LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES DE 31 DE ENERO DE 1990 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 19 DE FEBRERO), QUE REGULA LOS TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO ESTABLECE, ENTRE OTROS REQUISITOS, LA NECESIDAD DE REALIZAR UN DETERMINADO NUMERO DE DIAS DE MAR, PARA LA OBTENCION DE LOS TITULOS DE CAPITAN DE YATE, PATRON DE YATE DE ALTURA Y PATRON DE YATE, QUE SE REDUCEN SI SE REALIZAN EN LAS ESCUELAS DE NAVEGACION EN LAS CONDICIONES QUE ESTA DIRECCION GENERAL DETERMINE. POR ELLO, ES NECESARIO ESTABLECER LOS REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS PRACTICAS DE MAR EN LAS ESCUELAS DE NAVEGACION PARA LA OBTENCION DE CADA UNO DE LOS MENCIONADOS TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO.
POR ELLO, ESTA DIRECCION GENERAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTASBLECIDO EN LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DE LA ORDEN DE 31 DE ENERO DE 1990 HA RESUELTO:
PRIMERO. LA REALIZACION EN LAS ESCUELAS DE NAVEGACION DE LAS PRACTICAS DE DIAS DE MAR NECESARIOS PARA LA OBTENCION DE LOS TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO, SE AJUSTARA AL PROGRAMA DE ACTIVIDADES ESTABLECIDO EN EL ANEXO I DE ESTA RESOLUCION.
SEGUNDO. PARA QUE LAS ESCUELAS DE NAVEGACION PUEDAN IMPARTIR LAS PRACTICAS DE MAR NECESARIAS PARA LA EXPEDICION DE TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO, SE REQUERIRA AUTORIZACION PREVIA DE ESTA DIRECCION GENERAL Y LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO OFICIAL, QUE A TAL EFECTO SE LLEVARA EN LA INSPECCION GENERAL DE ENSEÑANZAS SUPERIOES NAUTICAS.
TERCERO. LA SOLICITUD DE AUTORIZACION E INSCRIPCION EN EL REGISTRO OFICIAL SE PRESENTARA EN LA DIRECCION GENERAL DE LA MARINA MERCANTE, EN SUS ORGANOS PERIFERICOS O A TRAVES DE LOS CAUCES PREVISTOS EN EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
EN DICHA SOLICITUD SE HARAN CONSTAR LOS SIGUIENTES EXTREMOS:
A) NOMBRE, APELLIDOS Y DNI DEL SOLICITANTE.
B) DENOMINACION DE LA ESCUELA.
C) NOMBRE Y CARACTERISTICAS GENERALES DE LA EMBARCACION O EMBARCACIONES A UTILIZAR PARA LAS PRACTICAS DE NAVEGACION, QUE NECESARIAMENTE SERAN EMBARCACIONES DE RECREO DE CRUCERO.
D) FOTOCOPIA COMPULSADA DEL ASIENTO EN EL REGISTRO DE BUQUES DE LA CITADA EMBARCACION.
E) FOTOCOPIA COMPULSADA DEL CERTIFICADO EXPEDIDO POR LA INSPECCION DE BUQUES, EN EL QUE SE HAGA CONSTAR QUE LA EMBARCACION POSEE MEDIOS IDONEOS DE SALVAMENTO PARA EL NUMERO MAXIMO DE PERSONAS QUE PARTICIPEN EN LOS EJERCICIOS, INCLUIDA LA TRIPULACION.
F) FOTOCOPIA COMPULSADA DE LA TITULACION QUE POSE EL PERSONAL BAJO CUYO MANDO SE DESPACHA LA EMBARCACION.
G) FOTOCOPIA COMPULSADA DE LA TITULACION QUE POSEE EL PROFESOR O PROFESORES QUE ACTUEN COMO INSTRUCTORES.
H) CERTIFICACION DE UN CONTRATO DE SEGUROS CON POLIZA FLOTANTE DE ACCIDENTES, POR EL QUE SE AMPARA A LAS PERSONAS EMBARCADAS.
