EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 4 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 1172/88, PLANTEADO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN RELACION CON EL REAL DECRETO 105/1988, DE 12 DE FEBRERO, Y EN PARTICULAR, POR LO QUE SE REFIERE AL SEGUNDO PARRAFO DEL APARTADO 4.1.4 DEL ARTICULO 1, DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, POR EL QUE SE COMPLEMENTAN, MODIFICAN Y ACTUALIZAN DETERMINADOS PRECEPTOS DEL REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTUACIONES DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA EN EL CAMPO DE LA NORMALIZACION Y HOMOLOGACION, APROBADO POR EL REAL DECRETO 2584/1981, DE 18 DE SEPTIEMBRE.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 4 DE JULIO DE 1988. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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