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Documento BOE-A-1994-14037

Orden de 13 de junio de 1994 por la que se establece un embargo comercial con Haití.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 1994, páginas 19079 a 19080 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1994-14037
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1994/06/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

La persistente actitud antidemocrática de las autoridades militares de Haití y la continua violación de los derechos humanos en este país han motivado la adopción, el pasado 6 de mayo, de la Resolución 917(1994), del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, por la que se establece un embargo financiero y comercial a Haití.

La citada Resolución obliga a todos los Estados a interrumpir ciertas relaciones económicas con Haití, urgiendo la adopción de medidas para la congelación, salvo determinadas excepciones, de los fondos y recursos financieros de aquellas personas que integran las fuerzas militares o policiales de este país.

Desde el 21 de mayo prohíbe las importaciones de productos originarios o procedentes de Haití y las exportaciones destinadas a este país. Asimismo, queda prohibida la entrada o salida del territorio o de las aguas territoriales de Haití de cualquier medio de transporte con mercancías originarias, procedentes, o destinadas a Haití, así como de cualquier otra actividad que tenga como objeto o efecto promover cualesquiera de las citadas actividades.

Quedan exceptuadas de dicho embargo las exportaciones de alimentos, material de uso estrictamente médico, otras mercancías y productos destinados a cubrir necesidades humanitarias básicas, petróleo y productos derivados del petróleo y cualquier otra mercancía que se exporte en respuesta a peticiones del Presidente Arístide o del Primer Ministro Malval y las importaciones y exportaciones de material destinado a la información, incluidos libros y otras publicaciones, necesarias para la libre circulación de información y de equipos de los periodistas que entren o abandonen el territorio de Haití.

En este contexto, han sido adoptados el Reglamento (CE) 1263/94, del Consejo, de 30 de mayo, y la Decisión 94/313/CE, de los representantes de los Gobiernos de los Estados Miembros de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero reunidos en el seno del Consejo, de 30 de mayo de 1994, por los que se suspenden determinadas relaciones económicas y financieras con Haití.

Estas disposiciones tienen como finalidad establecer los mecanismos necesarios para lograr que la aplicación de dicho embargo se lleve a cabo de forma homogénea en todos los Estados de la Unión Europea, instrumentando ciertos aspectos de procedimiento, como la exigencia de autorizaciones, que deberán ser expedidas por los Estados Miembros, para aquellas operaciones de exportación o importación que, de acuerdo con lo establecido por la Resolución 917(1994), no están incluidas en el embargo comercial. Quedan exceptuadas de este requisito las exportaciones de productos alimenticios y de material destinado a uso estrictamente médico.

A fin de dar cumplimiento a la Resolución 917(1994), del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y de adaptar la legislación española al Reglamento y la Decisión comunitarios anteriormente citados únicamente en aquellos aspectos en los que sea estrictamente necesario, es por lo que procede dictar la presente Orden.

En virtud del artículo 5. del Real Decreto 2701/1985, de 27 de diciembre, por el que se regula el comercio de exportación, y de la disposición final de la Orden de 21 de febrero de 1986, por la que se regula el procedimiento y tramitación de las importaciones, dispongo:

Primero.-Quedan sometidas a autorización administrativa previa las importaciones o exportaciones de todas las mercancías originarias de o con destino a Haití, a excepción de las exportaciones de productos alimenticios y de materiales destinados a uso estrictamente médico, productos que se clasifican en los siguientes códigos de nomenclatura combinada del vigente Arancel de Aduanas:

Capítulos del 1 al 24 y 30.

Partidas arancelarias: 2936, 2937, 2938, 2939 y 2940, 9018, 9019, 9020, 9021 y 9022.

Segundo.-Estas autorizaciones corresponderán, según proceda, a los documentos denominados Autorización Administrativa de Importación o Autorización Administrativa de Exportación, establecidas en los artículos 6. y 7. de las Ordenes de 21 de febrero de 1986 sobre procedimiento y tramitación de las importaciones y de las exportaciones, respectivamente.

Tercero.-Queda modificado el anejo II de la Orden de 6 de abril de 1994, por la que se modifica la Orden de 21 de febrero de 1986, sobre procedimiento y tramitación de las importaciones y se establecen los diferentes regímenes comerciales de importación, debiendo incluirse en dicho anejo a Haití, con la exigencia de Autorización Administrativa de Importación para todas las mercancías.

Asimismo, queda modificado, de acuerdo con lo establecido en el apartado primero de la presente Orden, el anejo de la Orden de 9 de junio de 1992, por la que se sustituye el anexo de la Orden de 23 de julio de 1991, relativo a las listas de mercancías sometidas a los diferentes regímenes comerciales de exportación.

Disposición derogatoria.

Queda derogada la Resolución de 16 de noviembre de 1993, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se deroga la suspensión del embargo referente a determinados intercambios comerciales con Haití y por la que se modifica la Resolución de la Secretaría de Estado de Comercio, de 26 de julio de 1993, relativa a los intercambios comerciales de exportación con Haití. Igualmente queda derogada la Resolución de 26 de julio de 1993 anteriormente mencionada.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 13 de junio de 1994.

GOMEZ-NAVARRO NAVARRETE

Ilmo. Sr. Director general de Comercio Exterior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/06/1994
  • Fecha de publicación: 18/06/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 19/06/1994
  • Fecha de derogación: 19/11/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Comercio exterior
  • Exportaciones
  • Haití

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