.1.2.1.6 EN LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD QUE CONTIENEN VARIOS CANALES PARALELOS, LAS INFORMACIONES PARA EL TRATAMIENTO DEL MANDO O DE LAS INFORMACIONES NO DEBEN SER CONDUCIDAS MAS QUE POR UN SOLO Y MISMO CANAL.

14.1.2.1.7 LOS CIRCUITOS QUE CONTIENEN UN REGISTRO O UNA TEMPORIZACION NO DEBEN, INCLUSO EN CASO DE FALLO, IMPEDIR O RETARDAR SENSIBLEMENTE LA PARADA DE LA MAQUINA CUANDO FUNCIONA UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD.

14.1.2.1.8 SE DEBE IMPEDIR LA APARICION DE FALSAS SEÑALES EN LAS SALIDAS DE LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD, ORIGINADAS POR LA CONSTITUCION Y CONEXIONES DE LAS UNIDADES DE ALIMENTACION Y DEBIDAS A LA REACCION DE LOS CIRCUITOS.

EN PARTICULAR, LOS PICOS DE TENSION PRODUCIDOS DURANTE EL FUNCIONAMIENTO NORMAL DEL ASCENSOR O DE OTROS APARATOS CONECTADOS A LA RED, NO DEBEN CREAR PERTURBACIONES INADMISIBLES EN LOS COMPONENTES ELECTRONICOS (INMUNIDAD A LOS RUIDOS).

14.1.2.1.9 EL ANEXO A DETERMINA EL TIPO DE DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD QUE PUEDE SER UTILIZADO EN CADA CASO.

14.1.2.2 CONTACTOS DE SEGURIDAD.

14.1.2.2.1 EL FUNCIONAMIENTO DE UN CONTACTO DE SEGURIDAD DEBE OCURRIR POR SEPARACION MECANICA DE LOS ORGANOS DE CORTE Y SI ES PRECISO POR ARRANCAMIENTO.

14.1.2.2.2 LOS CONTACTOS DE SEGURIDAD DEBEN ESTAR PREVISTOS PARA UNA TENSION DE AISLAMIENTO DE 250 V SI LAS CUBIERTAS ASEGURAN UN GRADO MINIMO DE PROTECCION IP 4X, O DE 500 V SI EL GRADO DE PROTECCION ES INFERIOR AL IP 4X.

14.1.2.2.3 SI LAS CUBIERTAS PROTECTORAS NO SON DEL TIPO IP 4X AL MENOS, LAS DISTANCIAS EN EL AIRE Y LAS LINEAS DE FUGA DEBEN SER DE SEIS MILIMETROS COMO MINIMO Y LA DISTANCIA DE CORTE DE LOS CONTACTOS SERA DE CUATRO MILIMETROS, AL MENOS, DESPUES DE LA SEPARACION.

LAS PARTES DE LOS CONTACTOS DE SEGURIDAD BAJO TENSION DEBEN SER RODEADAS POR ENVOLTURAS PROTECTORAS. SIN EMBARGO, NO ES OBLIGATORIA ESTA PRESCRIPCION EN LAS CONDICIONES DE INFLUENCIA EXTERNAS CONSIDERADAS COMO NORMALES EN LA NORMA UNE 20-460-PARTE 3 (POR EJEMPLO: INSTALACION DE APARATOS EN EL INTERIOR DE EDIFICIOS HABITABLES).

14.1.2.2.4 EN EL CASO DE RUPTURA MULTIPLE, LA DISTANCIA DE CORTE ENTRE CONTACTOS DEBE SER, DESPUES DE LA SEPARACION, DE DOS MILIMETROS COMO MINIMO.

14.1.2.2.5 SI LOS ELEMENTOS DE CONTACTO ROZAN SOBRE PARTES AISLANTES, LA ABRASION DEL MATERIAL CONDUCTOR NO DEBE DAR LUGAR A CORTOCIRCUITO DE LOS CONTACTOS.

14.1.2.3 CIRCUITOS DE SEGURIDAD.

14.1.2.3.1 LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD INCLUYEN TANTO:

A) ORGANOS CON SEPARACION GALVANICA (CONTACTOS DE RELES CLASICOS, CONTACTOS CLASICOS CON MANDO MAGNETICO, CONTACTOS REED, ...).

B) ORGANOS SIN SEPARACION GALVANICA (CONTACTOS ESTATICOS GENERADORES HALL, 14.1.2.3.2 LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD DEBEN CUMPLIR CON LAS PRESCRIPCIONES DE 14.1.1 RELATIVAS A LA APARICION DE UN DEFECTO.

14.1.2.3.3 ADEMAS:

A) SI UN DEFECTO, COMBINADO CON UN SEGUNDO DEFECTO, PUEDE CONDUCIR A UNA SITUACION PELIGROSA, DEBE SER PARADO EL ASCENSOR CUANDO MAS TARDE A LA PROXIMA OPORTUNIDAD EN LA QUE EL PRIMER ELEMENTO DEFECTUOSO DEBA PARTICIPAR.

CUALQUIER NUEVO ARRANQUE DEBE SER IMPOSIBLE MIENTRAS ESTE DEFECTO PERSISTA.

NO HA SIDO CONSIDERADA LA POSIBILIDAD DE LA APARICION DEL SEGUNDO DEFECTO, DESPUES DEL PRIMERO, ANTES DE QUE EL ASCENSOR HAYA SIDO PARADO POR LA SECUENCIA MENCIONADA.

B) SI UNA SITUACION PELIGROSA PUEDE SOLO PRODUCIRSE POR LA COMBINACION DE VARIOS DEFECTOS, LA PARADA DEL ASCENSOR Y MANTENERLO DETENIDO DEBE HACERSE CUANDO MAS TARDE ANTES DE LA APARICION DEL DEFECTO QUE, AÑADIDO A LOS DEFECTOS YA EXISTENTES, CONDUCIRIA A LA SITUACION PELIGROSA.

C) DESPUES DE UNA INTERRUPCION DE LA ENERGIA DE LA RED, NO SE EXIGE QUE EL ASCENSOR SE MANTENGA PARADO A CONDICION DE QUE EL BLOQUEO DEL MISMO OCURRA, COMO ESTA PREVISTO EN LOS CASOS 14.1.2.3.3, A) Y B), EN EL CURSO DE LA PROXIMA SECUENCIA.

14.1.2.4 FUNCIONAMIENTO DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD.

CUANDO LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DEBAN IMPEDIR EL ARRANQUE DE LA MAQUINA O MANDAR INMEDIATAMENTE SU PARADA, PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD, DEBE SER CORTADA TAMBIEN LA ALIMENTACION ELECTRICA DEL FRENO.

LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DEBEN ACTUAR DIRECTAMENTE SOBRE LOS APARATOS QUE CONTROLAN LA LLEGADA DE ENERGIA A LA MAQUINA, DE ACUERDO CON LAS PRESCRIPCIONES DE 12.7.

SI POR LA POTENCIA A TRANSMITIR SE UTILIZAN CONTACTORES AUXILIARES PARA LA MANIOBRA DE LA MAQUINA, DEBEN SER ESTOS CONSIDERADOS COMO APARATOS QUE CONTROLAN DIRECTAMENTE LA LLEGADA DE ENERGIA A LA MAQUINA PARA EL ARRANQUE Y LA PARADA.

14.1.2.5 MANDO DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD.

LOS ORGANOS QUE MANDAN LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DEBEN SER REALIZADOS DE MANERA QUE PUEDAN CONTINUAR FUNCIONANDO SI ESTAN SOMETIDOS A ESFUERZOS MECANICOS RESULTANTES DE UN FUNCIONAMIENTO NORMAL CONTINUO.

SI LOS ORGANOS QUE MANDAN LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD SON, POR SU DISPOSICION, ACCESIBLES A PERSONAS NO CUALIFICADAS DEBEN ESTAR REALIZADOS DE TAL FORMA QUE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD NO PUEDAN QUEDAR INOPERANTES POR MEDIOS SIMPLES.

NOTA: UN IMAN O UN PUENTE ELECTRICO NO SE CONSIDERAN MEDIOS SIMPLES.

SI LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD SON REDUNDANTES DEBE ASEGURARSE, POR LA DISPOSICION MECANICA O GEOMETRICA DE LOS ELEMENTOS TRANSMISORES A LOS ORGANOS DE ENTRADA, QUE EN CASO DE DEFECTO MECANICO, NO SE PRODUZCA NINGUNA PERDIDA DE REDUNDANCIA QUE PUEDA PASAR INADVERTIDA.

14.2 MANIOBRAS.

14.2.1 MANIOBRA DE DESPLAZAMIENTO.

LA MANIOBRA DE DESPLAZAMIENTO DEBE EFECTUARSE ELECTRICAMENTE.

14.2.1.1 MANIOBRA NORMAL.

LA MANIOBRA DEBE REALIZARSE POR MEDIO DE PULSADORES. ESTOS DEBERAN ESTAR COLOCADOS EN CAJAS DE MANERA QUE NINGUNA PIEZA BAJO TENSION SEA ACCESIBLE.

NO SE AUTORIZA EL EMPLEO DE CABLES, CUERDAS O VARILLAS, COMO DISPOSITIVOS DE MANDO ENTRE LA CABINA Y EL CUARTO DE MAQUINAS MAS QUE EN CASOS MUY PARTICULARES (ATMOSFERAS MUY HUMEDAS, CORROSIVAS O EXPLOSIVAS).

14.2.1.2 MANIOBRA DE NIVELACION O AUTONIVELACION CON PUERTAS ABIERTAS.

EN EL CASO PREVISTO EN 7.7.2.2 SE ADMITE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA, CON LAS PUERTAS DE PISO Y DE CABINA ABIERTAS, PARA LAS OPERACIONES DE NIVELACION O AUTONIVELACION, SIEMPRE QUE:

A) ESTE DESPLAZAMIENTO ESTE LIMITADO A LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO 1) TODO MOVIMIENTO FUERA DE LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO DEBE SER IMPEDIDO AL MENOS POR UN DISPOSITIVO DE CORTE EN EL PUENTE O EL <SHUNT> DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE LAS PUERTAS Y DE LOS ENCLAVAMIENTOS.

2) ESTE DISPOSITIVO DE CORTE DEBE SER:

UN CONTACTO DE SEGURIDAD ACORDE CON 14.1.2.2.

O BIEN CONECTADO PARA CUMPLIR CON LAS PRESCRIPCIONES 14.1.2.3 DE LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD.

3) SI EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO DE CORTE DEPENDE DE UN ORGANO LIGADO DIRECTAMENTE A LA CABINA, LA ROTURA O AFLOJAMIENTO DEL ORGANO DE ENLACE DEBE ORDENAR LA PARADA DE LA MAQUINA POR LA ACCION DE UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DE ACUERDO CON 14.1.2.

4) EL DISPOSITIVO QUE DEJA INOPERANTE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD DE LAS PUERTAS DURANTE LAS OPERACIONES DE NIVELACION NO DEBE INTERVENIR MAS QUE CUANDO HA SIDO ORDENADA LA PARADA AL NIVEL DE UN PISO.

B) LA VELOCIDAD DE NIVELACION NO SUPERA 0,8 METROS POR SEGUNDO.

SOBRE LOS ASCENSORES CUYAS PUERTAS DE PISO SON DE ACCIONAMIENTO MANUAL DEBE SER CONTROLADO:

1) QUE ESTA CONECTADO EL MANDO DE LA PEQUEÑA VELOCIDAD, EN MAQUINAS CUYA VELOCIDAD MAXIMA DE ROTACION ESTA DEFINIDA POR LA FRECUENCIA DE LA RED.

2) QUE LA VELOCIDAD, EN EL MOMENTO QUE SE LLEGA A LA ZONA DE DESENCLAVAMIENTO, NO EXCEDE DE 0,8 METROS POR SEGUNDO EN LAS DEMAS MAQUINAS.

C) LA VELOCIDAD DE AUTONIVELACION NO SUPERA 0,3 METROS POR SEGUNDO.

1) DEBE SER CONTROLADO QUE LA PEQUEÑA VELOCIDAD ESTA CONECTADA EN LAS MAQUINAS CUYA VELOCIDAD MAXIMA DE ROTACION ESTA DEFINIDA POR LA FRECUENCIA FIJA DE LA RED.

2) DEBE SER CONTROLADO QUE LA VELOCIDAD DE AUTONIVELACION NO SUPERA 0,3 METROS POR SEGUNDO EN LAS MAQUINAS CUYOS CIRCUITOS DE POTENCIA ESTAN ALIMENTADOS POR CONVERTIDORES ESTATICOS.

14.2.1.3 MANIOBRA DE INSPECCION.

DEBE SER INSTALADO UN DISPOSITIVO DE MANIOBRA SOBRE EL TECHO DE LA CABINA, FACILMENTE ACCESIBLE, CON EL FIN DE FACILITAR LAS OPERACIONES DE INSPECCION Y ENTRETENIMIENTO. LA PUESTA EN SERVICIO DE ESTE DISPOSITIVO DEBE HACERSE POR UN CONMUTADOR QUE SATISFAGA LAS PRESCRIPCIONES DE LOS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD (14.1.2).

ESTE CONMUTADOR DEBE SER BIESTABLE Y PROTEGIDO CONTRA TODA ACCION INVOLUNTARIA. DEBEN SER CUMPLIDAS SIMULTANEAMENTE LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

A) LA CONEXION DE LA MANIOBRA DE INSPECCION DEBE ELIMINAR:

1) EL EFECTO DE LOS MANDOS NORMALES, INCLUIDO EL FUNCIONAMIENTO DE LAS PUERTAS AUTOMATICAS, SI EXISTEN.

2) LA MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO (14.2.1.4).

3) LA MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA (14.2.1.5).

LA PUESTA DEL ASCENSOR EN MARCHA NORMAL NO DEBE PODERSE EFECTUAR MAS QUE POR UNA NUEVA ACCION SOBRE EL CONMUTADOR DE INSPECCION.

SI LOS DISPOSITIVOS DE CONMUTACION, UTILIZADOS PARA ELIMINAR ESTAS MANIOBRAS, NO SON CONTACTOS DE SEGURIDAD SOLIDARIOS DE LA CONEXION DEL CONMUTADOR EN INSPECCION, DEBEN TOMARSE MEDIDAS PARA IMPEDIR CUALQUIER DESPLAZAMIENTO INVOLUNTARIO DE LA CABINA CUANDO APAREZCA EN EL CIRCUITO UNO DE LOS DEFECTOS VISTOS EN 14.1.1.1.

B) EL MOVIMIENTO DE LA CABINA DEBE ESTAR SUBORDINADO A UNA PRESION PERMANENTE SOBRE UN BOTON PROTEGIDO CONTRA TODA ACCION INVOLUNTARIA, ESTANDO EL SENTIDO DE LA MARCHA CLARAMENTE INDICADO.

C) EL DISPOSITIVO DE MANDO DEBE TENER UN DISPOSITIVO DE PARADA DE ACUERDO CON 14.2.2.

D) EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA NO SE PUEDE EFECTUAR A UNA VELOCIDAD SUPERIOR A 0,63 M S.

E) LAS POSICIONES EXTREMAS DE LA CABINA, EN FUNCIONAMIENTO NORMAL, NO DEBEN SER REBASADAS.

F) EL FUNCIONAMIENTO DEL ASCENSOR DEBE QUEDAR BAJO EL CONTROL DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.

EL DISPOSITIVO DE MANIOBRA DE INSPECCION PUEDE TENER TAMBIEN INTERRUPTORES ESPECIALES, PROTEGIDOS CONTRA TODA ACCION INVOLUNTARIA, QUE PERMITAN EL MANDO DEL MECANISMO ACCIONADOR DE PUERTAS DESDE EL TECHO DE LA CABINA.

14.2.1.4 MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO.

PARA LAS MAQUINAS CUYO ESFUERZO MANUAL, PARA DESPLAZAR LA CABINA EN SUBIDA CON SU CARGA NOMINAL, REBASE 400 N, DEBE SER INSTALADO EN EL CUARTO MAQUINAS UN CONMUTADOR DE MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO, DE ACUERDO CON 14.1.2. LA ELIMINACION DE LA MAQUINA DEBE HACERSE DE UNA RED NORMAL DE FUERZA MOTRIZ O DESDE UNA FUENTE DE ENERGIA DE RESERVA, SI EXISTE.

14.2.1.4.1 LA CONEXION DEL CONMUTADOR DE MANIOBRA DE SOCORRO DEBE PERMITIR, DESDE EL CUARTO DE MAQUINAS, LA MANIOBRA DE MOVIMIENTO DE CABINA, MEDIANTE UNA PRESION PERMANENTE SOBRE BOTONES PROTEGIDOS CONTRA TODA ACCION INVOLUNTARIA. EL SENTIDO DE MARCHA DEBE ESTAR CLARAMENTE INDICADO.

14.2.1.4.2 DESPUES DE LA CONEXION DEL CONMUTADOR DE MANIOBRA DE SOCORRO DEBEN SER IMPEDIDOS TODOS LOS MOVIMIENTOS DE LA CABINA, EXCEPTO LOS MANDADOS POR ESTE CONMUTADOR.

14.2.1.4.3 EL CONMUTADOR DE MANIOBRA DE SOCORRO PUEDE DEJAR INOPERANTE, POR SI MISMO O POR OTRO DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD, EL DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD SOBRE EL LIMITADOR DE VELOCIDAD PREVISTO EN 9.9.11.1 Y 9.9.11.2.

14.2.1.4.4 EL CONMUTADOR DE MANIOBRA DE SOCORRO PUEDE DEJAR INOPERANTES, POR SI MISMO O POR OTROS DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD, LOS SIGUIENTES DE LA MISMA CLASE: A) LOS MONTADOS SOBRE EL PARACAIDAS, SEGUN 9.8.8.

B) LOS MONTADOS SOBRE LOS AMORTIGUADORES, SEGUN 10.4.3.4.

C) LOS DE SEGURIDAD DEL FINAL DE RECORRIDO, SEGUN 10.5.

14.2.1.4.5 EL CONMUTADOR DE MANIOBRA DE SOCORRO Y SUS BOTONES DEBEN ESTAR SITUADOS DE MANERA QUE SE PUEDA OBSERVAR BIEN LA MAQUINA CUANDO SE ACTUAN.

14.2.1.4.6 NO SE PODRA EFECTUAR EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA A UNA VELOCIDAD SUPERIOR A 0,63 M S.

