Padecido error en la inserción de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 11, de fecha 13 de enero de 1987, páginas 768 a 770, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el punto 5.3 relativo a la calificación final de los ejemplares, donde dice: «Individuos insuficientes, 70 a 74 puntos para machos y 65 a 69 para hembras», debe decir: «Individuos suficientes, 70 a 74 puntos para machos y 65 a 69 para hembras».
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