El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado por Resolución de 15 de septiembre de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> de 9 de octubre); habiéndose producido la publicación de diferente normativa, tales como la Resolución de 13 de noviembre del Ministerio de Economía y Hacienda; el Reglamento número 2505/92 de la Comisión de las Comunidades Europeas; por otra parte al coincidir la entrada en vigor del Reglamento CEE número 2658/87, que establecía la Nomenclatura Combinada, con el período transitorio hizo necesaria la apertura de partidas que recogieran a nivel de la novena cifra del código TARIC los diferentes derechos de base establecidos en el Acta de Adhesión y toda vez que, para la mayoría de los productos afectados, esta casuística finaliza el 31 de diciembre de 1992 no se hace necesario el mantenimiento de estas aperturas, quedando únicamente los desgloses de la novena cifra del código TARIC para recoger las aperturas estadísticas.
Por todo lo anterior se acuerda lo siguiente:
Primero.-Queda actualizada la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) establecido por Resoluciones de 20 de julio de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> de 7 de agosto) y de 15 de septiembre de 1992 (<Boletín Oficial del Estado> de 9 de octubre).
Segundo.-La presente actualización será aplicable a partir del 1 de enero de 1993.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 23 de diciembre de 1992.-El Director del Departamento, Humberto Ríos Rodríguez.
(ANEXOS OMITIDOS)
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