14.2.1.5 MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA.

EN EL CASO PARTICULAR PREVISTO EN 7.7.2.2, B), SE PERMITE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA CON LAS PUERTAS DE PISO Y CABINA ABIERTAS, PARA PERMITIR LA CARGA Y DESCARGA DE LOS ASCENSORES POR LOS USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS (INTRODUCCION GENERAL 0.6.2), EN LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

A) NO DEBE SER POSIBLE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA MAS QUE EN UNA ZONA MAXIMA DE 1,65 METROS POR ENCIMA DEL NIVEL DE PISO CORRESPONDIENTE.

B) EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA DEBE ESTAR LIMITADO POR UN DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD DIRECCIONAL, DE ACUERDO CON 14.1.2.

C) LA VELOCIDAD DE DESPLAZAMIENTO NO DEBE SUPERAR 0,3 M S.

D) LA PUERTA DE PISO Y LA PUERTA DE CABINA (SI EXISTE) NO DEBEN ESTAR ABIERTAS MAS QUE DEL LADO DE CARGA O DESCARGA.

E) LA ZONA DE DESPLAZAMIENTO DEBERA PODER SER BIEN OBSERVADA DESDE EL LUGAR DE MANDO DE LA MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA.

F) LA MANIOBRA DE LA PUESTA A NIVEL DE CARGA O DESCARGA NO DEBE SER POSIBLE MAS QUE ACCIONANDO UN CONTACTO DE SEGURIDAD CON LLAVE, CUYA LLAVE NO PODRA SER RETIRADA MAS QUE EN LA POSICION QUE CORTE LA MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE G) EL ACCIONAMIENTO DEL CONTACTO DE SEGURIDAD CON LLAVE.

1) DEBE ELIMINAR LOS EFECTOS DE LOS MANDOS NORMALES. SI LOS ORGANOS DE CORTE UTILIZADOS A ESTE EFECTO NO SON CONTACTOS DE SEGURIDAD SOLIDARIOS DEL ACCIONAMIENTO DEL CONTACTO CON LLAVE, DEBEN SER TOMADAS MEDIDAS PARA IMPEDIR CUALQUIER DESPLAZAMIENTO INVOLUNTARIO DE LA CABINA CUANDO APAREZCA EN EL CIRCUITO UNO DE LOS DEFECTOS VISTOS EN 14.1.1.1.

2) NO DEBE PERMITIRSE EL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA MAS QUE CUANDO UN BOTON QUE NECESITA UNA PRESION PERMANENTE. EL SENTIDO DE MARCHA DEBE ESTAR CLARAMENTE INDICADO.

3) PUEDE DEJAR INOPERANTE, POR SI MISMO O POR OTRO DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD, DE ACUERDO CON 14.1.2, LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD:

EL CORRESPONDIENTE AL ENCLAVAMIENTO DE LA PUERTA DE PISO CONSIDERADA.

EL DEL CONTROL DE CIERRE DE LA MISMA PUERTA DE PISO.

EL QUE CONTROLA EL CIERRE DE LA PUERTA DE CABINA DEL LADO DE CARGA O DESCARGA.

H) LOS EFECTOS DE LA MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA DEBEN SER ELIMINADOS CUANDO SE CONECTA LA MANIOBRA DE INSPECCION.

J) DEBE EXISTIR UN DISPOSITIVO DE PARADA EN LA CABINA.

14.2.2 DISPOSITIVOS DE PARADA.

LOS DISPOSITIVOS DE PARADA DEBEN SER DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD, DE ACUERDO CON 14.1.2.

DEBEN SER BIESTABLES Y TALES QUE SU NUEVA PUESTA EN SERVICIO NO PUEDA RESULTAR CONSECUENCIA DE UNA ACCION INVOLUNTARIA.

14.2.2.1 CABINAS EN LAS QUE TODAS SUS ENTRADAS ESTAN PROVISTAS DE PUERTAS DE SUPERFICIE LLENA.

SE PROHIBEN LOS DISPOSITIVOS DE PARADA EN LA CABINA. SI LAS PUERTAS SON DE CIERRE ELECTROMECANICO, DEBE PREVERSE UN DISPOSITIVO QUE PERMITA INVERTIR EL MOVIMIENTO DE CIERRE.

EXCEPCION:

14.2.1.5, J).

14.2.2.2 CABINAS EN LAS QUE TODAS LAS ENTRADAS NO ESTAN PROVISTAS DE PUERTAS DE SUPERFICIE LLENA.

LOS PASAJEROS DEBEN TENER A SU DISPOSICION UN INTERRUPTOR QUE MANDE LA PARADA DEL ASCENSOR Y LO MANTENGA PARADO, SITUADO A UN METRO, CUANDO MAS, DE DICHAS ENTRADAS. ESTE INTERRUPTOR DEBE SER:

A) DEL TIPO PULSADOR A RETENCION O DE PALANCA, QUEDANDO ESTA EN LA POSICION BAJA PARA LA PARADA.

B) DEBE SER CLARAMENTE IDENTIFICABLE (15.2.3.1).

14.2.2.3 OTROS DISPOSITIVOS DE PARADA.

DEBE EXISTIR UN DISPOSITIVO QUE PRODUZCA LA PARADA Y MANTENGA FUERA DE SERVICIO EL ASCENSOR, INCLUYENDO LAS PUERTAS AUTOMATICAS, QUE ESTARAN SITUADOS: A) SOBRE EL TECHO DE LA CABINA, A UN METRO, CUANDO MAS, DEL ACCESO DEL PERSONAL DE INSPECCION O DE ENTRETENIMIENTO (ESTE DISPOSITIVO PUEDE ESTAR CERCA DEL MANDO DE LA MANIOBRA DE INSPECCION, SI ESTE NO ESTA COLOCADO A MAS DE UN METRO DEL ACCESO) (8.15).

B) EN EL CUARTO DE POLEAS (6.4.5).

C) EN EL FOSO (5.7.3.4).

14.2.3 DISPOSITIVO DE PETICION DE SOCORRO.

14.2.3.1 PARA PODER OBTENER SOCORRO DESDE EL EXTERIOR, EN CASO NECESARIO, LOS PASAJEROS DEBEN TENER A SU DISPOSICION, EN LA CABINA, UN DISPOSITIVO FACILMENTE RECONOCIBLE Y ACCESIBLE QUE LES PERMITA PEDIR SOCORRO.

14.2.3.2 ESTE DISPOSITIVO DEBE ESTAR ALIMENTADO POR LA FUENTE DE EMERGENCIA PREVISTA PARA EL ALUMBRADO EN 8.17.3, O BIEN, POR OTRA DE CARACTERISTICAS EQUIVALENTES.

14.2.3.3 ESTE DISPOSITIVO DEBE SER UNA ALARMA ACUSTICA, INTERCOMUNICADOR, TELEFONO O DISPOSITIVOS ANALOGOS.

NOTA: EN EL CASO DE CONEXION A UNA RED PUBLICA DE TELEFONO, NO SE APLICA EL 14.2.3.2.

14.2.3.4 LA ORGANIZACION DEL EDIFICIO DEBERA PERMITIR QUE SE RESPONDA EFICAZMENTE A LAS LLAMADAS DE SOCORRO EN UN PLAZO RAZONABLE.

14.2.3.5 UN INTERCOMUNICADOR, ODISPOSITIVO ANALOGO, ALIMENTADO POR LA FUENTE DE EMERGENCIA PREVISTA EN 8.17.3, DEBE SER INSTALADO ENTRE LA CABINA Y EL CUARTO DE MAQUINAS, SI EL RECORRIDO DEL ASCENSOR REBASA 30 METROS.

14.2.4 PRIORIDADES Y SEÑALIZACION.

14.2.4.1 UN DISPOSITIVO DEBE IMPEDIR TODA PARTIDA DE LA CABINA, EN ASCENSORES PROVISTOS DE PUERTAS DE APERTURA MANUAL, AL MENOS, DURANTE UN PERIODO DE DOS SEGUNDOS DESPUES DE UNA PARADA.

14.2.4.2 EL USUARIO QUE HA ENTRADO EN LA CABINA DEBE DISPONER, PARA PULSAR EL BOTON ELEGIDO, DESPUES DEL CIERRE DE LAS PUERTAS, DE, AL MENOS, DOS SEGUNDOS ANTES QUE UNA LLAMADA DESDE EL EXTERIOR PUEDA SER EJECUTADA. SE EXCEPTUA LA APLICACION DE ESTA REGLA EN EL CASO DE MANIOBRAS COLECTIVAS REGISTRADAS EN ASCENSORES PROVISTOS DE PUERTAS DE CABINA.

14.2.4.3 EN EL CASO DE MANIOBRAS COLECTIVAS REGISTRADAS, UNA SEÑAL LUMINOSA, PERFECTAMENTE VISIBLE DESDE EL PISO, DEBE INDICAR CLARAMENTE, A LOS USUARIOS QUE ESPERAN EN EL ACCESO, EL SENTIDO DEL PROXIMO DESPLAZAMIENTO IMPUESTO A LA CABINA.

14.2.4.4 EN EL CASO DE BATERIA DE ASCENSORES, SE RECOMIENDA NO USAR INDICADORES DE POSICION EN LOS PISOS. POR EL CONTRARIO, SE RECOMIENDA QUE LA LLEGADA DE UNA CABINA SEA PRECEDIDA DE UNA SEÑAL ACUSTICA.

15. ROTULOS E INSTRUCCIONES DE MANIOBRA

15.1 DISPOSICIONES GENERALES.

TODAS LAS PLACAS, ROTULOS E INSTRUCCIONES DE MANIOBRA DEBEN SER CLARAMENTE LEGIBLES Y DE FACIL COMPRENSION (MEDIANTE LA AYUDA DE SIGNOS Y SIMBOLOS).

ESTOS DEBEN SER NO DESGARRABLES, DE MATERIALES DURADEROS, SITUADOS BIEN A LA VISTA Y REDACTADOS EN LA LENGUA DEL PAIS DNDE SE ENCUENTRA EL ASCENSOR (O, SI ES NECESARIO, EN VARIAS LENGUAS).

15.2 EN LA CABINA.

15.2.1 DEBE SER MOSTRADA LA INDICACION DE LA CARGA NOMINAL DEL ASCENSOR, EXPRESADA EN KILOGRAMOS, ASI COMO EL NUMERO MAXIMO DE PERSONAS.

EL NUMERO MAXIMO DE PERSONAS DEBE SER CALCULADO EN FUNCION DE LA SUPERFICIE UTIL DE LA CABINA, SEGUN LAS INDICACIONES DE LA TABLA 1 (8.2.1)(CON EXCEPCION DE LOS MONTACOCHES, VISTOS EN 8.2.3).

15.2.2 DEBE SER INDICADO EL NOMBRE DEL SUMINISTRADOR Y EL NUMERO DE IDENTIFICACION DEL ASCENSOR.

15.2.3 OTRAS INDICACIONES.

15.2.3.1 EL ORGANO DE MANDO DEL INTERRUPTOR DE PARADA SI EXISTE DEBE SER DE COLOR ROJO E IDENTIFICADO POR LA PALABRA <STOP>, COLOCADO DE LA MANERA QUE NO HAYA ERROR SOBRE LA POSICION CORRESPONDIENTE A LA PARADA.

EL BOTON DEL DISPOSITIVO DE ALARMA SI EXISTE DEBE SER DE COLOR AMARILLO E IDENTIFICADO POR EL SIMBOLO SE PROHIBE USAR LOS COLORES ROJO Y AMARILLO PARA OTROS BOTONES. SIN EMBARGO, PUEDEN SER USADOS ESTOS COLORES PARA SEÑALES LUMINOSAS QUE INDICAN REGISTROS.

15.2.3.2 LOS DISPOSITIVOS DE MANDO DEBEN SER CLARAMENTE IDENTIFICADOS; ESTE EFECTO, SE RECOMIENDA UTILIZAR:

A) PARA LOS PULSADORES DE MANDO EN LA CABINA -2, -1, 0, 1, 2, 3, ETC.

B) PARA LOS PULSADORES DE REAPERTURA DE LA PUERTA SI EXISTE LA INDICACION SI EXISTEN OTROS DISPOSITIVOS DE MANDO, DEBEN ESTOS SER IDENTIFICADOS EN FUNCION DE SU APLICACION.

15.2.4 DEBEN SER INDICADAS INSTRUCCIONES DE MANIOBRA Y DE SEGURIDAD EN CADA CASO QUE SE JUZGUE SU UTILIDAD.

EN PARTICULAR ES OBLIGATORIO INDICAR:

A) EN EL CASO DE ASCENSORES SIN PUERTA DE CABINA:

1. QUE LOS USUARIOS NO DEBERAN APROXIMARSE A LA PARED RASANTE DE LOS ACCESOS.

2. QUE LOS USUARIOS NO DEBERAN SITUARSE DELANTE O DETRAS DE LA CARGA.

3. QUE ES NECESARIO ALEJAR LAS CARGAS DE LA PARED DEL HUECO.

4. QUE SE DEBEN FIJAR LAS CARGAS MOVILES PARA QUE QUEDEN ALEJADAS DE LA PARED DEL HUECO.

B) EN CASO DE ASCENSORES CON MANIOBRA DE PUESTA A NIVEL DE CARGA, LAS INSTRUCCIONES PARTICULARES DE ESTA MANIOBRA.

C) EN EL CASO DE ASCENSOR PROVISTO DE TELEFONO O INTERCOMUNICADOR, EL MODO DE EMPLEO SI ESTE NO ES EVIDENTE.

D) QUE DESPUES DE UTILIZAR EL ASCENSOR ES NECESARIO CERRAR LAS PUERTAS DE MANIOBRA MANUAL Y PUERTAS DE MANIOBRA MECANICA CUYO CIERRE SE EFECTUA BAJO CONTROL PERMANENTE DE LOS USUARIOS.

15.3 SOBRE EL TECHO DE LA CABINA.

DEBEN FIGURAR LAS INDICACIONES SIGUIENTES:

A) <STOP> SOBRE O CERCA DEL DISPOSITIVO DE PARADA, SITUADA DE MANERA QUE NO HAYA RIESGO DE ERROR SOBRE LA POSICION CORRESPONDIENTE A LA PARADA.

B) <NORMAL> <INSPECCION> SOBRE O CERCA DEL CONMUTADOR QUE CONECTA LA MANIOBRA DE INSPECCION.

C) LA INDICACION DEL SENTIDO DE MARCHA SOBRE O CERCA DE LOS PULSADORES DE INSPECCION.

15.4 CUARTOS DE MAQUINAS Y POLEAS.

15.4.1 UN CARTEL QUE TENGA AL MENOS LA INSCRIPCION: <MAQUINA DE ASCENSOR - PELIGRO - ACCESO PROHIBIDO A TODA PERSONA AJENA AL SERVICIO> DEBE SER COLOCADO SOBRE LA CARA EXTERIOR DE LAS PUERTAS O TRAMPILLA DE ACCESO A LAS MAQUINAS Y A LAS POLEAS.

EN EL CASO DE TRAMPILLAS, UN CARTEL VISIBLE PARA LOS QUE UTILIZAN LA TRAMPILLA DEBE INDICAR PERMANENTEMENTE: <PELIGRO DE CAIDA -CERRAR LA TRAMPILLA>.

15.4.2 DEBEN EXISTIR CARTELES QUE PERMITAN IDENTIFICAR FACILMENTE EL O LOS INTERRUPTORES PRINCIPALES Y LOS INTERRUPTORES DE ALUMBRADO.

SI EXISTEN MAQUINAS DE VARIOS ASCENSORES EN EL MISMO CUARTO, LOS CARTELES DEBEN PERMITIR IDENTIFICAR LOS INTERRUPTORES CORRESPONDIENTES A CADA ASCENSOR.

CUANDO DESPUES DE LA APERTURA DE UN INTERRUPTOR PRINCIPAL, QUEDAN PIEZAS BAJO TENSION (INTERCONEXION ENTRE ASCENSORES, ALUMBRADO...) DEBE UNA INSCRIPCION SEÑALARLO.

15.4.3 SE DEBEN COLOCAR, EN EL CUARTO DE MAQUINAS O EN EL INTERIOR DE SU CERRAMIENTO, LAS INSTRUCCIONES DETALLADAS A SER CUMPLIDAS EN CASO DE PARADA INTEMPERATIVA Y ESPECIALMENTE LAS CORRESPONDIENTES AL USO DE LAS MANIOBRAS DE SOCORRO MANUAL O DE LA MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO Y DE LA LLAVE DE DESENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS DE PISO.

15.4.3.1 SE DEBE PONER LA INDICACION DEL SENTIDO DEL DESPLAZAMIENTO DE LA CABINA SOBRE LA MAQUINA, PROXIMA AL VOLANTE MANUAL DE SOCORRO.

SI EL VOLANTE NO ES DESMONTABLE, ESTA INDICACION PUEDE SER PUESTA SOBRE EL VOLANTE MISMO.

15.4.3.2 DEBE INDICARSE EL SENTIDO DE MARCHA DE LA CABINA SOBRE O CERCA DE LOS PULSADORES DE LA MANIOBRA ELECTRICA DE SOCORRO.

15.4.4 EN LOS CUARTOS DE POLEAS DEBE FIGURAR, CERCA DEL INTERRUPTOR DE PARADA, LA INDICACION <STOP> DE MANERA QUE NO HAYA RIESGO DE ERROR SOBRE LA POSICION CORRESPONDIENTE A LA PARADA.

15.4.5 SOBRE LAS VIGAS, SOPORTES O GANCHOS DEBERA INDICARSE LA CARGA MAXIMA ADMISIBLE.

15.5 EN LA PARTE EXTERIOR DEL HUECO.

15.5.1 EN LA PROXIMIDAD DE LAS PUERTAS DE INSPECCION DEL HUECO DEBE PONERSE UN CARTEL CON LA INSCRIPCION:

<HUECO DEL ASCENSOR - PELIGRO - ACCESO PROHIBIDO A TODA PERSONA AJENA AL SERVICIO - NO OLVIDAR CERRAR CON LLAVE>.

15.5.2 SI LAS PUERTAS DE ACCESO DE APERTURA MANUAL PUEDEN SER CONFUNDIDAS CON PUERTAS VECINAS, DEBERAN TENER LA INSCRIPCION <ASCENSOR>.

15.5.3 LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES CUYA UTILIZACION ESTA RESERVADA A LOS USUARIOS AUTORIZADOS Y ADVERTIDOS (INTRODUCCION GENERAL 0.6.2) DEBEN TENER UN CARTEL, EN EL LADO DEL PISO, CON LA MENCION: <ASCENSOR PROHIBIDO A LAS PERSONAS NO AUTORIZADAS>.

15.5.4 LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES DESTINADOS PRINCIPALMENTE AL TRANSPORTE DE CARGAS QUE SON GENERALMENTE ACOMPAÑADAS DE PERSONAS (LO QUE INCLUYE LOS MONTACOCHES) DEBEN TENER LA INDICACION DE LA CARGA NOMINAL.

15.6 SOBRE EL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

DEBE COLOCARSE UNA PLACA QUE MENCIONE: A) NOMBRE DEL CONSTRUCTOR.

B) VELOCIDAD MAXIMA DE DISPARO MECANICO PARA LA CUAL HA SIDO AJUSTADO.

C) SIGNO DE APROBACION DEL TIPO Y SUS REFERENCIAS.

15.7 EN EL FOSO.

DEBE FIGURAR, ENCIMA O CERCA DEL INTERRUPTOR DE PARADA LA INDICACION <STOP>, COLOCADA DE MANERA QUE NO HAYA RIESGO DE ERROR SOBRE LA POSICION CORRESPONDIENTE A LA PARADA.

15.8 SOBRE LOS AMORTIGUADORES.

SOBRE LOS AMORTIGUADORES, QUE NO SEAN DE RESORTE, DEBE COLOCARSE UNA PLACA QUE MENCIONE: A) NOMBRE DEL CONSTRUCTOR.

B) SIGNO DE APROBACION DEL TIPO Y SUS REFERENCIAS.

15.9 IDENTIFICACION DE LOS NIVELES DE PARADA.

INSCRIPCIONES O SEÑALIZACION SUFICIENTEMENTE VISIBLES DEBEN PERMITIR A LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN LA CABINA CONOCER EN QUE NIVEL DE PARADA SE ENCUENTRA LA CABINA DETENIDA.

15.10 IDENTIFICACION ELECTRICA.

LOS CONTACTORES, LOS RELES, LOS FUSIBLES, LAS BORNAS DE CONEXION DE LOS CIRCUITOS QUE LLEGAN A LOS CUADROS DE MANIOBRA DEBEN ESTAR MARCADOS DE ACUERDO CON EL ESQUEMA.

EN EL CASO DE UTILIZACION DE CONECTORES DE VARIOS HILOS ES OBLIGADO MARCAR EL CONECTOR SOLAMENTE (Y NO LOS CONDUCTORES).

15.11 LLAVE DE DESENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTA DE PISO.

DEBE UNIRSE A LA LLAVE UNA PLACA QUE LLAME LA ATENCION SOBRE EL PELIGRO QUE PUEDE RESULTAR DE LA UTILIZACION DE ESTA LLAVE Y LA NECESIDAD DE ASEGURARSE DEL ENCLAVAMIENTO DE LA PUERTA DESPUES DE SU CIERRE.

15.12 DISPOSITIVO DE PETICION DE SOCORRO.

LA ALARMA ACUSTICA O EL DISPOSITIVO ACCIONADO DURANTE UNA PETICION DE SOCORRO DESDE LA CABINA DEBE SER CLARAMENTE IDENTIFICADO COMO <ALARMA ASCENSOR>.

EN EL CASO DE UN SISTEMA DE VARIOS ASCENSORES, DEBE PODER SER IDENTIFICADO DE QUE ASCENSOR PROVIENE LA LLAMADA.

15.13 DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO.

ESTOS DEBEN TENER EL SIGNO DE APROBACION Y SUS REFERENCIAS.

15.14 PARACAIDAS.

ESTOS DEBEN TENER EL SIGNO DE APROBACION Y SUS REFERENCIAS.

16. INSPECCIONES, PRUEBAS, REGISTRO, ENTRETENIMIENTO 16.1 INSPECCIONES Y PRUEBAS.

16.1.1 EL EXPEDIENTE TECNICO A PRESENTAR ANTE EL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA CUANDO SE VAYA A INSTALAR UN ASCENSOR INCLUIDO EN ESTA ITADEBE CONTENER LA INFORMACION NECESARIA PARA ASEGURAR QUE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS HAN SIDO CORRECTAMENTE CALCULADOS Y EL PROYECTO ESTA DE ACUERDO CON LA PRESENTE NORMATIVA.

EL ANEXO A PUEDE SERVIR DE BASE A LOS QUE DESEAN LLEVAR AL CABO O DECIDIR QUE SE HAGA, EL ESTUDIO DE UNA INSTALACION ANTES DE QUE ESTA SE REALICE.

16.1.2 LOS ASCENSORES DEBEN SER OBJETO, ANTES DE SU PUESTA EN SERVICIO, DE UNA INSPECCION Y ENSAYOS PARA COMPROBAR SU CONFORMIDAD CON LA PRESENTE ITC.

ESTOS DEBEN SER EFECTUADOS DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO D DE LA MISMA.

16.1.2.1 PARA LOS ASCENSORES SE PODRA PEDIR POR LOS ORGANOS COMPETENTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA TODA O PARTE DE LA INFORMACION TECNICA Y CALCULOS QUE FIGURAN EN EL ANEXO C.

16.1.2.2 SERA FACILITADA LA FICHA DE IDENTIFICACION DE LOS TIPOS HOMOLOGADOS POR EL CENTRO DIRECTIVO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA COMPETENTE CONCERNIENTE A: A) DISPOSICIONES DE ENCLAVAMIENTO.

B) PUERTAS.

C) LIMITADORES DE VELOCIDAD.

D) PARACAIDAS.

E) AMORTIGUADORES DE DISIPACION DE ENERGIA O DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO.

F) GRUPO TRACTOR DEL ASCENSOR.

16.1.3 DEBEN SER EFECTUADAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS DE LOS ASCENSORES, DESPUES DE SU PUESTA EN SERVICIO, PARA COMPROBAR QUE ESTOS SE ENCUENTRAN EN BUEN ESTADO. ESTAS DISPOSICIONES Y PRUEBAS DEBEN SER EFECTUADAS SIGUIENDO EL ANEXO E.1.

DEBEN SER EFECTUADAS INSPECCIONES Y PRUEBAS DESPUES DE TRANSFORMACIONES IMPORTANTES O DESPUES DE UN ACCIDENTE, PARA ASEGURARSE QUE LOS ASCENSORES SE ENCUENTRAN SIEMPRE CONFORME A LA PRESENTE ITC.

ESTAS INSPECCIONES Y PRUEBAS DEBEN SER EFECTUADAS SIGUIENDO EL ANEXO E.2.

REGISTRO.

16.2.1 LAS CARACTERISTICAS DEL ASCENSOR DEBEN ESTAR CONSIGNADAS EN UN REGISTRO O EXPEDIENTE, ESTABLECIDO CUANDO MAS TARDE EN EL MOMENTO DE LA PUESTA EN SERVICIO DE LA INSTALACION.

ESTE REGISTRO O EXPEDIENTE DEBE ESTAR MANTENIDO AL DIA Y ESTAR CONSTITUIDO A) UNA PARTE TECNICA DONDE FIGURAN:

FECHA DE LA PUESTA EN SERVICIO.

LAS CARACTERISTICAS DEL ASCENSOR.

LAS DE LOS CABLES Y LAS DE LOS CINCO ELEMENTOS PARA LOS QUE SE HA PEDIDO MANIFESTACION DE CONFORMIDAD (16.1.2.2).

MODIFICACIONES IMPORTANTES DEL ASCENSOR.

CAMBIOS DE LOS CABLES O PIEZAS IMPORTANTES.

LOS ACCIDENTES.

SE DEBEN ADJUNTAR LOS PLANOS DE LA INSTALACION EN EL EDIFICIO Y LOS ESQUEMAS ELECTRICOS (USANDO SIMBOLOS CEI), QUE PUEDEN SER LIMITADOS A LOS CIRCUITOS PARA LA VISION DE CONJUNTO DE LOS PROBLEMAS DE SEGURIDAD. LOS SIMBOLOS DEBEN SER EXPLICADOS POR MEDIO DE UNA NOMENCLATURA.

B) UNA PARTE DONDE FIGUREN LOS DUPLICADOS FECHADOS DE LOS INFORMES DE INSPECCIONES, VISITAS Y SUS OBSERVACIONES.

16.2.2 ESTE REGISTRO O EXPEDIENTE DEBE, EN CUALQUIER CASO, ESTAR A LA DISPOSICION DE LOS QUE TIENEN A SU CARGO EL ENTRETENIMIENTO Y DE LA PERSONA U ORGANISMO QUE EFECTUA LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS.

16.3 ENTRETENIMIENTO.

EL ASCENSOR Y SUS ACCESORIOS DEBEN SER MANTENIDOS EN BUEN ESTADO DE FUNCIONAMIENTO. A ESTE FIN DEBE SER REALIZADO UN TRETENIMIENTO REGULAR DEL ASCENSOR POR UN PERSONAL COMPETENTE.

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL CAPITULO 16

16-A) EL SERVICIO DE ENTRETENIMIENTO DE CADA UNO DE LOS ASCENSORES A QUE SE REFIERE CALCULOS DE LA ADHERENCIA Y PRESION ESPECIFICA.

PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL CABLE DEL LIMITADOR: DIAMETRO, COMPOSICION, CARGA DE ROTURA, COEFICIENTE DE SEGURIDAD.

DIMENSIONES Y CALCULO DE LAS GUIAS, ESTADO Y DIMENSIONES DE LAS SUPERFICIES DE DESLIZAMIENTO (ESTIRADO, FRESADO O RECTIFICADO).

DIMENSIONES Y CALCULO DE LOS AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA, INCLUYENDO SU CURVA CARACTERISTICAS.

C.3 ESQUEMAS ELECTRICOS.

ESQUEMAS ELECTRICOS DE PRINCIPIO DE LOS CIRCUITOS DE POTENCIA Y DE LOS CIRCUITOS DE SEGURIDAD.

ESTOS ESQUEMAS DEBEN SER CLAROS Y USAR LOS SIMBOLOS CEI.

C.4 CERTIFICADOS.

COPIA DE LOS CERTIFICADOS DE APROBACION DE TIPO DE LOS ENCLAVAMIENTOS, PUERTAS DE PISO, LIMITADOR DE VELOCIDAD, PARACAIDAS, AMORTIGUADORES.

SI ES NECESARIO, COPIA DE CERTIFICADOS DE OTROS ELEMENTOS (CABLES, CADENAS, MATERIAL ANTIDEFLAGRANTE).

CERTIFICADO DE REGLAJE DEL PARACAIDAS SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES FACILITADAS POR EL FABRICANTE DEL PARACAIDAS Y EL CALCULO DE LA COMPRENSION DE LOS RESORTES EN EL CASO DE PARACAIDAS PROGRESIVO.

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL ANEXO A

C-A) EL EXPEDIENTE TECNICO DEFINIDO EN ESTE ANEXO C, CONSTITUYE EL PROYECTO DE INSTALACION DEL ASCENSOR ELECTROMECANICO Y SERA REDACTADO Y FIRMADO POR UN TECNICO TITULADO COMPETENTE, INGENIERO SUPERIOR O TECNICO Y VISADO POR EL CORRESPONDIENTE COLEGIO OFICIAL.

C-B) ESTE PROYECTO DE INSTALACION SE TRAMITARA DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 18 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION Y EN EL MISMO SE INDICARA EL INGENIERO SUPERIOR O TECNICO QUE VAYA A DIRIGIR EL MONTAJE.

C-C) LAS EMPRESAS INSTALADORAS HABRAN DE CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

A) CONTAR EN SU PLANTILLA, COMO MINIMO, CON UN TECNICO TITULADO, INGENIERO SUPERIOR O TECNICO, QUE SERA EL RESPONSABLE TECNICO Y ADEMAS CON CINCO OPERARIOS CUALIFICADOS. TRES AL MENOS CON CATEGORIA DE OFICIAL. TODO EL PERSONAL ESTARA EN JORNADA LABORAL COMPLETA.

B) TENER CUBIERTA SU RESPONSABILIDAD CIVIL CON UNA POLIZA DE SEGUROS DE UNA CUANTIA MINIMA DE 10.000.000 POR ACCIDENTE. ESTA CUANTIA MINIMA SERA REVISADA ANUALMENTE DE ACUERDO CON LAS VARIACIONES DEL INDICE DE PRECIOS ALCONSUMO, PUBLICADO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA.

C-D) CUANDO UNA EMPRESA, YA AUTORIZADA COMO CONSERVADOR, DESEE INSCRIBIRSE COMO INSTALADOR, LE BASTARA CON EL PERSONAL DE QUE DISPONE DE ACUERDO CON EL APARTADO 16-B Y NO PRECISARA NUEVA POLIZA DE SEGUROS. ESTA POLIZA CUBRIRA LOS RIESGOS DE AMBAS ACTIVIDADES.

ANEXO D

INSPECCIONES Y PRUEBAS ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO

ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO DEL ASCENSOR DEBEN SER REALIZADAS LAS SIGUIENTES INSPECCIONES Y PRUEBAS: D-1 INSPECCIONES.

ESTAS DEBEN TRATAR EN PARTICULAR SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

A) COMPARACION ENTRE EL EXPEDIENTE TECNICO PRESENTADO ANTE EL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION (ANEXO C) Y LA INSTALACION QUE HA SIDO REALIZADA.

B) COMPROBACION DE LAS EXIGENCIAS DE LA PRESENTE ITAEN TODOS LOS CASOS.

C) INSPECCION VISUAL DE LA APLICACION DE LAS REGLAS DE BUENA CONSTRUCCION DE LOS ELEMENTOS PARA LOS QUE LA PRESENTE ITANO TIENE EXIGENCIAS PARTICULARES.

D) COMPARACION DE LAS INDICACIONES MENCIONADAS EN LOS CERTIFICADOS DE APROBACION PARA LOS ELEMENTOS PARA LOS QUE SE EXIGEN PRUEBAS DEL TIPO, CON LAS CARACTERISTICAS DEL ASCENSOR.

D-2 VERIFICACIONES Y PRUEBAS.

ESTAS VERIFICACIONES Y PRUEBAS DEBEN TRATAR SOBRE LOS PUNTOS SIGUIENTES:

A) DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO (7.7).

B) DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE SEGURIDAD (ANEXO A).

C) ELEMENTOS DE SUSPENSION Y SUS AMARRES. SE VERIFICARA QUE SUS CARACTERISTICAS SON LAS INDICADAS EN EL REGISTRO O EXPEDIENTE 16.2.1, A).

D) SISTEMA DE FRENADO (12.4). LA PRUEBA SE HARA EN BAJADA A VELOCIDAD NOMINAL, CON 125 POR 100 DE LA CARGA NOMINAL Y CORTANDO LA ALIMENTACION DEL MOTOR Y DEL FRENO.

E) MEDIDAS DE INTENSIDAD O DE POTENCIA Y MEDIDA DE VELOCIDAD.

F) 1. MEDIDA DE LA RESISTENCIA DE AISLAMIENTO DE LOS DIFERENTES CIRCUITOS (13.1.3) (PARA ESTA MEDIDA SERAN DESCONECTADOS LOS ELEMENTOS ELECTRONICOS).

2. VERIFICACION DE LA CONTINUIDAD ELECTRICA DEL ENLACE ENTRE LA BORNA DE TIERRA DEL CUARTO DE MAQUINAS Y LOS DIFERENTES ORGANOS DEL ASCENSOR SUSCEPTIBLES DE SER PUESTOS ACCIDENTALMENTE BAJO TENSION.

G) DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE FINAL DE RECORRIDO (10.5).

H) COMPROBACION DE LA ADHERENCIA (9.3).

1. SE VERIFICARA LA ADHERENCIA EFECTUANDO VARIAS PARADAS CON EL FRENADO MAS FUERTE COMPATIBLE CON LA INSTALACION. DEBERA OBTENERSE EN CADA ENSAYO LA PARADA COMPLETA DE LA CABINA.

LA PRUEBA SE HARA:

A) EN SUBIDA, CON CABINA VACIA, EN LA PARTE SUPERIOR DEL RECORRIDO.

B) EN BAJADA, CON CABINA CARGADA CON EL 125 POR 100 DE LA CARGA NOMINAL, EN LA PARTE INFERIOR DEL RECORRIDO.

2. SE COMPROBARA QUE LA CABINA VACIA NO PUEDE SER DESPLAZADA HACIA ARRIBA, CUANDO EL CONTRAPESO DESCANSA SOBRE SUS AMORTIGUADORES COMPRIMIDOS.

3. EN EL CASO DE MONTACOCHES (8.2.3), CUYA CARGA NOMINAL NO HA SIDO CALCULADA SIGUIENDO LAS PRESCRIPCIONES DEL ARTICULO 8.2.1, LA PRUEBA DE TRACCION POR ADHERENCIA SERA VERIFICADA ESTATICAMENTE CON EL 150 POR 100 DE LA CARGA NOMINAL EN LA CABINA.

4. SERA COMPROBADO QUE EL EQUILIBRADO CORRESPONDE CON EL VALOR INDICADO POR EL FABRICANTE. ESTA COMPROBACION PUEDESER EFECTUADA CON MEDIDAS DE INTENSIDAD DE CORRIENTE COMBINADAS CON:

MEDIDAS DE VELOCIDAD EN MOTORES DE CORRIENTE ALTERNA.

MEDIDAS DE TENSION EN MOTORES DE CORRIENTE CONTINUA.

I) LIMITADOR DE VELOCIDAD.

1. LA VELOCIDAD DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD SERA VERIFICADA EN EL SENTIDO DE DESCENSO DE LA CABINA (9.9.1, 9.9.2 Y 9.9.3).

2. SERA COMPROBADO, EN LOS DOS SENTIDOS DE MARCHA, EL FUNCIONAMIENTO DEL MANDO DE PARADA PREVISTO EN 9.9.11.1 Y 9.9.11.2.

J) PARACAIDAS DE CABINA (9.8).

LA ENERGIA QUE EL PARACAIDAS ES CAPAZ DE ABSORBER, EN EL MOMENTO DE SU ACTUACION, HA SIDO COMPROBADA EN LOS ENSAYOS DEL TIPO. EL OBJETIVO DE LA PRUEBA, ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO, ES VERIFICAR QUE HA SIDO BIEN MONTADO, BIEN AJUSTADO Y LA SOLIDEZ DEL CONJUNTO CABINA-PARACAIDAS-GUIAS Y LA FIJACION DE ESTAS AL EDIFICIO.

LA PRUEBA SERA HECHA EN BAJADA, CON EL FRENO ABIERTO, LA MAQUINA CONTINUARA GIRANDO HASTA QUE LOS CABLES DESLICEN O SE AFLOJEN Y EN LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

1. PARACAIDAS INSTANTANEOS O INSTANTANEOS CON EFECTO AMORTIGUADO.

LA CABINA SERA CARGADA CON LA CARGA NOMINAL UNIFORMEMENTE REPARTIDA Y LA ACTUACION SERA EFECTUADA A VELOCIDAD NOMINAL.

