PUBLICADO EL REAL DECRETO 1267/1990, DE 11 DE OCTUBRE, DE DESCONCENTRACION DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE DEFENSA (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 251), SE HACE PRECISO DICTAR UNA NUEVA ORDEN DE DELEGACION DE FACULTADES DE LAS AUTORIDADES DE LA ARMADA PARA COMPLETAR LA RELACION DE LAS MISMAS QUE, EN EL CITADO AMBITO, QUEDAN CONSTITUIDAS EN ORGANOS DE CONTRATACION.
POR ELLO, AL AMPARO DEL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO DISPONGO:
PRIMERO. A PROPUESTA DE LAS AUTORIDADES QUE A CONTINUACION SE EXPRESAN, SE RATIFICA DICHA DELEGACION EN LAS QUE EN CADA CASO SE INDICAN, EN CUANTO A LAS FACULTADES RECIBIDAS DEL MINISTRO POR DESCONCENTRACION EN LOS ARTICULOS 1. Y 2. DEL REAL DECRETO 1267/1990.
1. EL JEFE DEL ESTADO MAYOR DE LA ARMADA: TODAS LAS FACULTADES EN EL SEGUNDO JEFE DEL ESTADO MAYOR DE LA ARMADA.
2. EL ALMIRANTE DE LA FLOTA: EN EL INTENDENTE DE LA FLOTA, LA FACULTAD DE FORMALIZAR LOS CONTRATOS.
3. EL JEFE DEL APOYO LOGISTICO: EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DE LA JEFATURA DEL APOYO LOGISTICO, LA FACULTAD DE FORMALIZAR LOS CONTRATOS.
4. EL ALMIRANTE JEFE DE LA ZONA MARITIMA DE ESTRECHO:
4.1 TODAS LAS FACULTADES, EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DEL ESTRECHO PARA CONTRATOS CUYO PRESUPUESTO SEA IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
4.2 EN EL JEFE DE LA DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DEL CITADO HOSPITAL, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN EL APARTADO 4.1 EN LOS CASOS EN QUE NO CONCURRA EL DIRECTOR.
4.3 EN EL INTENDENTE DE LA ZONA MARITIMA DEL ESTRECHO, LA FACULTAD DE FORMALIZAR LOS RESTANTES CONTRATOS.
5. EL ALMIRANTE JEFE DE LA ZONA MARITIMA DEL MEDITERRANEO:
5.1 TODAS LAS FACULTADES, EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DEL MEDITERRANEO, PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTOS IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
5.2 EN EL JEFE DE LA DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DEL CITADO HOSPITAL, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN EL APARTADO 5.1 EN LOS CASOS EN QUE NO CONCURRA EL DIRECTOR.
5.3 EN EL INTENDENTE DE LA ZONA MARITIMA DEL MEDITERRANEO LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
6. EL ALMIRANTE JEFE DE LA ZONA MARITIMA DEL CANTABRICO:
6.1 TODAS LAS FACULTADES, EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DEL CANTABRICO, PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
6.2 EN EL JEFE DE LA DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DEL CITADO HOSPITAL, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN EL APARTADO 6.1 EN LOS CASOS EN QUE NO CONCURRA EL DIRECTOR.
6.3 EN EL INTENDENTE DE LA ZONA MARITIMA DEL CANTABRICO, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
7.
EL ALMIRANTE JEFE DE LA ZONA MARITIMA DE CANARIAS: EN EL INTENDENTE DE LA ZONA MARITIMA DE CANARIAS, LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS.
8. EL ALMIRANTE JEFE DE LA JURISDICCION CENTRAL DE MARINA:
8.1 TODAS LAS FACULTADES EN LOS DIRECTORES DE LA POLICLINICA NAVAL <NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN> Y SANATORIO DE MARINA DE <LOS MOLINOS>, PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
8.2 EN CADA UNO DE LOS JEFES DE LA DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DE LA POLICLINICA Y DEL SANATORIO, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN EL APARTADO 8.1 EN LOS CASOS EN QUE NO CONCURRAN LOS DIRECTORES DE LOS HOSPITALES RESPECTIVOS.
8.3 EN EL INTENDENTE Y JEFE DE APROVISIONAMIENTO DE LA JURISDICCION CENTRAL, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
8.4 TODAS LAS FACULTADES EN LOS COMANDANTES O JEFES DE LAS UNIDADES O INSTALACIONES DE LA ARMADA QUE APOYA PARA LA REALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS MENORES.
9.