I) PUERTO Y ZONA DE ATRAQUE EN QUE LA EMBARCACION DE LA ESCUELA VA A TENER SU BASE PERMANENTE.
J) MEMORIA DE ACTIVIDADES Y PRACTICAS A REALIZAR.
K) LICENCIA FISCAL PARA ESTA ACTIVIDAD.
CUARTO. LA PERSONA QUE EJERZA EL MANDO DE LA EMBARCACION DEBERA ESTAR EN POSESION DE LA TITULACION PROFESIONAL QUE CORRESPONDA AL TONELAJE DE LA EMBARCACION Y A LAS NAVEGACIONES QUE SE EFECTUEN.
QUINTO. LOS INSTRUCTORES DEBERAN POSEER UNA TITULACION PROFESIONAL DE LA MARINA MERCANTE (COMO MINIMO DE PATRON DE CABOTAJE), O SER, COMO MINIMO MONITORES REGIONALES DE LAS FEDERACIONES ESPAÑOLAS DE VELA Y/O MOTONAUTICA. LA PERSONA QUE EJERZA EL MANDO DE LA EMBARCACION PODRA SIMULTANEAR ESTE CARGO CON EL DE INSTRUCTOR.
SEXTO. LAS CERTIFICACIONES DE HABER REALIZADO LAS PRACTICAS DE MAR CORRESPONDIENTES SERAN EXPEDIDAS, EN EL MODELO ANEXO POR LA PERSONA QUE ESTE AL MANDO DE LA EMBARCACION, CON EL VISTO BUENO Y CONFORME DE LA AUTORIDAD PERIFERICA DE LA MARINA MERCANTE.
ESTA CERTIFICACION INDICARA LAS FECHAS DE EMBARQUE Y DESEMBARQUE DE LOS ALUMNOS EN EL BARCO-ESCUELA Y DEBERAN COINCIDIR CON EL REGISTRO QUE A TAL EFECTO DEBERA LLEVAR LA ESCUELA CORRESPONDIENTE.
POR LA INSPECCION GENERAL DE ENSEÑANZAS SUPERIORES NAUTICAS, SE COMPROBARA QUE LAS PRACTICAS REGLAMENTADAS EN ESTA RESOLUCION SE AJUSTAN A LOS CONTENIDOS ESTABLECIDOS EN LA MISMA.
SEPTIMO. LAS INFRACCIONES A LO ESTABLECIDO EN ESTA RESOLUCION SUPONDRAN LA INCOACION DE EXPEDIENTE SANCIONADOR QUE PODRA DAR LUGAR A LA CANCELACION DE LA AUTORIZACION O A LA SUSPENSION TEMPORAL DE LA MISMA.
MADRID, 8 DE OCTUBRE DE 1990. EL DIRECTOR GENERAL, RAFAEL LOBETO LOBO.
ILMO. SR. INSPECTOR GENERAL DE ENSEÑANZAS SUPERIORES NAUTICAS.
ANEXO I
PROGRAMA DE ACTIVIDADES A EFECTUAR EN LAS ESCUELAS DE NAVEGACION DURANTE LAS PRACTICAS DE EMBARCO PARA LA OBTENCION DE LOS TITULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO
A) PRACTICAS PARA PATRON DE YATE, PATRON DE YATE DE ALTURA Y CAPITAN DE YATE
1. PREPARACION PARA SALIR A LA MAR.
DESPACHO DEL BARCO EN LA CAPITANIA DE PUERTO. PREPARACION DE CARTAS Y MATERIAL PARA UTILIZACION DE LAS MISMAS. USO DE DERROTEROS, CUADERNOS DE FAROS Y NOMENCLATOR DE ESTACIONES RADIO MARITIMAS, ANUARIO DE MAREAS. PREPARACION DEL VIAJE, TRAZADO DE LA DERROTA.