2. PARACAIDAS PROGRESIVOS.

LA CABINA SERA CARGADA CON EL 125 POR 100 DE LA CARGA NOMINAL, REPARTIDA UNIFORMEMENTE, Y LA ACTUACION SE HARA A VELOCIDAD REDUCIDA (VELOCIDAD DE AUTONIVELACION O VELOCIDAD DE INSPECCION). SE RECOMIENDA HACER EL ENSAYO FRENTE A UNA PUERTA DE ACCESO PARA FACILITAR LA DESCARGA DE LA CABINA Y EL DESENGANCHE DEL PARACAIDAS.

CASO PARTICULAR:

EN EL CASO DE MONTACOCHES (8.2.3), CUYA CARGA NOMINAL NO HA SIDO CALCULADA SIGUIENDO LAS PRESCRIPCIONES DEL APARTADO 8.2.1, SERA CARGADA LA CABINA CON EL 150 POR 100 DE LA CARGA NOMINAL EN LUGAR DE CON EL 125 POR 100.

DESPUES DE LA PRUEBA SERA COMPROBADO QUE NO SE HA PRODUCIDO NINGUN DETERIORO QUE PUEDA COMPROMETER EL USO NORMAL DEL ASCENSOR (SE PODRAN SUSTITUIR LOS ORGANOS DE FRENADO SI, EXCEPCIONALMENTE, FUERA NECESARIO).

K) PARACAIDAS DE CONTRAPESO.

1. LOS PARACAIDAS DE CONTRAPESO ACCIONADOS POR LIMITADOR DE VELOCIDAD SERAN ENSAYADOS EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE LOS PARACAIDAS DE CABINA (SIN NINGUNA SOBRECARGA).

2. LOS PARACAIDAS DE CONTRAPESO QUE NO SON ACCIONADOS POR LIMITADOR DE VELOCIDAD SERAN ENSAYADOS DINAMICAMENTE.

DESPUES DE LA PRUEBA SERA COMPROBADO QUE NO SE HA PRODUCIDO NINGUN DETERIORO QUE PUEDA COMPROMETER EL USO NORMAL DEL ASCENSOR (SE PODRAN SUSTITUIR LOS ORGANOS DE FRENADO SI, EXCEPCIONALMENTE, FUERA NECESARIO).

L) AMORTIGUADORES (10.3 Y 10.4).

1. AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA.

SERA HECHA LA PRUEBA DE LA MANERA SIGUIENTE:

SE LLEVA LA CABINA CON SU CARGA NOMINAL A CONTACTO CON LOS AMORTIGUADORES, SE PROVOCA EL AFLOJAMIENTO DE LOS CABLES Y SE VERIFICA QUE LA FLECHA CORRESPONDE CON LA DADA POR LA CURVA CARACTERISTICA PEDIDA EN EL ANEXO C.

2. AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO Y AMORTIGUADORES DE DISIPACION DE ENERGIA.

SERA HECHA LA PRUEBA DE LA MANERA SIGUIENTE: LA CABINA CON SU CARGA NOMINAL, O EL CONTRAPESO, SERA LLEVADA A CONTACTO CON LOS AMORTIGUADORES A LA VELOCIDAD NOMINAL O A LA VELOCIDAD PARA LA CUAL HA SIDO CALCULADA LA CARRERA DE LOS AMORTIGUADORES, EN EL CASO DE UTILIZACION DE AMORTIGUADORES DE CARRERA REDUCIDA CON VERIFICACION DE LA REDUCCION DE VELOCIDAD (10.4.3.2).

DESPUES DEL ENSAYO SE COMPROBARA QUE NO SE HA PRODUCIDO NINGUN DETERIORO QUE PUEDA COMPROMETER LA UTILIZACION NORMAL DEL ASCENSOR.

M) DISPOSITIVO DE PETICION DE SOCORRO (14.2.3).

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL ANEXO D

D-A) LA AUTORIZACION DE PUESTA EN MARCHA DE UN ASCENSOR ELECTROMECANICO SE ENTENDERA OTORGADA CON LA PRESENTACION, ANTE EL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

A) UN CERTIFICADO DE LA EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA QUE HAYA REALIZADO LA INSTALACION, SEGUN DISPONE EL ARTICULO 17 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION, FIRMADO POR EL TECNICO TITULADO COMPETENTE QUE HAYA DIRIGIDO EL MONTAJE. ESTA CERTIFICACION INCLUIRA EL PROTOCOLO DE LAS INSPECCIONES, VERIFICACIONES Y PRUEBAS REALIZADAS QUE SE AJUSTARAN A LO INDICADO EN EL ANEXO D Y TENDRAN RESULTADO POSITIVO.

B) COPIA DEL CONTRATO DE CONSERVACION CORRESPONDIENTE, FIRMADO POR EL PROPIETARIO O ARRENDATARIO DEL ASCENSOR, EN SU CASO, Y EL CONSERVADOR.

ANEXO E

INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS

INSPECCIONES Y PRUEBAS DESPUES DE UNA TRANSFORMACION IMPORTANTE O DESPUES DE UN ACCIDENTE

E.1 INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS.

LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS NO PUEDEN SER MAS DURAS QUE LAS PEDIDAS ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO.

ESTAS PRUEBAS NO DEBEN, POR SU REPETICION, PROVOCAR DESGASTE EXCESIVO NI IMPONER SOBRECARGAS CAPACES DE REDUCIR LA SEGURIDAD DEL ASCENSOR. ESTE ES EL CASO, MUY PARTICULAR, DE LAS PRUEBAS EN ELEMENTOS COMO EL PARACAIDAS Y LOS AMORTIGUADORES, QUE SI SON ENSAYADOS DEBEN SERLO CON LA CABINA VACIA Y A VELOCIDAD REDUCIDA. LA CAPACIDAD DE ESTOS ELEMENTOS HA SIDO VERIFICADA DURANTE EL ENSAYO DEL TIPO, SU INSTALACION EN SU LUGAR Y SU FUNCIONAMIENTO HAN SIDO COMPROBADOS EN EL ENSAYO ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO.

LA PERSONA ENCARGADA DE LAS PRUEBAS PERIODICAS DEBE ASEGURARSE DE QUE ESTOS ELEMENTOS (QUE NO ACTUAN EN SERVICIO NORMAL) ESTAN SIEMPRE EN CONDICIONES DE FUNCIONAR.

LAS INSPECCIONES Y LAS PRUEBAS DEBEN TRATAR SOBRE:

ESTADO MECANICO DE LAS PUERTAS DE PISO Y GARANTIA DE CIERRE Y CONDENA POSTERIOR.

LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO.

LOS CABLES O CADENAS.

EL FRENO MECANICO. SI LOS ELEMENTOS DE FRENADO SON TALES QUE EN CASO DE FALLO DE UNO DE ELLOS NO SEA EL OTRO SUFICIENTE PARA REDUCIR LA VELOCIDAD DE LA CABINA, SE REALIZARA UNA VERIFICACION PROFUNDA DE LOS NUCLEOS, EJES, ARTICULACIONES, PARA ASEGURARSE QUE NO HAY DESGASTE, CORROSION O SUCIEDAD POR GRASA, PERJUDICIAL PARA SU BUEN FUNCIONAMIENTO.

EL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

EL PARACAIDAS, PROBADO CON CABINA VACIA Y A VELOCIDAD REDUCIDA.

LOS AMORTIGUADORES ENSAYADOS CON CABINA VACIA Y A VELOCIDAD REDUCIDA.

EL DISPOSITIVO DE PETICION DE SOCORRO.

UN DUPLICADO DEL INFORME DE LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS SERA UNIDO AL REGISTRO, O EXPEDIENTE EN LA PARTE VISTA EN 16.2.1.B).

E.2 INSPECCION Y PRUEBAS DESPUES DE UNA TRANSFORMACION IMPORTANTE O DESPUES DE UN ACCIDENTE.

LAS TRANSFORMACIONES IMPORTANTES Y LOS ACCIDENTES DEBEN SER CONSIGNADAS EN LA PARTE TECNICA DEL REGISTRO O EXPEDIENTE VISTO EN 16.2.1.A).

EN PARTICULAR SON CONSIDERADAS TRANSFORMACIONES IMPORTANTES LOS CAMBIOS:

DE LA VELOCIDAD NOMINAL.

DE LA CARGA NOMINAL.

DE LA MASA DE LA CABINA.

DEL RECORRIDO.

DEL TIPO DE DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO (LA SUSTITUCION DE UN ENCLAVAMIENTO POR UN DISPOSITIVO DEL MISMO TIPO NO ES CONSIDERADA UNA MODIFICACION IMPORTANTE).

EL CAMBIO O SUSTITUCION DE:

DISPOSITIVOS O CIRCUITOS DE SEGURIDAD.

DE LAS GUIAS O TIPOS DE GUIAS.

DEL TIPO DE PUERTAS (O AÑADIR UNA O VARIAS PUERTAS DE PISO O DE CABINA).

DE LA MAQUINA O LA POLEA MOTRIZ.

DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

DE LOS AMORTIGUADORES.

DEL PARACAIDAS.

LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A LA TRANSFORMACION Y LAS INFORMACIONES NECESARIAS DEBEN SER REMITIDOS A LA PERSONA U ORGANISMO ENCARGADO DE LA INSPECCION Y LAS PRUEBAS. ESTA PERSONA O ESTE ORGANISMO JUZGARA LA OPORTUNIDAD DE PROCEDER A LAS PRUEBAS DE LOS ELEMENTOS MODIFICADOS O SUSTITUIDOS.

ESTAS PRUEBAS SERAN, COMO MAXIMO, LAS EXIGIDAS PARA LOS ELEMENTOS ORIGINALES ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO DEL ASCENSOR.

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL ANEXO E

INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS.

E-A) LOS ASCENSORES OBJETO DE ESTA ITASE SOMETERAN A INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 19 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION.

E-B) EN LOS ASCENSORES QUE SE INSTALEN A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA ORDEN, LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS SE REALIZARAN DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ANEXO E-1.

E-C) LAS INSPECCIONES PERIODICAS DE LOS ASCENSORES INSTALADOS CON ANTERIORIDAD A DICHA ENTRADA EN VIGOR SERAN EFECTUADAS SIGUIENDO LO ESTABLECIDO EN LA ORDEN DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA DE 31 DE MARZO DE 1981 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 20 DE ABRIL).

E-D) LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PERIODICAS SE REALIZARAN EN LOS SIGUIENTES PLAZOS: ASCENSORES INSTALADOS EN EDIFICIOS INDUSTRIALES Y LUGARES DE PUBLICA CONCURRENCIA: CADA DOS AÑOS.

ASCENSORES INSTALADOS EN EDIFICIOS DE MAS DE 20 VIVIENDAS O CON MAS DE CUATRO PLANTAS SERVIDAS: CADA CUATRO AÑOS.

ASCENSORES INSTALADOS EN EDIFICIOS NO INCLUIDOS EN LOS APARTADOS ANTERIORES:

CADA SEIS AÑOS.

MODIFICACION ESENCIAL EN ASCENSORES INSTALADOS.

E-E) SE CONSIDERARAN MODIFICACIONES ESENCIALES LAS DETALLADAS EN EL ANEXO A) EL PROYECTO TECNICO DE LA MODIFICACION ESENCIAL SERA REMITIDO AL ORGANO COMPETENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, EL CUAL SERA UNIDO AL EXPEDIENTE TECNICO DEL ASCENSOR.

B) LA NUEVA PUESTA EN SERVICIO SE REALIZARA SIGUIENDO LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 18 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION.

C) LAS PRUEBAS A REALIZAR ANTES DE REANUDAR EL SERVICIO DEL ASCENSOR SERAN, COMO MAXIMO, LAS EXIGIDAS ANTES DE LA PUESTA EN SERVICIO DEL APARATO PARA LOS ELEMENTOS ORIGINALES QUE HAN SIDO SUSTITUIDOS O TRANSFORMADOS. CUANDO SE

TRATE DE ASCENSORES INSTALADOS ANTES DE LA PUESTA EN VIGOR DE ESTA ITC, SE CUMPLIRAN LAS CONDICIONES TECNICAS EXIGIDAS EN EL REGLAMENTO VIGENTE EN LA FECHA EN QUE FUE AUTORIZADA SU INSTALACION Y ADEMAS LAS EXIGENCIAS TECNICAS QUE PUEDAN CORRESPONDERLE DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO PRIMERO DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA DE 31 DE MARZO DE 1981 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 20 DE ABRIL).

ACTUACIONES DESPUES DE UN ACCIDENTE.

E-F) LOS ACCIDENTES QUE OCURRAN EN LOS ASCENSORES DEBERAN SER INFORMADOS DE INMEDIATO A LOS ORGANOS COMPETENTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y A LA COMPAÑIA ASEGURADORA DEL CONSERVADOR PARA LAS ACCIONES PERTINENTES QUE CORRESPONDAN.

ANEXO F

DIRECTRICES DE ENSAYO PARA LA HOMOLOGACION DE TIPOS

F.0.1 INDICE.

CAPITULO F.1 DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO.

CAPITULOF.2 PUERTAS DE PISO.

CAPITULO F.3 PARACAIDAS.

CAPITULO F.4 LIMITADORES DE VELOCIDAD.

CAPITULO F.5 AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO Y AMORTIGUADORES CON DISIPACION DE ENERGIA.

CAPITULO F.6 GRUPOS TRACTORES.

F.0.2 DISPOSICIONES GENERALES.

F.0.2.1 LA APLICACION DE LAS DIRECTRICES DE HOMOLOGACION QUE FIGURAN EN LOS CAPITULOS SIGUIENTES NO PUEDE SER DISOCIADA DEL TEXTO MISMO DE LA PRESENTE ITC. EN PARTICULAR, TODOS LOS ELEMENTOS QUE TIENEN QUE SER CERTIFICADOS DEBEN ESTAR DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE LA ITAY LAS REGLAS DE BUENA CONSTRUCCION.

F.0.2.2 LA PETICION DE ENSAYO O PARA LA HOMOLOGACION DE TIPO DEBE SER SOLICITADA POR EL FABRICANTE O EL IMPORTADOR Y DEBE SER DIRIGIDA A UNO DE LOS LABORATORIOS DE ENSAYO ACREDITADOS POR LA DIRECCION GENERAL DE INNOVACION INDUSTRIAL Y TECNOLOGIA.

F.0.2.3 EL ENVIO DE LAS MUESTRAS PARA SU ENSAYO SE HARA DE ACUERDO ENTRE EL LABORATORIO Y EL PETICIONARIO.

F.0.2.4 EL PETICIONARIO PUEDE ASISTIR A LOS ENSAYOS.

F.0.2.5 SI EL LABORATORIO ENCARGADO DEL CONJUNTO DE EXAMENES O ENSAYOS NECESARIOS PARA EXPEDIR EL CERTIFICADO DEL TIPO NO DISPONE DE LOS MEDIOS APROPIADOS PARA CIERTOS ENSAYOS O EXAMENES, PUEDE, BAJO SU RESPONSABILIDAD, ENCARGAR LA EJECUCION DE ELLOS A OTROS LABORATORIOS.

F.0.2.6 DEBE FIGURAR UNA CONTRASEÑA DE REFERENCIA SOBRE CADA ELEMENTO QUE HAYA RECIBIDO LA HOMOLOGACION DE TIPO.

F.0.2.7 LA PRECISION DE LOS INSTRUMENTOS DEBE PERMITIR, SALVO PARTICULAR ESPECIFICACION, HACER LAS MEDIDAS CON LAS SIGUIENTES TOLERANCIAS: A) B) 2 POR 100 EN ACELERACIONES, DECELERACIONES.

C) 5 POR 100 EN TENSIONES, INTENSIDADES.

D) 10 POR 100 EN TEMPERATURAS.

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS COMPLEMENTARIAS AL ANEXO F

F-A) LOS ELEMENTOS TIPO SUJETOS A HOMOLOGACION SON LOS INDICADOS EN EL INDICE F.0.1 DE ESTE ANEXO.

F-B) LA HOMOLOGACION DE TIPO SE REALIZARA DE ACUERDO CON LO PRESCRITO EN EL ARTICULO 4 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION, DEBIENDO SOMETERSE LAS MUESTRAS QUE REQUIERA EL LABORATORIO A LOS ENSAYOS QUE SE INCLUYEN EN EL ANEXO F DE ESTA ITC.

F-C) TODOS LOS ELEMENTOS INSTALADOS EN UN ASCENSOR SUJETOS A HOMOLOGACION LLEVARAN FIJADA UNA PLACA EN LA QUE FIGURE LA CONTRASEÑA DE HOMOLOGACION A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 5 DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACION Y MANUTENCION.

F-D) LAS HOMOLOGACIONES DE TIPO TENDRAN VALIDEZ DURANTE UN PERIODO DE TRES AÑOS. LA REVALIDACION DE LA HOMOLOGACION INICIAL PODRA OBTENERSE POR PERIODOS SUCESIVOS DE TRES AÑOS MEDIANTE LA PRESENTACION DE CERTIFICADO Y PROTOCOLO DE ENSAYOS CORRESPONDIENTE A QUE SE REFIEREN LOS PUNTOS 2 Y 3 DEL ARTICULO 8 DEL REGLAMENTO CITADO EN EL PARRAFO ANTERIOR.

ANEXO F

CAPITULO 1

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DE LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS DE PISO DE ASCENSOR F.1.1 DISPOSICIONES GENERALES.

F.1.1.1 CAMPO DE APLICACION.

ESTAS DIRECTRICES SON APLICABLES A LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS DE PISO DE ASCENSORES.

EN EL ESPIRITU DE ESTAS DIRECTRICES, TODA PIEZA QUE PARTICIPA EN EL ENCLAVAMIENTO DE LAS PUERTAS DE PISO Y EN EL CONTROL DE ESTE ENCLAVAMIENTO, FORMA PARTE DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO.

F.1.1.2 OBJETO Y EXTENSION DEL ENSAYO.

EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO ES SOMETIDO A UN PROCEDIMIENTO DE ENSAYO PARA VERIFICAR QUE TANTO SU CONSTRUCCION COMO SU FUNCIONAMIENTO ESTAN DE ACUERDO CON LAS EXIGENCIAS IMPUESTAS POR LA PRESENTE NORMA.

SERA VERIFICADO EN PARTICULAR QUE LAS PIEZAS MECANICAS Y ELECTRICAS DEL DISPOSITIVO TIENEN DIMENSIONES SUFICIENTES Y QUE, A LO LARGO DEL TIEMPO, NO PIERDE SU EFICACIA, EN PARTICULAR POR EL DESGASTE.

SI EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO DEBE SATISFACER EXIGENCIAS PARTICULARES (CONSTRUCCION ESTANCA O ANTIDEFLAGRANTE) DEBE LA PETICION ESPECIFICARLO PARA QUE SEAN REALIZADOS ENSAYOS SUPLEMENTARIOS SOBRE CRITERIOS APROPIADOS.

EL ENSAYO DESCRITO A CONTINUACION CONCIERNE A LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO NORMALES. EN EL CASO DE CONSTRUCCIONES QUE PRESENTEN CARACTERISTICAS ESPECIALES, O NO PREVISTAS EN ESTE CAPITULO, PUEDEN SER EFECTUADOS ENSAYOS ADAPTADOS AL CASO.

F.1.1.3 DOCUMENTOS A PRESENTAR.

DEBEN SER PRESENTADOS, JUNTO A LA PETICION DE ENSAYO DEL TIPO, LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

F.1.1.3.1 DIBUJO GENERAL DE CONJUNTO CON DESCRIPCION DEL FUNCIONAMIENTO.

ESTE DIBUJO DEBE MOSTRAR TODOS LOS DETALLES LIGADOS AL FUNCIONAMIENTO Y A LA SEGURIDAD DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, ENTRE OTROS:

A) EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO EN SERVICIO NORMAL, MOSTRANDO EL ENGANCHE O INTERFERENCIA EFECTIVA ENTRE LOS ELEMENTOS DE ENCLAVAMIENTO Y LA POSICION DONDE EL CONTACTO ELECTRICO ES ESTABLECIDO.

B) EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO DE CONTROL MECANICO DEL ENCLAVAMIENTO, SI EXISTE.

C) EL MANDO Y FUNCIONAMIENTO DEL DESENCLAVAMIENTO DE SOCORRO.

F.1.1.3.2 DIBUJO DE CONJUNTO Y LEYENDA.

ESTE DIBUJO DEBE MOSTRAR EL ENSAMBLE DE LOS ELEMENTOS IMPORTANTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, EN PARTICULAR LOS PREVISTOS PARA SATISFACER LAS PRESCRIPCIONES DE LA PRESENTE NORMA. UNA LEYENDA DEBE INDICAR LA LISTA DE LAS PIEZAS PRINCIPALES, EL TIPO DE MATERIALES EMPLEADOS Y LAS CARACTERISTICAS DE LOS ELEMENTOS DE FIJACION.

F.1.1.3.3 DEFINICION DE LA TENSION Y DE LA INTENSIDAD NOMINALES.

F.1.1.4 MUESTRA PARA ENSAYO.

DEBEN SER SUMINISTRADAS DOS MUESTRAS, AL MENOS, DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO. UNA PARA EL ENSAYO Y LA OTRA PARA QUEDAR EN EL LABORATORIO Y PERMITIR POSIBLES COMPARACIONES POSTERIORES.

SI EL ENSAYO ES REALIZADO SOBRE UN PROTOTIPO DEBERA SER REPETIDO DESPUES SOBRE UNA PIEZA DE SERIE.

SI EL ENSAYO DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO NO ES POSIBLE MAS QUE SI ESTE ESTA MONTADO SOBRE EL CONJUNTO DE LA PUERTA CORRESPONDIENTE (POR EJEMPLO, PUERTAS DESLIZANTES DE VARIAS HOJAS O PUERTAS BATIENTES DE VARIAS HOJAS), EL DISPOSITIVO DEBE SER MONTADO SOBRE UNA PUERTA EN CONDICIONES DE TRABAJO. DE TODAS FORMAS, LAS DIMENSIONES PUEDEN SER REDUCIDAS, EN RELACION CON LA FABRICACION DE SERIE, A CONDICION DE QUE ELLO NO FALSEE LOS RESULTADOS DEL ENSAYO.

F.1.2 INSPECCIONES Y ENSAYOS.

F.1.2.1 INSPECCION DE FUNCIONAMIENTO.

ESTE EXAMEN TIENE POR OBJETO VERIFICAR EL FUNCIONAMIENTO IMPECABLE, DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA SEGURIDAD DEL CONJUNTO, DE LOS ELEMENTOS MECANICOS Y ELECTRICOS DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, LA CONFORMIDAD A LAS PRESCRIPCIONES DE LA PRESENTE NORMA Y LA CONCORDANCIA ENTRE LA CONSTRUCCION DEL DISPOSITIVO Y LOS DATOS PRESENTADOS EN LA PETICION.

SERA COMPROBADO ESPECIALMENTE:

F.1.2.1.1 EL ENCAJE MINIMO DE 7 MILIMETROS DE LOS ELEMENTOS QUE ASEGURAN EL ENCLAVAMIENTO, ANTES DE QUE EL CONTACTO ELECTRICO SEA ESTABLECIDO (7.7.3.1.1).

EJEMPLOS:

F.1.2.1.2 QUE NO ES POSIBLE, DESDE LOS LUGARES NORMALMENTE ACCESIBLES A LOS USUARIOS, HACER FUNCIONAR EL ASCENSOR CON PUERTA ABIERTA, O NO ENCLAVADA, COMO CONSECUENCIA DE UNA MANIOBRA UNICA QUE NO FORMA PARTE DEL FUNCIONAMIENTO NORMAL (7.7.5.1).

F.1.2.2 ENSAYOS MECANICOS.

ESTOS ENSAYOS TIENEN POR OBJETO VERIFICAR LA SOLIDEZ DE LOS ELEMENTOS ECANICOS Y DE LOS ELEMENTOS ELECTRICOS DE ENCLAVAMIENTO.

LA MUESTRA DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, EN SU POSICION DE TRABAJO ES ACCIONADA POR LOS ORGANOS NORMALMENTE UTILIZADOS CON ESTE PROPOSITO.

LA MUESTRA SERA ENGRASADA DE ACUERDO CON LAS PRESCRIPCIONES DEL FABRICANTE.

CUANDO HAY VARIAS POSIBILIDADES DE ACCIONAMIENTO Y VARIAS POSICIONES, EL ENSAYO DE DURACION SERA HECHO EN EL CASO QUE PAREZCA MAS DESFAVORABLE DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS ESFUERZOS SOBRE LOS ELEMENTOS.

EL NUMERO DE CICLOS COMPLETOS Y LA CARRERA DE LOS ORGANOS DE ENCLAVAMIENTO SERAN REGISTRADOS POR CONTADORES MECANICOS O ELECTRICOS.

F.1.2.2.1 ENSAYO DE FATIGA.

F.1.2.2.1.1 EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO ES SOMETIDO A UN MILLON DE CICLOS COMPLETOS ( 1 POR 100). (SE ENTIENDE POR CICLO COMPLETO UN MOVIMIENTO DE IDA Y VUELTA SOBRE TODA LA CARRERA POSIBLE EN AMBOS SENTIDOS.) EL ACCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO DEBE SER SUAVE, SIN CHOQUES, A UNA CADENCIA DE 60 CICLOS POR MINUTO ( 10 POR 100).

DURANTE LA DURACION DEL ENSAYO DE FATIGA, EL CONTACTO ELECTRICO DE ENCLAVAMIENTO DEBE CERRAR UN CIRCUITO, SIMULANDO EL SERVICIO NORMAL DEL ASCENSOR, BAJO LA TENSION MAXIMA PARA LA QUE HA SIDO PREVISTO EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO Y UNA INTENSIDAD DOBLE DE LA INTENSIDAD NOMINAL.

F.1.2.2.1.2 EN EL CASO DE QUE EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO ESTE PROVISTO DE UN DISPOSITIVO DE CONTROL MECANICO DE LA POSICION DEL CERROJO, O DE LA POSICION DEL ELEMENTO A ENCLAVAR, SERA ESTE DISPOSITIVO SOMETIDO A UN ENSAYO DE FATIGA DE 100.000 CICLOS ( 1 POR 100).

EL ACCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO SERA SUAVE, SIN CHOQUES, Y A UNA CADENCIA DE 60 CICLOS POR MINUTO ( 10 POR 100).

F.1.2.2.2 ENSAYO ESTATICO.

EN EL CASO DE DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO DESTINADO A PUERTAS BATIENTES SERA HECHO UN ENSAYO MEDIANTE LA APLICACION DE UNA FUERZA ESTATICA, QUE ASCIENDA PROGRESIVAMENTE HASTA 3.000 N Y QUE SE MANTENGA DURANTE UN PERIODO DE 300 SEGUNDOS.

ESTA FUERZA DEBE SER APLICADA EN EL SENTIDO DE APERTURA DE LA PUERTA Y EN UNA POSICION QUE CORRESPONDA, LO MAS POSIBLE, A LA QUE PUEDE SER EJERCIDA CUANDO UN USUARIO INTENTA ABRIR LA PUERTA.

LA FUERZA APLICADA SERA DE 1.000 N SI SE TRATA DE DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO DESTINADO A PUERTAS DESLIZANTES.

F.1.2.2.3 ENSAYO DINAMICO.

EL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, EN POSICION DE ENCLAVADO, SERA SOMETIDO A UNA PRUEBA DE CHOQUE EN EL SENTIDO DEL ENCLAVAMIENTO.

EL CHOQUE CORRESPONDERA AL IMPACTO DE UNA MASA RIGIDA DE 4 KILOGRAMOS EN CAIDA LIBRE DESDE UNA ALTURA DE 0,5 METROS.

F.1.2.3 CRITERIOS PARA LOS ENSAYOS MECANICOS.

DESPUES DEL ENSAYO DE FATIGA (F.1.2.2.1), DEL ENSAYO ESTATICO (F.1.2.2.2) Y DEL ENSAYO DINAMICO (F.1.2.2.3) NO DEBERA SER COMPROBADO NI DESGASTE, NI DEFORMACION O ROTURA PERJUDICIAL A LA SEGURIDAD.

F.1.2.4 ENSAYO ELECTRICO.

F.1.2.4.1 ENSAYO DE FATIGA DE LOS CONTACTOS.

ESTE ENSAYO ESTA INCLUIDO EN EL ENSAYO DE FATIGA, PREVISTO EN F.1.2.2.1.1.

F.1.2.4.2 ENSAYO DE PODER DE RUPTURA (ENSAYO A EFECTUAR DESPUES DEL ENSAYO DE FATIGA).

ESTE ENSAYO DEBERA PROBAR QUE LA CAPACIDAD DE RUPTURA NOMINAL EN CARGA ES SUFICIENTE. SERA HECHO SEGUN EL PROCEDIMIENTO DE LA PUBLICACION 158-I DE LA CEI. SERVIRAN DE BASE LAS TENSIONES E INTENSIDADES QUE SEAN INDICADAS POR EL FABRICANTE.

SI NO SE ESPECIFICA NADA, LOS VALORES DE ENSAYO SERAN LOS SIGUIENTES:

A) CORRIENTE ALTERNA: 220 V, 2 A.

B) CORRIENTE CONTINUA: 180 V, 2 A.

SALVO INDICACION EN CONTRARIO, LA CAPACIDAD DE RUPTURA SERA EXAMINADA PARA CORRIENTE ALTERNA Y CORRIENTE CONTINUA.

LOS ENSAYOS SERAN REALIZADOS EN LA POSICION DE EMPLEO DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO. SI VARIAS POSICIONES SON POSIBLES, SERA HECHO EL ENSAYO EN LA POSICION QUE EL LABORATORIO JUZGUE MAS DESFAVORABLE.

LA MUESTRA ENSAYADA DEBERA ESTAR CON LAS CUBIERTAS Y CONEXIONES ELECTRICAS USADAS EN SERVICIO NORMAL.

F.1.2.4.2.1 LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO, PARA CORRIENTE ALTERNA, DEBEN ABRIR Y CERRAR 50 VECES, A LA VELOCIDAD NORMAL, Y A INTERVALOS DE DIEZ SEGUNDOS ( 10 POR 100), UN CIRCUITO ELECTRICO BAJO UNA TENSION 110 POR 100 DE LA TENSION NOMINAL. EL CONTACTO DEBE PERMANECER CERRADO AL MENOS 0,5 SEGUNDOS.

EL CIRCUITO DEBE TENER EN SERIE UNA INDUCTANCIA Y UNA RESISTENCIA; SU FACTOR DE POTENCIA DEBE SER 0,7 ( 10 POR 100) Y LA INTENSIDAD DE LA CORRIENTE DEBE SER 10 VECES MAYOR QUE EL VALOR DE INTENSIDAD NOMINAL DADO POR EL FABRICANTE.

F.1.2.4.2.2 LOS DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO PARA CORRIENTE CONTINUA DEBEN ABRIR Y CERRAR 20 VECES, A LA VELOCIDAD NORMAL, Y A INTERVALOS DE DIEZ SEGUNDOS ( 10 POR 100), UN CIRCUITO ELECTRICO BAJO UNA TENSION IGUAL AL 110 POR 100 DE LA TENSION NOMINAL. EL CONTACTO DEBE PERMANECER CERRADO AL MENOS 0,5 SEGUNDOS.

EL CIRCUITO DEBE TENER EN SERIE UNA INDUCTANCIA Y UNA RESISTENCIA Y TENER UNA CONSTANTE DE TIEMPO DE 200 MS ( 10 POR 100). UNA RESISTENCIA QUE ABSORBA UN 1 POR 100 DE LA CORRIENTE DE PRUEBA DEBE ESTAR CONECTADA EN PARALELO SOBRE ESTE CIRCUITO.

LA INTENSIDAD DE LA CORRIENTE DE ENSAYO DEBE SER EL 110 POR 100 DE LA INTENSIDAD NOMINAL INDICADA POR EL FABRICANTE.

F.1.2.4.2.3 LOS ENSAYOS SON CONSIDERADOS SATISFACTORIOS,SI NO SE PRODUCEN CEBADOS, NI ARCOS Y SI NINGUN DETERIORO, QUE PUEDA PERJUDICAR A LA SEGURIDAD, SE HA PRODUCIDO.

F.1.2.4.3 ENSAYO DE RESISTENCIA A LAS CORRIENTES DE FUGA.

ESTE ENSAYO SE REALIZARA DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO DE LA PUBLICACION CEI 112. LOS ELECTRODOS SERAN CONECTADOS A UNA FUENTE QUE SUMINISTRE UNA TENSION ALTERNA PRACTICAMENTE SENOIDAL DE 175 V, 50 HZ.

F.1.2.4.4 EXAMEN DE LAS LINEAS DE FUGA Y DISTANCIAS EN EL AIRE.

LAS LINEAS DE FUGA Y LAS DISTANCIAS EN EL AIRE DEBEN ESTAR DE ACUERDO CON LOS APARTADOS 14.1.2.2.2 Y 14.1.2.2.3 DE LA PRESENTE NORMA, Y EL CONTROL DE SU EFICACIA SERA EFECTUADO SEGUN EL PROCEDIMIENTO DE LA NORMA EN PREPARACION POR LA SUBCOMISION 28A DE LA CEI (ACTUALMENTE ANEXO B DE LA PUBLICACION 158-I DE LA CEI).

F.1.2.4.5 EXAMEN DE LAS PRESCRIPCIONES PROPIAS A LOS CONTACTOS DE SEGURIDAD Y SU ACCESIBILIDAD (14.1.2.2).

ESTE EXAMEN SE EFECTUARA TENIENDO EN CUENTA LA POSICION DE MONTAJE Y LA DISPOSICION DEL SISTEMA DE ENCLAVAMIENTO SEGUN LOS CASOS.

F.1.3 ENSAYOS PARTICULARES A CIERTOS TIPOS DE DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO.

F.1.3.1 DISPOSITIVOS DE ENCLAVAMIENTO PARA LAS PUERTAS DESLIZANTES HORIZONTAL O VERTICALMENTE, DE VARIAS HOJAS.

LOS DISPOSITIVOS QUE SIRVEN DE ENLACE MECANICO DIRECTO ENTRE HOJAS, SEGUN 7.7.6.1, O DE ENLACE MECANICO INDIRECTO, SEGUN 7.7.6.2, SON CONSIDERADOS PARTE DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO.

ESTOS DISPOSITIVOS DEBEN SER SOMETIDOS, DE UNA MANERA RAZONABLE, A LOS ENSAYOS MENCIONADOS EN F.1.2. LA CADENCIA, EN CICLOS POR MINUTO, DEBE ADAPTARSE A LAS DIMENSIONES CONSTRUCTIVAS DURANTE LOS ENSAYOS DE FATIGA.

F.1.3.2 DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO, TIPO CLAPETA, PARA PUERTAS BATIENTES.

F.1.3.2.1 SI ESTE DISPOSITIVO ESTA PROVISTO DE UN APARATO ELECTRICO DE SEGURIDAD DESTINADO A CONTROLAR LA DEFORMACION POSIBLE DE LA CLAPETA Y SI, DESPUES DEL ENSAYO ESTATICO PREVISTO EN F.1.2.2.2, SE TIENEN DUDAS SOBRE LA SOLIDEZ DEL DISPOSITIVO, SE AMPLIARA PROGRESIVAMENTE LA CARGA HASTA QUE COMO CONSECUENCIA DE UNA DEFORMACION PERMANENTE EMPIECE A ABRIR EL DISPOSITIVO DE SEGURIDAD. LOS OTROS ELEMENTOS DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO O DE LA PUERTA DE PISO NO DEBEN ESTAR DAÑADOS NI DEFORMADOS POR LA CARGA APLICADA.

F.1.3.2.2 SI DESPUES DE ENSAYO ESTATICO LAS DIMENSIONES Y LA CONSTRUCCION NO DEJAN NINGUNA DUDA SOBRE LA SOLIDEZ, NO ES NECESARIO PROCEDER AL ENSAYO DE FATIGA DE LA CLAPETA.

F.1.4 CERTIFICADO.

F.1.4.1 SERA ESTABLECIDO EL CERTIFICADO EN TRES EJEMPLARES:

A) DOS COPIAS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNA COPIA PARA EL LABORATORIO.

F.1.4.2 EL CERTIFICADO INDICARA: A) EL NOMBRE DEL FABRICANTE.

B) EL TIPO DEL DISPOSITIVO DE ENCLAVAMIENTO.

C) LA MARCA DEL LABORATORIO Y NUMERO DEL ENSAYO.

D) CARACTERISTICAS DE TENSION E INTENSIDAD MAXIMAS UTILIZABLES.

CAPITULO 2

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DEL COMPORTAMIENTO ANTE EL FUEGO DE LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES

F.2.1 DISPOSICIONES GENERALES.

ESTAS DIRECTRICES TIENEN POR OBJETO DEFINIR LOS METODOS DE ENSAYO Y FIJAR LOS CRITERIOS APROPIADOS A LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES, TENIENDO EN CUENTA LOS FACTORES QUE LES CORRESPONDEN Y PRINCIPALMENTE:

A) QUE ESTAS DEBEN SATISFACER, DESPUES DE SU INSTALACION, LAS EXIGENCIAS DE ESTA ITA(CAPITULO 7).

B) QUE EL HUECO DEL ASCENSOR SERA CONSTRUIDO DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES DE ESTA ITA(CAPITULO 5).

C) QUE LA CARA DEL LADO DEL ACCESO, SOLAMENTE, ES LA QUE TIENE EL RIESGO DE SER EXPUESTA DIRECTAMENTE AL FUEGO.

D) QUE LAS PUERTAS ESTAN NORMALMENTE CERRADAS Y ENCLAVADAS Y QUE, EN NINGUN CASO, PUEDAN ESTAR ABIERTAS SIMULTANEAMENTE PUERTAS DE PISOS DIFERENTES.

F.2.2 EQUIPO PARA ENSAYO.

F.2.2.1 HORNO.

DEBE PERMITIRSE QUE EL LADO DE ACCESO DE LA MUESTRA SEA SOMETIDO AL PROGRAMA TERMICO NORMALIZADO QUE ESPECIFICA EL APARTADO 4.1 DE LA NORMA UNE 23-093-81.

DEBERAN DISPONERSE DE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA MANTENER LAS CONDICIONES DE PRESION ESPECIFICADAS EN EL APARTADO 6.1 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.3 MUESTRAS PARA EL ENSAYO.

F.2.3.1 LA MUESTRA A ENSAYAR DEBE TENER TAMAÑO NATURAL.

F.2.3.1.1 EL CERTIFICADO QUE SE ACUERDE ES VALIDO AUTOMATICAMENTE PARA CONJUNTOS DE PUERTAS ENSAYADOS DE DIMENSIONES INFERIORES Y PARA LAS PUERTAS DE DIMENSIONES SUPERIORES DENTRO DE LOS SIGUIENTES LIMITES: A) ANCHO:

15 POR 100. B) ALTURA:

10 POR 100.

F.2.3.1.2 EN EL CASO DE CONJUNTOS DE PUERTAS CUYAS DIMENSIONES SON SUPERIORES A LAS DEL HORNO, LA MUESTRA PARA EL ENSAYO DEBERA SER LO MAS GRANDE POSIBLE QUE SEA COMPATIBLE CON LAS DIMENSIONES DEL HORNO; EN TAL CASO LA ANCHURA Y LA ALTURA DE LA MUESTRA NO DEBEN SER INFERIORES A 2 Y 2,50 METROS, RESPECTIVAMENTE.

F.2.3.2 CONSTRUCCION.

EL ENSAYO DEBE SER REALIZADO SOBRE UN CONJUNTO DE PUERTA COMPLETO, TAL Y COMO ESTA PREVISTO UTILIZAR EN LA PRACTICA. EL CONJUNTO DEBE TENER LA HOJA, O LAS HOJAS, EL MARCO Y SUS UNIONES A LA OBRA DEL MURO, LA IMPOSTA O CARGUERO O TODA LA PARTE FIJA FUERA DEL MARCO, LAS JUNTAS Y TAPAJUNTAS, LOS ELEMENTOS DE AISLAMIENTO (TERMICO Y ACUSTICO), LOS ORGANOS DE SUSPENSION DE LAS HOJAS, LOS ELEMENTOS DE CIERRE, DE ENCLAVAMIENTO Y DE DESENCLAVAMIENTO, Y DE MANIOBRA MANUAL (TIRADOR Y PLACA).

LOS REVESTIMIENTOS METALICOS PUEDEN NO SER ENSAYADOS. LOS REVESTIMIENTOS, NO METALICOS, DE LA CARA EXPUESTA, PUEDEN NO SER ENSAYADOS SI SU ESPESOR NO SUPERA 3 MILIMETROS.

EL MONTAJE DE LA MUESTRA DEBE REALIZARSE CONFORME SE ESPECIFICA EN EL APARTADO 4.3 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.3.3 ACONDICIONAMIENTO.

LA MUESTRA A ENSAYAR DEBE ACONDICIONARSE SEGUN SE ESPECIFICA EN EL APARTADO 4.3 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.4 PROCEDIMIENTO DE ENSAYO.

LA MUESTRA A ENSAYAR TENDRA SU CARA DEL PISO EXPUESTA A LAS CONDICIONES DE CALENTAMIENTO ESPECIFICADAS EN EL APARTADO 4.1 DE LA NORMA UNE 23-093-81.

LAS MEDIDAS Y OBSERVACIONES INDICADAS A CONTINUACION, EN F.2.5, SERAN EFECTUADAS A LO LARGO DEL ENSAYO. EL ENSAYO SERA DETENIDO CUANDO LOS CRITERIOS FIJADOS EN F.2.6 SEAN ALCANZADOS O EN UNA FASE DIFERENTE DEL ENSAYO, POR ACUERDO PREVIO ENTRE EL PETICIONARIO Y EL LABORATORIO, INCLUSO SI SE SIGUEN RESPETANDO TODOS LOS CRITERIOS.

F.2.5 MEDIDAS Y OBSERVACIONES.

F.2.5.1 PRESION DEL HORNO.

DEBE CUMPLIRSE CON LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 6.1 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.5.2 ENSAYO CON EL TAPON DE ALGODON.

DEBE CUMPLIRSE CON LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 6.4 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.5.3 DETERIORO.

LA PUERTA NO DEBE QUEDAR ARRUINADA DESPUES DEL ENSAYO Y SUS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEBEN CONTINUAR ASEGURANDO SU FUNCION DE PROTECCION CONTRA CAIDAS AL HUECO DEL ASCENSOR.

EL ENCLAVAMIENTO MECANICO DE LA PUERTA DEBE MANTENERSE Y LA PUERTA DEBERA RESISTIR, DESPUES DEL ENSAYO, LA APLICACION DE UNA FUERZA DE 300 N, EN NO IMPORTA EL LUGAR DE LAS SUPERFICIES METALICAS, SIENDO APLICADA ESTA FUERZA DE MANERA SENSIBLEMENTE PERPENDICULAR A LA CARA EXPUESTA AL FUEGO Y REPARTIDA SOBRE UNA SUPERFICIE DE 5 CENTIMETROS CUADRADOS DE FORMA CUADRADA O REDONDA.

F.2.5.4 ENSAYO DE GASES INFLAMABLES.

DEBE CUMPLIRSE CON LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 6.5 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.5.5 OTRAS OBSERVACIONES.

DEBE CUMPLIRSE CON LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 6.6 DE LA NORMA UNE 23-802-79.

F.2.6 CRITERIOS DE LA CONDICION DE PARALLAMAS (PF) DE LAS PUERTAS.

LA CONDICION DE PARALLAMAS (PF) DE LAS PUERTAS DE PISO DE LOS ASCENSORES, CON TODOS LOS COMPONENTES, QUEDA FIJADA POR EL TIEMPO (T), EXPRESADO EN MINUTOS, DURANTE EL CUAL DICHOS ELEMENTOS SON CAPACES DE MANTENER LOS TRES CRITERIOS SIGUIENTES: F.2.6.1 ESTABILIDAD MECANICA.

CUANDO SE CUMPLA LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 7.1 DE LA NORMA UNE 23-802-79. F.2.6.2 ESTANQUIDAD A LAS LLAMAS.

CUANDO SE CUMPLA LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 7.2 DE LA NORMA UNE 23-802-79. F.2.6.3 EMISION DE GASES INFLAMABLES.

CUANDO SE CUMPLA LO ESPECIFICADO EN EL APARTADO 7.3 DE LA NORMA UNE 23-802-79. F.2.7 CERTIFICADO.

F.2.7.1 EL CERTIFICADO SE ESTABLECERA POR TRIPLICADO:

A) DOS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNO PARA EL LABORATORIO.

F.2.7.2 EL CERTIFICADO DEBE INDICAR: A) NOMBRE DEL FABRICANTE DE LA PUERTA.

B) EL TIPO DE LA PUERTA Y SU DENOMINACION, SI HA LUGAR.

C) LA MARCA DEL LABORATORIO Y NUMERO DEL ENSAYO.

D) LAS DIMENSIONES DE LA PUERTA, DETALLES DE SU CONSTRUCCION, MATERIALES EMPLEADOS, HOLGURAS E INTERVALOS ENTRE LAS HOJAS Y ENTRE LAS HOJAS Y EL E) EL MODO DE FIJACION DEL ELEMENTO ENSAYADO A LAS PAREDES DEL HUECO.

F) LA DESCRIPCION DEL VIDRIO EN VENTANAS, SI EXISTEN.

G) LA DESCRIPCION DE LOS CONDUCTORES ELECTRICOS INCORPORADOS AL ELEMENTO ENSAYADO.

H) EL RESULTADO DE LOS ENSAYOS DEFINIDOS EN F.2.5 Y VALORACION DE LA CONDICION DE PARALLAMAS (PF) SEGUN LOS CRITERIOS SEÑALADOS EN F.2.6.

I) OTROS INFORMES SOBRE EL COMPORTAMIENTO DE LA MUESTRA DURANTE EL ENSAYO, SEÑALANDOSE DE FORMA EXPRESA EL TIEMPO DURANTE EL CUAL LA PUERTA MANTIENE LA POSIBILIDAD DE SU APERTURA.

CAPITULO 3

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DE LOS PARACAIDAS

F.3.1 DISPOSICIONES GENERALES.

F.3.1.1 EL DISEÑO Y LA REALIZACION DEL PARACAIDAS DEBEN ESTAR DE ACUERDO CON LA PRESENTE NORMA.

F.3.1.2 DOCUMENTOS A PRESENTAR.

ADEMAS DE LAS INFORMACIONES PEDIDAS EN EL ANEXO C, PARA EL CASO DE AUTORIZACION PREVIA, SERA INDICADO CON PRECISION LOS MATERIALES UTILIZADOS, EL TIPO DE GUIAS Y SU ESTADO SUPERFICIAL (ESTIRADO, FRESADO, RECTIFICADO).

EN EL CASO DE PARACAIDAS PROGRESIVO, SERA SUMINISTRADO ADEMAS EL DIAGRAMA DE CARGA DE LOS ELEMENTOS QUE FORMAN RESORTE.

F.3.2 PARACAIDAS DE ACCION INSTANTANEA

F.3.2.1 MUESTRAS A PRESENTAR.

SERAN PUESTAS A DISPOSICION DEL LABORATORIO DOS JUEGOS DE PARACAIDAS, CON SUS CUÑAS O RODILLOS Y DOS JUEGOS DE GUIAS.

LA DISPOSICION Y LOS DETALLES DE FIJACION DE LAS MUESTRAS, SERAN FIJADOS POR EL LABORATORIO EN FUNCION DEL EQUIPO QUE EL UTILICE.

SI LOS MISMOS CONJUNTOS DE FRENADO DEL PARACAIDAS PUEDEN SER UTILIZADOS CON TIPOS DIFERENTES DE GUIAS, NO SERA HECHO UN NUEVO ENSAYO SI EL ANCHO DE LA GUIA (EN LA ZONA DE FRENADO) Y EL ESTADO SUPERFICIAL (ESTIRADO, FRESADO, RECTIFICADO) SON LOS MISMOS.

F.3.2.2 ENSAYO.

F.3.2.2.1 MODO DE ENSAYO.

EL ENSAYO SERA HECHO USANDO UNA PRENSA QUE SE DESPLACE CON UNA VELOCIDAD CONSTANTE.

SE MEDIRAN: A) LA DISTANCIA RECORRIDA EN FUNCION DEL ESFUERZO.

B) LA DEFORMACION DEL BLOQUE DEL PARACAIDAS EN FUNCION DEL ESFUERZO O DE LA DISTANCIA RECORRIDA.

F.3.2.2.2 PROCEDIMIENTO DEL ENSAYO.

LA GUIA SERA DESPLAZADA A TRAVES DEL PARACAIDAS.

SE TRAZARAN MARCAS SOBRE LOS BLOQUES PARA PODER MEDIR SU DEFORMACION.

A) SE REGISTRARA LA DISTANCIA RECORRIDA EN FUNCION DEL ESFUERZO.

B) DESPUES DEL ENSAYO.

1) SE MEDIRA LA DEFORMACION PERMANENTE DEL BLOQUE (EN EL CASO DE QUE NO HAYA HABIDO ROTURA).

2) SE COMPARARA LA DUREZA DEL BLOQUE Y LOS ORGANOS DE FRENADO, CON LOS VALORES ORIGINALES COMUNICADOS POR EL PETICIONARIO.

PUEDEN SE EFECTUADOS OTROS ANALISIS EN CASOS ESPECIALES.

3) SE CONTROLARA EL BLOQUE Y LOS ORGANOS DE FRENADO PARA VERIFICAR LAS DEFORMACIONES (POR EJEMPLO, FISURAS, DEFORMACION O DESGASTE DE LOS ORGANOS DE FRENADO, ASPECTO DE LAS SUPERFICIES DE FRICCION).

4) SE FOTOGRAFIARAN EL BLOQUE, LOS ORGANOS DE FRENADO Y LA GUIA PARA PONER EN EVIDENCIA LAS DEFORMACIONES O ROTURAS, SI ES CONVENIENTE.

F.3.2.3 DOCUMENTOS.

F.3.2.3.1 SERAN ESTABLECIDOS DOS DIAGRAMAS:

A) UNO DARA LA DISTANCIA RECORRIDA EN FUNCION DEL ESFUERZO.

B) EL OTRO EXPRESARA LA DEFORMACION DEL BLOQUE. SERA REALIZADO DE MANERA QUE PUEDA REFERIRSE AL PRECEDENTE.

F.3.2.3.2 LA CAPACIDAD DEL PARACAIDAS SERA ESTABLECIDA POR INTEGRACION DEL DIAGRAMA DISTANCIA-FUERZA.

LA SUPERFICIE DEL DIAGRAMA A TOMAR EN CONSIDERACION SERA:

A) LA SUPERFICIE TOTAL SI NO HA HABIDO DEFORMACION PERMANENTE.

B) SI HA EXISTIDO DEFORMACION PERMANENTE O ROTURA:

1) LA SUPERFICIE LIMITADA HASTA EL VALOR EN QUE HA SIDO ALCANZADO EL LIMITE DE ELASTICIDAD.

2) O BIEN LA SUPERFICIE TOTAL HASTA EL VALOR EN QUE SE HA PRODUCIDO LA ROTURA. F.3.2.4 DETERMINACION DE LA MASA TOTAL ADMISIBLE.

F.3.2.4.1 ENERGIA ABSORBIDA POR EL PARACAIDAS.

SE ADOPTARA UNA ALTURA DE CAIDA LIBRE CALCULADA SEGUN LA VELOCIDAD MAXIMA DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD FIJADA EN 9.9.1.

A) EL LIMITE DE ELASTICIDAD NO HA SIDO REBASADO.

B) EL LIMITE DE ELASTICIDAD HA SIDO REBASADO.

SE EFECTUARAN DOS CALCULOS Y SE TOMARA EL MAS FAVORABLE AL PETICIONARIO:

1) SE CALCULA K POR INTEGRACION DE LA SUPERFICIE DEFINIDAF.3.2.3.2.B).1).

2) SE CALCULA K POR LA INTEGRACION DE LA SUPERFICIE DEFINIDA EN ).2), PERO SE ADOPTA 3,5 COMO COEFICIENTE DE SEGURIDAD.

() ESTE COEFICIENTE TIENE EN CUENTA QUE UNA DEFORMACION DE LA GUIA HA PODIDO FALSEAR EL DIAGRAMA DE DEFORMACION DEL BLOQUE.

F.3.2.5 VERIFICACION DE LA DEFORMACION DEL BLOQUE Y DE LA GUIA.

SI UNA DEFORMACION DEMASIADO PROFUNDA DEL ORGANO DE FRENADO EN EL BLOQUE O EN LA GUIA PUEDE CAUSAR DIFICULTADES PARA DESENGANCHAR EL PARACAIDAS, LA MASA TOTAL ADMISIBLE SERA REDUCIDA.

F.3.3 PARACAIDAS PROGRESIVOS.

F.3.3.1 DECLARACION Y MUESTRA A ENTREGAR.

F.3.3.1.1 EL PETICIONARIO DECLARARA PARA QUE MASA (I) Y QUE VELOCIDAD (M S) DEBERA SER HECHO EL ENSAYO. SI EL PARACAIDAS DEBE SER CERTIFICADO PARA MASAS DIFERENTES, SERA ESPECIFICADO ADEMAS SI EL REGLAJE SE HACE A DIVERSOS ELES O DE MANERA CONTINUA.

NOTA: EL PETICIONARIO DEBERA ELEGIR LA MASA SUSPENDIDA (I), DIVIDIENDO LA FUERZA DE FRENADO QUE EL CONSIDERA (N) POR 16, PARA CONTEMPLAR UNA DESACELERACION MEDIA DE 0,6 G F.3.3.1.2 SERA PUESTO A DISPOSICION DEL LABORATORIO UN CONJUNTO DE PARACAIDAS COMPLETO, MONTADO SOBRE UN PUENTE CON LAS DIMENSIONES FIJADAS POR EL LABORATORIO. SERAN ADJUNTADOS LOS JUEGOS DE ZAPATAS DE FRENADO NECESARIOS PARA LA TOTALIDAD DE LOS ENSAYOS. SERA IGUALMENTE SUMINISTRADA LA LONGITUD DE GUIAS FIJADA POR EL LABORATORIO, DEL TIPO DE GUIA USADO.

F.3.3.2 ENSAYO.

F.3.3.2.1 MODO DE ENSAYO.

EL ENSAYO SERA HECHO EN CAIDA LIBRE.

SE MEDIRA DIRECTA O INDIRECTAMENTE: A) LA ALTURA TOTAL DE CAIDA.

B) LA DISTANCIA DE FRENADO SOBRE LA GUIA.

C) LA DISTANCIA DE DESLIZAMIENTO DEL CABLE DEL LIMITADOR O DEL DISPOSITIVO USADO EN SU LUGAR.

D) LA CARRERA TOTAL DE LOS ELEMENTOS QUE FORMAN RESORTE.

LAS MEDIDAS A) Y B) DEBERAN SER REFERIDAS EN FUNCION DEL TIEMPO. SERAN ANOTADOS: E) EL ESFUERZO MEDIO DE FRENADO.

F) EL ESFUERZO INSTANTANEO DE FRENADO MAS GRANDE.

G) EL ESFUERZO INSTANTANEO DE FRENADO MAS PEQUEÑO.

F.3.3.2.2 PROCEDIMIENTO DEL ENSAYO.

F.3.3.2.2.1 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA UNA SOLA MASA TOTAL.

EL LABORATORIO EFECTUARA CUATRO ENSAYOS CON LA MASA TOTAL (P Q)SE ESPERARA ENTRE CADA ENSAYO A QUE LAS ZAPATAS DE FRENADO ALCANCEN LA TEMPERATURA NORMAL.