EL JEFE DE PERSONAL:
9.1 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS DIRECTORES DE LOS HOSPITALES NAVALES DE LAS ZONAS MARITIMAS DEL CANTABRICO, MEDITERRANEO Y ESTRECHO, PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
9.2 TODAS LAS FACULTADES EN LOS DIRECTORES DE LA POLICLINICA NAVAL <NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN> Y SANATORIO DE MARINA DE <LOS MOLINOS>, PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
9.3 EN CADA UNO DE LOS JEFES DE LA DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DE LOS HOSPITALES, POLICLINICA Y SANATORIO, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN LOS APARTADOS 9.1 Y 9.2, CUANDO NO CONCURRAN LOS DIRECTORES RESPECTIVOS.
9.4 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DE PERSONAL, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
10. EL DIRECTOR DE CONSTRUCCIONES NAVALES:
LA FACULTAD DE FORMALIZAR LOS CONTRATOS EN LAS SIGUIENTES AUTORIDADES:
10.1 JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DE LA DIRECCION DE CONSTRUCCIONES NAVALES.
11. EL DIRECTOR DE ASUNTOS ECONOMICOS DE LA ARMADA:
11.1 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS DIRECTORES DE LOS HOSPITALES NAVALES DE LAS ZONAS MARITIMAS DEL CANTABRICO, ESTRECHO Y MEDITERRANEO PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
11.2 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS DIRECTORES DE LA POLICLINICA NAVAL <NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN> Y SANATORIO DE MARINA DE <LOS MOLINOS> PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTO IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
11.3 EN CADA UNO DE LOS JEFES DE DIVISION ECONOMICO-ADMINISTRATIVA DE LOS HOSPITALES, POLICLINICA Y SANATORIO, LA FORMALIZACION DE CONTRATOS REFERIDOS EN LOS APARTADOS 11.1 Y 11.2, CUANDO NO CONCURRAN LOS DIRECTORES RESPECTIVOS.
11.4 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DE LA DIRECCION DE ASUNTOS ECONOMICOS, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
12. EL DIRECTOR DE SERVICIOS TECNICOS: EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA, LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS.
13. EL DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA: EN EL JEFE DE LA SECCION DE CONTROL ECONOMICO Y DEL MATERIAL, LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS.
14. EL DIRECTOR DE APROVISIONAMIENTO Y TRANSPORTES: EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DE LA DIRECCION DE APROVISIONAMIENTO Y TRANSPORTES, LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS.
15. EL JEFE DEL ARSENAL DE FERROL:
15.1 TODAS LAS FACULTADES EN LOS SIGUIENTES COMANDANTES MILITARES Y DIRECTORES:
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE SAN SEBASTIAN.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE BILBAO.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE SANTANDER.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE GIJON.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE LA CORUÑA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE VILLAGARCIA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE VIGO.
DIRECTOR DE LA ESCUELA NAVAL MILITAR.
DIRECTOR DE LA ESCUELA DE TRANSMISIONES Y ELECTRONICA DE LA ARMADA.
15.2 CUANDO LAS ANTERIORES AUTORIDADES EN LAS QUE SE DELEGAN NO CONCURRAN A LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS EN REPRESENTACION DEL ESTADO EJERCERAN ESTA FACULTAD COMO DELEGADOS DEL JEFE DEL ARSENAL DE FERROL:
LOS JEFES DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LAS PROVINCIAS MARITIMAS DE SAN SEBASTIAN, BILBAO, SANTANDER, GIJON, LA CORUÑA, VILLAGARCIA Y VIGO, EN EL AMBITO TERRITORIAL DE LA RESPECTIVA PROVINCIA.
LOS JEFES DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LA ESCUELA NAVAL MILITAR Y DE LA ESCUELA DE TRANSMISIONES Y ELECTRONICA DE LA ARMADA, EN CUANTO A LOS CONTRATOS QUE AFECTEN A DICHAS DEPENDENCIAS.
15.3 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS COMANDANTES O JEFES DE LOS BUQUES, UNIDADES O INSTALACIONES DE LA ARMADA QUE APOYA PARA LA REALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS MENORES.
15.4 TODAS LAS FACULTADES, EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DE EL FERROL PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTOS IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
15.5 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
16. EL JEFE DEL ARSENAL DE CARTAGENA:
16.1 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS JEFES DEL SECTOR NAVAL Y COMANDANTES MILITARES SIGUIENTES:
JEFE DEL SECTOR NAVAL DE BALEARES.
JEFE DEL SECTOR NAVAL DE CATALUÑA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE CASTELLON.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE VALENCIA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE ALICANTE.
16.2 CUANDO LAS ANTERIORES AUTORIDADES NO CONCURRAN A LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS EN REPRESENTACION DEL ESTADO EJERCERAN ESTA FACULTAD COMO DELEGADOS DEL ALMIRANTE JEFE DEL ARSENAL DE CARTAGENA:
LOS JEFES DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LOS SECTORES NAVALES DE CATALUÑA Y BALEARES EN EL AMBITO TERRITORIAL DEL RESPECTIVO SECTOR NAVAL.