RECEPCION DE LA PREVISION METEOROLOGICA. OBSERVACION DE TERMOMETRO Y BAROMETRO. COMPROBACION DEL SISTEMA DE GOBIERNO DEL ELEMENTO PROPULSOR, EQUIPOS DE NAVEGACION, ALARMAS Y LUCES DE NAVEGACION. COMPROBACION DEL COMBUSTIBLE Y ACEITE PARA LA NAVEGACION. PERTRECHOS, VIVERES Y AGUA POTABLE. COMPROBACION DEL MATERIAL DE SEGURIDAD. ARRANCHE DE LA EMBARCACION <A SON DE MAR>.
AL SALIR DE PUERTO.
INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD AL PERSONAL INVITADO A BORDO.
2. MANIOBRAS EN PUERTO:
UTILIZACION DEL ANCLA. FONDEAR Y LEVAR.
UTILIZACION DE AMARRAS, INCLUIDA UNA CODERA, SIRGA Y BICHERO. MANIOBRA DE ATRAQUE Y DESATRAQUE CON VIENTOS. AMARRE A UN <MUERTO>, DE PUNTA Y DE COSTADO.
PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA NAVEGACION DE ENTRADA Y SALIDA POR EL INTERIOR DEL PUERTO. SERVICIO DE PRACTICAJE.
3. NAVEGACION DIURNA.
UTILIZACION DE LAS CARTAS DE NAVEGACION. SIMBOLOS MAS FRECUENTES QUE SE ENCUENTRAN EN LAS MISMAS. IDENTIFICACION DE FAROS, BOYAS Y PUNTOS NOTABLES DE LA COSTA. USO DE LOS DERROTEROS. AVISOS A LOS NAVEGANTES.
DAR RUMBO A UN PUNTO DETERMINADO. SITUACION DE ESTIMA. CORREDERA.
SITUACION POR DEMORAS SIMULTANEAS O NO SIMULTANEAS. SITUACION POR ENFILACIONES. SITUACION POR DEMORA Y SONDA. DETERMINACION DE LA CORRECCION TOTAL.
DETERMINACION DEL ABATIMIENTO Y DE UNA CORRIENTE.
UTILIZACION DE EQUIPOS ELECTRONICOS DE LA NAVEGACION. PILOTO AUTOMATICO. RECALADA DIURNA. PRECAUCIONES AL ENTRAR EN PUERTO.
4. NAVEGACION NOCTURNA.
COMPROBACION DE LAS LUCES DE NAVEGACION. PRACTICAS DE RECONOCIMIENTO DE FAROS Y BALIZAS.
IDENTIFICACION DE LAS LUCES DE OTROS BUQUES. RECALADA NOCTURNA. PRECAUCIONES AL ENTRAR EN PUERTO.
5. NAVEGACION A VELA.
DAR Y ARRIAR EL APAREJO.
NAVEGAR A DISTINTOS RUMBOS, SEGUN SE RECIBA EL VIENTO. PILOTO DE VIENTO. TOMAR RIZOS. UTILIZACION DE ENROLADORES MECANICOS. VIRAR POR AVANTE Y EN REDONDO.
MANIOBRA DE FONDEO Y SALIR A LA VELA DEL FONDEADERO. MONTAR UNA BOYA.
PAIREAR, FACHEAR Y ACUARTELAR.
6. MANIOBRA DE FONDEO.
ELECCION DE FONDEADERO EN LA CARTA. MANIOBRA DE APROXIMACION AL LUGAR ELEGIDO.
FONDEO. PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE EL PERIODO DE FONDEO. GARREO DEL ANCLA. MANIOBRA DE LEVAR. LUCES Y MARCAS DE BUQUE FONDEADO.
7. SEGURIDAD EN LA MAR.
PRECAUCIONES A ADOPTAR NAVEGANDO CON MAL TIEMPO, NIEBLA Y TRAFICO MARITIMO INTENSO. UTILIZACION DE ARNESES Y TRINCAS. INCENDIO.
UTILIZACION DE EXTINTORES. MEDIDAS PRACTICAS DE PREVENCION DE INCENDIOS Y EXTINCION DE LOS MISMOS. NAVEGACION A VELA CON MAL TIEMPO. HOMBRE AL AGUA.
MANIOBRAS DE RECOGIDA. CORRER UN TEMPORAL.
ELECCION DE LA DERROTA MAS SEGURA.
8. EMERGENCIAS EN LA MAR.
ABANDONO DE BUQUE. PROCEDIMIENTO Y NORMAS GENERALES. BALSAS SALVAVIDAS. UTILIZACION DE LA MISMA Y MANTENIMIENTO. USO DEL CHALECO SALVAVIDAS. HOMBRE EN EL AGUA. NORMAS DE SUPERVIVENCIA.
MENSAJE DE SOCORRO. RADIOBAIZA.
9. PROCEDIMIENTOS RADIOTELEFONICOS.
PRACTICAS DE LLAMADA Y TRABAJO. UTILIZACION DEL CANAL 16. DISCIPLINA DE TRAFICO.
ENLACES MAS FRECUENTES A UTILIZAR. SERVICIO RADIOMEDICO.
REDACCION DE UN MENSAJE RADIOMEDICO.
10. MANTENIMIENTO.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPOS. LISTAS DE COMPROBACION. NIVELES DE LIQUIDOS.
CONOCIMIENTO DE TESTIGOS INDICADORES.
BATERIAS. MANTENIMIENTO Y PRECAUCIONES.
11. LEGISLACION.
DESPACHOS DE SANIDAD, ADUANA Y AUTORIDAD MARITIMA.
CONOCIMIENTO DE LOS CERTIFICADOS DE SEGURIDAD. INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL DIARIO DE NAVEGACION. PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE. TRATAMIENTO DE RESIDUOS.
B) PRACTICAS ESPECIFICAS PARA PATRON DE YATE DE ALTURA Y CAPITAN
DE YATE
1. NAVEGACION DE ALTURA.
CALCULO DE LA CORRECCION TOTAL AL ORTO Y OCASO DEL SOL POR AZIMUT DE UN ASTRO.
UTILIZACION Y MANEJO DEL SEXTANTE. OBSERVACION DE LA ALTURA DE UN ASTRO. CASO PARTICULAR DE LA MERIDIANA.
RECONOCIMIENTO DE ASTROS, MEDIANTE TABLAS E IDENTIFICADORES DE ASTROS.
EJERCICIOS DE DETERMINACION DE LA SITUACION DEL BUQUE MEDIANTE RECTAS DE ALTURA. TRASLADO DE RECTAS DE ALTURA.
CINEMATICA. EJERCICIOS DE DAR ALCANCE A UN BUQUE EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE Y PASAR A UNA DISTANCIA DADA DE OTRO BUQUE.
UTILIZACION PRACTICA DE LA CINEMATICA RADAR. EMPLEO PRACTICO DEL RADAR EN LA NAVEGACION. NAVEGACION MEDIANTE EL USO DE EQUIPOS ELECTRONICOS DE POSICIONAMIENTO.
UTILIZACION PRACTICA DE PILOT CHARTS.
ABREVIATURAS Y SIMBOLOS. ORGANIZACION DE UN ADERROTA OCEANICA.
2.
AVITUALLAMIENTO Y SEGURIDAD.
CALCULO DEL COMBUSTIBLE, AGUA, VIVERES Y PERTRECHOS NECESARIOS PARA UNA NAVEGACION OCEANICA. LISTAS DE COMPROBACION PARA EMPRENDER UNA NAVEGACION OCEANICA. REVISION DEL MATERIAL DE SEGURIDAD.
3.
PUBLICACIONES INTERNACIONALES.
MANEJO DE DERROTEROS EN INGLES Y LAS PUBLICACIONES SAILING DIRECTIONS, NOTICE TO MARINERS Y LIST OF LIGHTS AND FOG SIGNALS.
(MODELO OMITIDO)
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