PUEDEN SER UTILIZADOS VARIOS JUEGOS DE ZAPATAS DE FRENADO A LO LARGO DE ESTOS CUATRO ENSAYOS. SIN EMBARGO, UN JUEGO DE ZAPATAS DEBERA PERMITIR:

A) TRES ENSAYOS, SI LA VELOCIDAD NOMINAL ES 4 M S.

B) DOS ENSAYOS, SI LA VELOCIDAD NOMINAL ES 4 M S.

LA ALTURA DE CAIDA LIBRE SERA CALCULADA PARA CORRESPONDER A LA VELOCIDAD MAXIMA DE DISPARO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD PARA LA CUAL PUEDE SER UTILIZADO EL PARACAIDAS.

EL DISPARO DEL PARACAIDAS SERA REALIZADO POR UN MEDIO QUE PERMITA FIJAR CON PRECISION LA VELOCIDAD DE TOMA DE CONTACTO DEL PARACAIDAS.

NOTA: POR EJEMPLO, SE PODRA UTILIZAR UN CABLE (CUYO AFLOJAMIENTO SEA CALCULADO JUICIOSAMENTE) FIJADO A UN MANGUITO SOBRE EL QUE PUEDA RESBALAR UN CABLE LISO FIJO. EL ESFUERZO PARA VENCER EL ROZAMIENTO SERA EL MISMO QUE EL ESFUERZO APLICADO SOBRE EL CABLE DE MANDO POR EL LIMITADOR ASOCIADO A ESTE PARACAIDAS.

F.3.3.2.2.2 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA DIFERENTES MASAS TOTALES. REGLAJE POR NIVELES O REGLAJE CONTINUO.

SERA EFECTUADA UNA SERIE DE ENSAYOS PARA EL VALOR MAXIMO DE CARGA SOLICITADO Y UNA SERIE PARA VALOR MINIMO. EL PETICIONARIO DEBERA FACILITAR UNA FORMULA O UN DIAGRAMA, DANDO LA VARIACION DEL ESFUERZO DE FRENADO EN FUNCION DE UN PARAMETRO DETERMINADO.

EL LABORATORIO VERIFICARA POR UN MEDIO APROPIADO (MEJOR POR UNA TERCERA SERIE DE ENSAYOS SOBRE UN PUNTO INTERMEDIO) LA VALIDEZ DE LA FORMULA PROPUESTA. F.3.3.2.3 DETERMINACION DEL ESFUERZO DE FRENADO DEL PARACAIDAS.

F.3.3.2.3.1 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA UNA SOLA MASA TOTAL.

EL ESFUERZO DE FRENADO DEL QUE ES CAPAZ EL PARACAIDAS, PARA UN REGLAJE DADO Y EL TIPO DE GUIA UTILIZADO, ES IGUAL A LA MEDIA DE LOS ESFUERZOS DE FRENADO MEDIOS REGISTRADOS EN LOS CUATRO ENSAYOS. CADA ENSAYO SERA HECHO SOBRE UNA SECCION DE GUIAS VIRGEN.

NOTA: LAS PRUEBAS HAN DEMOSTRADO QUE EL COEFICIENTE DE FRICCION PODRIA DISMINUIR CONSIDERABLEMENTE SI SE HACEN VARIOS ENSAYOS SUCESIVOS SOBRE UNA MISMA ZONA DE GUIA MECANIZADA. ESTO SE ATRIBUYE A UNA MODIFICACION DEL ESTADO SUPERFICIAL POR LOS FRENADOS SUCESIVOS.

SE ADMITE QUE SOBRE UNA INSTALACION, UN ACCIONAMIENTO NO PROVOCADO DEL

PARACAIDAS TENDRA TODA PROBABILIDAD DE OCURRIR EN UNA PORCION DE GUIA VIRGEN.

SI POR AZAR NO FUERE ESTE EL CASO, HABRA QUE ADMITIR UN ESFUERZO DE FRENADO MENOR HASTA QUE SE ENCUENTRE UNA SUPERFICIE VIRGEN, Y POR ELLO UN DESLIZAMIENTO MAYOR DEL NORMAL.

ESTA ES UNA RAZON MAS PARA NO ADMITIR UN REGLAJE QUE PROVOQUE UNA DECELERACION DEMASIADO DEBIL AL PRINCIPIO.

SE CONTROLARA QUE LOS VALORES MEDIOS O INSTANTANEOS ANOTADOS EN LOS ENSAYOS ESTEN COMPRENDIDOS DENTRO DE UN MARGEN DE 25 POR 100 EN RELACION CON EL ESFUERZO DE FRENADO DEFINIDO ANTERIORMENTE.

F.3.3.2.3.2 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA DIFERENTES MASAS TOTALES.

REGLAJE POR NIVELES O REGLAJE CONTINUO.

EL ESFUERZO DE FRENADO DE QUE ES CAPAZ EL PARACAIDAS SERA CALCULADO COMO SE EXPRESA EN F.3.3.2.3.1 PARA EL VALOR MAXIMO Y EL VALOR MINIMO PEDIDO.

F.3.3.2.4 CONTROL DESPUES DE LOS ENSAYOS:

A) SE COMPARARA LA DUREZA DEL BLOQUE Y DE LOS ORGANOS DE FRENADO CON LOS VALORES ORIGINALES COMUNICADOS POR EL PETICIONARIO. PUEDEN SER NECESARIOS OTROS ANALISIS EN CASOS ESPECIALES.

B) SE VERIFICARAN LAS DEFORMACIONES O MODIFICACIONES (POR EJEMPLO; FISURAS, DEFORMACION O DESGASTE DE LOS ORGANOS DE FRENADO, ASPECTO DE LAS SUPERFICIES DE FRICCION).

C) SE FOTOGRAFIARAN EL CONJUNTO DE PARACAIDAS, LOS ORGANOS DE FRENADO Y LAS GUIAS PARA PONER EN EVIDENCIA LAS DEFORMACIONES O ROTURAS.

F.3.3.3 CALCULO DE LA MASA TOTAL ADMISIBLE.

F.3.3.3.1 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA UNA SOLA MASA TOTAL.

F.3.3.3.2 PARACAIDAS CERTIFICADO PARA DIFERENTES MASAS TOTALES.

F.3.3.3.2.1 REGLAJE POR NIVELES: LA MASA TOTAL ADMISIBLE SERA CALCULADA, PARA CADA REGLAJE, COMO SE DEFINE EN F.3.3.3.1.

F.3.3.3.2.2 REGLAJE CONTINUO: LA MASA TOTAL ADMISIBLE SERA CALCULADA COMO SE EXPRESA EN F.3.3.3.1 PARA EL MAXIMO VALOR Y EL VALOR MINIMO PEDIDO Y SIGUIENDO LA FORMULA PROPUESTA PARA LOS REGLAJES INTERMEDIOS

F.3.3.4 MODIFICACION POSIBLE DE LOS REGLAJES.

SI DURANTE LOS ENSAYOS SE ENCUENTRAN VALORES QUE SE ALEJAN EN MAS DE UN 20 POR 100 DE LOS ESPERADOS POR EL PETICIONARIO, PODRAN SER HECHOS OTROS ENSAYOS, CON SU ACEPTACION, DESPUES DE UNA MODIFICACION DE LOS REGLAJES.

NOTA: SI EL ESFUERZO DE FRENADO ES NETAMENTE SUPERIOR AL CONSIDERADO POR EL PETICIONARIO, LA CARGA SUSPENDIDA UTILIZADA DURANTE EL ENSAYO SERA CLARAMENTE MENOR QUE LA QUE SERIA OBLIGADO AUTORIZAR POR EL CALCULO F.3.3.3.1 Y, COMO CONSECUENCIA, EL ENSAYO NO PERMITIRIA AFIRMAR QUE EL PARACAIDAS ES APTO A DISIPAR LA ENERGIA REQUERIDA CON LA NUEVA CARGA RESULTANTE DEL CALCULO.

F.3.4 COMENTARIOS:

A) 1) EN EL CASO DE APLICACION A UN ASCENSOR DADO, LA MASA TOTAL DECLARADA POR EL INSTALADOR NO PUEDE REBASAR LA MASA TOTAL PARA EL PARACAIDAS Y EL AJUSTE CONSIDERADO. (SI SE TRATA DE UN PARACAIDAS INSTANTANEO O DE ACCION INSTANTANEA CON EFECTO AMORTIGUADO).

2) EN EL CASO DE PARACAIDAS PROGRESIVO, LA MASA TOTAL DECLARADA, PUEDE DIFERIR DE LA MASA TOTAL ADMISIBLE DEFINIDA EN F.3.3.3 EN 7,5 POR 100. SE ADMITE QUE, EN ESTAS CONDICIONES, SON RESPETADAS LAS PRESCRIPCIONES DE 9.8.4 SOBRE LA INSTALACION, A PESAR DE LAS TOLERANCIAS USUALES SOBRE EL ESPESOR DE LAS GUIAS, LOS ESTADOS SUPERFICIALES, ETCETERA.

B) TODOS LOS ELEMENTOS QUE TRANSMITEN LOS ESFUERZOS A LAS ZAPATAS DE FRENADO DEBEN SER CALCULADOS CON UN COEFICIENTE DE SEGURIDAD DE 5, COMO MINIMO, PARA LA CONDICION DE AJUSTE MAS SEVERA.

C) PARA APRECIAR LA VALIDEZ DE LAS PIEZAS SOLDADAS SE RECURRIRA A LAS NORMAS SOBRE ESTA MATERIA.

D) SE VERIFICARA QUE LA CARRERA POSIBLE DE LOS ORGANOS DE FRENADO ES SUFICIENTE EN LAS CONDICIONES MAS DESFAVORABLES (ACUMULACION DE TOLERANCIAS DE FABRICACION).

E) SE VERIFICARA QUE EL DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD, PREVISTO EN 9.8.8, HA FUNCIONADO CORRECTAMENTE.

F) LOS ORGANOS DE FRENADO SERAN CONVENIENTEMENTE PROTEGIDOS PARA ESTAR SEGUROS DE SU PRESENCIA EN EL MOMENTO DE ACTUAR.

G) EN EL CASO DE PARACAIDAS PROGRESIVOS, SE VERIFICARA QUE LA CARRERA DE LOS ELEMENTOS, QUE FORMAN EL RESORTE, ES SUFICIENTE. SERA PREVISTA LA POSIBILIDAD DE PRECINTAR LOS ELEMENTOS AJUSTABLES.

F.3.5 CERTIFICADO.

F.3.5.1 SERA ESTABLECIDO AL CERTIFICADO POR TRIPLICADO:

A) DOS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNO PARA EL LABORATORIO.

F.3.5.2 EL CERTIFICADO DEBE INDICAR: A) EL NOMBRE DEL FABRICANTE.

B) EL TIPO DE PARACAIDAS.

C) LA MARCA DEL LABORATORIO Y EL NUMERO DEL ENSAYO.

D) LOS LIMITES DE LAS MASAS TOTALES ADMISIBLES VER F.3.4 A).

E) VELOCIDAD NOMINAL MAXIMO Y LA VELOCIDAD DE DISPARO.

F) EL TIPO DE GUIA.

G) EL ESPESOR ADMISIBLE DE LA CABEZA DE LA GUIA.

H) EL ANCHO MINIMO DE LAS SUPERFICIES DE FREN I) ESTADO DE LA SUPERFICIE DE LAS GUIAS.

J) ESTADO DE LUBRICACION DE LAS GUIAS. CLASE Y CARACTERISTICAS DE LUBRICANTE, SI SE USA.

CAPITULO 4

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DE LOS LIMITADORES DE VELOCIDAD F.4.1 DISPOSICIONES GENERALES.

F.4.1.1 LA CONCEPCION Y REALIZACION DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD DEBEN ESTAR DE ACUERDO CON LA PRESENTE NORMA.

F.4.1.2 EL PETICIONARIO ESPECIFICARA AL LABORATORIO:

A) EL TIPO (O LOS TIPOS) DE PARACAIDAS QUE DEBEN SER ACCIONADOS POR EL LIMITADOR.

B) LAS VELOCIDADES NOMINALES MAXIMA Y MINIMA DE LOS ASCENSORES PARA LOS QUE PUEDE SER USADO ESTE LIMITADOR.

C) EL ESFUERZO NECESARIO PARA DISPARAR EL PARACAIDAS.

F.4.2 CONTROL DE LAS CARACTERISTICAS DEL LIMITADOR.

F.4.2.1 MUESTRAS A ENTREGAR.

SERA PUESTO A LA DISPOSICION DEL LABORATORIO: A) UN LIMITADOR DE VELOCIDAD.

B) UN CABLE, DEL TIPO USADO PARA EL LIMITADOR Y EN EL ESTADO NORMAL EN QUE SERA UTILIZADO. LA LONGITUD A SUMINISTRAR SERA FIJADA POR EL LABORATORIO.

C) UN CONJUNTO DE POLEA TENSORA DEL TIPO USADO PARA EL LIMITADOR.

F.4.2.2 ENSAYO.

F.4.2.2.1 METODO DE ENSAYO.

SE CONTROLARA: A) LA VELOCIDAD DE DISPARO.

B) EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO, PREVISTO EN 9.9.11.1, QUE MANDA LA PARADA DE LA MAQUINA, SI AQUEL ESTA MONTADO SOBRE EL LIMITADOR.

C) EL FUNCIONAMIENTO DEL DISPOSITIVO ELECTRICO DE SEGURIDAD, PREVISTO EN 9.9.11.2, QUE IMPIDE EL MOVIMIENTO DEL ASCENSOR CUANDO EL LIMITADOR ESTA DISPARADO.

D) LA ADHERENCIA DEL CABLE EN LA POLEA DEL LIMITADOR O LA FUERZA DE RETENCION QUE PERMITE LA ACTUACION DEL PARACAIDAS.

F.4.2.2.2 PROCEDIMIENTO DE ENSAYO.

SE EFECTUARAN AL MENOS 20 ENSAYOS DENTRO DEL MARGEN DE VELOCIDADES DE DISPARO CORRESPONDIENTE AL CAMPO DE VELOCIDADES NOMINALES DEL ASCENSOR INDICADO EN F.4.1.2, B).

NOTAS: 1. LOS ENSAYOS PUEDEN SER EFECTUADOS POR EL LABORATORIO EN EL TALLER DEL CONSTRUCTOR.

2. LA MAYORIA DE LOS ENSAYOS SERAN EFECTUADOS A LAS VELOCIDADES EXTREMAS DEL MARGEN.

3. LA ACELERACION PARA ALCANZAR LA VELOCIDAD DE DISPARO SERA TAN BAJA SEA POSIBLE, PARA ELIMINAR LOS EFECTOS DE LA INERCIA.

F.4.2.2.3 INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS DE LAS PRUEBAS.

F.4.2.2.3.1 EN EL CURSO DE LOS 20 ENSAYOS, LA VELOCIDAD DE DISPARO DEBE QUEDAR ENTRE LOS LIMITES PREVISTOS EN 9.9.1.

NOTA: SI LOS LIMITES PREVISTOS SON REBASADOS, PUEDE SER REALIZADO UN REAJUSTE POR EL CONSTRUCTOR, Y SERAN EFECTUADOS OTROS 20 ENSAYOS.

F.4.2.2.3.2 A LO LARGO DE LOS 20 ENSAYOS, EL FUNCIONAMIENTO DE LOS DISPOSITIVOS CUYO CONTROL ESTA PREVISTO SEGUN EL F.4.2.2.1, B) Y C), DEBEN EFECTUARSE DENTRO DE LOS LIMITES PREVISTOS EN 9.9.11.1 Y 9.9.11.2.

F.4.2.2.3.3 EL ESFUERZO SUSCEPTIBLE DE SER TRANSMITIDO POR EL CABLE, POR EL DISPARO DEL LIMITADOR, DEBE SER, AL MENOS, EL DOBLE DEL INDICADO POR EL CONSTRUCTOR PARA ACTUAR EL PARACAIDAS CON UN MINIMO DE 300 N.

NOTAS: 1. SALVO EXCEPCION PEDIDA POR EL CONSTRUCTOR, QUE DEBERA FIGURAR EN LA PETICION DE ENSAYO, EL ARCO DE ARROLLAMIENTO DEL CABLE SERA 180 2. EN EL CASO DE DISPOSITIVO QUE ACTUE POR RETENCION DE CABLE SE VERIFICARA QUE NO HAY DEFORMACION PERMANENTE DEL CABLE.

F.4.3 CERTIFICADO.

F.4.3.1 SE ESTABLECERA EL CERTIFICADO POR TRIPLICADO:

A) DOS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNO PARA EL LABORATORIO.

F.4.3.2 EL CERTIFICADO DEBE INDICAR: A) EL NOMBRE DEL FABRICANTE.

B) EL TIPO DEL LIMITADOR DE VELOCIDAD.

C) LA MARCA DEL LABORATORIO Y EL NUMERO DE ENSAYO.

D) LAS VELOCIDADES NOMINALES MAXIMA Y MINIMA DEL ASCENSOR PARA LAS QUE PUEDE SER UTILIZADO EL LIMITADOR.

E) DIAMETRO DEL CABLE A UTILIZAR Y SU COMPOSICION.

F) FUERZA MINIMA DE TENSION, EN EL CASO DE LIMITADOR DE VELOCIDAD CON POLEA DE ADHERENCIA.

G) EL ESFUERZO DE ACTUACION DEL PARACAIDAS PARA EL QUE PUEDE SER USADO EL LIMITADOR.

CAPITULO 5

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DE AMORTIGUADORES CON ACUMULACION DE ENERGIA Y AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO, Y DE AMORTIGUADORES CON DISIPACION DE ENERGIA

F.5.1 DISPOSICIONES GENERALES.

LA PETICION DEBE MENCIONAR EL CAMPO DE UTILIZACION PREVISTO; VELOCIDAD MAXIMA DE IMPACTO, MASAS TOTALES MINIMA Y MAXIMA. DEBE ADJUNTARSE A LA PETICION SIGUIENTE:

A) LOS DIBUJOS DETALLADOS Y DE CONJUNTO QUE INDIQUEN LA CONSTRUCCION, EL FUNCIONAMIENTO, LOS MATERIALES UTILIZADOS, MEDIDAS Y TOLERANCIAS DE FABRICACION DE LAS PIEZAS.

EN EL CASO DE AMORTIGUADORES HIDRAULICOS, SE INDICARA LA GRADUACION (ORIFICIOS PARA EL PESO DEL LIQUIDO) EN FUNCION DE LA CARRERA DEL AMORTIGUADOR. B) ESPECIFICACION DEL LIQUIDO EMPLEADO.

A PETICION DEL LABORATORIO PUEDEN SER EXIGIDOS ESTOS DOCUMENTOS POR TRIPLICADO. EL LABORATORIO PUEDE PEDIR LAS INFORMACIONES SUPLEMENTARIAS QUE SEAN NECESARIAS PARA EL EXAMEN Y EL ENSAYO.

F.5.2 MUESTRAS PARA ENSAYO.

LA CONSTRUCCION DE LA MUESTRA DEBE ESTAR DE ACUERDO CON LOS DOCUMENTOS REMITIDOS VISTOS EN F.5.1.

EN EL CASO DE AMORTIGUADORES HIDRAULICOS, DEBE SER ENVIADO SEPARADAMENTE EL LIQUIDO NECESARIO.

F.5.3 ENSAYO.

F.5.3.1 AMORTIGUADORES DE ACUMULACION DE ENERGIA CON AMORTIGUACION DEL MOVIMIENTO DE RETORNO.

F.5.3.1.1 PROCEDIMIENTO DEL ENSAYO.

F.5.3.1.1.1 SE DETERMINARA, POR EJEMPLO POR MEDIO DE PESAS COLOCADAS SOBRE EL AMORTIGUADOR, LA MASA NECESARIA PARA COMPRIMIR TOTALMENTE EL RESORTE.

B) PARA MASAS TOTALES COMPREMDIDAS ENTRE: 1) MAXIMO A 2) MINIMO A

F.5.3.1.1.2 EL AMORTIGUADOR SERA ENSAYADO, POR MEDIO DE PESOS CORRESPONDIENTES A LAS MASAS TOTALES MAXIMA Y MINIMA, CAYENDO EN CAIDA LIBRE, POR ENCIMA DEL AMORTIGUADOR EXTENDIDO, DESDE UNA ALTURA IGUAL A 0,5 F 0,067 V LA VELOCIDAD SERA REGISTRADA A PARTIR DEL IMPACTO SOBRE EL AMORTIGUADOR Y DURANTE TODO EL ENSAYO. EN NINGUN MOMENTO LA VELOCIDAD ASCENDENTE DE LOS PESOS (DURANTE EL RETORNO) SERA SUPERIOR A 1 M S.

F.5.3.1.2 EQUIPO A UTILIZAR.

EL EQUIPO A UTILIZAR DEBE SATISFACER LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

F.5.3.1.2.1 PESOS QUE CAEN EN CAIDA LIBRE. LOS PESOS DEBEN CORRESPONDER, CON 1 POR 100, A LAS MASAS TOTALES MINIMA Y MAXIMA. ESTOS DEBEN ESTAR GUIADOS VERTICALMENTE CON EL MINIMO DE FRICCION POSIBLE.

F.5.3.1.2.2 APARATO REGISTRADOR.

EL APARATO REGISTRADOR DEBE PONER EN EVIDENCIA FENOMENOS QUE OCURRAN EN UN TIEMPO DE 0,01 S.

F.5.3.1.2.3 MEDIDA DE LA VELOCIDAD.

LA VELOCIDAD SERA REGISTRADA CON UNA TOLERANCIA DE 1 POR 100.

F.5.3.1.3 TEMPERATURA AMBIENTE.

LA TEMPERATURA AMBIENTE DEBE ESTAR ENTRE 15C. Y 25C.

F.5.3.1.4 COLOCACION DEL AMORTIGUADOR.

EL AMORTIGUADOR DEBE ESTAR COLOCADO Y FIJADO DE LA MISMA FORMA QUE EN SERVICIO NORMAL.

F.5.3.1.5 CONTROL DEL ESTADO DEL AMORTIGUADOR DESPUES DEL ENSAYO.

DESPUES DE DOS ENSAYOS CON LA MASA MAXIMA, NINGUNA PARTE DEL AMORTIGUADOR DEBE PRESENTAR DEFORMACION PERMANENTE O SER DAÑADA. SU ESTADO DEBE GARANTIZAR UN FUNCIONAMIENTO NORMAL.

F.5.3.2.

AMORTIGUADORES CON DISIPACION DE ENERGIA.

F.5.3.2.1 PROCEDIMIENTO DE ENSAYO.

NOTA: ESTE PROCEDIMIENTO SE REFIERE A LOS AMORTIGUADORES HIDRAULICOS, PARA OTROS TIPOS SE PROCEDERA POR ANALOGIA.

EL AMORTIGUADOR SERA ENSAYADO POR MEDIO DE PESOS, CORRESPONDIENTES A LAS MASAS TOTALES MINIMA Y MAXIMA, QUE CAIGAN EN CAIDA LIBRE PARA ALCANZAR LA VELOCIDAD MAXIMA PREVISTA EN EL MOMENTO DEL CHOQUE.

LA VELOCIDAD SERA REGISTRADA AL MENOS A PARTIR DEL MOMENTO DEL IMPACTO DE LOS PESOS. LA ACELERACION Y DESACELERACION SERAN MEDIDAS, EN FUNCION DEL TIEMPO, DURANTE TODO EL DESPLAZAMIENTO DE LOS PESOS.

F.5.3.2.2 EQUIPO A UTILIZAR.

EL EQUIPO DEBE SATISFACER LAS CONDICIONES SIGUIENTES:

F.5.3.2.2.1 PESOS CAYENDO EN CAIDA LIBRE.

LOS PESOS DEBEN CORRESPONDER, EN 1 POR 100, A LAS MASAS TOTALES MINIMA Y MAXIMA. ESTOS DEBEN ESTAR GUIADOS VERTICALMENTE CON LA MENOR FRICCION POSIBLE.

F.5.3.2.2.2 APARATO REGISTRADOR.

EL APARATO REGISTRADOR DEBE PERMITIR PONER EN EVIDENCIA FENOMENOS QUE OCURRAN EN UN TIEMPO DE 0,01 S.

F.5.3.2.2.3 MEDIDA DE LA VELOCIDAD.

LA VELOCIDAD SERA REGISTRADA DESDE EL MOMENTO DEL IMPACTO DE LOS PESOS SOBRE EL AMORTIGUADOR, O SOBRE TODA LA ALTURA RECORRIDA POR LOS PESOS, CON UNA TOLERANCIA DE 1 POR 100.

F.5.3.2.2.4 MEDIDA DE DESACELERACION.

EL DISPOSITIVO DEBE ESTAR SITUADO LO MAS CERCA POSIBLE DEL EJE DEL AMORTIGUADOR. LA TOLERANCIA SOBRE LA MEDIDA ES DE 2 POR 100.

F.5.3.2.2.5 MEDIDA DEL TIEMPO.

DEBEN SER REGISTRADOS IMPULSOS DE TIEMPO DE 0,01 S. LA TOLERANCIA SOBRE LA MEDIDA ES DE 1 POR 100.

F.5.3.2.3 TEMPERATURA AMBIENTE.

LA TEMPERATURA AMBIENTE DEBE ESTAR ENTRE 15 AY 25 C.

LA TEMPERATURA DEL LIQUIDO SERA MEDIDA CON UNA TOLERANCIA DE 5C.

F.5.3.2.4 COLOCACION DEL AMORTIGUADOR.

EL AMORTIGUADOR DEBE ESTAR SITUADO Y FIJADO DE LA MISMA FORMA QUE EN SERVICIO NORMAL.

F.5.3.2.5 LLENADO DEL AMORTIGUADOR.

EL AMORTIGUADOR SE LLENARA HASTA LA MARCA DE REFERENCIA, SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES DEL FABRICANTE.

F.5.3.2.6 CONTROLES.

F.5.3.2.6.1 CONTROL DE DECELERACION.

LA ALTURA DE CAIDA DE LOS PESOS SERA ELEGIDA DE MANERA QUE LA VELOCIDAD EN EL MOMENTO DEL CHOQUE CORRESPONDA CON LA VELOCIDAD MAXIMA DE IMPACTO ESTIPULADA EN LA PETICION.

LA DECELERACION DEBE ESTAR DE ACUERDO CON LAS PRESCRIPCIONES DEL APAR 10.4.3.3 DE LA PRESENTE NORMA.

SERA HECHO UN PRIMER ENSAYO CON LA MASA MAXIMA Y CONTROL DE DECELERACION.

UN SEGUNDO ENSAYO SERA EFECTUADO CON LA MASA MINIMA Y CONTROL DE DECELERACION. F.5.3.2.6.2 CONTROL DEL RETORNO DEL AMORTIGUADOR A LA POSICION NORMAL.

DESPUES DE CADA ENSAYO EL AMORTIGUADOR DEBE SER MANTENIDO DURANTE CINCO MINUTOS EN LA POSICION DE COMPLETAMENTE COMPRIMIDO. EL AMORTIGUADOR DEBE SER LIBERADO DESPUES PARA PERMITIR SU RETORNO A LA POSICION NORMAL.

CUANDO SE TRATA DE AMORTIGUADORES CON RETROCESO POR RESORTE O POR GRAVEDAD, DEBE ALCANZARSE LA POSICION DE RETORNO COMPLETO EN UN PLAZO MAXIMO DE CIENTO VEINTE SEGUNDOS. ANTES DE PROCEDER A OTRO CONTROL DE DECELERACION, DEBE ESPERARSE TREINTA MINUTOS PARA PERMITIR AL LIQUIDO VOLVER AL DEPOSITO Y ESCAPAR A LAS BURBUJAS DE AIRE.

F.5.3.2.6.3 CONTROL DE LAS PERDIDAS DE LIQUIDO.

EL NIVEL DE LIQUIDO SERA CONTROLADO DESPUES DE HABER EFECTUADO LOS DOS ENSAYOS DE DECELERACION PREVISTOS EN F.5.3.2.6.

1 Y, DESPUES DE UNA INTERRUPCION DE 30 MINUTOS, EL NIVEL DEL LIQUIDO DEBE OTRA VEZ SER SUFICIENTE PARA ASEGURAR UN FUNCIONAMIENTO NORMAL DEL AMORTIGUADOR.

F.5.3.2.6.4 CONTROL DEL ESTADO DEL AMORTIGUADOR DESPUES DEL ENSAYO.

DESPUES DE LOS DOS ENSAYOS DE DECELERACION PREVISTOS EN F.5.3.2.6.1, NINGUNA PARTE DEL AMORTIGUADOR DEBE PRESENTAR DEFORMACION PERMANENTE O ESTAR DAÑADA.

F.5.3.2.7 PROCEDIMIENTO EN CASO DE QUE LAS EXIGENCIAS DEL ENSAYO NO HAYAN SIDO SATISFECHAS PARA LAS MASAS TOTALES QUE FIGURAN EN LA PETICION.

CUANDO LOS RESULTADOS DE LOS ENSAYOS NO SON SATISFACTORIOS, CON LAS MASAS TOTALES MINIMA Y MAXIMA QUE FIGURAN EN LA PETICION, PUEDE EL LABORATORIO, DE ACUERDO CON EL PETICIONARIO, ESTABLECER LOS LIMITES ACEPTABLES.

F.5.4 CERTIFICACION.

F.5.4.1 EL CERTIFICADO SE ESTABLECERA POR TRIPLICADO.

A) DOS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNO PARA EL LABORATORIO.

F.5.4.2 EL CERTIFICADO DEBE INDICAR:

A) NOMBRE DEL FABRICANTE DEL AMORTIGUADOR.

B) EL TIPO DEL AMORTIGUADOR.

C) MARCA DEL LABORATORIO Y NUMERO DEL ENSAYO.

D) VELOCIDAD MAXIMA DE IMPACTO.

E) LA MASA TOTAL MAXIMA.

F) LA MASA TOTAL MINIMA.

G) LA ESPECIFICACION DEL LIQUIDO Y SU TEMPERATURA DURANTE LOS ENSAYOS, EN EL CASO DE AMORTIGUADORES HIDRAULICOS.

F.5.4.3 ANEXOS AL CERTIFICADO: A) DOCUMENTOS INDICADOS EN F.5.1.

B) FABRICANTE DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDIDA USADOS, NUMERO DE TIPO Y NUMERO DE SER? Y PARA LOS AMORTIGUADORES HIDRAULICOS:

C) INDICACION DEL TIEMPO DE RETORNO A LA POSICION NORMAL.

D) OBSERVACIONES RELATIVAS A PERDIDAS DE LIQUIDO Y DEFORMACIONES.

CAPITULO 6

DIRECTRICES PARA LA CERTIFICACION DE GRUPOS TRACTORES. POR ADHERENCIA DE LOS CABLES Y SUS MECANISMOS DE FRENO

F.6.1 DISPOSICIONES GENERALES.

LA PETICION DE APROBACION DE TIPO DEBE MENCIONAR EL CAMPO DE UTILIZACION, PREVISTO POR EL FABRICANTE: A) PAR UTIL EN LA POLEA MOTRIZ.

B) PAR MAXIMO EN LA POLEA MOTRIZ.

C) CARGA ESTATICA MAXIMA EN LA POLEA MOTRIZ.

D) CAMPO DE UTILIZACION RADIAL DE LA RESULTANTE DE LA CARGA ESTATICA EN LA POLEA MOTRIZ.

E) VELOCIDAD TANGENCIAL MAXIMA EN LAS GARGANTAS DE LA POLEA MOTRIZ.

F) PAR DE FRENADO MINIMO EN EL EJE MOTOR.

F.6.2 INFORMACION TECNICA A ACOMPAÑAR.

A) DIBUJO DE CONJUNTO DE GRUPO TRACTOR Y SUS MECANISMOS DE FRENO.

B) DIBUJOS DE CONSTRUCCION Y CALCULOS FUNDAMENTALES DE LOS SIGUIENTES ELEMENTOS:

EJE DE TRACCION.

SISTEMA DE REDUCCION, EJE, SINFIN Y CORONA (SI EXISTE).

TIPO DE RODAMIENTOS.

PALANCAS DE FRENO, GUARNICION, ARTICULACIONES Y RESORTES.

DISPOSITIVO ELECTRICO DE DESFRENADO.

POLEA MOTRIZ, FORMA Y NUMERO DE RANURAS PARA CABLES A USAR EN ELLA.

F.6.3 MUESTRA PARA ENSAYOS.

DEBERA FACILITARSE AL LABORATORIO AUTORIZADO UN GRUPO TRACTOR COMPLETO DE LA EJECUCION CORRESPONDIENTE QUE SE CONSIDERE MAS DESFAVORABLE POR CALCULO, DENTRO DEL CAMPO DE APLICACION.

SE SUMINISTRARA EL ACEITE NECESARIO, EN ENVASE SEPARADO.

ADEMAS SE SUMINISTRARAN EJEMPLARES SUFICIENTES DE CARCASA COMPLETA, EQUIPADA CON EL EJE MOTRIZ, PARA REALIZAR LOS ENSAYOS DESTRUCTIVOS INDICADOS EN F.6.4.2. F.6.4 ENSAYOS DE LABORATORIO.

SE REALIZARAN LOS SIGUIENTES ENSAYOS: F.6.4.1 ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS.

A REALIZAR EN EL CONJUNTO COMPLETO DE GRUPO TRACTOR; A) APLICAR EL PAR MAXIMO EN LA POLEA MOTRIZ, INMOVILIZANDO ESTA POR SU DIAMETRO EXTERIOR Y APLICANDO LA FUERZA NECESARIA EN EL EJE DEL MOTOR, MANTENIENDO EL FRENO ABIERTO.

MANTENER ESTE PAR DURANTE CINCO MINUTOS.

VERIFICAR QUE NO SE HAN PRODUCIDO DEFORMACIONES PERMANENTES, GRIETAS O ROTURAS.

B) APLICAR LA CARGA ESTATICA MAXIMA EN LA POLEA MOTRIZ, MEDIANTE CABLES APLICADOS EN SUS GARGANTAS, EL NUMERO Y DIAMETRO INDICADOS POR EL FABRICANTE.

MANTENER ESTA FUERZA DURANTE CINCO MINUTOS.

REPETIR ESTE ENSAYO PARA CADA 45 DENTRO DEL CAMPO DE UTILIZACION RADIAL DE LA RESULTANTE DE LA CARGA ESTATICA EN LA POLEA MOTRIZ, PARTIENDO DE LA VERTICAL.

VERIFICAR QUE NO SE HAN PRODUCIDO DEFORMACIONES PERMANENTES, GRIETAS NI ROTURAS.

C) COMPROBAR QUE EL PAR DE FRENADO ES SUPERIOR AL MINIMO INDICADO. PARA ELLO AJUSTAR LOS RESORTES SEGUN ESPECIFICACION DEL FABRICANTE, COMPROBADO QUE CON ESTE AJUSTE EL SISTEMA ELECTRICO DE DESFRENADO ACTUA CON EL 90 POR 100 DE SU TENSION NOMINAL.

APLICAR AL EJE MOTOR DICHO PAR MINIMO.

MANTENER EL PAR DURANTE CINCO MINUTOS.

COMPROBAR QUE EL EJE AL QUE SE LE HA APLICADO EL PAR SE MANTIENE INMOVIL.

F.6.4.2 ENSAYOS DESTRUCTIVOS.

PARA CADA UNA DE LAS DIRECTRICES ESTATICAS DE CARGA INDICADAS EN EL PUNTO F.6.4.1 B) SE DEBE REALIZAR ENSAYO DESTRUCTIVO DE LOS CONJUNTOS DE CARCASA Y EJE MOTRIZ.

EL RESULTADO SE CONSIDERARA POSITIVO SI LA ROTURA SE PRODUCE A UN VALOR A 10 VECES LA CARGA ESTATICA MAXIMA ESPECIFICADA EN F.6.1 C).

F.6.5 CERTIFICACION.

F.6.5.1 EL CERTIFICADO SE ESTABLECERA POR TRIPLICADO.

A) DOS PARA EL PETICIONARIO.

B) UNO PARA EL LABORATORIO.

F.6.5.2 EL CERTIFICADO DEBE INDICAR: A) NOMBRE DEL FABRICANTE.

B) TIPO DEL GRUPO TRACTOR Y SUS MECANISMOS DE FRENO.

C) MARCA DEL LABORATORIO Y NUMERO DE ENSAYO.

D) RESULTADO DE LOS ENSAYOS EFECTUADOS.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/12/1985
  • Fecha de publicación: 14/01/1986
  • Fecha de derogación: 06/10/1987
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden de 23 de septiembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-22592).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 169, de 16 de julio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-18909).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 139, de 11 de junio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-15213).
Referencias anteriores
  • DEROGA en lo referente a Ascensores Electromecanicos la Orden de 30 de junio de 1966 (Ref. BOE-A-1966-11960).
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1985-25787).
  • CITA Orden de 31 de marzo de 1981 (Ref. BOE-A-1981-8761).
Materias
  • Aparatos elevadores
  • Importaciones
  • Normalización

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