EL JEFE DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LA ESTACION NAVAL DE MAHON EN EL AMBITO TERRITORIAL DE LA JEFATURA DE DICHA DEPENDENCIA.
LOS JEFES DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LAS PROVINCIAS MARITIMAS DE CASTELLON, VALENCIA Y ALICANTE, EN EL AMBITO TERRITORIAL DE LA RESPECTIVA PROVINCIA.
16.3 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS COMANDANTES O JEFES DE LOS BUQUES, UNIDADES O INSTALACIONES DE LA ARMADA QUE APOYA PARA LA REALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS MENORES.
16.4 TODAS LAS FACULTADES, EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DE CARTAGENA PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTOS IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
16.5 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DEL ARSENAL DE CARTAGENA, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
17. EL JEFE DEL ARSENAL DE LA CARRACA:
17.1 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS SIGUIENTES COMANDANTES MILITARES Y JEFE:
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE HUELVA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE SEVILLA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE CEUTA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE MELILLA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE ALGECIRAS.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE MALAGA.
COMANDANTE MILITAR DE MARINA DE ALMERIA.
JEFE DE LA ESTACION NAVAL DE TARIFA.
17.2 CUANDO LAS ANTERIORES AUTORIDADES NO CONCURRAN A LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS EN REPRESENTACION DEL ESTADO EJERCERAN ESTA FACULTAD COMO DELEGADOS DEL ALMIRANTE JEFE DEL ARSENAL DE LA CARRACA:
EL JEFE DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LA ESTACION NAVAL DE TARIFA A LOS CONTRATOS QUE AFECTEN A DICHA DEPENDENCIA.
LOS JEFES DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LAS PROVINCIAS MARITIMAS DE HUELVA, SEVILLA, CEUTA, MELILLA, ALGECIRAS, MALAGA Y ALMERIA, EN EL AMBITO TERRITORIAL DE LA RESPECTIVA PROVINCIA.
17.3 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS COMANDANTES O JEFES DE LOS BUQUES, UNIDADES O INSTALACIONES DE LA ARMADA QUE APOYA PARA LA REALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS MENORES.
17.4 TODAS LAS FACULTADES EN EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NAVAL DE LA ZONA MARITIMA DEL ESTRECHO PARA LOS CONTRATOS DE PRESUPUESTOS IGUAL O INFERIOR A 50.000.000 DE PESETAS.
17.5 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DEL ARSENAL DE LA CARRACA LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
18. EL JEFE DEL ARSENAL DE LAS PALMAS:
18.1 TODAS LAS FACULTADES, EN LOS COMANDANTES O JEFES DE LOS BUQUES, UNIDADES O INSTALACIONES DE LA ARMADA QUE APOYA PARA LA REALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS MENORES.
18.2 EN EL JEFE DE LA SECCION ECONOMICA DEL ARSENAL DE LAS PALMAS, LA FORMALIZACION DE LOS RESTANTES CONTRATOS.
19. EL JEFE DE LA BASE NAVAL DE ROTA:
EN EL JEFE DE LOS SERVICIOS ECONOMICO-ADMINISTRATIVOS Y DE APROVISIONAMIENTO DE LA BASE NAVAL DE ROTA, LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS.
LAS AUTORIDADES DELEGADAS CON LAS LIMITACIONES QUE EN CADA CASO SE EXPRESAN, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA Y CON CARGO A LOS CREDITOS QUE SE LES ASIGNEN, QUEDAN CONSTITUIDAS EN ORGANOS DE CONTRATACION PARA TODOS LOS CONTRATOS NO INCLUIDOS EN EL APARTADO 1 DEL ARTICULO 3. DEL REAL DECRETO MENCIONADO.
SEGUNDO. NO OBSTANTE LAS DELEGACIONES EXPRESADAS, LOS ORGANOS DE CONTRATACION DELEGANTES PODRAN RECABAR PARA SI, EN CUALQUIER ESTADO DE LA TRAMITACION DEL EXPEDIENTE EL CONOCIMIENTO Y/O LA RESOLUCION DE LAS DIVERSAS FASES DEL MISMO QUE CONSIDEREN CONVENIENTE.
TERCERO. LAS AUTORIDADES DELEGADAS HARAN CONSTAR EN SUS RESOLUCIONES SU CARACTER DE TAL, CON CITACION EXPRESA DE LA PRESENTE ORDEN Y EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE SU PUBLICACION.
CUARTO. QUEDAN DEROGADAS LA ORDEN 9/1987, DE 11 DE FEBRERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 44), Y LA ORDEN 5/1988, DE 25 DE ENERO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 28), ASI COMO CUANTAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO QUE SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE ORDEN.
QUINTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> Y SERA DE APLICACION A LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACION QUE SE INICIEN A PARTIR DE LA FECHA SEÑALADA.
MADRID, 1 DE OCTUBRE DE 1991.
GARCIA VARGAS
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid